Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 3605
Informe, Propuesta de Resolución / Resolución de Revocación
Programa de Desarrollo Rural de les Illes Balears 2014-2020
Medida 6 - Desarrollo de explotaciones agrícolas i empresas
Submedida 6.1 - Creación d'empresas de jóvenes Agricultores
Convocatoria: CEJA 2016_2 núm. d'expediente: 025
Hechos
1. En fecha de 30 de abril de 2016 se publicó en el BOIB núm. 54, la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se modifica la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 10 de septiembre de 2015 , por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para la creación de empresas de jóvenes agricultores.
2. De conformidad con el apartado sexto de la Resolución mencionada, el plazo para presentar las solicitudes terminó el día 31 de diciembre de 2016.
3. En fecha 9 de junio de 2018 se publicó en el BOIB núm. 71, la Resolución de 26 de abril de 2018 de concesión del expediente CEJA 2016_2 / 025, a nombre de Guillermo Ballester Gornals, entre otros expedientes.
4. En fecha 25 de febrero de 2019 el beneficiario presenta una solicitud de desistimiento de la ayuda concedida.
5. El artículo 21.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas establece la obligación de la Administración a dictar resolución expresa y a notificarla. En su párrafo segundo especifica que "En los casos de prescripción, renuncia del derecho, caducidad del procedimiento o desistimiento de la solicitud, así como la desaparición sobrevenida del objeto del procedimiento, la resolución consistirá en la declaración de la circunstancia que concurra en cada caso, con la indicación de los hechos producidos y las normas aplicables ".
6. Por todo ello, se informa favorablemente y se propone proceder a la revocación total de la ayuda dado que el beneficiario ha pedido el desistimiento de la misma.
Fundamentos de derecho
1. Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para los años 2014 en 2019, subvenciones para la creación de empresas de jóvenes agricultores.
2. Orden del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.
3. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Propuesta de resolución
1. Revocar totalmente la ayuda concedida a Guillermo Ballester Gornals, con NIF 18223461D, nº de expediente CEJA 2016_2 / 025, por un importe de 25.000,00 €.
2. Finalizar el procedimiento y archivo del expediente.
3. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Palma, 4 de marzo de 2019.
El gestor de la línea La jefa de sección
Pep Carretero de Oleza Maria Ángeles Pérez Ribas
El jefe del servicio de Desarrollo Rural Conforme con la propuesta, dicto resolución
Isidre Cañellas Simonet
Palma, 6 de marzo de 2019
El vicepresidente del FOGAIBA Mateu Ginard i Sampol