Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 4304
Notificación de Resolución de aceptación de desistimiento y revocación de la Resolución de concesión, R5 (exp. 021), al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015 por la que se convocan subvenciones para las Inversiones a las explotaciones agrarias, para los años 2015 a 2019
El apartado 9.3. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015 por la que se convocan, subvenciones para las Inversiones a las explotaciones agrarias, correspondientes a los años 2015-2019, especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El vicepresidente del FOGAIBA, con fecha 4 de abril de 2019, firmó la siguiente resolución,
"INFORME/PROPUESTA DE RESOLUCIÓN/ RESOLUCIÓN DE ACEPTACIÓN DE DESISTIMIENTO Y REVOCACIÓN DE LA CONCESIÓN
Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020
Medida 4.1- Ayuda a las Inversiones a las explotaciones agrarias (INEA)
Convocatoria: INEA 2016_1 / R5
Antecedentes
1. El 16 de julio de 2015 se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 106, la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias, modificada mediante las resoluciones de 17 de diciembre de 2016 (BOIB núm. 185), de 22 de junio de 2016 (BOIB núm. 81) y de 26 de junio de 2018 (BOIB núm. 80).
2. El 23 de marzo de 2018, el vicepresidente del FOGAIBA dictó una Resolución de concesión de ayudas para inversiones en las explotaciones agrarias (R5), que se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares número 53, de 1 de mayo, en la que figuraba una concesión a favor de Antoni Sans Cañellas, con NIF 43096904X, con un importe de ayuda de 8.718,65 (ocho mil setecientos dieciocho euros con sesenta y cinco céntimos), correspondiendo el 53% al FEADER por importe de 4.620,88 €; el 14,10% al Mapam por un importe de 1.229, 33 € y el 32,90% en la CAIB por un importe de 2.868,44 € y un plazo de 6 meses, con número de expediente INEA 2016_1 / 021.
3. El 20 de diciembre de 2018, con registro de entrada núm. 27.424, la persona indicada en el apartado anterior presentado su desistimiento de la solicitud de ayuda por motivos personales.
4. Corresponde aceptar el desistimiento y declarar concluso el procedimiento.
5. La aceptación del desistimiento de la solicitud de ayuda ya concedida conlleva la revocación del importe concedido, detallado en el anexo «Importes que deben revocarse».
Fundamentos de derecho
1. Resolución de 10 de julio de 2015 del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias modificada mediante las resoluciones de 17 de diciembre de 2015, 22 de junio de 2016 y 26 de junio de 2018.
2. Orden del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020 .
3. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Propuesta de Resolución
Por todo ello, se informa favorablemente y se propone al vicepresidente del FOGAIBA que dicte una resolución en los siguientes términos:
1.Aceptar el desistimiento de la solicitud de ayuda de Antonio Sans Cañellas, con número de expediente INEA2016_1 / 021.
2.Revocar la ayuda concedida en la resolución del vicepresidente del FOGAIBA de día 23 de marzo de 2018 (R5), correspondiente al expediente INEA2016_1 / 021 y por el importe indicado en el anexo de esta resolución .
. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, y el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Palma, 5 de marzo de 2019
El gestor de la línea Jordi Company Salaverria |
La jefa de Sección I Mª Angeles Pérez Ribas |
El jefe de Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural Isidre Cañellas Simonet |
Conforme con la propuesta, dicto resolución |
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Palma, 4 de abril de 2019 |
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El vicepresidente del FOGAIBA |
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Mateu Ginard i Sampol” |
ANEXO. IMPORTES QUE SE TIENEN QUE REVOCAR
NOMBRE |
NIF |
EXPEDIENTE |
FECHA DE RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN |
IMPORTE QUE SE TIENE QUE REVOCAR (€) |
ANUALIDAD |
ANTONIO SANS CAÑELLAS |
43096904X |
INEA2016_1/021 |
23/03/2018 |
8.718,65 |
2018 |
Palma, 15 de abril de 2019
El director gerente del FOGAIBA
Guillem Rosselló Alcina