Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 3646
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 16 de abril de 2019 por la cual se convoca la provisión, por el procedimiento de concurso, del lugar de jefe de grupo de Conciertos de la plantilla orgánica autorizada de los Servicios Centrales del Servicio de Salud de las Islas Baleares
En conformidad con el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de mayo de 2011 por el cual se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 22 de marzo de 2011 (BOIB n.º 75/2011, de 21 de mayo) por el cual se regula el sistema de provisión de los cargos no directivos del personal estatutario de gestión y servicios del Servicio de Salud de las Islas Baleares, modificado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 18 de enero de 2013 por el cual se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 5 de diciembre de 2012 (BOIB n.º 11/2013, de 22 de enero), y de acuerdo con la Resolución de 23 de mayo de 2011 del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la cual se dictan instrucciones para aplicar el Acuerdo de la Mesa *Sectorial de Sanidad de 22 de marzo de 2011 (publicado en el BOIB n.º 87/2011, de 11 de junio), así como de acuerdo con el Decreto 8/2018, de 23 de marzo, por el cual se regula la capacitación lingüística del personal estatutario del Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB n.º 37, de 24 de marzo), dicto la siguiente
Resolución
Acordar la convocatoria pública del lugar de jefe de grupo de Conciertos de la plantilla orgánica autorizada de los Servicios Centrales del Servicio de Salud de las Islas Baleares, de acuerdo con las especificaciones siguientes:
1) Requisitos:
Tener la condición de personal estatutario fijo de gestión y servicios de los subgrupos C1 o C2 y estar en las situaciones de servicio activo o de reserva de plaza en instituciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud, y tener el correspondiente nivel de conocimientos de la lengua catalana previsto en el Decreto 8/2018 para la categoría de que se trate. Estos requisitos se tienen que cumplir en la fecha de publicación de la convocatoria, excepto el requisito de lengua catalana que se tendrá que acreditar dentro del plazo de presentación de solicitudes.
2) Méritos -que se valorarán a la fecha de publicación de la convocatoria-:
a) Servicios prestados (máximo 60 puntos):
– Servicios prestados en categorías estatutarias de gestión y servicios del subgrupo C1..........................................0,20 puntos por cada mes completo de servicios prestados.
– Servicios prestados en categorías estatutarias de gestión y servicios del subgrupo C2..........................................0,18 puntos por cada mes completo de servicios prestados.
b) Puestos de trabajo relacionados con el lugar al que se opta (máximo 60 puntos):
– Lugares de jefatura (máximo 40 puntos):
· Haber ocupado lugares de jefatura con un complemento de destino superior al nivel 19.............................0,20 puntos por cada mes completo.
· Haber ocupado lugares de jefatura con un complemento de destino del nivel 19.......................................0,15 puntos por cada mes completo.
· Haber ocupado lugares de jefatura con un complemento de destino inferior al nivel 19...........................0,10 puntos por cada mes completo.
– Otra experiencia profesional relacionada con el lugar a la que se opta, según aquello que se establezca en la convocatoria (máximo 20 puntos) ................0,10 puntos por cada mes completo.
A los efectos del punto anterior, se considera otra experiencia profesional relacionada con el lugar, la siguiente:
· Experiencia en unidades u órganos administrativos del sector público realizando todas o algunas de las funciones del lugar convocado.
· Cualquier otra área que la Comisión de Selección, justificadamente, considere relacionada con las funciones del lugar.
c) Formación relacionada con el lugar al que se opta (máximo 30 puntos):
- Por cada crédito o por cada diez horas, como docente o discente, en cursos, seminarios, talleres, congresos o jornadas, que estén relacionados directamente con el contenido del lugar a la que se opta……………..............….....................0,10 puntos
A los efectos del punto anterior, se consideran relacionadas las áreas temáticas siguientes:
- Informática a nivel de usuario (Word, Excel, Power Point, Sharepoint)
- Informática a nivel de usuario (módulo MM de SABE, FAHOCO).
- Contratación, Convenios, Tarjeta Sanitaria, Protección de Datos de carácter personal.
- Cualquier otra área que la Comisión de Selección, justificadamente, considere relacionada con las funciones del lugar.
Para la valoración de los cursos, seminarios, talleres, congresos o jornadas, se requiere el siguiente:
· Organizados o impartidos por alguna administración pública (de acuerdo con el artículo 2.3 de la Ley 39/2015) o por alguna universidad, cosa que tiene que constar en el correspondiente certificado. En el caso de que la actividad haya sido organizada por cualquier organismo público y entidad de derecho público conforme el artículo 2.2.a) de la Ley 39/2015, la persona interesada tiene que acreditar esta condición.
· Organizados por organizaciones sindicales o entidades sin ánimo de lucro e impartidos en virtud de convenios subscritos con las administraciones públicas o con universidades, o bien que hayan sido acreditados y/o subvencionados por aquellas, cosa que tiene que constar en el correspondiente certificado.
· Realizados en virtud de los acuerdos de formación continuada en las administraciones públicas y que estén organizados por cualquier de los promotores de formación continuada que hayan subscrito estos acuerdos.
– Para tener acreditado el conocimiento de catalán mediante los certificados expedidos por la Escuela Balear de Administración Pública o los expeditos, los reconocidos como equivalentes o los homologados por la Dirección General de Política Lingüística que acrediten poseer el nivel C1 ……………..…..…….............................................…4 puntos
– Para tener acreditado el conocimiento de catalán mediante los certificados expedidos por la Escuela Balear de Administración Pública o los expeditos, los reconocidos como equivalentes o los homologados por la Dirección General de Política Lingüística que acrediten poseer el nivel C2 ……………..…..….............................................……5 puntos
(Solo se valorará el mayor nivel que posea el/la concursante)
– Para tener acreditado el conocimiento de catalán mediante los certificados expedidos por la Escuela Balear de Administración Pública o los expeditos, los reconocidos como equivalentes o los homologados por la Dirección General de Política Lingüística que acrediten poseer el nivel E (lenguaje administrativo)……............................1 punto
(Se acumula a cualquier otro nivel que se tenga)
3) Características del lugar convocado:
La persona que obtenga la plaza tendrá la dependencia —orgánica y funcional— y cumplirá las funciones propias de un jefe de grupo de Conciertos a la Subdirección de Coordinación de los Servicios Centrales del Servicio de Salud y desarrollará las funciones propias de un jefe de grupo de Conciertos, entre las cuales las siguientes:
a) Colaborar con los servicios de conciertos otras gerencias.
b) Coordinar el trabajo con otros servicios de los Servicios Centrales del Ibsalut.
c) Relación con entidades externas (empresas adjudicatarias).
d) Gestión del personal adscrito al servicio de Conciertos.
e) Revisión periódica de circuitos de trabajo y adaptación a la normativa vigente.
f) Cumplimiento de objetivos de conciertos.
g) Cierre mensual de la facturación del servicio de conciertos.
h) Revisión y modificación de las facturas antes de su tramitación contable.
y) Confección de informes.
j) Revisión listados mensuales de asistencia sanitaria y traslados remitidos por los centros adjudicatarios para la correcta tramitación de las correspondientes facturas.
k) Propuesta de nuevas tarifas y prestaciones.
l) Estadísticas mensuales y anuales de control de gestión: informas de seguimiento mensual de conciertos, actividad asistencial, gasto, etc.
m) Manejo e interlocución para los programas: SABE módulo FAHOCO y económico-financiero, Civitas.
n) Todas aquellas funciones inherentes a esta jefatura.
4) Las persones aspirantes tienen que adjuntar la documentación original o una copia cotejada que justifique los requisitos y los méritos alegados.
5) La solicitud para participar en el proceso selectivo, dirigida al órgano convocante, se tiene que presentar en el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Se tiene que formalizar en el Registro General de los Servicios Centrales del Servicio de Salud o por medio de alguna de las vías que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
6) Comisión de Selección:
- Presidente/a: Joan Miquel Barceló Mas
- Vocales:
- Joaquin Ojeda López
- Lourdes Centenero Martínez
- Georgina Gómez Parelló
- Secretario/a: Margalida Amengual Tormo
Si se produce alguna vacante en la Comisión de Selección, se nombrará un nuevo integrante.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución –que agota la vía administrativa- se puede interponer un recurso de reposición ante el órgano que la dicta, en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de la fecha de publicación en el *BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en relación con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la resolución, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere oportuno interponer.
Palma, 16 de abril de 2019
El director general del Ib-Salud
(PD Resolución de la consejera de Salud de 13 de enero de 2016; BOIB de 21 de enero de 2016)