El Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria celebrado el día 15 de abril de 2019, acordó crear la ficha del puesto de trabajo de Jefe/Jefa de la Policía Local, puesto núm. 210, según anexo descriptivo
Se expone al público a los efectos del 127 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
En Sant Antoni de Portmany, 27 de abril de 2019
El Alcalde,
José Tur Torres.
ANEXO I: FICHA DESCRIPTIVA
DESCRIPCIÓN DEL PUESTO DE TRABAJO N.º: 210
NOMBRE DEL PUESTO DE TRABAJO:
JEFE/JEFA DE LA POLICÍA LOCAL.
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DEPENDENCIA JERÁRQUICA
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Unidad/Servicio
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Titulares
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Subordinados
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Horario
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Jornada
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POLICÍA LOCAL
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1
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Aprox. 56
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M/T/N
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Flexible
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ALCALDE
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Dedicación
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Incompatibilidad
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Grupo / Categoría
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Especialidad
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Requisitos
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Méritos
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Provisión
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Tipo
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CONCEJAL DELEGADO
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Exclusiva
Total
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A2 /
Inspector/a de Policía Local
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Las propias de la clase policial
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Funcionario de carrera con categoría mínima
Oficial en servicio activo
Título Universitario de Grado o equivalente.
Catalán Nivel B2
Permiso Conducir A y B
Dirección personal
Inglés
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L.D.
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S
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CENTRO: Policía Local
CD: Nivel 24
CE: 1.575,87 Euros
(Retribuciones Año 2019)
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Responsabilidades Generales:
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Tareas más Significativas:
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Coordinación e inspección de las actividades y servicios de todas las Unidades y Departamentos del Cuerpo.
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Transmisión de las directrices del equipo de gobierno al servicio policial y, por otra parte, traslado de las solicitudes pertinentes de los mandos y la plantilla a los responsables municipales.
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Información a la Alcaldía sobre el desarrollo de los servicios y materialización y cumplimiento de las órdenes que ésta le dicte.
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Dictado, para llevarlas a término, de las instrucciones de servicio, órdenes y directrices que considere necesarias, de acuerdo con la normativa vigente.
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Exigencia a todos los miembros del cuerpo, del exacto cumplimiento de sus deberes, sin perjuicio de las responsabilidades que correspondan a los diversos mandos de la estructura jerárquica
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Proposición a la Alcaldía la iniciación de expedientes disciplinarios y los premios y recompensas que se merezca el personal.
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La elaboración de las propuestas presupuestarias y ejecución de la gestión y el control ordinario del gasto de las partidas asignadas a la Policía Local. Realización de propuestas de adquisición o mejora de medios materiales y tecnológicos, previa consulta sindical de las que tengan incidencia sobre el personal o sus condiciones de trabajo.
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Asistencia al Alcalde o regidor delegado en las funciones de planificación, organización, coordinación y control y proposición de las medidas organizativas y los proyectos para la renovación y el perfeccionamiento de los procedimientos, sistemas y métodos de actuación que considere convenientes.
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El establecimiento de protocolos e indicadores que permitan un análisis constante y ágil del funcionamiento de los distintos servicios policiales y de los resultados obtenidos, de la aplicación de los sistemas de calidad que se puedan establecer.
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La propuesta de actividades formativas y de entretenimiento, previa consulta sindical. Así como la gestión y el fomento de la formación permanente de los miembros del Cuerpo.
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Dirección de la confección de las memorias anuales de la Policía Local.
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El impulso y apoyo a los responsables de los distintas Unidades y Departamentos en las relaciones y comunicaciones con los sectores sociales representativos.
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La supervisión de los cuadrantes y de los nombramientos de servicios que se confeccionen por los mandos del cuerpo, y los cambios de turno o servicios autorizados por estos mandos.
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La participación en las reuniones de la Junta Local de Seguridad (como Vocal) o de órganos similares.
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Acompañar a la Corporación en aquellos actos públicos en que esta concurra y sea requerido para ello.
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El resto de funciones que le fueran asignados por el Alcalde o Concejal Delegado u otras que le asignen las normas o disposiciones vigentes.
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