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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 4098
Resolución del Director General del Servicio de Salud de 30 de abril de 2019 por la que se convoca, por el procedimiento de concurso, un puesto de jefe/jefa de grupo de Tarjeta Sanitaria, de la plantilla orgánica autorizada de Hospital Can Misses del Área de Salud de Ibiza y Formentera

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Texto

De conformidad con el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de mayo de 2011 por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 22 de marzo de 2011(BOIB n.º 75/2011, de 21 de mayo) por el que se regula el sistema de provisión de los cargos no directivos del personal estatutario de gestión y servicios del Servicio de Salud, modificado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 18 de enero de 2013 por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 5 de diciembre de 2012 (BOIB 22 de enero), y de acuerdo con la Resolución de 23 de mayo de 2011 del director general del Servicio de Salud de las islas Baleares por la que se dictan instrucciones para aplicar el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 22 de marzo de 2011 (publicada en el BOIB n.º 87/2011, de 11 de junio), así como de acuerdo con el Decreto 8/2018, de 23 de marzo, por el que se regula la capacitación lingüística del personal estatutario del Servicio de Salud de las Illes Balears (BOIB N.º 37, de 24 de marzo), dicto la siguiente

Resolución

Acordar la convocatoria pública de un puesto de jefe/jefa de grupo de Tarjeta Sanitaria, de la plantilla orgánica autorizada de Hospital Can Misses del Área de Salud de Ibiza y Formentera, de acuerdo con las especificaciones siguientes:

1) Requisitos:

Tener la condición de personal estatutario fijo de gestión y servicios de los subgrupos C1 o C2 y estar en las situaciones de servicio activo o de reserva de plaza en instituciones sanitarias del sistema nacional de salud, y tener el correspondiente nivel de conocimientos de la lengua catalana previsto en el Decreto 8/2018 para la categoría de que se trate. Estos requisitos deben cumplirse en la fecha de publicación de la convocatoria, salvo el requisito de lengua catalana que deberá acreditarse dentro del plazo de presentación de solicitudes.

2) Méritos –que se valorarán a la fecha de publicación de la convocatoria-:

a) Servicios prestados (máximo 60 puntos):

- Servicios prestados en categorías estatutarias de gestión y servicios del subgrupo C1 ............................. 0,20 puntos por cada mes completo de servicios prestados.

- Servicios prestados en categorías estatutarias de gestión y servicios del subgrupo C2  ………………. 0,16 puntos por cada mes completo de servicios prestados.

b) Puestos de trabajo relacionados con el puesto al que se opta (máximo 60 puntos):

- Puesto de jefatura (máximo 40 puntos):

* Haber ocupado puestos de jefatura con un complemento de destino superior al nivel 19 …………….. 0,20 puntos por cada mes completo.

* Haber ocupado puestos de jefatura con un complemento de destino del nivel 19 ……………………… 0,10 puntos por cada mes completo.

* Haber ocupado puestos de jefatura con un complemento de destino inferior del nivel 19 …..………….. 0,10 puntos por cada mes completo.

- Otra experiencia profesional relacionada con el puesto al que se opta, según lo que se establezca en la convocatoria (máximo 20 puntos)..0,10 puntos por cada mes completo.

A los efectos del punto anterior, se considera otra experiencia profesional relacionada con el puesto, la siguiente:

* Experiencia previa en Tarjeta Sanitaria tanto en Centros de Salud como Admisión de Hospital

c) Formación relacionada con el puesto al que se opta (máximo 30 puntos):

- Por cada crédito o por cada diez horas, como docente o discente, en cursos, seminarios, talleres, congresos o jornadas, que estén relacionados directamente con el contenido del puesto al que se opta ………. 0,10 puntos

A los efectos del punto anterior, se consideran relacionadas las áreas temáticas siguientes:

* Formación relacionada con el puesto al que se opta

* Aplicaciones informáticas: Cívitas

* Protección de datos

* Gestión de equipos, resolución de conflictos, etc.

* Cualquier otra área que la Comisión de Selección justificadamente considere relacionada con las funciones del puesto.

Para la valoración de los cursos, seminarios, talleres, congresos o jornadas, se requiere lo siguiente:

* Organizados o impartidos por alguna administración púbica (de acuerdo con el artículo 2.3 de la Ley 39/2015) o por alguna universidad, lo que ha de constar en el correspondiente certificado.

En el caso de que la actividad haya estado organizada por cualquiesquiera organismo público y entidad de derecho público conforme al artículo 2.2.a) de la Ley 39/2015, el interesado ha de acreditar esta condición.

* Organizados por organizaciones sindicales o entidades sin ánimo de lucro e impartidos en virtud de convenios suscritos con las administraciones públicas o con universidades, o bien que hayan estado acreditados y/o subvencionados por aquellas, lo que ha de constar en el correspondiente certificado.

* Realizados en virtud de los acuerdos de formación continuada en las administraciones públicas y que estén organizados por cualquiera de los promotores de formación continuada que hayan suscrito estos acuerdos.

- Por tener acreditado el conocimiento de catalán mediante los certificados expedidos por la Escuela Balear de Administración Pública o los expedidos, los reconocidos como equivales o los homologados por la Dirección General de Política Lingüística que acrediten poseer el nivel C1……4 puntos

- Por tener acreditado el conocimiento de catalán mediante los certificados expedidos por la Escuela Balear de Administración Pública o los expedidos, los reconocidos como equivales o los homologados por la Dirección General de Política Lingüística que acrediten poseer el nivel C2 ……5 puntos

(Sólo se valorará el mayor nivel que posea el concursante)

- Por tener acreditado el conocimiento de catalán mediante los certificados expedidos por la Escuela Balear de Administración Pública o los expedidos, los reconocidos como equivales o los homologados por la Dirección General de Política Lingüística que acrediten poseer el nivel E (lenguaje administrativo) ……………………………… 1 punto

(Se acumula a cualquier otro nivel que se tenga)

3) Características del puesto convocado:

La persona que obtenga el puesto dependerá de la Dirección Médica de Atención Primaria y de la Dirección de Gestión y desempeñará las funciones propias de un jefe de grupo de Tarjeta Sanitaria de la plantilla orgánica autorizada del Hospital Can Misses del Área de Salud de Ibiza y Formentera, entre ellas las siguientes:

a) Formar y coordinar a los interlocutores de los diversos centros, tanto de Hospital (Can Misses y Formentera, como de todos los Centros de Salud del Área)

b) Coordinación con el área de Tarjeta Sanitaria del Servicio de Salud

c) Detección y resolución de los problemas

d) Mantener actualizadas y establecer los circuitos de comunicación necesarios para llevar a cabo las actuaciones marcadas por la línea de trabajo establecida por SSCC.

e) Elaborar los informes que se le requieran por parte de la Gerencia y/o Dirección Médica

4) Las personas aspirantes deben adjuntar la documentación original o una copia compulsada que justifique los requisitos y los méritos alegados.

5) La solicitud para participar en el proceso selectivo, dirigida al órgano convocante, debe presentarse en el plazo de veinte días naturales a contar a partir del día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín oficial de las Islas Baleares. Debe formalizarse en el Registro General de los Servicios Centrales del Servicio de Salud o por medio de alguna de las vías que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

6) Comisión de Selección:

- Presidente: Joan Miquel Barceló Mas

(Designado por el secretrio general del Servicio de Salud)

Vocales:

- Mateu Mesquida Mas

(Designado por el Secretario General del Servicio de Salud)

- Esperanza Méndez Serra

(Designado por el director gerente del centro o por el secretario general del Servicio de Salud de las Islas Baleares en el caso de los Servicios Centrales)

- Natalia Vila Tortosa

(Designado por el director de la división –o del área de dirección- a la que esté adscrito el puesto)

- Secretario: Victoria Lillo Beltrán

(Designado por el directivo que tenga encomendada la gestión del área de personal del centro)

Si se produce alguna vacante en la Comisión de Selección, se nombrará un nuevo integrante.

Interposición de recursos

Contra esta resolución se puede interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación. No se podrá interponer un recurso contencioso mientras no se dicte resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Palma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de la resolución, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente interponer.

  

Palma, 30 de abril de 2019

El Director General del Servicio de Salud de las Islas Baleares

(P.d. Resolución de la Consejera de Salud de 13 de enero de 2016; BOIB de 21 de enero de 2016)