Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD
Núm. 3796
Resolución del director general de Política Universitaria y de Enseñanza Superior de 15 de abril de 2019 por la que se convoca la prueba específica de acceso a los estudios superiores de arte dramático y se concreta el proceso de admisión y de matrícula a estas enseñanzas para el curso 2019-2020
Mediante la Resolución del director general de Política Universitaria y de Enseñanza Superior de día 15 de abril de 2019 se aprueban las instrucciones para regular las pruebas de acceso y el proceso de admisión y de matrícula a las enseñanzas artísticas superiores de arte dramático, de diseño y de música.
El punto 3.2.1 del anexo 1 de esta Resolución especifica que la dirección general competente en materia de enseñanzas artísticas superiores tiene que convocar, al menos una vez al año, una prueba específica de acceso a estos estudios, que tiene que ser diferente para cada una de las enseñanzas artísticas superiores que se ofrecen en las Illes Balears.
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero
Aprobar las instrucciones de acuerdo con las cuales se tienen que organizar y desarrollar la prueba específica de acceso a los estudios superiores de arte dramático y el proceso de admisión y de matrícula a estas enseñanzas para el curso 2019-2020 (anexos 1, 2 y 3).
Segundo
Convocar la prueba específica de acceso a los estudios superiores de arte dramático en los términos que figuran en las instrucciones que se incluyen en el anexo 1 de esta Resolución.
Tercero
Disponer que esta Resolución entre en vigor al día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde la fecha en que se publique, de conformidad con lo que prevé el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Palma, 15 de abril de 2019
El director general de Política Universitaria y de Enseñanza Superior
Juan José Montaño Moreno
ANEXO 1
Instrucciones
A. Instrucciones relativas a la prueba específica de acceso a los estudios superiores de arte dramático
1. Objeto y ámbito de aplicación
Estas instrucciones regulan los aspectos necesarios para desarrollar la prueba específica de acceso a los estudios superiores de arte dramático que se tiene que hacer a las Illes Balears en esta convocatoria.
2. Requisitos de los aspirantes
2.1. Se pueden inscribir las personas que cumplen alguno de los requisitos académicos que permiten acceder a las enseñanzas artísticas superiores:
a) Tener el título de bachiller o un título equivalente.
b) Haber superado la prueba de acceso en la universidad para mayores de 25 años.
2.2. También se pueden inscribir las personas que no cumplen los requisitos académicos p acceder a las enseñanzas artísticas superiores pero han superado la prueba para las personas mayores de dieciocho años que no tienen los requisitos académicos descrita en el punto 2 del anexo 1 de las instrucciones para regular las pruebas de acceso y el proceso de admisión y de matrícula a las enseñanzas artísticas superiores de arte dramático, de diseño y de música, aprobadas mediante la Resolución del director general de Política Universitaria y de Enseñanza Superior de día 15 de abril de 2019.
3. Plazo de inscripción a la prueba
La inscripción a la prueba específica de acceso a los estudios superiores de arte dramático se tiene que hacer del 13 de mayo al 20 de junio de 2019, ambos incluidos.
4. Centro que tiene que hacer la prueba
4.1. La prueba específica de acceso a los estudios superiores de arte dramático se tiene que hacer a la Escuela superior de Arte Dramático de las Illes Balears (ESADIB), en Palma, que es el único centro que puede hacer la prueba en esta convocatoria.
4.2. La inscripción se tiene que formalizar en el mismo centro en que se tiene que hacer la prueba de acceso.
4.3. La tasa de inscripción a la prueba es de 32,00€, de acuerdo con la Resolución del consejero de Educación y Universidad de 29 de junio de 2018 por se autorizan los precios de los servicios académicos de la Escuela superior de Arte Dramático de las Illes Balears (ESADIB) y del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears para el curso 2018-2019 y las exenciones y las reducciones de estos precios.
5. Formalización de la solicitud de inscripción
5.1. La solicitud de inscripción se tiene que formalizar por duplicado mediante el impreso oficial que tiene que facilitar el ESADIB, que también tiene que estar disponible a la página web de la Dirección General de Política Universitaria y de Enseñanza Superior (http://dguni.caib.es).
5.2. A la solicitud se tienen que adjuntar los documentos que correspondan de los que figuran en el punto 6 de estas instrucciones.
5.3. Las personas que necesiten una adaptación de las condiciones en que se tiene que hacer la prueba lo tienen que hacer constar en la solicitud.
6. Documentación para acreditar los requisitos para inscribirse a la prueba
6.1. Los documentos que se tienen que adjuntar a la solicitud son los siguientes:
- El justificante del pago de la inscripción a la prueba.
- El original y una copia del documento oficial de identificación (DOI) de que se disponga (DNI, pasaporte, etc.).
- El original y una copia del documento que acredite los requisitos de acceso a estas enseñanzas establecidas en los apartados 2.1 y 2.2 de este anexo.
6.2. Las personas que acrediten que tienen necesidades educativas especiales o dificultades específicas de aprendizaje (dislexia, disortografía, disgrafía, discalculia, etc.) pueden solicitar la adaptación de las condiciones en que se tiene que hacer la prueba. Para justificar esta petición tienen que aportar, en el momento de inscribirse a la prueba, alguno de los documentos que figuran a continuación:
- Un certificado oficial que acredite el tipo y el grado de discapacidad que tienen, emitido por un organismo oficial competente en materia de asuntos sociales.
- Un dictamen de escolarización emitido por el departamento de orientación con el visto bueno del Departamento de Inspección Educativa.
- Un informe emitido por el departamento de orientación sobre las dificultades específicas de aprendizaje que presentan.
- Un informe emitido por una asociación de experiencia reconocida sobre las dificultades específicas de aprendizaje que presentan.
- Un informe emitido por un profesional colegiado que esté atendiendo las dificultades específicas de aprendizaje de la persona interesada.
7. Actuación con la documentación necesaria para inscribirse a la prueba
La secretaría del ESADIB, una vez ha comprobado que la solicitud de inscripción está debidamente rellenada, tiene que sellar uno de los ejemplares y lo tiene que devolver a la persona interesada. La secretaría del centro se tiene que quedar, una vez compulsadas, las copias del documento oficial de identificación (DNI, pasaporte, etc.) y del resto de documentación presentada.
8. Admisión a la prueba
El ESADIB tiene que comprobar, con la documentación recibida, que las personas que solicitan hacer la prueba cumplen los requisitos establecidos en el apartado 2 de este anexo.
9. Lista provisional de personas admitidas para hacer la prueba y de personas excluidas
La lista provisional de personas admitidas para hacer la prueba específica de acceso y de personas excluidas se tiene que publicar el día 25 de junio de 2019 en el tablón de anuncios y en la página web del ESADIB (http://www.esadib.com).
10. Reclamaciones
Las reclamaciones contra la lista provisional de personas admitidas para hacer la prueba específica de acceso y de personas excluidas se tienen que presentar ante el director del ESADIB del 26 al 28 de junio de 2019.
11. Lista definitiva de personas admitidas para hacer la prueba
11.1. El día 28 de junio de 2019, como máximo, el ESADIB tiene que publicar la lista definitiva de personas admitidas para hacer la prueba específica de acceso al tablón de anuncios y a la página web de la Escuela.
11.2. Contra la lista definitiva se puede presentar un recurso de alzada ante el director general de Política Universitaria y de Enseñanza Superior en el plazo de un mes a contar desde el día de la publicación.
12. Comisión Evaluadora de la prueba específica de acceso
La composición de la Comisión Evaluadora se regula de acuerdo con lo que establece el punto 3.5.1 del anexo 1 de la Resolución del director general de Política Universitaria y de Enseñanza Superior de día 15 de abril de 2019 por la que se aprueban las instrucciones para regular las pruebas de acceso y el proceso de admisión y de matrícula a las enseñanzas artísticas superiores de arte dramático, de diseño y de música.
13. Fecha y horario en que se tiene que hacer la prueba específica de acceso
13.1. La prueba específica de acceso a los estudios superiores de arte dramático se tiene que hacer del 2 al 8 de julio de 2019. El ejercicio teórico se tiene que llevar a cabo el 2 de julio y los ejercicios prácticos, del 3 al 8 de julio.
13.2. El horario y el orden en que se desarrollarán las pruebas se tienen que hacer públicos en el tablón de anuncios y en la página web del ESADIB con una antelación mínima de 24 horas.
14. Verificación de la identidad de los aspirantes
Los miembros de la Comisión Evaluadora tienen que verificar la identidad de los aspirantes antes de empezar la prueba.
15. Incidencias
15.1. Cuando haya causas justificadas que impidan a algún aspirante hacer la prueba o que alteren las condiciones en que lo tiene que llevar a cabo, la Comisión Evaluadora lo tiene que comunicar a la Dirección General de Política Universitaria y de Enseñanza Superior, a la que corresponde decidir qué hay que hacer de acuerdo con lo que considere procedente.
15.2. Estas incidencias se tienen que hacer constar en el acta de evaluación de la prueba.
16. Expedientes de las personas inscritas
El ESADIB tiene que poner a disposición de la Comisión Evaluadora la documentación presentada por las personas inscritas para hacer la prueba de acceso.
17. Corrección y calificación de las pruebas
17.1. Una vez acabada la prueba, la Comisión Evaluadora tiene que corregir cada uno de los ejercicios que la componen y tiene que calcular la nota media de conformidad con lo que se establece en el punto 3.6 del anexo 1 de la Resolución del director general de Política Universitaria y de Enseñanza Superior de día 15 de abril de 2019.
17.2. El ESADIB tiene que custodiar los exámenes hechos por los aspirantes hasta que no empiece el proceso de admisión y de matrícula del curso 2020-2021.
18. Contenido del acta de evaluación
En el acta de evaluación se tiene que hacer constar la información siguiente:
a) Los apellidos y el nombre de los aspirantes.
b) El número del documento oficial de identificación de los aspirantes.
c) Las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios de la prueba.
d) La calificación media de la prueba.
19. Actuación con las actas de evaluación
19.1. Una vez extendida el acta de evaluación con los resultados de las pruebas, todos los miembros de la Comisión Evaluadora lo tienen que firmar.
19.2. El acta original se tiene que archivar en el ESADIB y se tiene que conservar hasta que no empiece el proceso de admisión y de matrícula del curso 2020-2021.
20. Resultados provisionales de la prueba
El día 9 de julio de 2019, el ESADIB tiene que publicar la lista con los resultados provisionales de la prueba específica de acceso en el tablón de anuncios y en la página web de la Escuela.
21. Reclamaciones contra la lista provisional de personas aptas y no aptas
21.1. Los aspirantes que quieran reclamar contra la lista provisional ante la Comisión Evaluadora tienen que presentar el escrito de reclamación al ESADIB del 10 al 12 de julio de 2019.
21.2. La Comisión Evaluadora tiene que estudiar el contenido de la reclamación y, en su caso, tiene que convocar a la persona interesada a una sesión de revisión del examen para comentarle los criterios de corrección y de calificación que ha aplicado.
21.3. La revisión de las reclamaciones se tiene que hacer el día 15 de julio de 2019.
22. Lista definitiva de personas aptas
22.1. El mismo día 15 de julio de 2019, la Comisión Evaluadora tiene que extender y aprobar el acta de la sesión con la resolución de las reclamaciones presentadas y tiene que publicar la lista con los resultados definitivos de la prueba específica de acceso en el tablón de anuncios y en la página web del ESADIB.
22.2. Las personas que no estén conformes con el resultado de la revisión pueden interponer un recurso de alzada ante el director general de Política Universitaria y de Enseñanza Superior en el plazo de un mes contador a partir del día siguiente de la publicación de la lista definitiva (hasta el 15 de agosto de 2019).
23. Contenido del certificado de aptitud
En el certificado de aptitud para acreditar que se ha superado la prueba específica de acceso, tiene que constar la información siguiente:
a) El nombre completo y el DOI (documento oficial de identificación) del examinando.
b) El nombre de la prueba: «Prueba específica para acceder a las enseñanzas artísticas superiores de arte dramático para el año académico 2019-2020».
c) El nombre de la enseñanza y la especialidad.
d) La calificación.
e) La fecha en que se ha superado la prueba.
24. Solicitud del certificado de aptitud
Las personas que han superado la prueba específica de acceso pueden solicitar en el ESADIB el certificado de aptitud que lo acredita a partir del 18 de julio de 2019.
B. Instrucciones para formalizar la solicitud de admisión y la matrícula a los estudios superiores de arte dramático
25. Solicitud para participar en el proceso de admisión y de matrícula
La solicitud de admisión se tiene que formalizar por duplicado mediante el impreso oficial que tiene que facilitar el ESADIB, que también tiene que estar disponible en la página web de la Dirección General de Política Universitaria y de Enseñanza Superior (http://dguni.caib.es).
26. Plazo para presentar la solicitud
Los aspirantes a los estudios superiores de arte dramático tienen que presentar la solicitud de admisión a las enseñanzas conjuntamente con la solicitud de inscripción a la prueba específica de acceso.
27. Procedimiento de adjudicación de las plazas
Las plazas se tienen que adjudicar de acuerdo con el procedimiento descrito en el punto 4.3 del anexo 1 de la Resolución del director general de Política Universitaria y de Enseñanza Superior de día 15 de abril de 2019.
28. Lista provisional de adjudicación de plazas
El día 15 de julio de 2019, el ESADIB tiene que publicar la lista con la adjudicación provisional de plazas al tablón de anuncios y a la página web de la Escuela.
29. Reclamaciones
Las reclamaciones contra la lista provisional de adjudicación de plazas se tienen que presentar ante el director del ESADIB los días 16, 17 y 18 de julio de 2019.
30. Lista definitiva de adjudicación de plazas
30.1. El día 19 de julio de 2019, como máximo, el ESADIB tiene que publicar la lista definitiva de adjudicación de plazas en el tablón de anuncios y en la página web de la Escuela.
30.2. Contra la lista definitiva, se puede presentar un recurso de alzada ante el director general de Política Universitaria y de Enseñanza Superior en el plazo de un mes contador desde el día de la publicación.
31. Matriculación
31.1. Los días 19 o 22 de julio, los aspirantes que tengan una plaza adjudicada tienen que solicitar una cita en la secretaría del ESADIB para formalizar la matrícula los días 23 o 24 de julio.
31.2. Si el aspirante no formaliza la matrícula en el periodo establecido, pierde la plaza.
31.3. Un alumno no puede estar matriculado simultáneamente en dos especialidades diferentes.
31.4. Cuando el centro tenga los datos de matriculación, los tiene que comunicar a la Dirección General de Política Universitaria y de Enseñanza Superior.
31.5. Incompatibilidad de los profesores.
Los profesores del ESADIB no pueden matricularse de ninguna enseñanza impartida en el mismo centro.
32. Asignación de vacantes
32.1. En caso de que haya más aspirantes que hayan superado la prueba específica de acceso que plazas ofrecidas, y siempre que haya plazas vacantes, el día 25 de julio de 2019 el ESADIB tiene que publicar la lista de los aspirantes a los que se ha adjudicado una plaza vacante.
32.2. El día 25 de julio de 2019, los aspirantes a los que se haya adjudicado una plaza vacante tienen que solicitar una cita en la secretaría del ESADIB para formalizar la matrícula el día 26 de julio de 2019.
32.3 En caso de que haya vacantes, durante el mes de septiembre de 2019 el ESADIB, una vez otorgada la autorización previa por parte de la Dirección General de Política Universitaria y de Enseñanza Superior, puede convocar una prueba específica de acceso y un proceso de admisión extraordinarios para aspirantes con los requisitos mencionados en el punto 2 de estas instrucciones
ANEXO 2
Calendario de la prueba específica de acceso y del proceso de admisión y de matrícula para el curso 2019-2020
Actuación |
Punto |
Fechas |
Inscripción al proceso de admisión y a la prueba específica de acceso |
3 |
Del 13 de mayo al 20 de junio |
Publicación de la lista provisional de personas admitidas para hacer la prueba de acceso y de personas excluidas |
9 |
25 de junio |
Reclamaciones contra la lista provisional de personas admitidas para hacer la prueba de acceso y de personas excluidas |
10 |
Del 26 al 28 de junio |
Publicación de la lista definitiva de personas admitidas para hacer la prueba de acceso y de personas excluidas |
11.1 |
28 de junio |
Prueba: ejercicio teórico |
13.1 |
2 de julio |
Prueba: ejercicios prácticos |
13.1 |
Del 3 al 8 de julio |
Publicación de la lista provisional de personas aptas y de personas no aptas |
20 |
9 de julio |
Reclamaciones contra la lista provisional de personas aptas y de personas no aptas |
21.1 |
Del 10 al 12 de julio |
Revisiones de las reclamaciones contra la lista provisional de personas aptas y de personas no aptas |
21.3 |
15 de julio |
Publicación de la lista definitiva de personas aptas y de personas no aptas |
22.1 |
15 de julio |
Solicitud de los certificados que acreditan haber superado la prueba |
24 |
A partir del 18 de julio |
Publicación de la lista provisional de adjudicación de plazas |
28 |
15 de julio |
Reclamaciones contra la lista provisional de adjudicación de plazas |
29 |
Del 16 al 18 de julio |
Publicación de la lista definitiva de adjudicación de plazas |
30.1 |
19 de julio |
Concertación de cita en la secretaría del centro para formalizar la matrícula |
31.1 |
19 o 22 de julio |
Formalización de la matrícula de primero en la secretaría del centro |
31.1 |
23 o 24 de julio |
Publicación de las plazas vacantes y concertación de cita en la secretaría del centro para formalizar la matrícula |
32.1 32.3 |
25 de julio |
Formalización de la matrícula de las plazas vacantes de primero en la secretaría del centro |
32.3 |
26 de julio |
Calendario de la prueba específica de acceso y del proceso de admisión y de matrícula extraordinaria para el curso 2019-2020 (en su caso).
Actuación |
Fechas |
---|---|
Inscripción al proceso de admisión y a la prueba específica de acceso |
Del 1 al 26 de julio |
Publicación de la lista provisional de personas admitidas para hacer la prueba de acceso y de personas excluidas |
29 de julio |
Reclamaciones contra la lista provisional de personas admitidas para hacer la prueba de acceso y de personas excluidas |
Del 30 de julio al 1 de agosto |
Publicación de la lista definitiva de personas admitidas para hacer la prueba de acceso y de personas excluidas |
2 de agosto |
Prueba: ejercicio teórico |
30 de agosto |
Prueba: ejercicios prácticos |
Del 2 al 4 de septiembre |
Publicación de la lista provisional de personas aptas y de personas no aptas |
4 de septiembre |
Reclamaciones contra la lista provisional de personas aptas y de personas no aptas |
Del 5 al 9 de septiembre |
Revisiones de las reclamaciones contra la lista provisional de personas aptas y de personas no aptas |
9 de septiembre |
Publicación de la lista definitiva de personas aptas y de personas no aptas |
9 de septiembre |
Solicitud de los certificados que acreditan haber superado la prueba |
A partir del 12 de septiembre |
Publicación de la lista provisional de adjudicación de plazas |
9 de septiembre |
Reclamaciones contra la lista provisional de adjudicación de plazas |
Del 10 al 12 de septiembre |
Publicación de la lista definitiva de adjudicación de plazas |
12 de septiembre |
Formalización de la matrícula de primero en la secretaría del centro |
13 de septiembre |
Publicación de las plazas vacantes y concertación de cita en la secretaría del centro para formalizar la matrícula |
16 de septiembre |
Formalización de la matrícula de las plazas vacantes de primero en la secretaría del centro |
17 de septiembre |
ANEXO 3
Prueba de acceso a las enseñanzas artísticas superiores de arte dramático
A. Estructura de la prueba específica
La prueba consta de los apartados siguientes: un ejercicio teórico, unos ejercicios técnicos y la preparación y presentación de dos representaciones individuales de teatro de texto.
Los ejercicios técnicos son de carácter práctico. Se valoran las aptitudes específicas en las áreas de movimiento, voz, dicción y música. Se tiene que proponer a los aspirantes que ejecuten ejercicios individuales y/o colectivos para valorar sus capacidades en estas áreas. Los aspirantes tienen que llevar ropa cómoda y adecuada.
a) Ejercicio teórico
Los aspirantes tienen que haber leído previamente cuatro obras teatrales del repertorio clásico y contemporáneo, que se habrán determinado con antelación. El ejercicio consiste en un comentario de un fragmento de una de estas obras y un cuestionario con varias preguntas sobre las cuatro obras.
El tribunal tiene que valorar la madurez y los conocimientos del aspirante con respecto a la comprensión de conceptos, la utilización del lenguaje y la capacidad para relacionar y sintetizar, mediante el análisis del texto, desde la perspectiva del género teatral en el cual se inserte, la descripción de las características más importantes que definen este género y la identificación de los aspectos históricos, sociales y artísticos relacionados con la obra.
b) Ejercicio de movimiento
Los aspirantes tienen que demostrar sus aptitudes corporales mediante la ejecución de ejercicios individuales y/o colectivos propuestos por la Comisión Evaluadora, con la que se tiene que valorar la disponibilidad corporal, el sentido rítmico, la capacidad de coordinación y disociación y el control del cuerpo.
c) Ejercicio de voz, dicción y música
Para comprobar las aptitudes de voz y de dicción, los aspirantes tienen que leer dos textos en lengua catalana propuestos por la Comisión Evaluadora, uno en prosa y uno poético, con el que se tiene que valorar la dicción, el ritmo y la entonación.
Para comprobar las aptitudes de voz y de música, los aspirantes tienen que interpretar una canción melódica de libre elección, que se puede acompañar con un instrumento o con una grabación, mediante la cual se tienen que valorar las aptitudes musicales y las condiciones de la voz. Si hay alguna irregularidad vocal, la Comisión Evaluadora puede exigir un certificado médico o una prueba de foniatría para verificar si el aspirante sufre alguna patología.
d) Ejercicio de interpretación
El aspirante tiene que preparar y presentar un mínimo de dos representaciones individuales, que tienen que permitir valorar las aptitudes interpretativas. Tiene que presentar un ejercicio interpretativo de uno de los textos propuestos en lengua catalana y de un texto de libre elección (de una duración de entre tres y cinco minutos). El aspirante tiene que memorizar los textos para hacer este ejercicio. Puede utilizar vestuario y utillaje, que, en cualquier caso, tienen que ser muy simples. La Comisión Evaluadora tiene que valorar:
1. La capacidad de observación, de estructuración y de análisis.
2. La aptitud para ejecutar las técnicas propias de la interpretación.
3. La capacidad de aprendizaje progresivo en el sentido de entender y de integrar indicaciones.
4. La comprensión de las situaciones dramáticas y la creatividad en las respuestas a los estímulos que se proponen.
B. Calificación final de la prueba específica de acceso
Cada ejercicio se tiene que calificar entre 0 y 10 puntos, con dos decimales. Para superarlos se tiene que obtener una puntuación igual a 5 puntos o superior. La calificación final de la prueba de acceso resulta de la media aritmética de las calificaciones obtenidas en los cuatro ejercicios (a, b, c y d) expresada en términos numéricos del 0 al 10 con dos decimales. Para superar la prueba de acceso se requiere que la calificación de los cuatro ejercicios (a, b, c y d) sea igual a 5 puntos o superior.
Los textos propuestos para los ejercicios se tienen que publicar durante el periodo de inscripción al tablón de anuncios y a la página web del ESADIB (http://www.esadib.com).