Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE BUNYOLA
Núm. 3558
Aprobación definitiva del expediente de modificación de crédito núm. 04/2019, de Suplemento de crédito
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario fecha 14 de marzo de 2019, sobre el expediente de modificación de crédito núm. 04/2019, de Suplemento de crédito, financiado con cargo a Anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones, como sigue a continuación:
Suplementos en Aplicaciones de Gastos
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA |
DESCRIPCIÓN |
Euros |
|
Progr. |
Económica |
||
231 |
48003 |
Convenio Dentistas sobre ruedas |
1.000,00 |
|
TOTAL GASTOS |
1.000,00 |
Esta modificación se financia con cargo a bajas de crédito, de acuerdo con el siguiente detalle:
Bajas en Aplicaciones de Gastos
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA |
DESCRIPCIÓN |
Euros |
|
Progr. |
Económica |
||
231 |
22606 |
Reuniones, conferencias y cursos |
1.000,00 |
|
TOTAL GASTOS |
1.000,00 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso- administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, según lo fijado en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Sencelles, 13 de abril de 2019
El alcalde,
Andreu Bujosa Bestard