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AYUNTAMIENTO DE INCA
Núm. 3602
Convocatoria de subvenciones para las entidades sociales de la tercera edad sin finalidad de lucro para el año 2019
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA ENTIDADES DE LA TERCERA EDAD SOCIALES SIN ANIMO DE LUCRO.
Extracto de las bases de la convocatoria para el otorgamiento de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para entidades de la tercera edad sociales sin ánimo de lucro.
(BDNS 443737)
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Personas Beneficiarias:
Las entidades de la tercera edad sin ánimo de lucro que cumplan una serie de requisitos.
Segundo. Finalidad:
El objeto de estas bases es potenciar el tejido asociativo de las personas mayores y de la tercera edad existentes en la Ciudad de Inca.
Tercero. Bases reguladoras:
Bases reguladoras generales para la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Inca están reguladas en la Ordenanza general de subvenciones publicada en el BOIB núm. 66, de 26 de mayo de 2016.
http://www.caib.es/eboibfront/es/2016/10494/580630/aprobacion-definitiva-de-la-ordenanza-general-de-s
Cuarto. Importe:
La dotación total de la convocatoria de subvenciones será de 8.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales contados a partir del siguiente a la publicación de las bases de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Inca, 22 de marzo de 2019
El Alcalde Virgilio Moreno Carrió