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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE ARTÀ

Núm. 4064
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza municipal de prevención de la contaminación acústica y por vibraciones

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Finalizado el plazo de exposición pública para la presentación de reclamaciones contra el acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de día 26 de febrero de 2018, de aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza municipal de prevención de la contaminación acústica y por vibraciones, publicado en el BOIB núm. 30, de 7 de marzo de 2019, sin que se hayan presentado reclamaciones, queda definitivamente aprobada la modificación de la Ordenanza, de conformidad con lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/85, reguladora de las Bases del Régimen local:

Modificación de la Ordenanza municipal de prevención de la contaminación acústica y por vibraciones

Se modifica la Ordenanza municipal de prevención de la contaminación acústica y por vibraciones, que consiste en la sustitución del artículo 24 por un nuevo artículo, que deberá  quedar redactado de la siguiente manera:

«Artículo 24. Horarios de trabajo para la realización de trabajos en la vía pública, obras y edificación

Con independencia de los períodos horarios y excepciones previstos en los artículos 7 y 8 de esta Ordenanza, se fijará un horario de trabajo específico para la realización de trabajos constructivos en la vía pública, obras y edificación en todo el municipio de Artà: horario de trabajo comprendido entre las 8 h y las 18 h los días laborables de lunes a viernes y entre las 10 h y las 18 h los sábados.

Artículo 24 bis. Normas especiales para los núcleos turísticos de la Colònia de Sant Pere, Montferrutx, S’Estanyol, Betlem y Sant Pere, y para la zona peatonal de las calles Ciutat y Antoni Blanes del núcleo de Artà

1. Con independencia del estricto cumplimiento de las restantes normas contenidas en esta Ordenanza y dadas las características de especial sensibilidad acústica por el carácter turístico y residencial de los núcleos de la Colònia de Sant Pere, Montferrutx, S’Estanyol y Sant Pere, en el ámbito que tiene la clasificación urbanística de suelo urbano, y por el carácter turístico y comercial de la zona peatonal de las calles Ciutat y Antoni Blanes de Artà, entre los días 1 de julio y 31 de agosto el horario de trabajo estará comprendido entre las 10.30 h y las 13.30 h los días laborables, de lunes a viernes.

2. La prescripción anterior de limitación horaria solo será exigible a aquellas obras que, por su entidad o naturaleza, impliquen la utilización de medios mecánicos o herramientas de trabajo que, por sus propias características y con independencia de su inclusión o no en los anexos del Real Decreto 212/2002, de 22 de febrero, por el que se regulan las emisiones sonoras en el entorno debidas a determinadas máquinas de uso al aire libre, produzcan ruidos o vibraciones molestas de difícil o imposible corrección, como pueden ser martillos neumáticos, compresores, picadoras, grúas, excavadoras, hormigoneras, sierras mecánicas, taladradoras, vehículos pesados y otros similares, ya que todos estos emisores acústicos tienen un nivel de potencia acústica (Lw) muy superior a los límites establecidos en esta Ordenanza, por lo que se considera necesario establecer medidas de prevención de la contaminación acústica, de acuerdo con lo previsto en el artículo 18 de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, y la disposición adicional única del Real Decreto 212/2002, de 22 de febrero, por el que se regulan las emisiones sonoras en el entorno debidas a determinadas máquinas de uso al aire libre.»

 

Artà, 29 de abril de 2019

El alcalde

Manuel Galán Massanet