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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE EIVISSA

Núm. 3802
Oferta de empleo público correspondiente al año 2019

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en la sesión celebrada el 8 de abril de 2019, acordó la aprobación de la oferta de empleo público de 2019, de acuerdo con lo establecido en el artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto básico del Empleado Público, en relación con el artículo 47.5 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, en los términos siguientes:

PRIMERO: Plazas derivadas de la tasa adicional de reposición de la policia local por las causas previstas en la disposición adicional centésima sesantesima quinta de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018

1.1.- PERSONAL FUNCIONARIO:

- 1 plaza de inspector/a de la Policia Local de la escala de administración especial, subescala de servicios especiales, clase policia local, grupo de clasificación A2.

- 2 plazas de subinspector/a de la Policia Local  de la escala de administración especial, subescala de servicios especiales, clase policia local, grupo de clasificación A2.

- 12 plazas de policia local de la escala de administración especial, subescala de servicios especiales, clase policia local, grupo de clasificación C1.

Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer:

a) Directamente, recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su notificación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

b) Un recurso potestativo de reposición ante la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Contra la desestimación por silencio administrativo del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya notificado la resolución expresa del mismo, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de seis meses a partir del día siguiente a la desestimación presunta.

c) Cualquier otro recurso que estime conveniente, de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

  

Eivissa, 24 de abril de 2019

La Concejala Delegada Estefanía Torres Sánchez