Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚM.1 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 3285
Juicio verbal 814/17

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D. JUAN ENRIQUE TÉVAR FERNÁNDEZ, Letrado de la Administración de Justicia, del JDO. DE LO MERCANTIL N. 1 de PALMA DE MALLORCA, por el presente,

ANUNCIO:

En el presente procedimiento seguido a instancia de BALEARS ROM I SERVICES SL frente a ODISEA RESTAURANTES Y OCIO SL, AIVARS JUSKOVS se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA

En Palma de Mallorca, a 21 de septiembre de 2018

Vistos por mí, D. Víctor Fernández González, Magistrado- Juez del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Palma de Mallorca, los autos de Juicio Verbal con número 814/2017, en el que es parte demandante la entidad mercantil Balears Rom i Services SL, representada por el Procurador Dña. Monserrat Montané Ponce, y parte demandada Odisea Restaurantes y Ocio SL y D. Aivars Juskovs, sin representación procesal ni asistencia letrada, por lo que se les declaró en situación de rebeldía procesal, habiendo versado el presente procedimiento sobre RECLAMACIÓN DE CANTIDAD Y RESPONSABILIDAD POR DEUDAS, dicto la presente sentencia.

FALLO

Que con ESTIMACIÓN ÍNTEGRA de la demanda presentada por Balears Rom i Services SL, representada por el Procurador Dña. Monserrat Montané Ponce, y parte demandada Odisea Restaurantes y Ocio SL y D. Aivars Juskovs, declarados en rebeldía debo:

1. DECLARAR Y DECLARO que Odisea Restaurantes y Ocio SL y D. Aivars Juskovs, este último en su condición de administrador único de la primera, adeudan solidariamente a la actora la cantidad de 4.420,70 € de principal, más los intereses legales devengados.

2. CONDENAR y CONDENO a Odisea Restaurantes y Ocio SL y D. Aivars Juskovs a estar y pasar por la anterior declaración y a abonar solidariamente a la actora la cantidad de 4.420,70 € de principal, más los intereses legales devengados.

3. Todo ello con expresa condena en costas procesales a la parte demandada.

Notifíquese a las partes y hágales saber que contra la misma cabe RECURSO DE APELACION.

Así por esta mi Sentencia, de la que se unirá testimonio a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, ODISEA RESTAURANTES Y OCIO SL, AIVARS JUSKOVS , en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

PALMA DE MALLORCA a cinco de abril de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjuicio, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.