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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.1 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 3983
Ejecución de títulos judiciales 215 /2018

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  PAULA MATEO ERROZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 001 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000215 /2018 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D/Dª  FUNDACION LABORAL DE LA CONSTRUCCION contra  INSTALADORA SAVYCO SL sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución:

DECRETO

Letrado de la Administración de Justicia D/Dª  PAULA MATEO ERROZ.

En PALMA DE MALLORCA, a doce de abril de dos mil diecinueve.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.-  FUNDACION LABORAL DE LA CONSTRUCCION presentó demanda de ejecución de SENTENCIA en reclamación de 139,49 euros, frente a  INSTALADORA SAVYCO SL.

SEGUNDO.- Se han realizado las averiguaciones necesarias para obtener la cuantía objeto de ejecución.

TERCERO.- Se ha recibido transferencia por la parte ejecutada en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Jdo. de lo Social nº1, por la cantidad de 53,94 euros en concepto de resto de costas, constando en la misma un total de 81,82 euros correspondientes a la totalidad de lo adeudado por dicho concepto.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- En virtud de lo dispuesto en el artículo 570 de la LEC la ejecución forzosa sólo terminará con la completa satisfacción del acreedor ejecutante.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación.

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:

- Realizar transferencia por la cantidad de 81,82 euros correspondientes a la tasación de costas e intereses a la cuenta facilitada por la parte ejecutante.

-Tener por terminado el presente procedimiento de ejecución seguido a instancia de FUNDACION LABORAL DE LA CONSTRUCCION frente a  INSTALADORA SAVYCO SL.

- Alzar los embargos trabados en las actuaciones a cuyo fin se librarán los oportunos oficios.

Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LJS. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta nº 0464000064021518 en el Santander debiendo indicar en el campo concepto, "recurso" seguida del código "31 Social-Revisión de resoluciones Letrado de la Administración de Justicia". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "31 Social-Revisión de resoluciones Letrado de la Administración de Justicia". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a INSTALADORA SAVYCO SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de Illes Balears.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a veinticuatro de abril de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjuicio, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.