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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 3795
Resolución del director general de Política Universitaria y de Enseñanza Superior de 15 de abril de 2019 por la que se convoca la prueba específica de acceso a los estudios superiores de diseño y se concreta el proceso de admisión y de matrícula a estas enseñanzas para el curso 2019-2020

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Texto

Mediante la Resolución del director general de Política Universitaria y de Enseñanza Superior de día 15 de abril de 2019 se aprueban las instrucciones para regular las pruebas de acceso y el proceso de admisión y de matrícula a las enseñanzas artísticas superiores de arte dramático, de diseño y de música.

El punto 3.2.1 del anexo 1 de esta Resolución especifica que la dirección general competente en materia de enseñanzas artísticas superiores tiene que convocar, al menos una vez al año, una prueba específica de acceso a estos estudios, que tiene que ser diferente para cada una de las enseñanzas artísticas superiores que se ofrecen en las Illes Balears.

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero

Aprobar las instrucciones de acuerdo con las cuales se tienen que organizar y desarrollar la prueba específica de acceso a los estudios superiores de diseño y el proceso de admisión y de matrícula a estas enseñanzas para el curso 2019-2020 (anexos 1, 2 y 3).

Segundo

Convocar la prueba específica de acceso a los estudios superiores de diseño en los términos que figuran en las instrucciones que se incluyen en el anexo 1 de esta Resolución.

Tercero

Disponer que esta Resolución entre en vigor al día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde la fecha en que se publique, de conformidad con lo que prevé el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

Palma, 15 de abril de 2019

El director general de Política Universitaria y de Enseñanza Superior

Juan José Montaño Moreno

 

ANEXO 1

A. Instrucciones relativas a la prueba específica de acceso a los estudios superiores de diseño

1. Objeto y ámbito de aplicación

Estas instrucciones regulan los aspectos necesarios para desarrollar la prueba específica de acceso a los estudios superiores de diseño que se tiene que hacer en las Illes Balears en esta convocatoria.

2. Requisitos de los aspirantes

2.1. Se pueden inscribir las personas que tienen alguno de los requisitos académicos que permiten acceder a las enseñanzas artísticas superiores:

a) Tener el título de bachiller o un título equivalente.

b) Haber superado la prueba de acceso en la universidad para mayores de 25 años.

2.2. Se pueden inscribir las personas que no cumplen los requisitos académicos de acceso a las enseñanzas artísticas superiores pero han superado la prueba para las personas mayores de dieciocho años que no tienen los requisitos académicos descrita en el punto 2 del anexo 1 de las instrucciones para regular las pruebas de acceso y el proceso de admisión y de matrícula a las enseñanzas artísticos superiores de arte dramático, de diseño y de música, aprobadas mediante la Resolución del director general de Política Universitaria y de Enseñanza Superior de día 15 de abril de 2019.

3. Plazo de inscripción a la prueba

La inscripción a la prueba específica de acceso a los estudios superiores de diseño se tiene que hacer del 20 al 31 de mayo de 2019, ambos incluidos.

4. Centro que tiene que hacer la prueba

4.1. La prueba específica de acceso a los estudios superiores de diseño se tiene que hacer a la Escuela de Arte y Superior de Diseño de las Illes Balears, en Palma, que es el único centro que puede hacer la prueba en esta convocatoria.

4.2. La inscripción se tiene que formalizar al mismo centro en que se tiene que hacer la prueba de acceso.

4.3. La tasa de inscripción a la prueba es de 45,57€, de acuerdo con la Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 7 de enero de 2019 de actualización de las bases, el tipo de gravamen y las cuotas tributarias de los tributos propios de la CAIB para el 2019 (BOIB nº 5, de 10 de enero).

4.4. Están exentos de pagar esta tasa:

- Los miembros de familias numerosas tienen derecho a la exención o a la bonificación total de las tarifas que, de acuerdo con su categoría les corresponda, siempre que lo pidan en el centro prestador del servicio y que lo acrediten documentalmente en el momento de la inscripción, de acuerdo con los documentos que prevé la normativa vigente.

a) Familia numerosa y monoparental de categoría general: exención del 50% de las tasas.

b) Familia numerosa y monoparental de categoría especial: exención del 100% de las tasas.

- Las personas que hayan sido víctimas de actos terroristas, así como el cónyuge y los hijos, siempre que lo pidan en el centro prestador del servicio y que lo acrediten documentalmente en el momento de la inscripción. Esta condición se acredita presentando la resolución administrativa correspondiente. En el caso del cónyuge y los hijos, se tiene que adjuntar el libro de familia.

- Las víctimas de violencia de género, así como los hijos que dependen, siempre que lo pidan en el centro prestador del servicio y que lo acrediten documentalmente en el momento de la inscripción. Esta condición se acredita presentando cualquiera de los documentos previstos por la normativa vigente. En el caso de los hijos dependientes, también se tiene que presentar el libro de familia.

- Las personas con una discapacidad igual o superior al 33%, los miembros de unidades familiares en situación de vulnerabilidad económica especial, los jóvenes tutelados y extutelados en vías de emancipación, los jóvenes en acogimiento familiar y las personas sujetas a medidas privativas de libertad tienen derecho a la exención total de las tasas, siempre que acrediten documentalmente, en el momento de la inscripción, que se encuentran en alguna de estas situaciones.

4.5. El importe de la tasa se tiene que devolver en caso de que la persona solicitante no sea admitida a las pruebas convocadas. La solicitud de devolución se tiene que presentar en el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente al día en que se publique la relación definitiva de personas admitidas y excluidas.

5. Formalización de la solicitud de inscripción

5.1. La solicitud de inscripción se tiene que formalizar preferentemente en línea a través de la página web de la Escuela de Arte y Superior de Diseño de las Illes Balears (www.escoladisseny.com). La solicitud también tiene que estar disponible en la página web de la Dirección General de Política Universitaria y de Enseñanza Superior (http://dguni.caib.es). También se puede formalizar en la secretaría del centro.

5.2. Una vez formalizada la inscripción, se tienen que presentar en la secretaría del centro los documentos que correspondan de los que figuran en el punto 7 de estas instrucciones.

5.3. Las personas que necesiten una adaptación de las condiciones en que se tiene que hacer la prueba lo tienen que hacer constar cuando presenten la documentación.

6. Pago de la tasa

La tasa se tiene que pagar a través de la página web de la Agencia Tributaria de las Illes Balears (www.atib.es), mediante el modelo 046.

7. Documentación para acreditar los requisitos para inscribirse a la prueba

7.1. Los documentos para acreditar los requisitos son los siguientes:

- El justificante del pago de la inscripción a la prueba.

- El original y una copia del documento oficial de identificación (DOI) de que se disponga (DNI, pasaporte, etc.).

- El original y una copia del documento que acredite los requisitos de acceso a estas enseñanzas establecidas en los apartados 2.1 y 2.2 de este anexo.

7.2. Las personas que acrediten que tienen necesidades educativas especiales o dificultades específicas de aprendizaje (dislexia, disortografía, disgrafía, discalculia, etc.) pueden solicitar la adaptación de las condiciones en que se tiene que hacer la prueba. Para justificar esta petición tienen que aportar, en el momento de inscribirse a la prueba, alguno de los documentos que figuran a continuación:

- Un certificado oficial que acredite el tipo y el grado de discapacidad que tienen, emitido por un organismo oficial competente en materia de asuntos sociales.

- Un dictamen de escolarización emitido por el departamento de orientación con el visto bueno del Departamento de Inspección Educativa.

- Un informe emitido por el departamento de orientación sobre las dificultades específicas de aprendizaje que presentan.

- Un informe emitido por una asociación de experiencia reconocida sobre las dificultades específicas de aprendizaje que presentan.

- Un informe emitido por un profesional colegiado que esté atendiendo las dificultades específicas de aprendizaje de la persona interesada.

8. Actuación con la documentación necesaria para inscribirse a la prueba

Una vez cumplimentada la inscripción a línea, la aplicación generará un resguardo, que se tiene que presentar a la Escuela en el momento de presentar la documentación. La secretaría del centro se tiene que quedar, una vez compulsadas, las copias del documento oficial de identificación (DNI, pasaporte, etc.) y del resto de documentación presentada y tiene que sellar una copia del resguardo, que tiene que devolver a la persona interesada.

9. Exención de la prueba específica de acceso a los estudios superiores de diseño

9.1. Quedan exentas de hacer la prueba específica para acceder a las enseñanzas artísticas superiores de diseño las personas que puedan acreditar que tienen el título de técnico superior de artes plásticas y diseño o un título declarado equivalente.

9.2. La Escuela de Arte y Superior de Diseño de las Illes Balears tiene que aplicar esta exención a las personas que lo soliciten y que lo acrediten documentalmente.

10. Admisión a la prueba específica de acceso

La Escuela de Arte y Superior de Diseño de las Illes Balears tiene que comprobar, con la documentación recibida, que las personas que solicitan hacer la prueba cumplen los requisitos establecidos en el apartado 2 de este anexo.

11. Lista provisional de personas admitidas para hacer la prueba específica de acceso y de personas excluidas

La lista provisional de personas admitidas para hacer la prueba específica de acceso y de personas excluidas se tiene que publicar el día 4 de junio de 2019 en el tablón de anuncios y a la página web de la Escuela de Arte y Superior de Diseño de las Illes Balears.

12. Reclamaciones

Las reclamaciones contra la lista provisional de personas admitidas para hacer la prueba específica de acceso y de personas excluidas se tienen que presentar el día 5 y 6 de junio de 2019 ante la directora de la Escuela de Arte y Superior de Diseño de las Illes Balears.

 

13. Lista definitiva de personas admitidas para hacer la prueba específica de acceso

13.1. El día 7 de junio de 2019, como máximo, la Escuela de Arte y Superior de Diseño de las Illes Balears tiene que publicar la lista definitiva de personas admitidas para hacer la prueba específica de acceso.

13.2. Contra la lista definitiva se puede presentar un recurso de alzada ante el director general de Política Universitaria y de Enseñanza Superior en el plazo de un mes a contar desde el día de la publicación.

14. Comisión Evaluadora de la prueba específica de acceso

La composición de la Comisión Evaluadora se regula de acuerdo con lo que establece el punto 3.5.1 del anexo 1 de la Resolución del director general de Política Universitaria y de Enseñanza Superior de día 15 de abril de 2019 por la que se aprueban las instrucciones para regular las pruebas de acceso y el proceso de admisión y de matrícula a las enseñanzas artísticas superiores de arte dramático, de diseño y de música.

15. Fecha y horario en que se tiene que hacer la prueba específica de acceso

15.1. La prueba específica de acceso a los estudios superiores de diseño se tiene que hacer el día 10 de junio de 2019.

15.2. El horario y el orden en que se desarrollarán las pruebas se tienen que hacer públicos al tablón de anuncios y a la página web de la Escuela de Arte y Superior de Diseño de las Illes Balears con una antelación mínima de 48 horas.

16. Publicación de la relación de utensilios

La relación de utensilios, en caso de que sean necesarios para el desarrollo de la prueba, se tiene que publicar en el tablón de anuncios y en la página web de la Escuela de Arte y Superior de Diseño de las Illes Balears el mismo día que se publica la lista definitiva de personas admitidas.

17. Verificación de la identidad de los aspirantes

Los miembros de la Comisión Evaluadora tienen que verificar la identidad de los aspirantes antes de empezar la prueba.

18. Incidencias

18.1. Cuando haya causas justificadas que impidan a algún aspirante hacer la prueba o que alteren las condiciones en que lo tiene que llevar a cabo, la Comisión Evaluadora lo tiene que comunicar a la Dirección General de Política Universitaria y de Enseñanza Superior, a la cual corresponde decidir qué hay que hacer de acuerdo con lo que considere procedente.

18.2. Estas incidencias se tienen que hacer constar en el acta de evaluación de la prueba.

19. Expedientes de las personas inscritas

La Escuela de Arte y Superior de Diseño de las Illes Balears tiene que poner a disposición de la Comisión Evaluadora la documentación presentada por las personas inscritas para hacer la prueba de acceso.

20. Corrección y calificación de las pruebas

20.1. Una vez acabada la prueba, la Comisión Evaluadora tiene que corregir cada uno de los ejercicios que la componen y tiene que calcular la nota media de conformidad con lo que se establece en el punto 3.6 del anexo 1 de la Resolución del director general de Política Universitaria y de Enseñanza Superior de día 15 de abril de 2019.

20.2. La Escuela de Arte y Superior de Diseño de las Illes Balears tiene que custodiar los exámenes hechos por los aspirantes hasta que no empiece el proceso de admisión y de matrícula del curso 2019-2020.

21. Contenido de las actas de evaluación

En el acta de evaluación se tiene que hacer constar la información siguiente:

a) Los apellidos y el nombre de los aspirantes.

b) El número del documento oficial de identificación de los aspirantes.

c) Las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios de la prueba.

d) La calificación media de la prueba.

22. Actuación con las actas de evaluación

22.1. Una vez extendida el acta de evaluación con los resultados de las pruebas, todos los miembros de la Comisión Evaluadora lo tienen que firmar.

22.2. El acta original se tiene que archivar en la Escuela de Arte y Superior de Diseño de las Illes Balears y se tiene que conservar hasta que no empiece el proceso de admisión y de matrícula del curso 2019-2020.

23. Resultados provisionales de la prueba

El día 12 de junio de 2019, la Escuela de Arte y Superior de Diseño de las Illes Balears tiene que publicar la lista con los resultados provisionales de la prueba específica de acceso.

24. Reclamaciones contra la lista provisional de personas aptas y no aptas

24.1. Contra la lista provisional de personas aptas y no aptas se puede presentar una reclamación ante la Comisión Evaluadora los días 13 y 14 de junio de 2019.

24.2. La Comisión Evaluadora tiene que estudiar el contenido de la reclamación y, en su caso, tiene que convocar a la persona interesada a una sesión de revisión del examen para comentarle los criterios de corrección y de calificación que ha aplicado.

24.3. La revisión de las reclamaciones se tiene que hacer los días 17 y 18 de junio de 2019.

25. Lista definitiva de personas aptas

25.1. El día 19 de junio, la Comisión Evaluadora tiene que extender y aprobar el acta de la sesión con la resolución de las reclamaciones presentadas y tiene que publicar la lista con los resultados definitivos de la prueba específica de acceso a la página web de la Escuela de Arte y Superior de Diseño de las Illes Balears.

25.2. Las personas que no estén conformes con el resultado de la revisión pueden interponer un recurso de alzada ante el director general de Política Universitaria y de Enseñanza Superior en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la lista definitiva (hasta el 20 de julio de 2019).

26. Contenido del certificado de aptitud

En el certificado de aptitud para acreditar que se ha superado la prueba específica de acceso, tiene que constar la información siguiente:

a) El nombre completo y el DOI (documento oficial de identificación) del examinando.

b) El nombre de la prueba: «Prueba específica para acceder a las enseñanzas artísticas superiores de diseño para el año académico 2019-2020».

c) El nombre de la enseñanza y la especialidad.

d) La calificación.

e) La fecha en que se ha superado la prueba.

27. Solicitud del certificado de aptitud

Las personas que han superado la prueba específica de acceso pueden solicitar a la Escuela de Arte y Superior de Diseño de las Illes Balears el certificado de aptitud que lo acredita a partir del día 21 de junio de 2019.

B. Instrucciones para formalizar la solicitud de admisión y la matrícula a los estudios superiores de diseño

28. Solicitud para participar en el proceso de admisión y de matrícula

La solicitud de admisión se tiene que formalizar preferentemente en línea a través de la página web de la Escuela de Arte y Superior de Diseño de las Illes Balears (www.escoladisseny.com). La solicitud también tiene que estar disponible en la página web de la Dirección General de Política Universitaria y de Enseñanza Superior (http://dguni.caib.es). También se puede formalizar en la secretaría del centro.

 

29. Plazo para presentar la solicitud

29.1. Los aspirantes a los estudios superiores de diseño que tienen que superar la prueba específica de acceso tienen que presentar la solicitud de admisión a las enseñanzas conjuntamente con la solicitud de inscripción a la prueba específica.

29.2. Los aspirantes a los estudios superiores de diseño que están exentos de hacer la prueba específica y que, por lo tanto, acceden directamente a estas enseñanzas tienen que presentar la solicitud de admisión del día 19 al 28 de junio de 2019.

30. Procedimiento de adjudicación de las plazas

Las plazas se tienen que adjudicar de acuerdo con el procedimiento descrito en el punto 4.3 del anexo 1 de la Resolución del director general de Política Universitaria y de Enseñanza Superior de día 15 de abril de 2019.

31. Lista provisional de adjudicación de plazas

El día 12 de junio de 2019, la Escuela de Arte y Superior de Diseño de las Illes Balears tiene que publicar la lista con la adjudicación provisional de las plazas.

32. Reclamaciones

Las reclamaciones contra la lista provisional de adjudicación de plazas se tienen que presentar ante la directora de la Escuela de Arte y Superior de Diseño de las Illes Balears los días 13 y 14 de junio de 2019.

33. Lista definitiva de adjudicación de plazas

33.1. El día 19 de junio de 2019, como máximo, la Escuela de Arte y Superior de Diseño de las Illes Balears tiene que publicar la lista definitiva de adjudicación de plazas.

33.2. Contra la lista definitiva, se puede presentar un recurso de alzada ante el director general de Política Universitaria y de Enseñanza Superior en el plazo de un mes a contar desde el día de la publicación.

34. Matriculación

34.1. Los aspirantes que hayan sido admitidos se tienen que matricular, preferentemente en línea del 19 al 28 de junio, o a la secretaría del centro del 19 al 28 de junio de 2019.

34.2. Si el aspirante no formaliza la matrícula en el periodo establecido, pierde la plaza.

34.3. Cuando el centro tenga los datos de matriculación, los tiene que comunicar a la Dirección General de Política Universitaria y de Enseñanza Superior.

34.4. Incompatibilidad de los profesores.

Los profesores de la Escuela de Arte y Superior de Diseño de las Illes Balears no pueden matricularse de ninguna enseñanza impartida en el mismo centro.

 

ANEXO 2

Calendario de la prueba específica de acceso y del proceso de admisión y de matrícula para el curso 2019-2020

Actuación

Fechas

Inscripción al proceso de admisión y a la prueba específica de acceso para los aspirantes que lo tienen que superar

Del 20 al 31 de mayo

Inscripción al proceso de admisión para los aspirantes con acceso directo

Del 20 al 31 de mayo

Publicación de la lista provisional de personas admitidas a la prueba de acceso y de personas excluidas

4 de junio

Publicación de la lista provisional de personas admitidas con acceso directo

4 de junio

Reclamaciones contra las listas provisionales

5-6 de junio

Publicación de la lista definitiva de personas admitidas a la prueba de acceso y de personas excluidas

7 de junio

Publicación de la lista definitiva de personas admitidas con acceso directo

7 de junio

Formalización de la matrícula de los admitidos con acceso directo

Del 7 al 13 de junio

Prueba

10 de junio

Publicación de la lista provisional de los resultados de la prueba y de adjudicación de plazas

12 de junio

Reclamaciones contra la lista provisional de los resultados de la prueba y de adjudicación de plazas

13 y 14 de junio

Revisiones de las reclamaciones

17 y 18 de junio

Publicación de la lista definitiva de los resultados de la prueba y de adjudicación de plazas

19 de junio

Solicitud de los certificados que acreditan que se ha superado la prueba

A partir del 21 de junio

Formalización de la matrícula en línea

Del 19 al 28 de junio

Formalización de la matrícula en la secretaría del centro

Del 19 al 28 de junio

Calendario de la prueba extraordinaria específica de acceso y del proceso de admisión y de matrícula extraordinario para el curso 2019-2020

Actuación

Fechas

Inscripción al proceso de admisión y a la prueba específica de acceso para los aspirantes que lo tienen que superar

De l ‘1 al 12 de julio

Inscripción al proceso de admisión para los aspirantes con acceso directo

De l ‘1 al 12 de julio

Publicación de la lista provisional de personas admitidas a la prueba de acceso y de personas excluidas

15 de julio

Publicación de la lista provisional de personas admitidas con acceso directo

15 de julio

Reclamaciones contra las listas provisionales

16 y 17 de julio de junio

Publicación de la lista definitiva de personas admitidas a la prueba de acceso y de personas excluidas

18 de julio

Publicación de la lista definitiva de personas admitidas con acceso directo

18 de julio

Formalización de la matrícula de los admitidos con acceso directo

Del 22 al 24 de julio

Prueba

19 de julio

Publicación de la lista provisional de los resultados de la prueba y de adjudicación de plazas

22 de julio

Reclamaciones contra la lista provisional de los resultados de la prueba y de adjudicación de plazas

23 y 24 de julio

Revisiones de las reclamaciones

25 de julio

Publicación de la lista definitiva de los resultados de la prueba y de adjudicación de plazas

25 de julio

Solicitud de los certificados que acreditan que se ha superado la prueba

A partir del 26 de julio

Formalización de la matrícula en línea

Del 25 al 29 de julio

Formalización de la matrícula en la secretaría del centro

Del 25 al 29 de julio

 

ANEXO 3

Prueba de acceso a las enseñanzas artísticas superiores de diseño

A. Estructura de la prueba específica

La prueba específica de acceso a las enseñanzas artísticas superiores de diseño consta de dos ejercicios:

1. Primer ejercicio

Escrito y de carácter teórico, tiene una duración máxima de una hora y media. Consiste en el análisis y la crítica de un texto, de una imagen o de una serie de imágenes o materiales gráficos proporcionados por la Comisión Evaluadora y procedentes de los medios habituales de comunicación y de información relativa a las diferentes manifestaciones del diseño.

En este ejercicio se valora:

- El grado de madurez en cuanto a la comprensión de conceptos.

- La utilización adecuada del lenguaje y la expresión escrita.

- La capacidad de análisis, de síntesis y de relación.

El ejercicio se califica de 0 a 10 puntos.

2. Segundo ejercicio

De carácter práctico, se tiene que basar en material propuesto por la Comisión Evaluadora en lo referente a realidades bidimensionales o tridimensionales, que tienen que servir de modelos.

El alumno puede escoger una de las tres propuestas siguientes:

Opción A. Ejercicio de carácter descriptivo que consiste en la representación del modelo propuesto por la Comisión Evaluadora, con las técnicas propias del dibujo técnico. La duración máxima de este ejercicio es de dos horas.

En este ejercicio se valora:

- El uso del dibujo técnico como destreza y recurso para analizar, sintetizar y representar.

- El uso del dibujo técnico como instrumento para comunicar la información significativa que se quiere transmitir.

Opción B. Ejercicio de carácter analítico-descriptivo que consiste en la representación del modelo propuesto por la Comisión Evaluadora, con las técnicas propias del dibujo artístico. La duración máxima de este ejercicio es de dos horas.

En este ejercicio se valora:

- El uso del dibujo artístico como destreza y recurso para analizar, sintetizar y representar.

- El uso del dibujo artístico como instrumento para comunicar la información significativa que se quiere transmitir.

Opción C. Ejercicio de carácter creativo-comunicativo que consiste en el desarrollo de una propuesta de diseño a partir de una reinterpretación creativa del modelo propuesto por la Comisión Evaluadora. La duración máxima de este ejercicio es de dos horas.

En este ejercicio se valora:

- La calidad de la propuesta de reinterpretación del modelo en cuanto a singularidad y adecuación al enunciado del ejercicio.

- La adecuación y la corrección de la comunicación gráfica.

El ejercicio se califica de 0 a 10 puntos.

En cada convocatoria se tienen que fijar los medios técnicos y materiales para llevar a cabo los ejercicios.

B. Calificación final de la prueba específica de acceso

La calificación final de la prueba específica de acceso es la media ponderada de las calificaciones obtenidas en los dos ejercicios, el primero de los cuales supone un 40% y el segundo, un 60%. Esta calificación final se tiene que expresar en términos numéricos del 0 al 10 con dos decimales, que se tienen que redondear a la centena más próxima o, en caso de equidistancia, a la superior.

Para superar la prueba de acceso se exige una calificación final de 5 o superior.