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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, INVESTIGACIÓN Y TURISMO

Núm. 3549
Extracto de la Resolución de la Consejera de Innovación, Investigación y Turismo de 8 de abril de 2019 por la que se aprueba la convocatoria para conceder ayudas destinadas a promover la implantación de herramientas TIC y procesos basados en TIC para la mejora de la gestión empresarial de las pymes y Asal de las Illes Balears mediante el instrumento de bonos tecnológicos

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS: 449032

De conformidad con los artículos 17.3.bi 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

1.  Objeto

Las ayudas objeto de la presente convocatoria tienen como finalidad el promover la implantación de herramientas de las tecnologías de la Información y la Comunicación (en adelante TIC) y procesos basados ​​en TIC para la mejora de la gestión empresarial de las pymes baleares mediante el instrumento de bonos tecnológicos, que consistirán fundamentalmente en fondos para promover la implantación y adaptación de páginas web, comercio electrónico, aplicaciones y software de gestión de empresas, en pymes de las Islas Baleares.

Las subvenciones se dividen en dos programas y cada beneficiario sólo podrá solicitar uno:

a) Programa I: implantación o mejora de Página web y / o comercio electrónico (que debe estar optimizado para Search Engine Optimization (SEO) y por Responsive Web Design); y / o aplicaciones y utilizar un gestor de contenidos para que la PYME pueda ir actualizando y modificar la información cuando lo considere oportuno.

b) Programa II: implantación y / o mejora de procesos de gestión empresarial basados ​​en la utilización de los Softwares de gestión Enterprise Resource Planning (ERP), Customer Relationship Management (CRM) o Business Process Management (BPM).

Es una actuación que se encuentra dentro de los Programa Operativo FEDER de las Islas Baleares (2014-2020), en el eje prioritario 3: Mejora de la competitividad de las pymes.

2.  Bases reguladoras

Orden de la consejera de Innovación, Interior y Justicia de 26 de enero de 2010 por la que se establecen las bases reguladoras para conceder subvenciones en materia de investigación, desarrollo tecnológico e innovación, publicada en el BOIB núm. 25, de 13 de febrero.

3.  Beneficiarios

Pueden ser beneficiarias de las ayudas previstas en esta convocatoria las pymes y las agrupaciones empresariales sin ánimo de lucro que lleven a cabo la actividad que fomente la concesión de la subvención, y además deben tener su sede social en las Islas Baleares, deben estar válidamente constituidas de acuerdo con la normativa vigente e inscritas en el Registro correspondiente, deben estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social y las tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma antes de la propuesta de resolución .

No pueden ser beneficiarios de las subvenciones las personas o entidades que puedan ser consideradas en crisis de acuerdo con lo establecido en las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales a salvamento y de reestructuración de empresas en (2004 / C 244/02) ni las que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda il • legal e incompatible con el Mercado Común.

4.  Importe máximo y créditos presupuestarios a los que se imputa

4.1. El importe máximo que se destina a esta convocatoria es de 800.000 euros, con cargo a los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

 

4.2. La asignación presupuestaria tiene carácter plurianual y la distribución máxima por anualidad es la siguiente:

2019: 400.000,00 euros distribuidos de la siguiente manera:

- 300.000,00 € con cargo a la partida presupuestaria 12501 542A01 47000 00 FF 31110

-100.000,00 a cargo de la partida presupuestaria 12501 542A01 48000 00 FF 31110 siempre que haya crédito suficiente

2020: 400.000,00 euros distribuidos de la siguiente manera:

- 300.000,00 € con cargo a la partida presupuestaria 12501 542A01 47000 00 FF 31110

-100.000,00 € a cargo de la partida presupuestaria 12501 542A01 48000 00 FF 31110 siempre que haya crédito suficiente

4.3. Las subvenciones otorgadas en esta convocatoria están cofinanciadas con cargo al Programa Operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) 2014 a 2020 de las Islas Baleares en un 50%.

Las empresas permanecen sometidas a los requisitos y las exigencias del Reglamento (UE) 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis.

5.  Solicitudes y plazos

5.1. Los plazos para presentar las solicitudes comienza diez días hábiles después de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares extinguir los créditos disponibles y en ningún caso más allá del 30 de marzo de 2020.

5.2 El plazo ejecutivo de las actuaciones objeto de esta subvención comprenderá desde la fecha de publicación de la convocatoria hasta la fecha de finalización prevista en la resolución de concesión, que no podrá ser superior a cuatro meses desde la fecha de concesión ni superior al 30 de septiembre de 2020.

5.3. Se considerará la fecha de solicitud la fecha del registro de entrada. La fecha de inicio de las actividades no puede ser anterior a la fecha de publicación de la convocatoria.

5.4. El período de justificación será de quince días desde la finalización del periodo de ejecución de la actuación, que será establecido en la Resolución de concesión.

  

Palma, 8 de abril de 2019

La consejera  de Innovación, Investigación y Turismo Isabel Maria Busquets e Hidalgo