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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Núm. 4045
Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 23 de abril de 2019 por la cual se modifica el anexo al Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018

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Texto

Hechos

1. Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018 (BOIB nº 31, de 10 de marzo) se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020.

2. El carácter estimativo de las cuantías que se prevén en el Plan Estratégico y el tiempo transcurrido desde que se aprobaron, hace necesario ajustar las previsiones contenidas al anexo, con respecto a determinadas líneas de ayudas que tiene que gestionar la Dirección General de Consumo de la Consejería de Salud. Concretamente se modifica la línea 5.1, Seguridad en el trabajo, dentro del Objetivo III, Lucha contra las desigualdades, con el fin de convertir la convocatoria en plurienal, incrementando la cuantía de acuerdo con las nuevas anualidades.  

3. En el apartado 3 del Acuerdo mencionado se delega la aprobación y las eventuales modificaciones del anexo al Plan Estratégico de Subvenciones a la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Corresponde, por lo tanto, a la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas la aprobación y/o modificación del anexo al Plan Estratégico de Subvenciones.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. El Decreto 8/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El Decreto 9/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears, mediante el cual se nombra la señora Catalina Cladera i Crespí, consejera de Hacienda y Administraciones Públicas.

Por todo eso, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Aprobar la modificación del anexo al Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018, en el sentido siguiente:

OBJETIVO II

FOMENTO Y MEJORA DEL EMPLEO<A[EMPLEO|OCUPACIÓN]>

III.5 Seguridad en el trabajo

Donde dice:

III.5.1

Dirección general o entidad: Dirección General de Consumo

Fuente de financiación: capítulo IV

Descripción: ayudas para financiar actividades de información, educación, formación y asesoramiento a las personas consumidoras y usuarias, como también la edición de publicaciones relacionadas con el consumo

Objetivos y efectos:

a. Desarrollar actividades o programas destinados a promover actividades de información y formación de los consumidores de las asociaciones de consumidores

b. Llevar a cabo actividades de asesoramiento a los consumidores

c. Editar publicaciones relacionadas con el consumo

Coste: 10.000 €

Convocatoria: anual

Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado

Tiene que decir:

III.5.1

Dirección general o entidad: Dirección General de consumo

Fuentes de financiación: Capítulo IV

Descripción: ayudas para financiar actividades de información, educación, formación y asesoramiento a las personas consumidoras y usuarias, así como la edición de publicaciones relacionadas con el consumo.

Objetivos y efectos:

a. Desarrollar actividades o programas destinados a promover actividades de información y formación de los consumidores de las asociaciones de consumidores

b. Llevar a cabo actividades de asesoramiento a los consumidores

c. Editar publicaciones relacionadas con el consumo

Coste: 40.000 € (2018: 10.000 €; 2019: 15.000 €; 2020: 15.000 €)

Convocatoria: plurienal (2018-2020)

Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado

2. Disponer que esta Resolución desarrolle sus efectos desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 23 de abril de 2019

La consejera de Hacienda y Administraciones Públicas

Catalina Cladera i Crespí