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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 3566
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 8 de abril de 2019 por la que se aprueba la corrección de errores de la Resolución del director general del Servicio de Salud de 26 de marzo de 2019 por la cual se aprueban las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en el concurso oposición para cubrir las plazas vacantes de la categoría de enfermero/enfermera

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Texto

Antecedentes

1. Que en fecha 10 de abril de 2018 se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares la Resolución del director general del Servicio de Salud de las islas Baleares de 5 de abril de 2018 por la cual se convoca un concurso oposición para cubrir plazas vacantes de la categoría de enfermero/enfermera dependientes del Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB nº 44, de 10 de abril).

2. Que en fecha 12 de febrero de 2019 se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares la Resolución del director general del Servicio de Salud de las islas Baleares de 11 de febrero de 2019 por la cual se aprueban las listas provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas en el concurso oposición para cubrir plazas vacantes de la categoría de enfermero/enfermera dependientes del Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB nº 19, de 12 de abril) y se determina el lugar, fecha y hora de celebración del ejercicio de la fase de oposición.

3. Que en fecha 26 de marzo de 2019 se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares la Resolución del director general del Servicio de Salud de las islas Baleares de 18 de marzo de 2019 por la cual se aprueban las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en el concurso oposición para cubrir plazas vacantes de la categoría de enfermero/enfermera dependientes del Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB nº 39, de 26 de marzo).

4. Se han advertido errores en las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en el concurso oposición para cubrir plazas vacantes de la categoría de enfermero/enfermera dependientes del Servicio de Salud de las Islas Baleares que figuran en la Resolución del director general del Servicio de Salud de las islas Baleares de 18 de marzo de 2019.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, establece que “las Administraciones públicas podrán, así mismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.

2. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dispone que la revocación de los actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actas y disposiciones administrativas corresponde al órgano que ha dictado el acto o la disposición.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Rectificar los errores observados en la Resolución en cuestión que se concretan en lo siguiente:

a) Se ha de excluir de la lista definitiva de personas excluidas en el turno libre a la Sra. Maria Teresa Morejón Farto.  

b) Se ha de incluir en la lista definitiva de persones admitidas en el turno libre a la Sra. Teresa Morejón Farto.

2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución —que agota la vía administrativa— puede interponerse un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. También puede interponerse cualquier otro recurso que se considere procedente.

No obstante, la persona interesada citada en el punto 1 de la parte resolutiva puede optar por interponer un recurso de reposición ante el mismo órgano que la dicta en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Palma, 8 de abril de 2019 

El director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares Julio Miguel Fuster Culebras   Por delegación de la consejera de Salud (BOIB  10/2016)