Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO LOCAL
Núm. 3573
Aprobación de la convocatoria de subvenciones 2019 para llevar a cabo obras de inversión de competencia municipal, la adquisición de vehículos y de inmuebles para la prestación de servicios de competencia municipal, y sufragar honorarios de redacción de proyectos y de dirección de obras
Código: BDNS 449761 http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index
El Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca, en sesión que ha tenido lugar el día 10 de abril de 2019, ha aprobado el siguiente acuerdo:
“Primero. Aprobar la convocatoria que se adjunta de subvenciones 2019 para llevar a cabo obras de inversión de competencia municipal, la adquisición de vehículos y de inmuebles para la prestación de servicios de competencia municipal, y sufragar honorarios de redacción de proyectos y de dirección de obras.
Segundo. Autorizar un gasto por un importe total de diez millones de euros (10.000.000,00 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 65.94310.76202 (RC nº. 22019004269) del presupuesto de gastos del Consejo de Mallorca para el ejercicio 2019
Tercero. Aprobar los modelos normalizados siguientes que figuran como anexos en la convocatoria de subvenciones:
-Solicitud de la subvención (Anexo I).
-Convenio a subscribir con cada entidad local beneficiaría de las subvenciones (Anexo II). -Declaración responsable de no incurrir en prohibiciones para ser beneficiario de subvenciones (Anexo III).
-Declaración responsable con relación a la subvención solicitada (Anexo IV).
-Declaración responsable de no encontrarse en la situación prevista en el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres (Anexo V).
-Certificado de posesión y disposición real y plena de los terrenos necesarios para la ejecución de la obra o servicio (Anexo VI).
-Informe acreditativo de la adaptación de la obra al correspondiente planeamiento urbanístico vigente (Anexo VII).
-Certificado de viabilidad del proyecto por parte del técnico municipal (Anexo VIII).
-Declaración jurada del técnico redactor del proyecto de no estar sometido en ninguna causa de incompatibilidad con la administración actuante (Anexo IX).
-Certificado de adjudicación de las actuaciones (Anexo X).
-Acta de comprobación del replanteo (Anexo XI). -Certificación de obra (Anexo XII).
-Certificado final de obra (Anexo XIII).
-Acta de recepción (Anexo XIV).
-Certificado del secretario/a en fase de justificación de gastos (Anexo XV).
-Informe del interventor/a en fase de justificación de gastos (Anexo XVI).
-Autorización del interesado para que una Administración Pública pueda recabar datos de la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social (Anexo XVII).
-Autorización del interesado para que una Administración Pública pueda recabar datos de la Agencia Tributaria de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias (Anexo XVIII).
Cuarto. Publicar esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) por conducto de la base de datos nacional de subvenciones.
De conformidad con el artículo 44 en relación con el 46.6 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, contra este acuerdo no se podrá interponer recurso en vía administrativa, si bien se podrá formular potestativamente REQUERIMIENTO para su anulación o revocación en el plazo de dos meses contados desde el día que se publique en el Boletín Oficial de las Illes Balears con carácter previo a la interposición del recurso contencioso administrativo.
El requerimiento se entenderá desestimado si en el plazo de un mes desde su presentación no se notifica resolución expresa. El plazo para interponer el recurso contencioso administrativo será de dos meses contados desde el día siguiente a aquel en el cual se reciba comunicación de la resolución expresa sobre el requerimiento previo o este se entienda desestimado de forma presunta.
Si no se formula requerimiento previo, se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día de la publicación del acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
No obstante lo anterior, se puede interponer, si es el caso, cualquier otro recurso que se considere pertinente.”
Palma, 11 de abril de 2019
Por delegación del Secretario general, la Secretaria delegada
(Decreto de 12 de noviembre de 2018. BOIB núm. 143, de 15 de noviembre de 2018)
Nieves Rodríguez Verdú
Convocatoria de subvenciones 2019 para llevar a cabo actuaciones de inversión de competencia municipal (obras, vehículos e inmuebles) y sufragar honorarios de redacción de proyectos y de dirección de obras.
1.- Objeto y finalidad
Esta convocatoria se realiza en el marco de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017 y nº. 96, de 4 de agosto de 2018).
La finalidad de esta convocatoria es cooperar con los ayuntamientos de Mallorca en la ejecución de obras de inversión de competencia municipal, en la adquisición de vehículos y de inmuebles para la prestación de servicios de competencia municipal, y en sufragar honorarios de redacción de proyectos y de dirección de obras.
2.- Beneficiarios
Pueden acogerse a esta convocatoria todos los ayuntamientos de Mallorca (excepto Palma) y las entidades locales menores.
No pueden acogerse a esta convocatoria los ayuntamientos y las entidades locales menores de Mallorca en las cuales concurra alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017 y nº. 96, de 4 de agosto de 2018).
3.- Actuaciones subvencionables
Las actuaciones que se podrán financiar con las subvenciones de esta convocatoria serán obras de inversión de competencia municipal de los artículos 25 y 26 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local. También se podrá financiar con estas subvenciones la adquisición de vehículos y de bienes inmuebles para la prestación de servicios de competencia municipal. Asímismo, por lo que se refiere a las obras, también se subvencionarán los honorarios de redacción de proyectos y de dirección de obras.
Un mínimo de 15.000,00 euros de la subvención solicitada por cada ayuntamiento tiene que estar destinada a mejorar y cumplimentar las condiciones de accesibilidad universal de los equipamientos y edificios públicos, preferentemente de los parques infantiles, así como de los espacios de uso público de titularidad municipal, de acuerdo con lo previsto en la Ley 8/2017, de 3 de agosto, de accesibilidad universal de las Illes Balears, y concretamente con lo establecido en el artículo 6. La cantidad mínima de 15.000,00 euros destinados por cada ayuntamiento a la mejora y cumplimiento de la accesibilidad universal tendrá que ser plenamente identificable en la documentación técnica aportada, tanto si se trata de un solo proyecto o de más proyectos independientes destinados íntegramente a tal finalidad o para formar parte de un proyecto más extenso. En este último caso, las partidas destinadas a la mejora y cumplimiento de la accesibilidad universal se agruparán en un capítulo exclusivo e independiente formando parte del proyecto más amplio.
Con los proyectos se adjuntará un informe técnico del Ayuntamiento que acredite que el mínimo establecido de 15.000,00 euros de la subvención total solicitada se destina a mejorar y cumplimentar las medidas de accesibilidad universal.
Si no se destinan los 15.000,00 euros de la subvención solicitada por cada ayuntamiento a la finalidad antes mencionada no se podrá obtener la subvención, y se entenderá que se ha desistido de solicitar toda la subvención que le corresponda al ayuntamiento de acuerdo con lo que se establece en esta convocatoria.
Cada ayuntamiento o entidad local menor solamente puede presentar un máximo de cinco (5) actuaciones en esta convocatoria, contando obras, vehículos e inmuebles, y un máximo de cinco (5) actuaciones de honorarios de redacción de proyectos y de cinco (5) actuaciones de honorarios de dirección de obras. Los honorarios tienen que ser de obras cuya subvención se tiene que haber solicitado en esta convocatoria.
Las actuaciones que se soliciten en esta convocatoria (obras, vehículos e inmuebles) tienen que ser de un importe igual o superior a 10.000,00 euros, IVA incluido, excepto con respecto a los honorarios de redacción de proyectos y de dirección de obras, que no tienen un importe mínimo.
Las subvenciones de esta convocatoria se podrán destinar a sufragar gastos (obras, vehículos, inmuebles y honorarios) comprendidos desde día 1 de julio de 2019 a día 30 de diciembre de 2020.
En ningún caso el importe del gasto subvencionable puede ser superior al valor de mercado.
Los honorarios de redacción del proyecto y de dirección de la obra no podrán figurar en el proyecto técnico y los profesionales que lleven a cabo estas actuaciones tienen que ser técnicos externos a la Corporación Local.
4.- Crédito presupuestario
Se destina la cantidad de diez millones de euros (10.000.000,00 €), RC nº. 22019004269, aplicación presupuestaria 2019: 65.94310.76202, a las subvenciones objeto de esta convocatoria.
5.- Naturaleza de la subvención y límites
1. Las subvenciones de esta convocatoria son de carácter voluntario y eventual, y anulables, revocables y reintegrables en todo momento por las causas previstas en la Ordenanza general de subvenciones. Además, no generan ningún derecho a obtener otras subvenciones en años posteriores y no se pueden alegar como precedente. Asimismo, son compatibles con otras ayudas y subvenciones que pueda recibir el beneficiario para el mismo proyecto subvencionado siempre que el cómputo total de las ayudas o subvenciones recibidas no supere el coste de la actividad que la entidad beneficiaria tiene que desarrollar.
2. La cuantía de la subvención no podrá superar el 100% del importe solicitado subvencionable.
6.- Régimen de concesión
De acuerdo con el artículo 17 de la Ordenanza general de subvenciones, el régimen de concesión se llevará a cabo mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y por lo tanto no será necesario fijar un orden de prelación entre las solicitudes, ya que será suficiente cumplir los requisitos que se establecen en esta convocatoria.
En este supuesto, la subvención se determinará de la manera siguiente a todos los ayuntamientos y entidades locales menores que se presenten a la convocatoria:
Además de la cantidad de subvención por población, en el caso de municipios que cuenten con núcleos de población, esta subvención se incrementará con la cantidad de 3.381 euros por cada núcleo.
Los datos de la población se han sacado de la última revisión que ha publicado en la web el Instituto Nacional de Estadística (INE), excepto para el caso de Palmanyola, que la población, al no publicarla el INE, se ha sacado de los datos de la web del Instituto Balear de Estadística (IBESTAT).
El núcleos de población de los municipios de Mallorca (excepto Palma) son los que figuran en la Encuesta de Infraestructuras y Equipamientos Locales de Mallorca (EIEL). Estos trabajos de la EIEL han sido aceptados por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas relativos a la fase 2018 con respecto a los datos alfanuméricos.
Los ayuntamientos que cuenten con una entidad local menor en su término municipal verán reducida su población a los efectos del cálculo de la subvención con los habitantes que pertenezcan a la entidad local menor.
De acuerdo con el punto 12.2 del acuerdo del Pleno del Consejo de día 8 de junio de 2017 de aprobación definitiva del Plan Especial de ayudas 2017-2018 para obras y servicios de competencia municipal, para cada obra de este Plan Especial 2017-2018 que no se haya adjudicado en el plazo establecido el ayuntamiento infractor tendrà como penalización una reducción de la ayuda global que le corresponda según las normas de este punto de un 10%, y otra penalización del 10% de reducción para cada obra que no haya finalizado en el plazo establecido, siempre que ya no se hubieran aplicado estas penalizaciones en la convocatoria de subvenciones 2018-2019 para llevar a cabo actuaciones de inversión de competencia municipal (obras, vehículos e inmuebles).
Las diferentes actuaciones solicitadas se subvencionarán según el orden de preferencia determinado en la solicitud. Si la actuación o la suma de todas las actuaciones solicitadas es de importe inferior a la subvención global que resulte para cada ayuntamiento de los criterios determinados en este punto, esta subvención global se reducirá automáticamente al importe de las actuaciones presentadas. En caso que las actuaciones presentadas fuera de importe superior a la subvención que corresponda en cada ayuntamiento según los criterios de este punto, la diferencia irá a cargo del ayuntamiento.
7.- Presentación de solicitudes
El plazo para presentar la documentación prevista en el punto siguiente será de dos (2) meses contados a partir del día siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Si el último día es inhábil, se tiene que entender prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.
Las instancias se tienen que dirigir al Presidente del Consejo de Mallorca, y se pueden presentar en cualquier terminal del Registro General del Consejo de Mallorca: sede del Consejo (Palau Reial, 1); Centro Cultural la Misericordia (plaça de l’Hospital, 4); Hogar de la Juventud (General Riera, 111); Hogar de la Infancia (General Riera, 113); el Polideportivo Sant Ferran (camino de Ca l’Ardiaca, 5); y en el Registro general del IMAS (General Riera, 67), todos en Palma.
Asimismo, también se pueden presentar en los lugares establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE nº. 236, de 02/10/2015).
Si la solicitud no reúne los datos de identificación, tanto de la subvención solicitada como de la persona solicitante, o algunos de los requisitos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se requerirá a la entidad solicitante, de acuerdo con lo que establece el artículo 73.2 de la ley antes mencionada, para que, en un plazo de diez días hábiles, enmiende la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación que, si no lo hace así, se tendrá por desistida la petición, con una resolución expresa previa.
Junto con la solicitud se tiene que presentar la documentación detallada en el punto siguiente de esta convocatoria.
8.- Formalización de solicitudes
1.- Las solicitudes se tienen que formalizar mediante el modelo oficial (Anexo I).
Con la solicitud se tiene que adjuntar la siguiente documentación:
-Declaración responsable de no incurrir en prohibiciones para ser beneficiario de subvenciones (Anexo III).
-Declaración responsable de encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias con el Estado y el Consejo de Mallorca y con la Seguridad Social (Anexo IV).
-Declaración responsable de no encontrarse en la situación prevista en el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres (Anexo V).
-Autorización del interesado para que una Administración Pública pueda recabar datos de la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social (Anexo XVII).
-Autorización del interesado para que una Administración Pública pueda recabar datos de la Agencia Tributaria de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias (Anexo XVIII).
2.- En el caso de solicitar obras de inversión de competencia municipal, además de la documentación del punto 8.1 se tiene que presentar la documentación siguiente:
-Dos ejemplares en papel del proyecto o proyectos técnicos con el contenido que se hace constar en el punto 9 de esta convocatoria.
-Informe de un técnico del ayuntamiento que acredite que el mínimo establecido de 15.000,00 euros de la subvención total solicitada se destina a mejorar y cumplimentar las medidas de accesibilidad universal.
Para cada proyecto que se presente:
-Certificado de la posesión y disposición real y plena de los terrenos necesarios para la ejecución de la obra o servicio (Anexo VI).
-Informe acreditativo de la adaptación de la obra al correspondiente planeamiento urbanístico vigente (Anexo VII).
-Certificado de viabilidad del proyecto por parte del técnico municipal (Anexo VIII).
-Declaración responsable del técnico redactor del proyecto de no estar sometido en ninguna causa de incompatibilidad con la administración actuante (Anexo IX).
3.- En el caso de solicitar la adquisición de vehículos para la prestación de servicios de competencia municipal, además se tiene que presentar la documentación siguiente:
-Presupuesto del vehículo o vehículos a adquirir. No de ninguna marca de vehículo en concreto, sino un presupuesto genérico.
-Memoria explicativa para cada vehículo de la finalidad para la cual se empleará.
4.- En el caso de solicitar la adquisición de inmuebles para la prestación de servicios de competencia municipal, además se tiene que presentar la documentación siguiente:
-Informe de un tasador independiente debidamente acreditado e inscrito en el registro oficial correspondiente en el cual se hará constar el precio del inmueble a adquirir.
-Compromiso firmado por el alcalde de la Corporación de destinar el inmueble al fin concreto para el cual se tiene que conceder la subvención durante un plazo de veinte (20) años contados desde la firma de la escritura pública.
9.- Contenido de los proyectos técnicos
El proyecto o proyectos técnicos de las obras a ejecutar en el marco de esta convocatoria tienen que tener el contenido que se señala en el artículo 233 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público en relación en el artículo 124 y siguientes del R. Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el cual se aprueba el reglamento general de la ley de contratos de las administraciones públicas.
En la memoria del proyecto se tendrá que hacer constar:
-Justificación del cumplimiento de la normativa urbanística.
-Manifestación del cumplimiento de la normativa estatal y autonómica vigente (justificando, entre otros, el cumplimiento de la Ley 8/2017, de 3 de agosto, de accesibilidad universal de las Illes Balears; Plan director sectorial para la gestión de los residuos de la isla de Mallorca vigente en cada momento y, en general, cuantos preceptos e instrucciones técnicas sean de aplicación al caso concreto).
-El presupuesto general de la obra tendrá que adecuarse obligatoriamente al siguiente modelo:
A) Presupuesto de ejecución material ( PEM ).........................
B) Beneficio industrial ( 6% del PEM)..................................
C) Gastos generales ( 13% del PEM).................................
D) Total valor estimado del contrato (A+B+C).....................
Total presupuesto para conocimiento de la Administración (Presupuesto objeto de subvención) (IVA (21% sobre D) + D)
.............................................................
Toda la documentación tendrá que estar firmada por el técnico redactor del proyecto con el visto bueno del Presidente/a de la entidad local promotora del proyecto
En caso de que el técnico redactor no sea técnico municipal, el proyecto técnico tendrá que estar visado por el colegio profesional correspondiente.
10.- Órgano instructor y procedimiento de concesión de las subvenciones
El órgano instructor es la secretaria técnica del Departamento de Desarrollo Local, que tiene que llevar a cabo las actuaciones establecidas en la Ordenanza general de subvenciones, y formular la propuesta de resolución. El órgano instructor puede requerir a las entidades solicitantes los informes o las aclaraciones que considere convenientes.
El Departamento de Desarrollo Local es el centro gestor responsable del seguimiento de las subvenciones.
En cumplimiento del previsto en el artículo 19.2 de la Ordenanza general de subvenciones, se enviará a la base nacional de subvenciones información sobre esta convocatoria, y sobre las resoluciones de concesión que se deriven, y se publicará en el BOIB por conducto de la base mencionada, además de publicarse en la sede electrónica del Consejo de Mallorca.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de 6 meses. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución, legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.
El Consejo Ejecutivo es el órgano competente para aprobar y resolver esta convocatoria de conformidad con el artículo 28 letra f) del vigente Reglamento Orgánico del Consejo de Mallorca en relación con la base 23.4 de las de ejecución del presupuesto de 2019.
El procedimiento de concesión de las subvenciones se hará siguiendo los criterios fijados en el punto 6 de esta convocatoria.
El pago de la subvención se hará mediante un anticipo del 100% de la subvención una vez concedida.
11.- Convenio de colaboración
De acuerdo con lo que dispone la disposición adicional segunda de la vigente Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca para la justificación de los gastos se firmará un convenio entre el Consejo de Mallorca y cada entidad local beneficiaria de las subvenciones. Este modelo de convenio, que figura como Anexo II de esta convocatoria, tiene que ser aprobado por cada Entidad Local y se tiene que remitir al Departamento de Desarrollo Local del Consejo de Mallorca una vez aprobado en el plazo de un mes contado desde la fecha de la publicación en el BOIB de la concesión de la subvención. El convenio arriba mencionado regulará las obligaciones de ambas partes derivadas de la concesión de las subvenciones.
12.- Obligaciones de las entidades beneficiarias
Los ayuntamientos y entidades locales menores a los cuales se las ha concedido las subvenciones estarán obligados a:
12.1.- Adjudicar las actuaciones subvencionadas. La notificación de las adjudicaciones de las actuaciones subvencionadas al Consejo de Mallorca se tiene que hacer en el plazo de un (1) mes contado a partir de la fecha de la adjudicación de la actuación o actuaciones subvencionadas, teniendo que presentar el correspondiente certificado de adjudicación de cada una de las actuaciones (Anexo X). Una vez adjudicada la actuación la subvención del Consejo de Mallorca quedará reducida respecto de la concedida de manera automática proporcionalmente al porcentaje de baja que, si ocurre, se produzca siempre que se hubiera subvencionado la actuación por parte del Consejo de Mallorca con un porcentaje del 100%. En caso de que haya una aportación municipal, la subvención del Consejo de Mallorca no se reducirá, sólo se reducirá la aportación municipal, porque la suma de las aportaciones no puede ser superior al importe de la actuación adjudicada, y, si fuera necesario, también se reducirá la subvención del Consejo de Mallorca hasta el importe de la actuación adjudicada.
Una vez comunicado el certificado de la adjudicación de la obra, si ocurre, los ayuntamientos estarán obligados a reintegrar por cada actuación la diferencia entre el importe subvencionado mediante anticipo del 100% y el importe finalmente adjudicado, mediante la liquidación que practicará el Departamento de Desarrollo Local.
Después de la adjudicación de cada obra se tiene que presentar la correspondiente acta de comprobación del replanteo (Anexo XI).
No se harán pagos a cuenta a medida que se presenten las certificaciones de obra. Solamente se hará el pago de un anticipo del 100% de la subvención una vez concedida y siempre dentro del ejercicio 2019.
En el caso de adjudicar mejoras o que se hagan modificaciones en el proyecto o proyectos presentados, se tiene que aportar en el transcurso de las obras la documentación técnica adecuada que las describa.
El periodo durante el cual el beneficiario tiene que destinar el bien inmueble al fin concreto para el cual se ha concedido la subvención es de 20 años. El incumplimiento de esta obligación de destino sin la autorización del Consejo de Mallorca será causa de reintegro de la subvención. En el caso de bienes inscribibles en un registro público, esta circunstancia se tiene que hacer constar en la escritura, así como el importe de la subvención concedida, y estos aspectos tienen que ser objeto de inscripción en el registro público correspondiente mediante una nota marginal en relación a la afectación del inmueble. Asimismo, los ayuntamientos beneficiarios de las subvenciones para la adquisición de inmuebles quedan sujetos al cumplimiento de las reglas previstas en el artículo 31.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
12.2.- Remitir al Departamento de Desarrollo Local del Consejo de Mallorca en el plazo de un mes contado desde la fecha de la publicación en el BOIB de la concesión de la subvención un certificado del secretario municipal de aprobación por parte del ayuntamiento del convenio a suscribir con el Consejo de Mallorca previsto en el punto 11 según el modelo normalizado que figura como Anexo II de esta convocatoria.
El convenio arriba mencionado se firmará entre el Consejo de Mallorca y cada una de las entidades beneficiarias de las subvenciones una vez concedidas estas, el cual regulará las obligaciones de ambas partes derivadas de la concesión de las subvenciones.
12.3.- Acabar las actuaciones hasta día 30 de diciembre de 2020 y justificar los gastos al Consejo hasta día 31 de enero de 2021. La justificación de cada actuación subvencionada, de acuerdo con la disposición adicional segunda de la vigente Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca, se hará por medio de la presentación en el Consejo de Mallorca por parte de la entidad beneficiaria de la siguiente documentación al final de cada actuación subvencionada:
a) Un certificado del secretario/secretaria de la entidad local con el visto bueno del alcalde/alcaldesa que acredite la realización de la actividad subvencionada, el cumplimiento de la finalidad de la subvención y la aportación de la documentación justificativa que establece la convocatoria, según el modelo que figura como Anexo XV de esta convocatoria.
b) Un informe, según el modelo que figura como Anexo XVI de esta convocatoria, emitido por el interventor/interventora de la entidad local beneficiaria de la subvención en virtud del cual se haga constar:
-La veracidad y la regularidad de la documentación justificativa de la subvención que obra en poder de la entidad local en los términos establecidos en esta convocatoria.
-Una relación de las facturas de la actuación subvencionada con los datos identificativos de cada factura.
-Una relación de las obligaciones reconocidas de la actuación subvencionada de acuerdo con lo que prevé el artículo 48.1, segundo apartado, de la vigente Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca.
Además, este informe para la justificación de las actuaciones subvencionadas hará constar:
Que el Ayuntamiento no ha obtenido ninguna otra subvención de otras instituciones públicas o privadas para la actividad objeto de la subvención (o, si es el caso, relación de las concedidas, con indicación de los importes y su procedencia).
Que el coste justificado con las facturas no supera el valor de mercado.
Que los trabajos realizados y facturados objeto de la subvención se ajustan a los precios de mercado.
Que los gastos corresponden sin lugar a dudas a la actividad objeto de subvención.
Que el Ayuntamiento no recupera ni compensa o recupera y compensa el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
En el caso de las obras, también se tiene que presentar a medida que se vayan emitiendo en el transcurso de las obras y a los únicos efectos de las visitas de los técnicos, los siguientes documentos:
a) Modelo oficial de certificación de obra (Anexo XII) debidamente rellenado, y firmado por el contratista y por el director (o directores) de la obra, con las firmas debidamente identificadas.
b) Relación valorada de los trabajos llevados a cabo firmada por el director (o directores) de la obra con las firmas debidamente identificadas.
Al acabar la obra, y también a los únicos efectos del control técnico de las actuaciones, se tiene que presentar:
a) Certificado final de obra firmado por el director de la misma (Anexo XIII). En caso de que el proyecto inicial esté visado por el correspondiente colegio profesional, se tiene que presentar el certificado igualmente visado.
b) Acta de recepción de la obra (Anexo XIV) firmada conjuntamente por el director, el contratista, un facultativo técnico en representación de la Corporación Local y un representante del Consejo de Mallorca. A este efecto, la Corporación Local, con una antelación mínima de tres días hábiles, comunicará al Consejo de Mallorca el día y la hora prevista para la recepción de las obras y también la de su inauguración oficial.
c) Planos que recojan el estado final de la obra en formato .dwg, .shp, .dgn, .dxf, en soporte digital.
En el caso de la adquisición de inmuebles, también se tiene que presentar:
-Fotocopia compulsada de la escritura pública de la adquisición del inmueble debidamente inscrita en el Registro de la Propiedad.
Finalizada la actividad objeto de la subvención, el servicio responsable del Departamento emitirá un informe de evaluación y de comprobación relativo a si la subvención concedida cumple los requisitos y se ajusta a la finalidad de la convocatoria.
12.4.- Hacer constar en los pliegos de cláusulas administrativas particulares para la contratación de cada obra los siguientes puntos:
A.- Que las empresas que se presenten a la licitación con más de 50 personas trabajadores tienen que contar con un 2% de los puestos de trabajo para personas con discapacidad.
B.- Que entre las condiciones de ejecución del contrato tienen que figurar, para tener en cuenta los aspectos medioambientales, las siguientes:
Buenas prácticas dirigidas a minimizar las emisiones contaminantes:
- Utilización de al menos un vehículo de bajas emisiones adscrito a la obra, entendiendo como vehículo de bajas emisiones aquel que utilice como fuente de energía electricidad, GLP, gas natural o hidrógeno o vehículos híbridos enchufables y los vehículos que cumplan como mínimo la normativa Euro 5 o Euro 6.
- Realización de revisiones regulares de los equipos y maquinaria con el fin de optimizar el consumo de energía y minimizar la emisión de humos y gases.
- Riegos periódicos en áreas donde se producen movimientos del suelo y tráfico de maquinaria que pueden generar polvo .
- Protección con velas o lonas de todos los materiales que puedan generar polvo.
- Inspección diaria del parque de maquinaria de la obra para identificar escapes visibles.
- Utilización de desencofrantes que no perjudiquen el medio ambiente.
- Impartición de formación al personal con el fin de minimizar las emisiones contaminantes.
Buenas prácticas dirigidas a minimizar la generación de residuos:
- Utilización preferentemente de elementos prefabricados/reutilizables.
- Compra de materiales al por mayor con envases de un tamaño que permita reducir la producción de residuos de envoltorios (los recipientes/contenedores grandes son preferibles a los recipientes/contenedores pequeños y es mejor si están fabricados con material reciclado).
- Programar el volumen de tierras excavadas para minimizar los sobrantes del suelo y para utilizarlos en el mismo emplazamiento.
- Señalización de los contenedores de residuos, con indicación del tipo de residuo que pueden admitir.
- Impartición de formación al personal para minimizar la generación de residuos y asegurar la correcta gestión.
Buenas prácticas dirigidas a minimización de consumo de recursos naturales:
Medidas para reducir el consumo de agua:
-Inspecciones periódicas de la instalación para identificar escapes visibles y mantenimientos periódicos.
- Controles periódicos del gasto de agua.
- Instalación de sistemas de regulación en las bocas de las mangueras.
- Impartición de formación al personal para reducir el consumo de agua.
Medidas para reducir el consumo de energía:
- Controles periódicos del gasto de energía (energía eléctrica, gasoleo...).
- Planificar las actividades con el fin de optimizar el uso de los equipos eléctricos de la obra.
- Impartición de formación al personal para reducir el consumo de energía.
Medidas para reducir el consumo de materiales:
- Uso de materiales y/o productos ambientalmente correctos como, preferentemente:
- Preferentemente, uso de materiales de origen kilómetro cero.
C.- Que entre las condiciones de ejecución del contrato tiene que figurar que la empresa adjudicataria, si tiene que contratar personal para llevar a cabo la obra, al menos una persona tiene que encontrarse en situación o riesgo de exclusión social. Esta persona será derivada por los servicios sociales municipales.
Para acreditar el cumplimiento de esta obligación (A, B y C), el secretario del ayuntamiento tiene que hacer un certificado en el cual se haga constar que los pliegos aprobados incluyen todos estos puntos. Este certificado se tiene que presentar en el Consejo de Mallorca (Departamento de Desarrollo Local) en el plazo de 15 días naturales contados a partir del día siguiente al de la aprobación de los pliegos de cláusulas administrativas particulares. En el certificado también se tiene que hacer constar la fecha de la aprobación de los pliegos .
12.5.- Hacer constar el patrocinio del Departamento de Desarrollo Local del Consejo de Mallorca en las actuaciones. En especial, a colocar en un lugar visible de la obra en el acto de inauguración de la misma una placa de hierro con letras de latón o en metacrilato con la leyenda y las medidas que indique el Consejo de Mallorca. Durante toda la ejecución de las obras, las entidades locales beneficiarias de las subvenciones tendrán la obligación de adoptar las medidas pertinentes para que el contratista adjudicatario de una obra coloque un cartel, a pie de obra, en un lugar visible desde la vía pública, donde se indicará el organismo u organismos que ayudan en la ejecución del proyecto. El contratista se hará cargo siempre del coste del cartel y del de su colocación. El mencionado cartel tendrà las características que determine el Consejo de Mallorca en su momento.
Para la actuación de adquisición de vehículos tiene que figurar en un lugar visible del vehículo o vehículos que la adquisición ha sido subvencionada por el Consejo de Mallorca, con el anagrama, la leyenda y las medidas que indique el Consejo de Mallorca.
12.6.- Comunicar al Departamento de Desarrollo Local del Consejo de Mallorca, en cualquier momento, la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad y no consignadas en la solicitud.
12.7.- Cumplir el resto de obligaciones que se prevén en el artículo 9 de la vigente Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca aprobado por acuerdo de pleno de día 23 de diciembre de 2016 (BOIB nº. 21, de día 18 de febrero de 2017 y nº. 96, de 4 de agosto de 2018).
13.- Importe de la subvención y reintegro
La subvención se otorgará por un importe cierto. En caso de que la cuantía justificada sea inferior a la concedida, una vez ajustada al importe adjudicado de las obras de acuerdo con lo que se indica el punto 12.1 de esta convocatoria, el importe a subvencionar se tiene que ajustar con el finalmente justificado. Dado que está prevista la aprobación de un anticipo del 100% de las subvenciones concedidas, en caso de que el importe justificado sea inferior al importe subvencionado el ayuntamiento interesado tendrá que hacer, una vez presentada la justificación de los gastos de cada actuación, a requerimiento del Consejo de Mallorca, un reintegro de la diferencia entre la cantidad subvencionada y abonada mediante anticipo y la cantidad finalmente justificada además de los intereses de demora correspondientes desde el momento del pago del anticipo de la subvención al ayuntamiento interesado hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro por parte del Consejo de Mallorca de cada actuación.
14.- Ampliaciones de plazos
Las ampliaciones de los plazos establecidos en esta convocatoria se regirán por lo que dispone el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En todo caso, las solicitudes de ampliación de plazos tienen que tener entrada oficial en el Consejo de Mallorca con una antelación mínima de treinta (30) días naturales a la fecha de su finalización. Se autoriza al consejero ejecutivo de Desarrollo Local para la resolución de las peticiones de ampliaciones de plazos.
En los casos de desistimiento del contratista adjudicatario, resolución de contratos por quiebra de las empresas adjudicatarias, licitaciones declaradas desiertas, impugnaciones de las licitaciones, y, en general, en todos los supuestos que por causas ajenas al ayuntamiento se tenga que adjudicar nuevamente la actuación o la adjudicación sufra un retraso justificable, con carácter excepcional, si las ampliaciones de plazos no resuelven estas incidencias, se podrán establecer nuevas fechas para acabar la actuación para resolver estas problemáticas.
Las entidades locales beneficiarias de la subvención pueden solicitar al órgano que la concede, antes de que concluya el plazo para llevar a cabo la actividad subvencionada, modificaciones del acuerdo de concesión, reducción del importe concedido, modificación de la actuación objeto de la ayuda, que se autorizan cuando tienen la causa en circunstancias imprevistas o son necesarias para el buen final de la actuación, siempre que no se altere el objeto o la finalidad de la subvención y no se dañe el derecho de terceros.
15.- Criterios objetivos que tienen que regir el otorgamiento y cuantía de las subvenciones
La concesión de las subvenciones de esta convocatoria se rige por los principios de publicidad, objetividad, igualdad y no discriminación, y se tiene que resolver según estos criterios.
16.- Revocación y reintegro
Las subvenciones son de concesión voluntaria, revocables y reducibles por las causas previstas en las leyes y en la vigente Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca.
Si se incumple el compromiso firmado por el alcalde de la Corporación de destinar el inmueble al fin concreto para el cual se ha concedido la subvención durante un plazo de veinte (20) años contados desde la firma de la escritura pública sin la autorización del Consejo de Mallorca, este incumplimiento será causa de revocación de la subvención económica concedida (y del correspondiente reintegro) por el Consejo de Mallorca para la adquisición del inmueble.
17.- Normativa supletoria
En todo lo que no se haya previsto en esta convocatoria serán de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local; el R. Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, que aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; la Ley orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera; el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por el R. Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público; la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares; el R. Decreto 887/2006, por el cual se aprueba el reglamento que desarrolla la Ley general de subvenciones; el Reglamento orgánico del Consejo de Mallorca aprobado por el Pleno el día 8 de marzo de 2004; el Decreto de organización del Consejo de Mallorca de día 9 de junio de 2017 (BOIB nº. 73, de fecha 15/06/2017); la Ordenanza vigente de procedimiento administrativo del Consejo de Mallorca, aprobada por el Pleno del Consejo de Mallorca de 2 de mayo de 1995 (BOIB nº. 100, de 10 de agosto de 1995); la Ordenanza general de subvenciones aprobada por acuerdo del Pleno de día 23 de diciembre de 2016 (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017 y nº. 96, de 4 de agosto de 2018); y el resto de la normativa que sea de aplicación.
18.- Recursos
De conformidad con el artículo 44 en relación con el 46.6 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, contra el acuerdo de aprobación de la convocatoria de subvenciones no se podrá interponer recurso en vía administrativa, si bien se podrá formular potestativamente requerimiento para su anulación o revocación en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) con carácter previo a la interposición de recurso contencioso administrativo.
El requerimiento se entenderá desestimado si en el plazo de un mes desde su presentación no se notifica resolución expresa. El plazo para interponer el recurso contencioso administrativo será de dos meses contados desde el día siguiente a aquel en el cual se reciba comunicación de la resolución expresa sobre el requerimiento previo o este se entienda desestimado de forma presunta.
Si no se formula requerimiento previo, se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación del acuerdo de aprobación de la convocatoria en el BOIB.
No obstante el anterior, se puede interponer, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente.
19.- Publicación
El Consejo de Mallorca, en cumplimiento del previsto en los artículos 17, 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, remitirá a la base de datos nacional de subvenciones información sobre la aprobación de la convocatoria de las subvenciones y de las resoluciones de concesión que se deriven y se publicará en el BOIB por conducto de esta base de datos.
ANEXO I MODELO DE SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA LLEVAR A CABO ACTUACIONES DE INVERSIÓN DE COMPETENCIA MUNICIPAL (OBRAS, VEHÍCULOS E INMUEBLES) Y HONORARIOS DE REDACCIÓN DE PROYECTOS Y DE DIRECCIÓN DE OBRAS
Sr./Sra.________________________________________________________________, alcalde/alcaldesa presidente/presidenta del Ayuntamiento/Entidad Local Menor de__________ con CIF_________________________
EXPONE:
Que ha tenido conocimiento de la convocatoria de subvención 2019 para llevar a cabo actuaciones de inversión de competencia municipal (obras, vehículos e inmuebles) y para honorarios de redacción de proyectos y de dirección de obras.
Que la Corporación que preside se quiere acoger a esta convocatoria y, por eso, acompaña la documentación prevista en el punto 8.
También declara que se compromete, si ocurre, al reintegro de la diferencia entre el importe subvencionado mediante anticipo del 100% y el importe adjudicado, y también a la diferencia entre el importe subvencionado objeto de adjudicación y el importe finalmente justificado, más los intereses de demora en este último caso.
Que de conformidad con las normas de la convocatoria, que acepta íntegramente,
SOLICITA:
A) Una subvención económica total de ........................................ euros para sufragar las siguientes actuaciones, que se compromete a llevar a cabo en los plazos establecidos en la convocatoria según el orden la preferencia siguiente:
ORDEN DE PREFERENCIA DE LAS ACTUACIONES (OBRAS, VEHÍCULOS E INMUEBLES) A LLEVAR A CABO
1. .............................................................................................. (Subvención parcial que se pide para esta actuación respecto de la total antes mencionada: .........................................................................................................................)
2. .............................................................................................. (Subvención parcial que se pide para esta actuación respecto de la total antes mencionada: .........................................................................................................................)
3. .............................................................................................. (Subvención parcial que se pide para esta actuación respecto de la total antes mencionada: .........................................................................................................................)
4. .............................................................................................. (Subvención parcial que se pide para esta actuación respecto de la total antes mencionada: .........................................................................................................................)
5. .............................................................................................. (Subvención parcial que se pide para esta actuación respecto de la total antes mencionada: .........................................................................................................................)
ORDEN DE PREFERENCIA DE LOS HONORARIOS DE REDACCIÓN DE PROYECTOS
1. Que el técnico redactor del siguiente proyecto: .................................................. es un técnico externo a la Corporación Local.
Que el presupuesto de honorarios de este técnico redactor del proyecto asciende a la cantidad (IVA incluido) de: .........................................................................................
Que por estos honorarios pide una subvención parcial respecto de la total antes mencionada de:
...........................................................................................................
2. Que el técnico redactor del siguiente proyecto: ....................................................... es un técnico externo a la Corporación Local.
Que el presupuesto de honorarios de este técnico redactor del proyecto asciende a la cantidad (IVA incluido) de:
.........................................................................................
Que por estos honorarios pide una subvención parcial respecto de la total antes mencionada de:
...........................................................................................................
3. Que el técnico redactor del siguiente proyecto: ....................................................... es un técnico externo a la Corporación Local.
Que el presupuesto de honorarios de este técnico redactor del proyecto asciende a la cantidad (IVA incluido) de:
.........................................................................................
Que por estos honorarios pide una subvención parcial respecto de la total antes mencionada de:
...........................................................................................................
4. Que el técnico redactor del siguiente proyecto: ....................................................... es un técnico externo a la Corporación Local.
Que el presupuesto de honorarios de este técnico redactor del proyecto asciende a la cantidad (IVA incluido) de:
.........................................................................................
Que por estos honorarios pide una subvención parcial respecto de la total antes mencionada de:
...........................................................................................................
5. Que el técnico redactor del siguiente proyecto: ....................................................... es un técnico externo a la Corporación Local.
Que el presupuesto de honorarios de este técnico redactor del proyecto asciende a la cantidad (IVA incluido) de:
.........................................................................................
Que por estos honorarios pide una subvención parcial respecto de la total antes mencionada de:
...........................................................................................................
ORDEN DE PREFERENCIA DE LOS HONORARIOS DE DIRECCIÓN DE PROYECTOS
1. Que el técnico director del siguiente proyecto: ........................................................ es un técnico externo a la Corporación Local.
Que el presupuesto de honorarios de este técnico director del proyecto asciende a la cantidad (IVA incluido) de:
.........................................................................................
Que por estos honorarios pide una subvención parcial respecto de la total antes mencionada de:
...........................................................................................................
2. Que el técnico director del siguiente proyecto: ........................................................ es un técnico externo a la Corporación Local.
Que el presupuesto de honorarios de este técnico director del proyecto asciende a la cantidad (IVA incluido) de:
.........................................................................................
Que por estos honorarios pide una subvención parcial respecto de la total antes mencionada de:
...........................................................................................................
3. Que el técnico director del siguiente proyecto: ........................................................ es un técnico externo a la Corporación Local.
Que el presupuesto de honorarios de este técnico director del proyecto asciende a la cantidad (IVA incluido) de:
.........................................................................................
Que por estos honorarios pide una subvención parcial respecto de la total antes mencionada de:
...........................................................................................................
4. Que el técnico director del siguiente proyecto: ........................................................ es un técnico externo a la Corporación Local.
Que el presupuesto de honorarios de este técnico director del proyecto asciende a la cantidad (IVA incluido) de:
.........................................................................................
Que por estos honorarios pide una subvención parcial respecto de la total antes mencionada de:
...........................................................................................................
5. Que el técnico director del siguiente proyecto: ........................................................ es un técnico externo a la Corporación Local.
Que el presupuesto de honorarios de este técnico director del proyecto asciende a la cantidad (IVA incluido) de:
.........................................................................................
Que por estos honorarios pide una subvención parcial respecto de la total antes mencionada de:
...........................................................................................................
B) Asimismo, también pide el anticipo del 100% de la subvención total concedida.
En ..............................., día ................................. de ........................................ de ................
HONORABLE SR. PRESIDENTE DEL CONSEJO DE MALLORCA
ANEXO II MODELO DE CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CONSEJO DE MALLORCA Y EL AYUNTAMIENTO DE .................................... PARA LLEVAR A CABO ACTUACIONES DE INVERSIÓN (OBRAS, ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS Y DE INMUEBLES) Y PARA SUFRAGAR HONORARIOS DE REDACCIÓN DE PROYECTOS Y DE DIRECCIÓN DE OBRAS.
Palma, ___ de _______ de __________
REUNIDOS
Por una parte, el Sr. Joan Font Massot, consejero ejecutivo del Departamento de Desarrollo Local del Consejo de Mallorca, con fundamento en el acuerdo del Consejo Ejecutivo de día __________.
Y por otra parte el Sr. /Sra. _________, alcalde/alcaldesa presidente/presidenta del Ayuntamiento de ____________________.
Ambos intervienen en nombre y representación de los cargos públicos que ostentan y
MANIFIESTAN
Que el Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca, en sesión de día ............... de .................................... de .........................., aprobó la convocatoria de subvención 2019 para llevar a cabo actuaciones de inversión de competencia municipal (obras, vehículos, inmuebles y honorarios) y este convenio tipo a suscribir con todos los ayuntamientos beneficiarios de las subvenciones.
Que en el marco de esta convocatoria de subvenciones, al Ayuntamiento de ............................ se le concedió una subvención por importe de .......................................... euros para llevar a cabo las siguientes actuaciones y para , si ocurre, sufragar honorarios de redacción de proyectos y de dirección de obras:
.............................................................................................................................................
Que el Ayuntamiento de ......................., mediante acuerdo/resolución de día ......de................. de ......................... aprobó el texto de este convenio.
Que la disposición adicional segunda de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca aprobada por acuerdo del Pleno de día 23 de diciembre de 2016 (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017 y nº. 96, de 4 de agosto de 2018) dice:
"En los convenios de colaboración que regulen las ayudas que el Consejo Insular de Mallorca y los organismos autónomos y consorcios que dependen otorguen a otras administraciones públicas, la subvención se puede justificar a través de un certificado emitido por el titular del órgano que la ha percibido, por el cual se acredite la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad de la subvención, y también a través del informe emitido por la Intervención, u órgano de control financiero equivalente, de la entidad beneficiaria por el cual acredita la veracidad y la regularidad de la documentación justificativa de la subvención."
Que en el marco de lo que prevé esta disposición adicional segunda, el objeto de este convenio es regular las obligaciones, el desarrollo de las actuaciones y la justificación de los gastos derivados de la subvención antes mencionada.
Por todo lo que se ha expuesto, ambas partes suscriben el presente convenio de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.- Este convenio tiene por objeto regular las obligaciones, el desarrollo de las actuaciones y la justificación de los gastos derivados de la subvención concedida por el Consejo de Mallorca al Ayuntamiento de ........................ para actuaciones de inversión de competencia municipal (obras, vehículos e inmuebles) en el marco de la convocatoria de subvención 2019 y para , si ocurre, sufragar honorarios de redacción de proyectos y de dirección de obras.
Segunda.- El Ayuntamiento de .................... ha recibido la subvención para llevar a cabo las siguientes actuaciones:
.............................................................................................................................................
Tercera.- El Ayuntamiento de ...................., como beneficiario de la subvención, se compromete a cumplir con todas y cada una de las obligaciones previstas en la convocatoria de subvenciones, tanto las de tipo administrativo como las de tipo técnico, y muy especialmente a llevar a cabo las actuaciones subvencionadas y presentar la justificación de los gastos al Consejo de Mallorca en los plazos establecidos.
Cuarta.- La justificación de las actuaciones subvencionadas al Ayuntamiento de ......................., de acuerdo con la disposición adicional segunda de la vigente Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca, se hará por medio de la presentación al Consejo de Mallorca por parte de la entidad beneficiaria de la siguiente documentación:
a) Un certificado del secretario/secretaria de la entidad local con el visto bueno del alcalde/alcaldesa que acredite la realización de la actividad subvencionada, el cumplimiento de la finalidad de la subvención y la aportación de la documentación justificativa que establece la convocatoria.
b) Un informe emitido por el interventor/interventora de la entidad local beneficiaria de la subvención en virtud del cual se haga constar:
-La veracidad y la regularidad de la documentación justificativa de la subvención que obra al poder de la entidad local en los términos establecidos en la convocatoria.
-Una relación de las facturas de la actuación subvencionada con los datos identificativos de cada factura: número; fecha; acreedor; e importe.
-Una relación de las obligaciones reconocidas de la actuación subvencionada de acuerdo con lo que prevé el artículo 48.1, segundo apartado, de la vigente Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca.
Además, este informe para la justificación de las actuaciones subvencionadas hará constar:
Que el Ayuntamiento no ha obtenido ninguna otra subvención de otras instituciones públicas o privadas para la actividad objeto de la subvención (o, si es el caso, relación de las concedidas, con indicación de los importes y su procedencia).
Que el coste justificado con las facturas no supera el valor de mercado.
Que los trabajos realizados y facturados objeto de la subvención se ajustan a los precios de mercado.
Que los gastos corresponden sin lugar a dudas a la actividad objeto de subvención.
Que el Ayuntamiento no recupera ni compensa o recupera y compensa el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
Que, si ocurre, con respecto a las facturas de honorarios de personas físicas el Ayuntamiento ha ingresado las retenciones de IRPF en la Agencia Tributaria.
Quinta.- Este convenio finalizará al acabar las actuaciones subvencionadas y una vez justificadas las actuaciones en los términos de este convenio y realizados, si ocurre, los reintegros de la subvención por parte del Ayuntamiento de .............................................
Y, en prueba de conformidad, firman este convenio por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y la fecha antes expresados.
Por parte del Consejo de Mallorca Por Parte del Ayuntamiento
El consejero ejecutivo de Desarrollo Local
Joan Font Massot
ANEXO III MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE ANTE AUTORIDAD ADMINISTRATIVA DE NO INCURRIR EN ALGUNA DE LAS PROHIBICIONES ESTABLECIDAS EN LOS APARTADOS 2, 3 I 4 DEL ARTÍCULO 8 DE LA ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES DEL CONSEJO DE MALLORCA APROBADA POR ACUERDO DEL PLENO DE DÍA 23 DE DICIEMBRE DE 2016 (BOIB Nº. 21, DE 18 DE FEBRERO DE 2017 I Nº. 96, DE 4 DE AGOSTO DE 2018)
El/La Sr./Sra. .......................................alcalde/alcaldesa del Ayuntamiento de ..................., comparece ante el/la secretario/secretària de la Corporación a fin de
DECLARAR
Que el Ayuntamiento de ............................... no incurre en alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2, 3 y 4 del artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca aprobada por acuerdo del Pleno de día 23 de diciembre de 2016 (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017 y nº. 96, de 4 de agosto de 2018).
Y para que conste ante el Consejo de Mallorca lo firmo.
En ..................., día............... de ............................. de ..................
Ante mi,
El/La secretario/secretaria de la Corporación
ANEXO IV MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE ENCONTRARSE AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CON EL ESTADO Y CON EL CONSEJO DE MALLORCA Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL
Sr./Sra.________________________________________________________________ alcalde/sa presidente/a del Ayuntamiento/Entidad Local Menor de___________________ con domicilio en ________________________________________________________ actuando en representación de la Corporación,
COMPARECE
a efectos de prestar la declaración responsable sobre los aspectos detallados a continuación y
DECLARO
1. Que el Ayuntamiento/Entidad Local Menor de _________________________________ no ha pedido ninguna otra subvención de otras instituciones públicas o privadas para la actividad objeto de la subvención (o, si es el caso, relación de las pedidas/concedidas, con indicación de los importes).
2. Que el Ayuntamiento/Entidad Local Menor de ________________________________ está al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Consejo de Mallorca.
3. Que el Ayuntamiento/Entidad Local Menor de ________________________________ está al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Agencia Tributaria del Estado.
4. Que el Ayuntamiento/Entidad Local Menor de ________________________________ está al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
Y a fin de que así conste ante el Consejo de Mallorca a efectos de ser beneficiario de las subvenciones 2019 para actuaciones de inversión de competencia municipal (obras, vehículos e inmuebles) realiza la presente declaración.
.................................., ........ d ....................... de ....................
Firmado: ................................................... (con el sello del Ayuntamiento)
ANEXO V MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ENCONTRARSE EN LA SITUACIÓN PREVISTA EN EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY 11/2016, DE 28 DE JULIO, DE IGUALDAD DE MUJERES Y HOMBRES (BOE Nº. 202, DE 22/08/2016).
Sr./Sra. ______________________________________________________________ alcalde/sa presidente/a del Ayuntamiento/Entidad Local Menor de ______________ con domicilio en __________________________________________________ actuando en representación de la Corporación,
DECLARO
De conformidad con lo que prevé la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de hombres y mujeres (BOE nº. 202, de 22/08/2016), el Ayuntamiento/Entidad Local Menor de ____________________________________________ con CIF: ________________ no ha sido sancionado o condenado en los tres últimos años por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias en razón de sexo o de género, sancionado por resolución administrativa firme o por sentencia judicial firme.
Y a fin de que así conste ante el Consejo de Mallorca realiza la presente declaración.
................................, ........ d ....................... de ..........................
Firma: ........................................................................ (con el sello del Ayuntamiento)
ANEXO VI MODELO DE CERTIFICADO DE LA POSESIÓN Y DISPOSICIÓN REAL Y PLENA DE LOS TERRENOS NECESARIOS PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA O SERVICIO
Sr./Sra............................................................................................., secretario/secretaria del Ayuntamiento de.............................................
CERTIFICA:
Que el Ayuntamiento de...................................... tiene la plena posesión y la disposición real de los terrenos necesarios para la normal ejecución del contrato de la obra denominada ..........................................................................................................................................
Y, para que conste a los efectos previstos a la legislación vigente, expide este certificado, de orden y con el visto bueno del Sr. alcalde/Sra. alcaldesa.
......................, ...... de................ de......
Visto Bueno
EL ALCALDE/LA ALCALDESA
ANEXO VII MODELO DE INFORME ACREDITATIVO DE LA ADAPTACIÓN DE LA OBRA SOLICITADA AL CORRESPONDIENTE PLANEAMIENTO URBANÍSTICO VIGENTE
Sr. / Sra. ..................................................................................................., secretario/aria del Ayuntamiento de............................................................................................................
INFORMA:
Que el proyecto denominado ............................................................................................., para el cual se pide una subvención en la convocatoria de subvenciones 2019 para actuaciones de inversión de competencia municipal de los artículos 25 y 26 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, se ajusta al vigente planeamiento urbanístico municipal así como a la normativa urbanística aplicable en el ámbito de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Que se cuenta con todas las autorizaciones, permisos, informes y similares previstos a la normativa vigente para la ejecución de la obra antes mencionada.
Y, para que conste y tenga los efectos adecuados, se emite este informe.
......................, ... de............. de ................
ANEXO VIII MODELO DE CERTIFICADO DE VIABILIDAD DEL PROYECTO POR PARTE DEL TÉCNICO/TÉCNICA MUNICIPAL
Sr./Sra........................................................................................, técnico/técnica municipal, en relación al proyecto ..................................................................................... para el Ayuntamiento de ...............................
CERTIFICA:
Que el proyecto de la mencionada obra es viable.
Y para que conste, a los efectos previstos a la legislación vigente, expide este certificado En ............................, día ....... de.................de ...........
Firmado: El técnico/ La técnica municipal
ANEXO IX MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL TÉCNICO/TÉCNICA REDACTOR DEL PROYECTO DE NO ESTAR SOMETIDO A NINGUNA CAUSA DE INCOMPATIBILIDAD CON LA ADMINISTRACIÓN ACTUANTE
Sr. / Sra. ..................................................................., ............. (1) ............. y redactor del proyecto de la obra: ........................................................................................................., con nº. colegiado ................. declara que no está sometido a ninguna causa de incompatibilidad con el Ayuntamiento de............................. o con el Consejo de Mallorca, manifestando ser competente para la redacción del proyecto de la obra mencionada.
..................., .... de............... de .....
(1) Especificar si es o no técnico municipal.
ANEXO X MODELO DE CERTIFICADO DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
Sr. /Sra.: |
|
|
Secretario / a de |
|
CERTIFICO: que esta Entidad ha adjudicado el contrato según las circunstancias que a continuación se expresan: ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO |
ACTUACIÓN:
|
AYUNTAMIENTO: |
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN: |
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: |
CONTRATISTA: |
CIF CONTRATISTA: |
FECHA DE LA ADJUDICACIÓN: |
FECHA DE INICIO DE LA ACTUACIÓN: |
DIRECTOR / A DE LA ACTUACIÓN: |
TITULACIÓN DIRECTOR /A ACTUACIÓN: |
FINANCIACIÓN |
||||
ENTIDADES |
PRESUPUESTO ACTUACIÓN |
SUBVENCIÓN APROBADA |
ADJUDICACIÓN ACTUACIÓN |
BAJA |
CONSEJO DE MALLORCA |
|
|
|
|
AYUNTAMIENTO |
|
|
|
|
TOTALES |
|
|
|
|
MEJORAS REFERIDAS A LA CONTRATACIÓN DE LA ACTUACIÓN |
|
Y para que así conste, y para su remisión al Consejo de Mallorca, expide este certificado, con el visto bueno del alcalde/sa, En ............................., día ............................ de ........................................... de ......................
VISTO BUENO
EL SECRETARIO/LA SECRETARIA EL ALCALDE/LA ALCALDESA
Fdo.: Fdo.:
ANEXO XI MODELO DE ACTA DE COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO
OBRA: .......................................................................
CONTRATISTA: ...................................................
En .............................., ......... d .......................... de .........
A las .................. horas, en (lugar ) ................................. comparecen el representante de la Administración contratante: Sr./Sra......................................................................................; el Director de la obra: Sr./Sra............................................................. y el representante de la empresa contratista: Sr./Sra................................................................
El objeto de este acto es proceder a comprobar el replanteo de la obra de referencia que se ha realizado con anterioridad a la licitación, de acuerdo con lo que dispone el artículo 237 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público.
Se comprueba la posesión y la disponibilidad real de los terrenos necesarios para la realización de la obra, su idoneidad y la viabilidad del proyecto. Presta su conformidad el representante de la Administración contratante y el facultativo director de la obra, sin reservas por parte del contratista. El director autoriza el inicio de la obra y empieza a discurrir el plazo de ejecución.
El plazo de ejecución de la obra fijado en el pliego de condiciones es de ................ meses.
Se dejan sobre el terreno todos los hitos y las señales que se han considerado necesarias.
Igualmente, se ha hecho entrega al contratista de los planos y documentos necesarios para la ejecución de la obra.
A las ............... horas se da por acabado el acto y para que conste lo que se ha acordado se levanta la presente acta en cuatro ejemplares que se suscriben a los asistentes.
Sr. /Sra. .............................................. Sr. /Sra. ..............................................
en representación de la Administración director/a de la obra.
contratante.
Sr./Sra............................................................
en representación de la empresa contratista.
ANEXO XII MODELO DE CERTIFICACIÓN DE OBRA
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES 2019 PARA OBRAS DE COMPETENCIA MUNICIPAL Y ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS Y DE INMUEBLES
AYUNTAMIENTO:
CERTIFICACIÓN Nº. OBRA:
FECHA COMIENZO OBRAS: FECHA ADJUDICACIÓN:
CONTRATISTA PLAZO EJECUCIÓN:
PRESUPUESTO APROBADO: PRESUPUESTO ADJUDICADO:
BAJA (%):
Sr./Sra. .…………………………………………….......................................................................,
CERTIFICA: Que las obras ejecutadas en el presente mes por la empresa adjudicataria son valoradas, según el presupuesto, de la siguiente manera:
PRESUPUESTO Euros |
IMPORTE ADJUDICADO |
IMPORTE DE LAS OBRAS |
||
EJECUTADAS DURANTE EL MES. |
EJEC. MESES ANTERIORES. |
PENDIENTE EJECUTAR. |
||
|
|
|
|
|
L I Q U I D A C I Ó N
Importe de la certificación .................... .-
Baja obtenida en la contrata .................... .-
A deducir certificaciones anteriores .................... .-
Líquido acreditado al contratista .................... .-
% I.V.A. 21% ..................... .-
TOTAL ABONABLE AL CONTRATISTA .......................-
Y para que conste, y se haga el abono, expide la presente certificación por importe de
............................................................................................................................................-
Palma, .. de ............ de .........
El contratista El director de la obra
Sr/Sra. ........................... Sr. /Sra. .................................
ANEXO XIII MODELO DE CERTIFICADO FINAL DE OBRA
Sr./Sra..................................................................................................(1).......................
y director de la obra: ...........................................................................................................
CERTIFICA
Que la obra mencionada está acabada de acuerdo con su proyecto, redactado por el Sr. /Sra. ......................................... y aprobado por el Ayuntamiento de............................... el día ..........................................
................., ...... de........................ de .......
(1) Ingeniero, arquitecto...
ANEXO XIV MODELO DE ACTA DE RECEPCIÓN
En ................................., día ..............., reunidos:
El Sr./Sra ...................................., facultativo técnico en representación del Ayuntamiento de................, el Sr./Sra. ............................., facultativo técnico en representación del Consejo Insular de Mallorca (CIM ), el Sr. /Sra. .................................................., contratista de las obras del proyecto ".............................................................", y el Sr. /Sra. ................................., facultativo encargado de la dirección de las obras de referencia, a efectos de proceder a la recepción de las obras.
Conformemente con lo que dispone el artículo 243 de la vigente Ley de contratos del sector público, es procedente esta recepción una vez efectuadas las prestaciones convenidas, en este caso, las obras contenidas en el proyecto de que se ha hecho mención.
Después de examinar atentamente la totalidad de la obra y vista su adecuación a las previsiones del proyecto, y al resto de documentación técnica y administrativa, reguladora de las obligaciones del contratista, el Sr/Sra. ................................................., facultativo técnico municipal la considera como bien realizada, correcta y exactamente finalizada, sin que sea procedente, por lo tanto, hacer objeciones o reservas.
En consecuencia, en cumplimiento del artículo 243 del vigente Ley de contratos del sector público, se procede a la recepción de las obras de .............................................................................................................................................
y empieza el plazo de garantía fijado en el Pliego de Condiciones, que es de ......... meses.
Y para que conste se extiende la presente Acta, en el lugar y en la fecha indicados más arriba, en cuatro ejemplares, entregándose uno al Consejo Insular de Mallorca, uno al director de la obra, otro al contratista, y archivándose el otro en el correspondiente expediente administrativo.
En prueba de conformidad firman las partes.
El representante del El representante del CIM
Ayuntamiento
El director de la obra El contratista
ANEXO XV MODELO DE CERTIFICADO DEL SECRETARIO/A EN FASE DE JUSTIFICACIÓN DE GASTOS
Sr./Sra............................................................................................., secretario/secretaria del Ayuntamiento de.............................................
CERTIFICA:
Que el Ayuntamiento de...................................... ha sido beneficiario de una subvención del Consejo de Mallorca en el marco de la convocatoria 2019 para actuaciones de inversión de competencia municipal por importe de .................................................... para llevar a cabo la siguiente actuación:
.............................................................................................................................................
Que la actividad subvencionada antes mencionada se ha realizado, se ha cumplido la finalidad de la subvención y se ha aportado la documentación justificativa que establece la convocatoria.
Y, para que conste a los efectos previstos en la legislación vigente, expide este certificado, de orden y con el visto bueno del Sr. alcalde/Sra. alcaldesa.
......................, ...... de................ de......
Visto Bueno
EL ALCALDE/LA ALCALDESA
ANEXO XVI MODELO DE INFORME DEL INTERVENTOR/A MUNICIPAL EN FASE DE JUSTIFICACIÓN DE GASTOS.
................................................, Interventor/a del Ayuntamiento de ..................................
De acuerdo con lo que dispone la disposición adicional segunda de la vigente Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017 y nº. 96, de 4 de agosto de 2018),
INFORMA:
Que el Ayuntamiento de .................................... ha sido subvencionado por el Consejo de Mallorca para llevar a cabo la siguiente actuación en el marco de la convocatoria de subvenciones 2019 para ejecutar actuaciones de inversión de competencia municipal:
..........................................................................................................................................
Que las facturas justificativas de la anterior actuación subvencionada, que son verídicas y se han expedido con regularidad y corresponden sin lugar a dudas a la actividad objeto de subvención en los términos establecidos a la convocatoria, son las siguientes:
Fecha factura |
Nº. Factura |
NIF Proveedor |
Proveedor |
Concepto |
Importe de la factura |
Fecha pago de la factura |
Fecha reconocimiento obligación (O) |
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Asimismo DECLARA (1):
( ) Que el Ayuntamiento no recuperará ni compensará el IVA de las facturas que presenta.
( ) Que el Ayuntamiento recupera y/o compensa el IVA de las siguientes facturas:
..............................................................................................................................
..............................................................................................................................
También DECLARA:
Que el Ayuntamiento no ha obtenido ninguna otra subvención de otras instituciones públicas o privadas para la actividad objeto de la subvención (o, si es el caso, relación de las concedidas, con indicación de los importes y su procedencia).
Que el coste justificado con las facturas mencionadas no supera el valor de mercado.
Que, si ocurre, con respecto a las facturas de honorarios de personas físicas el Ayuntamiento ha ingresado las retenciones de IRPF en la Agencia Tributaria.
Y para que así conste, yo, como Interventor/a del Ayuntamiento, expido este documento en ............................., día...................... de ................. de...................
(1) Marcar con una cruz la opción que corresponda.
ANEXO XVII MODELO DE AUTORIZACIÓN DEL INTERESADO PARA QUE UNA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PUEDA RECABAR DATOS EN LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES CON LA SEGURIDAD SOCIAL (CONCESIÓN DE AYUDAS Y SUBVENCIONES).
Sr./Sra.______________________________________________________________
alcalde/sa presidente/a del Ayuntamiento/Entidad Local Menor de ______________ con domicilio en __________________________________________________ actuando en representación de la Corporación,
AUTORIZA al Consejo Insular de Mallorca a solicitar de la Tesorería General de la Seguridad Social los datos relativos al cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social para comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos para percibir subvenciones y/o ayudas de esta convocatoria o de otras convocatorias en tramitación.
En ........................., día...... de.............................. de .................
Firmado: ........................................................................ (con el sello del Ayuntamiento)
ANEXO XVIII MODELO DE AUTORIZACIÓN DEL INTERESADO PARA QUE UNA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PUEDA RECABAR DATOS EN LA AGENCIA TRIBUTARIA DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS (CONCESIÓN DE AYUDAS Y SUBVENCIONES)
Sr./Sra.______________________________________________________________
alcalde/sa presidente/a del Ayuntamiento/Entidad Local Menor de ______________ con domicilio en __________________________________________________ actuando en representación de la Corporación,
AUTORIZA al Consejo Insular de Mallorca, de conformidad con el artículo 95.1,k, de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, a solicitar de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria los datos relativos al cumplimiento de sus obligaciones tributarias para comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos para percibir subvenciones y/o ayudas de esta convocatoria o de otras convocatorias en tramitación.
En ........................., día...... de.............................. de .................
Firmado: ........................................................................ (con el sello del Ayuntamiento)