Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD
Núm. 4158
Resolución del consejero de Educación y Universidad de 23 de abril de 2019 por la que se autoriza la implantación de las enseñanzas elementales de Danza en el Conservatorio Profesional de Música y Danza de Ibiza y Formentera Catalina Bufí
Hechos
1. Mediante el Decreto 101/2000, de 30 de junio, se creó el Conservatorio Profesional de Música y Danza de Ibiza y Formentera (BOIB nº 85, de 11 de julio), autorizado a impartir enseñanzas elementales y profesionales de Música. Estas enseñanzas se ampliaron por la Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 10 de octubre de 2014 (BOIB nº 149, de 30 de octubre) y por la Resolución del consejero de Educación y Universidad de 5 de julio de 2017 (BOIB nº 88, de 20 de julio). Así, el centro quedó autorizado a impartir las especialidades siguientes: Clarinete, Flauta Travesera, Saxofón, Trompeta, Contrabajo, Guitarra, Violín, Viola, Violonchelo, Piano, Trompa, Percusión, Trombón, Oboe, Fagot y Canto.
2. Mediante la Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades de 13 de julio de 2011 (BOIB nº 116, de 2 de agosto) se dispuso el cambio del domicilio del Conservatorio y el traslado de los alumnos y los profesores, y por la Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 28 de mayo de 2014 (BOIB nº 80, de 12 de junio) se autorizó el cambio de la denominación específica del centro, que pasó a ser Conservatorio Profesional de Música y Danza de Ibiza y Formentera Catalina Bufí.
3. El 4 de abril de 2017, el director del Conservatorio Profesional de Música y Danza de Ibiza y Formentera Catalina Bufí solicitó a la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros la implantación en este centro de las enseñanzas elementales de Danza. Desde la Dirección General se le solicitó que detallara en un informe el estado de las infraestructuras del edificio, los recursos necesarios tanto de equipamiento instrumental como de mobiliario y los recursos docentes necesarios.
4. Después de haber estudiado los diferentes informes de los técnicos de la Consejería de Educación y Universidad, se consideró adecuada la implantación de estas enseñanzas en este centro para dar respuesta a la demanda en crecimiento durante las últimas décadas en la isla de Ibiza.
5. El 25 de septiembre de 2018, la jefa del Servicio de las Enseñanzas de Régimen Especial emitió un informe favorable y propuso la implantación en este centro de las enseñanzas elementales de Danza a partir del curso 2018-2019.
Fundamentos de derecho
1. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE nº 159, de 4 de julio).
2. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE nº 106, de 4 de mayo).
3. El Real Decreto 303/2010, de 15 de marzo, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas artísticas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE nº 86, de 9 de abril).
4. El Decreto 24/2011, de 1 de abril, por el que se establece la ordenación y el currículum de las enseñanzas elementales de danza reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación.
5. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE nº 52, de 16 de marzo, y suplemento en catalán nº 9, de 16 de marzo), el cual establece en el artículo 36.2 que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.
6. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 120, de 8 de agosto), de acuerdo con la redacción fijada por el Decreto 18/2017, de 2 de noviembre, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 24/2015 (BOIB nº 135, de 4 de noviembre).
Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros en fecha de 17 de abril de 2019, dicto la siguiente
Resolución
1. Autorizar la implantación de las enseñanzas elementales de Danza en el Conservatorio Profesional de Música y Danza de Ibiza y Formentera Catalina Bufí con efectos desde el principio del curso 2018-2019.
2. Determinar que, como consecuencia de esta autorización, el centro queda configurado de la siguiente manera:
Código de centro: 07008648
Denominación genérica: conservatorio profesional de música y danza
Denominación específica: Conservatorio Profesional de Música y Danza de Ibiza y Formentera Catalina Bufí
Domicilio: avenida de Espanya, 15
Localidad: Eivissa
Municipio: Eivissa
CP: 07800
Enseñanzas autorizadas:
Enseñanzas elementales y profesionales de Música:
Especialidades: Clarinete, Contrabajo, Flauta Travesera, Guitarra, Piano, Trompeta, Viola, Violín, Violonchelo, Saxofón, Trompa, Percusión, Trombón, Oboe, Fagot y Canto.
Enseñanzas elementales de Danza.
3. Comunicar esta Resolución a la dirección del centro y al servicio de las Enseñanzas de Régimen Especial de la Consejería de Educación y Universidad para su conocimiento.
4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, 23 de abril de 2019
El consejero de Educación y Universidad
Martí X. March Cerdà