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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE SANTA MARGALIDA

Núm. 4592
Corrección de errores detectados en la publicación de la Resolución de Alcaldía de día 13 de abril de 2019, por la que se publica la integración de la bolsa de técnico/a en gestión turística, especialidad turismo cultural, con carácter laboral temporal para cubrir las necesidades o sustituciones de la plantilla del Ayuntamiento de Santa Margalida

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Texto

El Sr. Alcalde, en fecha de día 8 de mayo de 2019, ha dictado la siguiente:

“RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

En el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 48, de 13 de abril de 2019 se ha publicado la resolución de Alcaldía de la integración de la bolsa de técnico / a en gestión turística, especialidad turismo cultural, con carácter laboral temporal para cubrir las necesidades o sustituciones de la plantilla del Ayuntamiento de Santa Margalida.

Una vez publicada se ha advertido un error en la publicación versión catalana de la resolución, dado que se ha comprobado que hubo un error de transcripción en el momento de redactar la convocatoria y es necesario corregir las frases que quedaron incompletas , por lo que es necesario proceder a su corrección.

El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que las administraciones públicas pueden, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

En virtud de las facultades que tengo conferidas, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 21.1 Ley 7/1985, de 2 de abril,

 

Resuelvo:

PRIMERO. Rectificar el error advertido en la publicación de la versión catalana de la resolución de Alcaldía de día 8 de abril de 2019 en el sentido siguiente:

Donde dice:

"Por específicas para la convocatoria para la creación de una bolsa de Técnico/a en gestión turística, especialidad; turismo cultural, con carácter laboral temporal para cubrir las necesidades o sustituciones de la plantilla del Ayuntamiento de Santa Margalida, según lo dispuesto en el art. 49.2 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. "

Debe decir:

"Por decreto de Alcaldía núm. 745 de 2 de agosto de 2018, se publicaron íntegramente en el BOIB núm. 98 de 9 de agosto de 2018, las bases específicas para la convocatoria para la creación de una bolsa de Técnico / a en gestión turística, especialidad; turismo cultural, con carácter laboral temporal para cubrir las necesidades o sustituciones de la plantilla del Ayuntamiento de Santa Margalida, según lo dispuesto en el art. 49.2 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. "

 

SEGUNDO. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.”

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, procede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación.

Alternativamente y de forma potestativa, se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación.

Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que considere oportuno.

 

Santa Margalida, 10 de mayo de 2019

El Alcalde,

(Delegación de firma, Decreto núm. 1193 de fecha 02/12/2016, Primer Teniente de Alcalde, Martí  A. Torres Valls)

Joan Monjo Estelrich