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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE BUNYOLA

Núm. 3557
Aprobación definitiva del expediente de modificación de crédito núm. 03/2019, de Suplemento de crédito

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Texto

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario fecha 14 de marzo de 2019, sobre el expediente de modificación de crédito núm. 03/2019, de Suplemento de crédito, financiado con cargo a Anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones, como sigue a continuación: 

Suplementos en Aplicaciones de Gastos

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

DESCRIPCIÓN

Euros

Progr.

Económica

323

48902

Subvención APIMA Gaspar Sabater

741,00

 

TOTAL GASTOS

741,00

 

Esta modificación se financia con cargo a bajas de crédito, de acuerdo con el siguiente detalle: 

Bajas en Aplicaciones de Gastos 

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

DESCRIPCIÓN

Euros

Progr.

Económica

334

22609

Actividades culturales

741,00

 

TOTAL GASTOS

741,00

 

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados ​​podrán interponer directamente recurso contencioso- administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. 

Sin perjuicio de ello, según lo fijado en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

  

Bunyola, 13 de abril de 2019

El Alcalde

Andreu Bujosa Bestard