Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 4095
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 2 de mayo de 2019 por la cual se emplaza a las personas interesadas en el Recurso contencioso administrativo del Procedimiento Ordinario 121/2019
Antecedentes
Se ha interpuesto un recurso contencioso administrativo (actuaciones PO 121/2019, que se tramitan por el procedimiento ordinario ante el Tribunal Superior de Justicia Sala Contencioso Administrativa núm. 1 de Palma) por el cual se impugna la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 18 de marzo de 2019 por la cual se aprueban las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas del concurso oposición para cubrir plazas vacantes de la categoría de Enfermero/enfermera convocada mediante la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 5 de abril de 2018 (BOIB nº 39 de 26 de marzo de 2019).
De manera directa o indirecta, la impugnación nombrada puede resultar relevante para una pluralidad de persones que podrían tener la condición de interesadas en el procedimiento.
Consideraciones jurídicas
El artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
El artículo 40 y los siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Por todo esto dicto la siguiente
Resolución
Citar a las personas interesadas en el Recurso contencioso administrativo en cuestión para que puedan personarse como demandadas ante el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares Sala Contencioso Administrativa núm. 1 de Palma en el plazo de nueve días a partir del día siguiente de la fecha de publicación de esta resolución.
Comunicar a las personas interesadas que, si se personan fuera del plazo establecido, se les considerará como parte —pero esto no quiere decir que se tengan que retrotraer ni interrumpir el procedimiento— y que, si no se personan, el procedimiento continuará y no será procedente hacer les más notificaciones.
Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, 2 de mayo de 2019
El director general Julio Miguel Fuster Culebras