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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ

Núm. 3630
Bases que deben regir la convocatoria pública para la adjudicación de parcelas de huertos urbanos del Ayuntamiento de Calvià

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Texto

El artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, establece que el municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de actividades y prestar todos aquellos servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal.

El Ayuntamiento de Calvià, mediante el Servicio de Medio Natural y Urbano, en cumplimiento de los principios de publicidad y objetividad en la concesión de parcelas de huertos urbanos, convoca a los interesados para que soliciten las adjudicaciones de acuerdo a las siguientes:

Huertos que se ofrecen

Las parcelas ofertadas por el Ayuntamiento de Calvià son:

El huerto de Son Bugadelles cuenta con 3 parcelas cultivables, de 30 m2 cada una.

El huerto de Son Ferrer cuenta con 17 parcelas cultivables, de 38,5 m2 cada una, más dos mesas de cultivo destinadas a personas con discapacidad, de 20 m2 cada una.

El Ayuntamiento de Calvià propone destinar el 30% de los huertos a personas jubiladas, un 30% a personas paradas de larga duración, un 20% a entidades sin ánimo de lucro, un 18% en la población en general y un 2% reservado a el Ayuntamiento.

Duración de las licencias

El uso privativo de las parcelas se establece por un tiempo limitado y improrrogable de cuatro años, a contar desde la fecha de notificación de la adjudicación, siempre que no concurra ninguna causa de resolución o que los terrenos no sean necesarios para a obras, servicios o instalaciones municipales. Se entregarán por un plazo de un año, prorrogable tres años más de manera automática.

 Tasa Anual

1. La persona titular de la licencia deberá abonar una cuota anual de 60 euros por el uso privativo de la parcela.

2. El adjudicatario de la licencia deberá aportar una fianza por importe de 20 euros en garantía de correcta utilización del dominio público municipal.

 Requisitos de las personas físicas 

  1. Las personas jubiladas y parados de larga duración deberán acreditar esta condición antes de la fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud de adjudicación.

  2. Estar empadronado o empadronada en el municipio de Calvià con un mínimo de 1 año de antigüedad antes de la fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud de adjudicación.

3. No estar empadronado con alguien a quien ya se haya adjudicado el uso de parte de un huerto, aunque pertenezca a una unidad familiar independiente.

4. No haber sido privado con carácter firme, por causa que se le pueda imputar, del uso privativo de parte de un huerto de la Red de huertos urbanos de Calvià.

5. No disponer, como mínimo desde la fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud de adjudicación, del uso de ningún otro huerto municipal en el municipio de Calvià.

6. Formular declaración expresa, en el escrito de formalización de la licencia, que uno se encuentra al corriente en cuanto al cumplimiento de los obligaciones tributarias a nivel local.

7. Reunir todo los requisitos mencionados anteriormente.

 Requisitos de las entidades sin ánimo de lucro

1. Estar inscrito en el Registro municipal de entidades ciudadanas del Ayuntamiento de Calvià, al menos con un año de antigüedad antes de la fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud de adjudicación.

2. No haber sido privada con carácter firme, por causa imputable a la entidad, del uso privativo de parte de un huerto de los huertos urbanos del ayuntamiento de Calvià. No disponer, como mínimo desde la finalización del plazo de presentación de la solicitud de adjudicación, del uso de ningún otro huerto municipal en el municipio de Calvià.

3. Formular declaración expresa, en el escrito de formalización de la licencia, que se encuentran al corriente en cuanto al cumplimiento de las obligaciones tributarias a nivel local.

4. Reunir todo los requisitos mencionados anteriormente.

Determinaciones generales

Si el número de solicitudes admitidas es superior al número de parcelas ofertadas, las personas y entidades admitidas que no alcancen la adjudicación de un huerto pasarán a formar parte de la lista de espera.

Cuando, por cualquier causa, se produzca una baja adjudicará la parcela por orden de la lista de espera. En primer lugar, las personas y entidades interesadas de la primera adjudicación que habían quedado fuera y por orden del sorteo. Después, los interesados que con posterioridad hayan solicitado una parcela, y por el orden cronológico de presentación de la instancia.

Una vez publicada la convocatoria se abrirá un periodo de presentación de solicitudes de adjudicación de huertos urbanos de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente de su publicación en el BOIB. Las solicitudes deberán presentarse en las dependencias del Servicio de Medio Natural y Urbano del ayuntamiento de Calvià, ubicado en la calle Mayor, número. 2 de Es Capdellà, o de las formas previstas en la ley 39/20015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Una vez comprobadas las solicitudes, y en caso de detectar deficiencias subsanables en estas, se abrirá un plazo de 10 días hábiles para su enmienda.

Finalizado el proceso de presentación de solicitudes y de subsanación de deficiencias del Ayuntamiento elaborará la lista provisional de solicitantes admitidos y excluidos que publicará, abriéndose un periodo de 15 días para la presentación de alegaciones.

Transcurrido el plazo de alegaciones y resueltas éstas, el Ayuntamiento publicará la lista definitiva de solicitantes admitidos y excluidos.

La elección de huertos urbanos para las personas y entidades admitidas se realizará por orden alfabético del primer apellido, y en el caso de las entidades, por orden alfabético de la denominación de las mismas, comenzando por la letra que aleatoriamente resulte en sorteo realizado por el Ayuntamiento de Calvià.

Finalizado el proceso de adjudicación de huertos urbanos, si quedara alguno de ellos sin adjudicar, se abrirá un plazo de presentación de solicitudes.

Si el número de solicitudes admitidas es superior al número de parcelas ofertadas, las personas y entidades admitidas que no alcancen la adjudicación de un huerto pasarán a formar parte de la lista de espera.

Cuando por cualquier causa se produzca una baja adjudicará la parcela por orden de la lista de espera. En primer lugar, las personas y entidades interesadas de la primera adjudicación que habían quedado afuera y por orden del sorteo. Después, los interesados que con posterioridad hayan solicitado un huerto, y por orden cronológico de presentación de la instancia.

Antes de la adjudicación, la persona y la entidad interesada deberá manifestar que acepta y se obliga a cumplir las determinaciones del presente reglamento.

 Documentación a aportar

 Personas físicas

  • DNI de la persona solicitante.
  • En su caso, documento que acredite la condición de jubilado o de parado de larga duración.

 Asociaciones o entidades sin ánimo de lucro

  • NIF
  • Estatutos que indiquen el objeto social de la entidad.

 Para cualquier interpretación de esta convocatoria, se estará al vigente Reglamento de Huertos Urbanos del ayuntamiento de Calviá.

 

Calviá, 15 de abril de 2019

El teniente de alcalde de Urbanismo, Economía y Comercio

Marcos Pecos Quintans