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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

Núm. 3617
Propuesta a la C.G. de concesión de subvención nominativa del Consell Insular de Formentera al Grup Esportiu Espalmador

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Texto

La Comisión de Gobierno del Consell Insular de Formentera, en sesión de carácter Ordinario de 22 de marzo de 2019, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

PROPUESTA A LA C.G. DE CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN NOMINATIVA DEL CONSELL INSULAR DE FORMENTERA AL GRUP ESPORTIU ESPALMADOR.

El Sr. Jordi Vidal Marí, conceller de deportes del Consell Insular de Formentera, presenta para la siguiente propuesta de acuerdo:

De conformidad con la Ley 12/1993, de 20 de diciembre, de atribuciones de competencias en los consells insulars en materia de servicios sociales y de asistencia social, atribuye competencias en materia de concesión y gestión de subvenciones y ayudas con finalidades asistenciales a personas físicas y a centros o entidades para beneficiarios residentes en el ámbito territorial de cada uno de los consells insulars, sobre las materias de tercera edad, marginados, minorías étnicas, infancia, familias, hogares e instituciones análogas. De conformidad con esta Ley, el Consell Insular de Formentera ha desarrollado actuaciones dirigidas a las mujeres – sobre todo a mujeres en situación de necesidad especial, y dispone de recursos humanos y materiales para llevar a cabo estas acciones.

Según el artículo 70.20 de la Ley Orgánica 2/1983, de 25 de febrero del Estatuto de Autonomia de les Illes Balears modificada por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero, son propias del Consell Insular de Formentera las competencias en políticas de género, conciliación de la vida familiar y laboral de la mujer.

Visto el certificado de la Comisión mixta Gobierno-Consells Insulars en la sesión del día 28 de noviembre del 2018, con el voto favorable de la mayoría absoluta de los representantes de ambas partes, en la cual se aprueba el traspaso a los consells insulars de las funciones y los servicios inherentes a las competencias propias de estos consells insulars que actualmente ejerce la administración pública de la comunidad autónoma de les Illes Balears, en materias de políticas de género y mujer.

En virtud del Decreto de Presidencia de fecha 22 de junio de 2015, de atribución de funciones y competencias en los consellers y concelleres del Consell Insular de Formentera, publicado en el BOIB número 109, de fecha 18 de julio de 2015, y por la competencia otorgada por el artículo 82 del Reglamento de funcionamiento del Consell Insular de Formentera (ROC), se delegan en la cosellera de Bienestar Social y Recursos Humanos del Consell Insular de Formentera, entre otras las competencias citadas en el párrafo anterior.

La Ley orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación, en su artículo 31 dispone que las administraciones públicas, en el ámbito de las respectivas competencias, promoverán y facilitaran el desarrollo de las asociaciones que persigan finalidades de interés general, respetando siempre la libertad y la autonomía delante de los poderes públicos, así como el establecimiento de ayudas y subvenciones para lleva a cabo sus actividades. Así mismo, las administraciones públicas podrán establecer, con las asociaciones que persigan objetivos de interés general, convenios de colaboración en programas de interés social.

Visto el Plan Estratégico de Subvenciones 2016/2019 del Consell Insular de Formentera, aprobado en la sesión plenaria de 24 de junio de 2016 y publicado en el BOIB núm. 93, de 23 de julio de 2016.

Atendiendo que solamente hay un club que promociona el atletismo, el triatlón y el ciclismo en la isla de Formentera.

Atendiendo al interés del Consell Insular de Formentera de promover la actividad de “deporte y mujer”.

Atendiendo que las dos partes, Consell Insular de Formentera y Grup Esportiu Espalmador, están interesadas en formalizar la colaboración para llevar a cabo la organización de eventos deportivos y la promoción del deporte y mujer en la isla.

Por todo esto, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10.3 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre de Consell Insulars, y examinada la documentación que conforma el expediente, se somete a la Comisión de Gobierno la siguiente

 

PROPUESTA

Primero.- APROBAR el otorgamiento de subvención directa nominativa por el importe de 12.000€, al Grup Esportiu Espalmador, para promocionar, organizar y ejecutar eventos de larga trayectoria y para promocionar el deporte y mujer para el año 2019, el cual se adjunta como Anexo I.

Segundo.- La gestión de la subvención se llevará a cabo de acuerdo con la firma del convenio anexo a la propuesta.

Tercero.- AUTORIZAR Y DISPONER EL GASTO por importe de 12.000€ con cargo a la partida presupuestaria 2019.1.341.48000 de los presupuestos para el año 2019.

Cuarto.- RECONOCER la obligación por el importe de 6.000€, ordenar el pago y registrar la operación como pendiente de justificar hasta que el beneficiario no proceda a la justificación de la misma de acuerdo con las normas de la concesión.

Quinto.- FACULTAR al señor Presidente del Consell Insular de Formentera, para que una vez esté aprobada esta subvención de concesión nominativa directa, pueda firmar el convenio anexo, según lo estipulado en el artículo 9.2. q) de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consells insulars.

Sexto.- GUARDAR copia de este convenio en el Registro de Convenios que se encuentra ubicado en la secretaria de la Corporación.

Séptimo.- NOTIFICAR este acuerdo al Grup Esportiu Espalmador.

Octavo.- PUBLICAR el convenio en el BOIB y en la página web del Consell Insular de Formentera.

 

ANEXO I

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CONSELL INSULAR DE FORMENTERA Y EL GRUP ESPORTIU ESPALMADOR PARA PROMOCIONAR, ORGANIZAR Y EJECUTAR EVENTOS DE LARGA TRAYECTORIA, Y PARA PROMOCIONAR “EL DEPORTE Y MUJER” PARA EL AÑO 2019.

Reunidos

El Sr. Jaume Ferrer Ribas, mayor de edad, con DNI ***5006**, con domicilio, a efectos de notificaciones, en la plaza de la Constitución núm. 1, Sant Francesc Xavier, Formentera.

El Sr. Juan José Escandell Mayans, mayor de edad, con DNI ***5981***, y domicilio a efectos de comunicación en la calle Miramar, 41, 07871, Formentera.

Intervenen

El Sr. Jaume Ferrer Ribas, como presidente del Consell Insular de Formentera, actuando en nombre y representación de esta Corporación, con CIF P0702400C y domicilio en la plaza de la Constitución núm. 1, de Sant Francesc Xavier (Formentera), en virtud del Acto del Pleno del Consell Insular de Formentera de fecha 13 de junio de 2015, de acuerdo con el artículo 136 del Reglamento Orgánico del Consell Insular de Formentera (ROC) y en virtud del artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de régimen electoral general y del artículo 9 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consells insulars, asistido por el secretario de la Corporación, el Sr. Ángel C. Navarro Sánchez, de conformidad con el artículo 161 del ROC

El Sr. Juan José Escandell Mayans, presidente del Grup Esportiu Espalmador, quien actúa en representación del citado Club, el cual dispone de CIF G57664542, y domicilio a efecto de notificaciones en la calle Miramar número 41, según el Acta de la Asamblea General Extraordinaria del Grup Esportiu Espalmador de Formentera, de fecha 05 de octubre de 2015.

Ambas partes actúan en representación de sus respectivas entidades, reconociéndose mutuamente plena capacidad jurídica para obrar, y,

Manifiestan

Primero.- La ley 14/2006 de 17 de octubre, del deporte de las Illes Balears, en su artículo 3 establece que una de las competencias de los Consells Insulars es: “Promocionar, planificar y ejecutar diferentes actividades deportivas para los diferentes ámbitos y sectores sociales”.

 

Clausulas

Objeto del convenio

Que el Grup Esportiu Espalmador está interesado a hacer la promoción, la planificación, la organización y la ejecución de los diferentes eventos deportivos de Larga trayectoria y de la promoción del “Deporte y mujer” en la isla de Formentera para el 2019.

Que es voluntad del Consell Insular de Formentera colaborar con el Grup Esportiu Espalmador para que se lleve a cabo las pruebas deportivas siguientes para el año 2019:

VI Trofeo Ciclismo en ruta Illa de Formentera en el mes de marzo.

V Far a Far en el mes de abril.

V Copa Illa de Formentera en BTT en el mes de mayo.

XXXIII Milla Urbana en el mes de julio.

XXIII Pujada a la Mola en el mes de octubre.

Vuelta Cicloturista en BTT en el mes de octubre.

XL Cursa de la Constitución Memorial John Tunks en el mes de diciembre.

Obligaciones del Grup Esportiu Espalmador

El Grup Esportiu Espalmador se hará cargo de la promoción, planificación, organización y ejecución de los eventos ya citados y de la promoción del “Deporte y Mujer” en la isla de Formentera.

Obligaciones de las partes respecto a la promoción y gestión de los eventos deportivos

Por parte del Grup Esportiu Espalmador:

El Grup Esportiu Espalmador se responsabiliza que los eventos deportivos y todo lo referente a la promoción del “Deporte y Mujer” vinculados a este convenio de colaboración utilice el logotipo mencionado, y de su correcta utilización.

En los eventos deportivos objeto de este convenio, tanto los dorsales de todos los deportistas que participen como todas las pancartas, carteles de salida y meta y página web de cada evento, debe aparecer siempre el logotipo del Consell Insular de Formentera.

El Grup Esportiu Espalmador añadirá en todos sus reglamentos deportivos de las pruebas incluidas en este convenio, una clausula donde este bien claro que es obligación de los participantes velar por la correcta limpieza y la clasificación de los residuos que se produzcan durante las pruebas, pudiendo el Consell Insular de Formentera sancionarlos por no cumplir la normativa vigente de recogida selectiva.

Por parte del Consell Insular de Formentera:

El Consell Insular de Formentera se compromete a supervisar y velar por el correcto desarrollo de las actividades descritas en este convenio de colaboración y comprobar que se lleven a cabo con total normalidad.

Pago de la subvención

El Consell Insular de Formentera realizará una aportación máxima de 12.000,00 para la efectiva  realización de los eventos mencionados al manifiesto tercero de este convenio, con carga a la partida presupuestaria 2019.1.341.48000 de los presupuestos generales del Consell Insular de Formentera para el año 2019.

La forma de pago por parte del Consell Insular de Formentera, es la siguiente: se abonará al Grup Esportiu Espalmador un primer pago de 6.000€, en el momento de la firma del convenio, y un segundo pago del 50% restante, una vez justificado el 100% de la actividad con la presentación de la memoria de justificación simplificada con un informe técnico favorable del Àrea d’Esports donde diga que la actividad conveniada se ha llevado a cabo con normalidad, dentro de los objetivos programas marcados.

En cumplimiento de lo que dispone el artículo 11 del decreto legislativo 2/2005, de 25 de diciembre, texto refundido de la ley de subvenciones de las Illes Balears, la SD Formentera queda sometida, entre otras, a las obligaciones siguientes:

Llevar a cabo las actividades o la inversión o adoptar el comportamiento que fomenta la concesión de la subvención.

Presentar antes del 15 de enero de 2020, los documentos acreditativos de la justificación de la subvención.

Someterse a las actuaciones de comprobación que lleven a cabo los órganos competentes.

Notificar al CIF cualquier modificación que se pretenda realizar en el proyecto inicialmente presentado, en relación a las actuaciones subvencionables.

El Grup Esportiu Espalmador se compromete a hacer incluir los logos del Consell Insular de Formentera, en todos aquellos actos de difusión y en el material divulgativo que se haga en los citados eventos.

Dejar constancia de la percepción y la aplicación de la subvención en los libros de contabilidad o en los libros de registro que deba de llevar el beneficiario de acuerdo con la legislación mercantil o fiscal que sea aplicable.

Conservar los documentos justificativos de la aplicación de fondos percibidos mientras puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.

Reintegrar los fondos percibidos en los supuestos previstos en el artículo 44 de esta Ley

Justificación de la subvención

El Grup Esportiu Espalmador presentará en el registro general de entrada del CIF, ubicado en la OAC, dirigida al Àrea d’Esports de este Consell, presentará antes del 15 de enero de 2020 la memoria justificativa simplificada y una relación de las actividades realizadas incluidas que acrediten que efectivamente se ha realizado el gasto del mantenimiento y gestión. El técnico del Àrea d’Esports del Consell Insular de Formentera deberá emitir un informe el cual corrobore que efectivamente se ha realizado este gasto.

La documentación que se deberá aportar es la siguiente:

Acreditación de estar al corriente de pago de todas las obligaciones tributarias y delante de la seguridad social, o autorización a favor del CIF, para que pueda solicitar los certificados necesarios delante del Ministerio de Economía y Hacienda y el Departament d’Economia i Hisenda de la Comunidad Balear.

Presupuesto de ingresos y gastos realizados, en el que se deberá incluir la cuenta justificativa de gastos que de conformidad con lo que establece el artículo 72 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, contendrá la documentación siguiente:

Una relación clasificada de los gastos, con identificación del creditor y del documento acreditativo del gasto, su fecha de emisión, su importe y su fecha de pago.

Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a la que se hace referencia en el párrafo anterior y la documentación acreditativa del pago.

Una relación de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado actuaciones del programa, con indicación de su importe y su procedencia.

Una memoria justificativa de la realización de las actividades realizadas entre el 1 de enero y el 30 de diciembre de 2019. Esta memoria constará de información textual del evento, y si hace falta, fotografías, carteles publicitarios, recortes de prensa y cualquier otra información que el Grup Esportiu Espalmador considere oportuno.

Reintegro de la subvención

Se establece la obligación por parte del Grup Esportiu Espalmador de reintegrar los fondos en el supuesto de incumplimiento de los requisitos y obligaciones establecidos para la concesión, y en todo caso, en los supuestos regulados en el artículo 44 del decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, texto refundido de la ley de subvenciones de las Illes Balears.

Además, el CIF se reserva el derecho a disminuir proporcionalmente su aportación, en el supuesto de incumplimiento parcial del Convenio, o bien en el caso que los gastos justificados no lleguen al total de los gastos presupuestados.

 

​​​​​​​Concordancia con otras subvenciones

El Grup Esportiu Espalmador deberá informar al Consell Insular de Formentera, a través del órgano competente en la materia, la subvención o subvenciones que reciba para la misma finalidad. En esta comunicación hará constar el dinero obtenido, así como todas las condiciones aplicables.

En ningún caso, la cantidad total de las subvenciones podrá superar el coste total de la actividad, ya que si es así, la subvención concedida por esta Corporación se reducirá de manera proporcional.

Vigencia

Este convenio es vigente desde el día de su firma hasta el día 15 de enero de 2020, teniendo efectos retroactivos en cuanto a las actividades objeto de este convenio, desde el 1 de enero de 2019.

Este convenio se podrá resolver, con audiencia previa de las partes, entre otras, por las causas siguientes:

El mutuo acuerdo entre las partes, que se debe de formalizar por escrito.

El incumplimiento de las normativas de aplicación y/o de los pactos establecidos.

No llevar a cabo la prestación de las actividades objeto del presente convenio.

En el caso que la resolución del convenio fuese por incumplimiento por parte del Grup Esportiu Espalmador, este deberá de reintegrar la totalidad de las cantidades económicas percibidas.

Procedimiento de otorgamiento de la subvención y naturaleza del presente convenio

El presente convenio tiene naturaleza administrativa y constituye el instrumento a través del cual se canaliza una subvención por procedimiento de concesión directa prevista en el artículo 7.1.c del decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, texto refundido de la ley de subvenciones de las Illes Balears, y en el artículo 22.2.c de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, para que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario que dificulten su convocatoria pública, de acuerdo con los informes que consten en el Àrea d’Esports del Consell Insular de Formentera

Normativa de aplicación

En lo no previsto en el presente convenio, deberá ajustarse a lo que dispongan las bases de ejecución del presupuesto general del Consell Insular de Formentera para el 2019, en el decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, texto refundido de la Ley de Subvenciones de les Illes Balears, a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y al Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y al Plan Estratégico de Subvenciones 2016-2019, de 24 de junio de 2016, del Consell Insular de Formentera, de acuerdo con lo que establece el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y los artículos 10 y siguientes de su Reglamento, así como, atendiendo a lo establecido en el artículo 6 y concordantes del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones, aplicable a las Illes Balears.

Y en prueba de conformidad, ambas partes firman este convenio de colaboración por duplicado.

Formentera, ___ de______ de 2019

 

El Presidente del Consell Insular de Formentera     El presidente del Grup Esportiu Espalmador

Sr. Jaume Ferrer Ribas                                                   Sr. Juan José Escandell Mayans

Delante de mí, el Secretario

Ángel Custodio Navarro Sánchez.”

 

 

​​​​​​​ACUERDO ÚNICO

Aprobar la propuesta transcrita que se da aquí por reproducida (...)”

Por lo que se hace público para general conocimiento

 

Formentera, a 10 de abril de 2019

El presidente del Consell Insular de Formentera

Jaume Ferrer Ribas