Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE SANT LLORENÇ DES CARDASSAR
Núm. 4173
Desistimiento de la tramitación del procedimiento selectivo para cubrir, como funcionario de carrera y mediante el turno restringido de promoción interna, un puesto de trabajo de oficial de la Policía local (escala básica) vacante en la plantilla municipal del Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar
Mediante el presente anuncio se hace público que en fecha 3 de mayo de 2019 se ha dictado resolución de Alcaldía con el siguiente tenor literal:
"Desistimiento de la tramitación del procedimiento selectivo para cubrir, como funcionario de carrera y mediante el turno restringido de promoción interna, un puesto de trabajo de oficial de la Policía local (escala básica) vacante en la plantilla municipal del Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar
Mediante resolución de Alcaldía de fecha 16 de abril de 2019 se acordó la aprobación de las bases y de la convocatoria del procedimiento selectivo para cubrir, como funcionario de carrera y mediante el turno restringido de promoción interna, un puesto de trabajo de oficial de la Policía local (escala básica) vacante en la plantilla municipal del Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar (BOIB núm. 56 de fecha 27 de abril de 2019).
Se han detectado numerosos errores en las bases aprobadas lo que hace aconsejable el desistimiento de la tramitación del procedimiento selectivo, sin perjuicio de la posibilidad de iniciar otro en el momento oportuno.
Por todo lo expuesto y en virtud de las facultades que me confiere el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local,
RESUELVO:
Primero. Desistir de la tramitación del procedimiento selectivo para cubrir, como funcionario de carrera y mediante el turno restringido de promoción interna, un puesto de trabajo de oficial de la Policía local (escala básica) vacante en la plantilla municipal del Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar iniciado mediante resolución de Alcaldía de fecha 16 de abril de 2019.
Segundo. Publicar la presente resolución a los correspondientes boletines oficiales y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar. "
Contra este acto que pone fin a la vía administrativa, se pueden interponer alternativamente los siguientes recursos:
a) El recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que ha dictado el acto.
b) Directamente, el recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de la publicación de dicha resolución, ante los juzgados contencioso administrativo de Palma.
Si se opta por interponer el recurso de reposición potestativo, no se puede presentar recurso contencioso administrativo hasta que se resuelva ese expresamente o se haya producido la desestimación por silencio, que se producirá por el transcurso de un mes desde la presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado. En este caso, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo en el plazo de seis meses a partir del día siguiente de la desestimación presunta.
Todo ello sin perjuicio de otros recursos o acciones que se consideren adecuadas.
Sant Llorenç des Cardassar, 3 de mayo de 2019
El alcalde, Mateu Puigròs Sureda