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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE ECONOMIA Y HACIENDA

Núm. 4200
Convocatoria de subvenciones para eventos de gran repercusión turística y de promoción de la economía local en el 2019

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Extracto del Acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consell de Mallorca, de día 30 de abril de 2019 por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones para eventos de gran repercusión turística y de promoción de la economía local en el 2019

BDNS ( Identif.): 452897

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index)

Primero. Beneficiarios

Pueden ser beneficiarios de estas subvenciones, las personas y/ o las entidades siguientes:

- Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro (Línea 1).

- Ayuntamientos de la isla de Mallorca (Líneas 2 y 3).

- Mancomunidades de la isla de Mallorca (Línea 3).

- Asociaciones empresariales del pequeño y mediano comercio de ámbito insular y federaciones de asociaciones empresariales del pequeño y mediano comercio de ámbito insular (Línea 4).

- Consejos Reguladores de Denominación de Origen y/o de Indicación Geográfica Protegida de Mallorca (Línea 5).

Segundo. Objeto

El objeto de esta convocatoria es el fomento de actuaciones y proyectos de iniciativa pública y privada de interés público, de elevada repercusión en el ámbito turístico y, o para la promoción económica del comercio y el producto local.

Los eventos y o las actuaciones subvencionables son las siguientes:

a) Las ferias comerciales que promocionen el comercio y los productos locales de Mallorca (Líneas 1 y 2).

b) 1. Las actividades de tipo cultural, gastronómicas, artísticas, deportivas o lúdicas con la condición que tengan gran repercusión y/ o interés turístico debidamente justificado en el proyecto para la desestacionalización y o para la promoción económica (líneas 1 y 2).

2. Las inversiones que faciliten y o permitan la realización de las ferias y las actuaciones indicadas en los puntos anteriores 3a) y 3b) (Línea 2).

c) Las actividades dirigidas al fomento de la emprendedoría empresarial y la cooperación empresarial en el ámbito local (Línea 3).

d) Las iniciativas empresariales conjuntas de dinamización y promoción comercial del pequeño y mediano comercio local (Línea 4).

e) Los proyectos de promoción y mejora de la comercialización de los productos elaborados bajo el control de los Consejos Reguladores de Denominación de Origen y/ o Indicación Geográfica protegida de Mallorca (Línea 5).

Tercero. Bases reguladoras

Las bases reguladoras de la presente convocatoria son las que se establecen en la Ordenanza general de subvenciones del Consell Insular de Mallorca, aprovada por Acuerdo del Pleno de 23 de diciembre de 2016 (BOIB núm. 21, de 18.02.2017), modificada por Acuerdo del Pleno de 14 de junio de 2018 (BOIB núm. 96, de 04.08.2018).

 

Cuarto. Cuantía

El presupuesto de gastos del Consell Insular de Mallorca para el año 2019 ha asignado un importe total de 838.600,00 euros a las subvenciones objeto de la convocatoria, que se distribuirá de la manera siguiente:

- 40.000,00€, a cargo de la aplicación presupuestaria 70.43110.48900 para los proyectos de la línea 1.

-718.600,00€, de los cuales 235.000,00€, a cargo de la aplicación 70.43110.46200 i 483.600,00€, a cargo de la aplicación 70.43110.76280 para los proyectos de la línea 2.

- 40.000,00€, de los cuales 20.000,00 €, a cargo de la aplicación presupuestaria 70.43110.46200 i 20.000,00 €, a cargo de la aplicación 70.43110.46300 para los proyectos de la línea 3.

- 30.000,00€, a cargo de la aplicación presupuestaria 70.43110.48900 para los proyectos de la línea 4.

-10.000,00€, a cargo de la aplicación presupuestaria 70.43110.48900 para los proyectos de la línea 5.

Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes y de toda la documentación anexa a la solicitud es de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB). Los interesados deben presentar las solicitudes dentro del plazo establecido en cualquier unidad del Registro General del Consejo Insular de Mallorca: "Centro Cultural La Misericordia", Plaza de l’ Hospital, 4, Palma; C / Palau Reial, 1, Palma; "Llar de la Juventud", C / General Riera, 111, Palma y "Llar de la Infancia", C / General Riera, 113, Palma. Asimismo, también, las pueden presentar en los lugares establecidos en el apartado 4 del artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sexto. Otros datos

Las actuaciones subvencionables relativas a todas las líneas de actuación se deben haber realizado total o parcialmente, en el período comprendido entre el 1 de julio de 2018 y el 30 de junio de 2019.

El modelo normalizado de la solicitud y la documentación que se debe acompañar se encuentra disponible igualmente en la sede electrónica del Consejo Insular de Mallorca https://seu.conselldemallorca.net/es/fitxa?key=37515.

 

Palma, 2 de mayo de 2019

La secretaria técnica de Economía y Hacienda

(Per delegación del consejero ejecutivo de Economía y Hacienda.

Resolución de 21 de julio del 2015, BOIB núm. 113, de 25 de julio)

M Carmen Iglesias Manjón