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AYUNTAMIENTO DE PALMA
Núm. 3652
Extracto del Acuerdo de 27 de marzo de 2019 de Junta de Gobierno de aprobación de las Bases i convocatoria pública de subvenciones para actividades escolares i extraescolares curso 2019/2020
CONCEJALÍA DE EDUCACIÓN Y DEPORTES
BDNS: 449378
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios
Los centros educativos y las asociaciones de madres y padres AMIPAS de Palma, las federaciones-confederaciones de asociaciones de madres y padres, las asociaciones de alumnos que realicen la actividad u objeto de carácter educativo que fundamente la concesión de la subvención de acuerdo con lo previsto en esta convocatoria.
Segundo. Objeto
Para la realización de actividades extraescolares, los centros educativos de Palma, desarrolladas por su equipo docente, las asociaciones de madres y padres AMIPAS, las federaciones-confederaciones de asociaciones de madres y padres, las asociaciones de alumnos.
Para la realización de actividades escolares, los centros educativos de Palma.
Tercero. Bases reguladoras
Bases reguladoras de subvenciones de la Concejalía de Educación del Ayuntamiento de Palma relativas a actividades educativas para el curso escolar 2019/2020 publicadas en el B.O.I.B. y en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.
Cuarto. Cuantía
La cuantía total máxima de las subvenciones convocadas es de 66.000 €, no obstante, en cualquier caso la cantidad máxima a subvencionar para el conjunto de actividades de un centro o entidad no podrá exceder del 5% (3.300 €) de la cuantía total de la consignación presupuestaria de 66.000 €.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
Las solicitudes se pueden presentar en el plazo de 30 días hábiles desde el día siguiente de la publicación de las bases y la convocatoria en el BOIB y en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.
Sexto. Actividades no subvencionables en esta convocatoria
1. Salidas fuera de la isla
2. Desplazamientos
3. Actividades deportivas
4. Monitores para la realización de actividades dentro del horario escolar
5. Entradas para espectáculos
6. Compra de alimentos no saludables. Consulte la Guía de Alimentación Saludable de la Sociedad Española de Nutrición Comunitaria.
Palma, 4 de abril de 2019
El jefe del servicio de Educación
p.d. Decreto de Alcaldia núm 3000 de 26 de febrero publicado en el BOIB núm 30 de 4 de marzo de 2014
Bernat Pascual Riera