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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE SALUD

Núm. 4346
Resolución del director general de Planificación, Evaluación y Farmacia por la que se suspende la ejecución de la Resolución del director general de Planificación, Evaluación y Farmacia de 16 de octubre de 2018 por la que se ordena la ejecución de la sentencia núm. 427 dictada el 12 de septiembre de 2018 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el PO 30/2017 (BOIB núm. 133, de 25 de octubre)

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Texto

Antecedentes

1. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears ha dictado en fecha 12 de septiembre de 2018 la sentencia núm. 427 en el procedimiento ordinario 30/2017, instado por el Sr. Cristóbal Pons Servera contra la Resolución de la consejera de Salud de 24 de enero de 2017 que desestimó el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución del director general de Planificación, Evaluación y Farmacia de 27 de septiembre de 2016 (BOIB núm. 124, de 29 de septiembre de 2016) que aprobaba los adjudicatarios definitivos y la lista definitiva de méritos del concurso de méritos para la adjudicación de tres oficinas de farmacia en la zona farmacéutica de Palma y una oficina de farmacia en la zona farmacéutica de Binissalem (BOIB núm. 146, de 23 de octubre de 2014).

2. La sentencia obliga a la Administración a retrotraer el procedimiento administrativo afectado al momento en que la comisión de valoración tiene que valorar los méritos alegados por los solicitantes con el fin de elevar al director general de Planificación, Evaluación y Farmacia la lista provisional de valoración de méritos con la puntuación obtenida por los solicitantes admitidos al concurso teniendo en cuenta la anulación de la base 2.6 del anexo 1 de la convocatoria del concurso por no ajustarse a la redacción del artículo 15.5 del Decreto 25/1999, de 19 de marzo.

3. Por Resolución del director general de Planificación, Evaluación y Farmacia de 16 de octubre de 2018 se ha ordenado la ejecución de la sentencia referida (BOIB núm. 133, de 25 de octubre).

4. Contra la sentencia núm. 427 el Sr. Cristóbal Pons Servera ha preparado recurso de casación.

5. En Providencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears de 15 de febrero de 2019, dictada en el incidente de ejecución definitiva 53/2018, se ha acordado inadmitir el incidente de ejecución de la sentencia hasta tanto sea firme o se acuerde su ejecución provisional.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 30.48 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, reformado por Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, que atribuye la competencia en materia de ordenación farmacéutica a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en el marco de lo dispuesto en el artículo 149.16.1 de la Constitución.

2. El artículo 103 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

3. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

4. La Ley 7/1998, de 13 de julio, de ordenación farmacéutica de las Illes Balears, modificada por la Ley 1/2015, de 19 de febrero, y la Ley 6/2018, de 22 de junio.

5. El Decreto 8/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, crea la Consejería de Salud. Conforme al Decreto 24/2015, de 7 de agoso, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autonomía de las Illes Balears, la Consejería de Salud, a través de la Dirección general de Planificación, Evaluación y Farmacia, tiene atribuidas, entre otras, las competencias en materia de ordenación farmacéutica.

6. El Decreto 13/2016, de 4 de marzo, por el cual se nombra al director general de Planificación, Evaluación y Farmacia de la Consejería de Salud.

7. La Providencia de 15 de febrero de 2019 dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el incidente de ejecución definitiva 53/2018.

En consecuencia, dicto la siguiente,

Resolución

1. Ejecutar la Providencia de 15 de febrero de 2019 dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el incidente de ejecución definitiva 53/2018 del PO 30/2017.

2. Suspender la ejecución de la Resolución del director general de Planificación, Evaluación y Farmacia de 16 de octubre de 2018 por la que se ordena la ejecución de la sentencia núm. 427 dictada el 12 de septiembre de 2018 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el PO 30/2017 (BOIB núm. 133, de 25 de octubre) hasta tanto la sentencia sea firme o se acuerde su ejecución provisional.

3. Notificar esta Resolución a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears.

4. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta resolución y mientras no conste en autos la total ejecución de la sentencia, las personas interesadas pueden formular incidente de ejecución ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio que puedan formular cualquier otro que estimen procedente.

 

Palma, 11 de abril de 2019

El director general ​​​​​​​Benito Pròsper Gutiérrez