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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES

Núm. 4582
Resolución de la convocatoria de ayudas de minimis al fondo de actividades musicales 2019

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS (Identif.):  428305

 El 6 de mayo de 2019, el vicepresidente primero i consejero ejecutivo de Cultura, Patrimonio i Deportes, dictó, entre otras, la Resolución que transcribo, literalmente, a continuación:

 «Antecedentes

1. El vicepresidente primero y consejero ejecutivo de Cultura, Patrimonio y Deportes aprobó, mediante resolución de día 11 de diciembre de 2018, la convocatoria de ayudas de minimis al fondo de actividades musicales 2019 para dar apoyo a la realización de proyectos musicales, y las normas que la rigen. Esta resolución se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 2, de 3 de enero de 2019.

2. La comisión técnica evaluadora emitió, mediante acta de sesión de los días 29 de marzo, 3 y 8 de abril de 2019, el informe propuesta relativo a la concesión de la convocatoria de ayudas de minimis al fondo de actividades musicales 2019 para dar apoyo a la realización de proyectos musicales.

3. El 16 de abril de 2019, el órgano instructor ha emitido el informe sobre el cumplimiento de los requisitos de la convocatoria mencionada por parte de las personas beneficiarias propuestas y, por otra parte, se ha emitido informe favorable sobre los aspectos jurídicos de la concesión de las ayudas de minimis.

4. La existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente para llevar a cabo la mencionada convocatoria, queda acreditada en el expediente con cargo a la partida presupuestaria 20.33430.47905, con la operación contable en fase A núm. 220189001041 (núm. ref.: 22019/1912), por un importe de 170.000,00 €.

5. El día 2 de mayo, la Intervención delegada de La Misericordia ha emitido informe favorable de fiscalización.

Fundamentos de derecho

1. La Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca, de 23 de diciembre de 2016 (BOIB núm. 21, de 18 de febrero de 2017), modificada por Acuerdo del Pleno de 14 de junio de 2018 (BOIB núm. 96, de 4 de agosto de 2018)

2. Las Bases de Ejecución del Presupuesto del Consejo de Mallorca para el año 2019.

3. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE núm. 276, de 18 de noviembre de 2003).

4. El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 General de Subvenciones (BOE núm.176, de 25 de julio de 2006).

5. Las propias normas que regulan la convocatoria de subvenciones, aprobada por resolución del vicepresidente primero y consejero ejecutivo del Departamento de Cultura, Patrimonio y Deportes de fecha 11 de diciembre de 2018 y publicada en el BOIB núm. 2, de 3 de enero de 2019.

6. El órgano competente para resolver la convocatoria es el vicepresidente primero y consejero ejecutivo de Cultura, Patrimonio y Deportes, de conformidad con el artículo 1.g) del vigente Decreto de Organización del Consejo de Mallorca, en concordancia con la base 23.5 de ejecución del Presupuesto para el año 2019, y con el punto sexto de la convocatoria.

7. Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares (BOIB núm. 134, de 2 de noviembre de 2000).

8. Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015).

9. Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.

10. El Reglamento CE núm. 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado de la CE a las ayudas de minimis.

Vistos los antecedentes y los fundamentos de derecho expuestos, de acuerdo con el Reglamento de Organización vigente del Consejo de la Mallorca, dicto la siguiente,

Resolución

1. Admitir el escrito de desistimiento y, en consecuencia, tener por desistida la solicitud del Sr. Jesús Sastre Duran, con NIF 34069625R, en relación con el proyecto Piedra Arenisca Festival.

2. Tener por desistida la solicitud de la entidad Noches Mediterraneas Music, A.I.E., con NIF V16570749, en relación con el proyecto Origen Fest 2ª edición, al no haber atendido el requerimiento de documentación administrativa para subsanar la solicitud dentro del plazo establecido.

3. Excluir, al amparo del punto cuarto de la convocatoria “beneficiarios”, las solicitudes de las entidades siguientes:

  • Asociación Cultural Catalunya Rock
  • Asociación Bloco Ayan

4. Excluir, al amparo del punto séptimo de la convocatoria “Documentos que se tienen que adjuntar a la solicitud; ANEXO 3”, la solicitud de la entidad Grup Trui Mallorca, S.L., con NIF B57634131, en relación con el proyecto Mallorca Music Experience 2019, ya que la entidad declara tener más ingresos que gastos.

5. Conceder la cantidad de 170.000,00 € a favor de las personas beneficiarias que se señalan en el "Anexo 1-Sol·licituds concedidas” y disponer el gasto a favor suyo, con cargo a la partida presupuestaria 20.33430.47905, operación contable en fase A núm. 220189001041 (núm. Ref.: 22019/1912), por los importes que se mencionan y para dar apoyo a la realización de los proyectos musicales, de acuerdo con la convocatoria.

6. Denegar las solicitudes recogidas en el "Anexo 2-Sol·licituds denegadas”, y por los motivos que se mencionan.

7. Excluir las solicitudes recogidas en el "Anexo 3-Sol·licituds excluidas”, y por los motivos que se mencionan.

8. Autorizar, en los términos que prevé la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo Insular de Mallorca, a las personas beneficiarias que se relacionan en el Anexo 4 a subcontratar con vinculación las actividades subvencionadas que se exponen en la solicitud, así como la justificación presentada de encontrarse en condiciones de mercado.

9. Comunicar esta Resolución a la Intervención delegada del Centro la Misericordia.

10. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podéis interponer el recurso de alzada, dentro del plazo de un mes, ante este consejero ejecutivo o ante la presidencia, contador a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación.

Contra la desestimación expresa del recurso de alzada, podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, contadores desde el día siguiente de recibir la notificación de la desestimación del mencionado recurso.

Una vez transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no habéis recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, sin limitación de tiempo.

No obstante lo anterior, podéis interponer, si procede, cualquier otro recurso que consideréis oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Palma, 8 de mayo de 2019

El secretario técnico del Departamento de Cultura, Patrimonio y Deportes

Francesc Ramis Oliver

(Resolución de delegación de competencias del vicepresidente primero y consejero ejecutivo de Cultura, Patrimonio y Deportes de 15/03/2016; BOIB núm. 37, de 22/03/2016)

 

 ANEXO 1 – Solicitudes concedidas

 CONVOCATORIA DE AJYUDAS DE MINIMIS AL FONDO DE ACTIVIDADES MUSICALES 2019

ENTIDAD

NIF

PROYECTO

PRESUPUESTO INICIAL

PRESUPUESTO SUBVENCIONABLE

IMPORTE SOLICITADO

PUNTUACIÓN

IMPORTE SUBVENCIÓN

Josep Lluís Gallardo Llull

18219878S

Spaguetti Premium

16.350,00 €

16.275,00 €

8.175,00 €

43,50

8.137,50 €

Cultura Aquí y Ahora S.L.

B16503211

Mallorca Live Festival 2019

2.535.513,61 €

2.418.470,29 €

50.000,00 €

42,50

50.000,00 €

Mallorcòpera, S.L.

B16599052

1r Festival Mallorcòpera

49.690,50 €

49.690,50 €

24.845,00 €

41,00

24.845,00 €

S'Hostal des Moixos SLU

B57501140

el dia minimúsica 2018'

26.405,82 €

26.405,82 €

13.001,27 €

34,50

13.001,27 €

Fona Artistts S.L.

B07818503

Sons de nit 2019

180.201,82 €

179.339,63 €

50.000,00 €

33,50

50.000,00 €

Tomeu Gomila Ensenyat

43088101Q

Festival internacional Folk You!

11.445,09 €

11.270,09 €

4.401,09 €

31,00

4.401,09 €

Ensaïmada Musical S.L.

B57320137

XVII Fira Internacional del Disc a Mallorca

37.466,92 €

37.466,92 €

16.793,45 €

29,50

16.793,45 €

Contemporanea Music, S.L.

B16558314

Port Adriano Music Festival (7ª edición)

392.170,00 €

392.170,00 €

45.000,00 €

27,50

2.821,69 €

 

 

 

 

 

TOTAL

170.000,00 €

 

 ANEXO 2 - Solicitudes denegadas

CONVOCATORIA DE AJYUDAS DE MINIMIS AL FONDO DE ACTIVIDADES MUSICALES 2019

 

ENTIDAD

NIF

PROYECTO

PUNTUACIÓN

MOTIVO

Jazz Voyeur S.L.

B57402968

XI Edición Jazz Voyeur Mallorca Festival

25

Dotación presupuestaria insuficiente.

 

 ANEXO 3 - Solicitudes excluidas

 CONVOCATORIA DE AJYUDAS DE MINIMIS AL FONDO DE ACTIVIDADES MUSICALES 2019

ENTIDAD

NIF

PROYECTO

MOTIVO

Rafael Ferragut Bonafé

41155383B

Música a Mallorca per sempre

La entidad ha presentado como proyecto toda su programación anual, sin hacer referencia a un proyecto cultural concreto. Por lo tanto, no se considera un proyecto objeto de esta convocatoria.

 

 

 ANNEX 4 – Solicitudes de autorización previa con relación a gastos con vinculación

 CONVOCATORIA DE AJYUDAS DE MINIMIS AL FONDO DE ACTIVIDADES MUSICALES 2019

ENTIDAD

NIF

PRESENTA PRESUPUESTOS, CONVENIO, ETC.

Mallorcòpera, S.L

B16599052