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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TRABAJO, COMERCIO E INDUSTRIA

Núm. 4114
Resolución del Consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 30 de abril de 2019 por la cual se amplía el plazo de presentación de solicitudes de la Resolución de 3 de abril de 2019 por la cual se convocan subvenciones destinadas a fomentar la modernización de las empresas comerciales detallistas y determinadas empresas de servicios, así como la continuidad de los establecimientos comerciales y de determinados servicios considerados emblemáticos

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Texto

Hechos

1.En fecha 6 de abril de 2019 se publicó la convocatoria de subvenciones destinadas a fomentar la modernización y mejora de la competitividad de las pequeñas empresas  comerciales detallistas y determinadas empresas de servicios, así como la continuidad de los establecimientos comerciales y de determinados servicios considerados emblemáticos (BOIB núm. 44).

2. Las subvenciones comprendidas en esta convocatoria están incluidas dentro del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para los ejercicios 2018-20120, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018.

3. El apartado primero de la Resolución establece que el objeto de la convocatoria es  fomentar la modernización y mejora de la competitividad de las pequeñas empresas  comerciales detallistas y determinadas empresas de servicios, así como la continuidad de los establecimientos comerciales y de determinados servicios considerados emblemáticos.

4. Dado que ha habido un amplio plazo de días inhábiles para presentar las solicitudes  y al tratarse de posibles beneficiarios, en este caso pequeñas empresas y microempresas comerciales detallistas con establecimiento de venta presencial, y que una gran mayoría han manifestado la dificultad para presentar las solicitudes por medios electrónicos, tal y como se establece en el punto quinto de la convocatoria de acuerdo con lo que establece el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, dentro del plazo establecido, resulta conveniente ampliar el plazo de presentación de solicitudes en 15 días, dado que no existe precepto en contra ni se perjudican en ningún caso los derechos de terceras personas.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 2.7 del Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB nº. 120, de 8 de agosto de 2015), modificado por el Decreto 1/2016, de 16 de febrero (BOIB nº. 23, de 28 de febrero de 2016), el cual atribuye a la Dirección General de Comercio y Empresa el fomento en materia de comercio y empresa.

2. La Orden de la consejera de Comerç, Industria y Energía de 8 de abril de 2008, por la cual se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de comercio y servicios (BOIB nº. 52, de 17 de abril) y se fijan las bases para esta convocatoria de subvenciones, todo eso de acuerdo con el Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

3. El Texto refundido de la Ley de subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, aprobado por medio del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

4. La Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 21 de agosto de 2018 por la cual se convocan subvenciones destinadas a fomentar la cooperación empresarial en el ámbito del comercio mediante el apoyo a las asociaciones de productores de ámbito autonómico.

Por todo eso, dicto la siguiente

Resolución

Primero. Ampliar hasta el 21 de mayo de 2019  el plazo de presentación de solicitudes de la Resolución de 3 de abril  por la cual se convocan subvenciones destinadas a fomentar la modernización y mejora de la competitividad de las pequeñas empresas  comerciales detallistas y determinadas empresas de servicios, así como la continuidad de los establecimientos comerciales y de determinados servicios considerados emblemáticos.

Segundo. Modificar el apartado sexto de la Resolución de convocatoria, de día 3 de abril, en los términos siguientes:

El plazo para presentar las solicitudes es de un mes y quince días a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria de subvenciones destinadas a  fomentar la modernización y mejora de la competitividad de las pequeñas empresas  comerciales detallistas y determinadas empresas de servicios, así como la continuidad de los establecimientos (BOIB núm. 44 de 6 de abril). Por tanto el plazo finalizará el 21 de mayo de 2019.

Tercero. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Trabajo, Comercio e Industria en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo delante de la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, a 30 de abril de 2019

El consejero de Trabajo, Comercio e Industria

Iago Negueruela Vázquez