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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 4364
Resolución de la Directora General de Personal Docente de 6 de mayo de 2019, por la que se aprueban y se publican, con carácter definitivo, los destinos otorgados a los funcionarios docentes de cuerpos de catedráticos y de profesores de enseñanza secundaria, de profesores técnicos de formación profesional, de catedráticos y de profesores de música y artes escénicas, de catedráticos y profesores de artes plásticas y diseño, de maestros de taller de artes plásticas y diseño, y de catedráticos y de profesores de escuelas oficiales de idiomas que participan en el concurso de traslados de ámbito estatal convocado por Resolución de 18 de octubre de 2018

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Texto

La Resolución de la Directora General de Personal Docente de 18 de octubre de 2018, publicada en el BOIB núm. 136, de 31 de octubre de 2018, convocó el concurso de traslados de ámbito estatal para los funcionarios de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica de Educación, modificada por la Ley  Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa.  

Mediante Resolución del Consejero de Educación y Universidad del Gobierno de las  Illes Balears de 18 de enero de 2019 (BOIB núm. 10, de 22 de enero), modificada por Resolución del Consejero de Educación y Universidad de 23 de enero 2019 (BOIB núm. 12, de 26 de enero), y realizada una corrección de errores mediante Resolución del Consejero de Educación y Universidad de 6 de febrero de 2019 (BOIB núm. 19, de 12 de febrero) se aprueban las plantillas y se publica la relación de los puestos de trabajo vacantes de los cuerpos de catedráticos y profesores de enseñanza secundaria,  de profesores técnicos de formación profesional, de catedráticos y de profesores de música y artes escénicas, de catedráticos y profesores de artes plásticas y diseño, de maestros de taller de artes plásticas y diseño, y de catedráticos y de profesores de escuelas oficiales de idiomas. Estos puestos de trabajo son los que, de acuerdo con lo que determina la base segunda de la convocatoria, se han ofertado en el concurso de traslados y en los procesos previos convocados por la Resolución mencionada en el párrafo anterior.

Mediante Resolución de la Directora General de Personal Docente de 12 de marzo de 2019 se publicó la adjudicación provisional de destinos. Se han revisado y resuelto las reclamaciones presentadas contra esta Resolución y se ha excluido del procedimiento a los concursantes que voluntariamente han desistido de participar.

El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la Presidenta de las Illes Balears, por la que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las Consejerias de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, atribuye a la Dirección General de Personal Docente de la Consejería de Educación y Universidad, entre otras competencias, la ordenación y gestión del personal docente.

Finalmente, la Resolución del Consejero de Educación y Universidad de 29 de octubre de 2015 de delegación de determinadas competencias en materia de gestión de personal  (BOIB núm. 163, de 5 de novembre), modificada por la Resolución del Consejero de Educación y Universidad de 21 de junio de 2017 (BOIB núm. 82, de 6 de julio), delegó en la Directora General de Personal Docente, la competencia establecida en el punto primero apartado b para convocar y resolver los procedimientos ordinarios de provisión de puestos de trabajo, establecer las bases y nombrar a los miembros de los órganos de valoración.

Por todo ello, y en virtud de las competencias que tengo atribuidas dicto la siguiente,

Resolución

1. Aprobar y hacer pública, en el anexo 1 de esta Resolución, la adjudicación con carácter definitivo y ordenada alfabéticamente, con la puntuación total y por apartados, y con indicación de la modalidad de participación, del destino que han obtenido los funcionarios docentes, antes mencionados, que han participado en el concurso de traslados convocado mediante Resolución de la Directora General de Personal Docente de 18 de octubre de 2018.

2. Declarar desestimadas, si no figuran resueltas expresamente en esta Resolución, las reclamaciones presentadas contra la Resolución de la Directora General de Personal Docente de 12 de marzo de 2019 por la que se aprovó la adjudicación provisional de destinos.

3. Aprobar y hacer pública, en el anexo 2 de esta Resolución la relación de participantes que no han sido admitidos en el concurso de traslados, dado que no cumplen los requisitos específicos o han sido excluidos por las causas que se indican.

4. Aprobar y hacer pública en el anexo 3 de esta Resolución, la relación de participantes que han desistido de participar voluntariamente en el concurso de traslados y que, como consecuencia del desestimiento, han sido dados de baja de la participación en el concurso.

5. Aprobar y hacer pública, en el anexo 4 de esta Resolución, la relación de personas que, habiendo participado en el concurso con carácter forzoso, no han obtenido ningún destino y, en consecuencia, quedan pendientes que la Dirección General de Personal Docente les adjudique un destino provisional para el curso 2019-2020. Estas personas deben participar en el proceso de adjudicación de destinos provisionales para este curso mediante solicitud telemática que se publicará en la página web  http://dgpdocen.caib.es.

6. Señalar que, si en la resolución del proceso se ha adjudicado erróneamente un destino a un docente que no cumple los requisitos exigidos en la convocatoria o que no posee los méritos suficientes para obtener el puesto asignado, la Administración anulará de oficio la destinación obtenida.

7. Disponer, así mismo que, si hay vacantes o resultas inexistentes o erróneas, el destino a estas plazas quedará anulado y los docentes afectados tendrán la misma consideración que los procedentes de un puesto de trabajo suprimido y les serán de aplicación todos los preceptos del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el cual se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes que prevé la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y otros procedimientos de provisión de plazas que debe cubrir este personal.

8. Informar que, de conformidad con lo que disponen el artículo 19 del Real Decreto 1364/2010 y la base vigesimosegunda de la Resolución de la Directora General de Personal Docente de 18 de octubre de 2018, los destinos adjudicados mediante esta Resolución son irrenunciables. No obstante, cuando de acuerdo con lo que establece la base decimoquinta de la Resolución mencionada, se participe simultáneamente por diferentes cuerpos docentes y se obtenga destino en más de uno, se deberá optar por uno de ellos en el plazo de diez días naturales siguientes a la publicación de esta Resolución, mediante escrito dirigido a la Administración educativa a la que pertenezca la plaza a la cual el concursante no se quiera incorporar. Si no se realiza esta opción, se deberá tomar posesión en la plaza obtenida correspondiente al cuerpo desde el cual se ha participado en situación de servicio activo.

El cese de los participantes en el destino de procedencia se producirá el 31 de agosto de 2019 y la toma de posesión en el nuevo destino tendrá lugar el 1 de septiembre de 2019.

9. Determinar que durante el mes de octubre de 2019 las personas interesadas que no hayan interpuesto ningún recurso administrativo podran solicitar a la Dirección General de Personal Docente la devolución de los documentos originales presentados como justificación de méritos. Si el aspirante no los retira dentro de este plazo se entenderá que renuncia a su recuperación.

10. Publicar esta Resolución y los anexos 1, 2, 3 y 4 en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponder un recurso potestativo de reposición ante la Directora General de Personal Docente en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos 25.5 y 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También podrán interponer un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.

 

Palma, a 6 de mayo de 2019

 

La Directora General de Personal Docente

Rafaela Sánchez Benítez

Documentos adjuntos