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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE SERVICIOS SOCIALES Y COOPERACIÓN

Núm. 3785
Resolución de la consejera de Servicios Sociales y Cooperación relativa a la modificación del concierto social del servicio residencial existente con la entidad Sa Copa Residencia Geriátrica, S.L., con la ampliación de 30 nuevas plazas en Sa Residencia

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Texto

Hechos

1. En fecha 5 de setiembre de 2018, la consejera de Servicios Sociales y Cooperación dictó una resolución por la cual se anunció la ampliación del primer concierto social del servicio residencial para personas mayores en situación de dependencia en la isla de Ibiza, a raíz del cual se concertaron 12 plazas del servicio residencial con la entidad Sa Copa Residencia Geriátrica, S.L.

2. En fecha 30 de noviembre de 2018, la consejera de Servicios Sociales y Cooperación dictó una resolución relativa a la renovación del primer concierto social del servicio residencial para personas mayores en situación de dependencia con la entidad Sa Copa Residencia Geriátrica, S.L., para el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2018 y el 30 de noviembre de 2019.

3. En fecha 11 de diciembre de 2018, le entidad Sa Copa Residencia Geriátrica, S.L., con NIF B57243503, solicita ampliar el concierto social del servicio residencial para personas mayores en situación de dependencia que actualmente tiene con la Consejería de Servicios Sociales y Cooperación dado que dispone de un número de 30 plazas residenciales libres.

4. En fecha 6 de marzo de 2019, el director general de Dependencia emite un informe justificativo relativo a la necesidad de ampliar el concierto social de plazas residenciales para personas mayores en situación de dependencia existente con la entidad Sa Copa Residencia Geriátrica, S.L., dado la lista de espera de personas que tienen una propuesta de plan individual de atención de recurso residencial que hay en la zona de la isla de Ibiza.

5. En fecha 7 de marzo de 2019, la consejera de Servicios Sociales y Cooperación ordena el inicio del procedimiento para ampliar el concierto social del servicio residencial para personas mayores en situación de dependencia existente con la entidad Sa Copa Residencia Geriátrica, S.L., con la concertación de 30 nuevas plazas residenciales, y designa a la Dirección General de Dependencia como órgano responsable de tramitarlo.

6. En fecha 18 de marzo de 2019, el director general de Dependencia, emitió una propuesta de resolución relativa a la modificación del concierto social del servicio residencial existente con la entidad Sa Copa Residencia Geriátrica, S.L., con la ampliación de 30 nuevas plazas en Sa Residencia.

7. En fecha 28 de marzo de 2019, la Intervención General de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, ha emitido informe de fiscalización previa limitada (Núm. Ref.: MOD04 2019 0000001670) en el cual se establece que se fiscaliza de conformidad el expediente sin oponer objeciones dado que la documentación examinada se adecua a la legislación vigente, y señala que la fiscalización de este expediente se ha limitado exclusivamente a verificar los aspectos que han de ser objeto de comprobación en la fiscalización previa limitada, según el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 12 de julio de 2013 por el cual se aplica la previsión del artículo 83.2 del Texto refundido de la Ley de finanzas respecto al ejercicio de la función interventora en régimen de fiscalización previa limitada (ahora se ha de entender referido al artículo 117.2 de la Ley 14/2014, de 29 de diciembre, de finanzas de la CAIB, vigente).

Fundamentos de derecho

1. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015).

2. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm.44, de 3 de abril de 2003).

3. La Ley 12/2018, de 15 de noviembre, de servicios a las personas en el ámbito social en la comunidad autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 146, de 22 de noviembre de 2018).

4. El Decreto 48/2017 de 27 de octubre, por el cual se establecen los principios generales a los cuales se han de someter los conciertos sociales (BOIB núm. 132, de 28 de octubre de 2017).

5. El Decreto 86/2010, de 25 de junio, por el cual se establecen los principios generales y las directrices de coordinación para la autorización y la acreditación de los servicios sociales de atención a personas mayores y personas con discapacidades, y se regulan los requisitos de autorización y acreditación de los servicios residenciales de carácter suprainsular para estos sectores de población, modificado por el Decreto 54/2013 y por el Decreto 31/2016.

6. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 120, de 8 de agosto de 2015).

7. El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 25 de enero de 2019, por el cual se aprueba la previsión de las prestaciones y los servicios de servicios sociales que se han de concertar durante el año 2019 y se declaran los servicios de interés económico general (BOIB núm. 12, de 26 de enero de 2019).

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Aprobar el expediente de modificación del concierto social del servicio residencial existente con la entidad Sa Copa Residencia Geriátrica, S.L., con NIF B57243503, con la ampliación 30 nuevas plazas en Sa Residencia, al precio de 68,61 € día (IVA incluido) las plazas de grado III y al precio de 64,49 € día (IVA incluido) las plazas de grado II, lo cual supone un importe máximo de 351.557,64 € (una vez deducido un 30% en concepto de copago de los usuarios).

2. Autorizar y disponer un gasto a favor de la entidad Sa Copa Residencia Geriátrica, S.L., con NIF B57243503, por un importe de 351.557,64 €, con cargo a la partida presupuestaria 17301.313D01.26104.00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2019.

3. El concierto se regirá por las estipulaciones del documento en que se formalice el concierto y por el Pliego general de prescripciones técnicas.

4. Notificar esta resolución a la entidad interesada.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución —que pone fin a la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Servicios Sociales y Cooperación en el plazo de un mes contado desde el día siguiente que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente que se haya publicado la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 1 de abril de 2019

La consejera de Servicios Sociales y Cooperación

Fina Santiago Rodríguez