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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 3511
Departamento de Planeamiento y Gestión urbanística. Servicio juridico-administrativo de Planeamiento. Exp: PA 2018 0014. Aprobación inicial e información pública del proyecto de modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) consistente en el cambio de uso del SGEC/CO-P 46-07-E (S'Escorxador)

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Texto

El Pleno del Ayuntamiento de 28 de marzo de 2019, aprobó inicialmente el proyecto de modificación del Plan General de Ordenación Urbana consistente en el cambio de uso del SGEC/CO-P 46-07-E (s’Escorxador) que tiene actualmente como uso principal asignado el comercial, asignándole otro uso principal que sería sociocultural, sanitario o recreativo, según proyecto redactado por los Servicios Técnicos de Planeamiento.

Cumpliendo el artículo 55 de la Ley balear 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears, se somete el mencionado proyecto de modificación del Plan General a información pública durante TRENTA DÍAS. Teniendo en cuenta el art. 21.5 del Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo, para la isla de Mallorca (LOUS), el plazo de información pública se computa desde la última publicación obligatoria.

Quienes se consideren afectados lo pueden examinar presencialmente en la Sección de Información urbanística del Área Modelo de ciudad, Urbanismo y Vivienda digna (Av. Gabriel Alomar, 18 bjos. Edificio Municipal de les Avingudes), y/o en la sede electrónica municipal pulsando el enlace

https://urbanisme.palmademallorca.es/IMI/URBANISME/PRD/Planejament_urbanistic_pdf/Images%20Arxiu/PA-MODIFICACIO_PG/PA-201800140000/PA-20180014-PORTADA.pdf

y presentar las alegaciones que estimen pertinentes, dentro del mencionado plazo y mediante escrito dirigido al  Ayuntamiento de Palma, en el registro general de las Oficinas de Atención a la Ciudadanía, cuya dirección puede ser consultada en la página web www.palma.cat, o en las dependencias a que se refiere el art. 26.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Así mismo y de acuerdo con el art. 51 de la mencionada Ley 12/2017, se hace pública la suspensión de la tramitación y aprobación de los planes de desarrollo, de los instrumentos de gestión, así como del otorgamiento de toda clase de autorizaciones y licencias urbanísticas y de la posibilidad de presentar comunicaciones previas, en lo que resulten afectadas por las determinaciones de este planeamiento.

 

Palma, 12 de abril de 2019

El jefe del Departamento p.d. Decreto de Alcaldía nº  3000/2014, de 26/02/2014 (BOIB nº  30 de  4-03-2014) ​​​​​​​Jaume Horrach Font