Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ALARÓ
Núm. 3480
Aprobación definitiva del proyecto de dotación de servicios en el C/ del Puig de Sa Comuna, nº 69 y 71
(exp. nº AAE 6125-2017, exp. nº AE 698/2018)
Solicitud de Celler Canyelles i Batle, S.L., de aprobación del proyecto de dotación de servicios (registro de entrada nº 6125, de 06.11.2017), con el proyecto redactado por el arquitecto APC.
Informe desfavorable de la arquitecta municipal, de 15.01.2018.
Petición de informe a Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., (reg. de salida nº 241, de 22.01.2018; con acuse de recibo de 23.01.2018).
Petición de informe a Hidrobal, Gestión de Aguas de Balears, S.A.U., (empresa concesionaria de los servicios municipales de abastecimiento de agua y de alcantarillado), (reg. de salida nº 242, de 22.01.2018; con acuse de recibo de 23.01.2018).
Informe de Hidrobal (reg. de entrada nº 1219, de 26.02.2018).
Comunicación de Endesa (reg. de entrada nº 1445, de 12.03.2018).
Requerimiento a la promotora, de reparación de deficiencias (reg. de salida nº 1001, de 27.03.2018; con acuse de recibo de 17.04.2018).
Entrega de copias del informe de la arquitecta municipal y de Hidrobal, al arquitecto redactor del proyecto (con “recibí” de 02.05.2018).
Presentación por la promotora de documentación técnica para reparar deficiencias (reg. de entrada nº 4900, de 20.09.2018).
Informe desfavorable del arquitecto municipal, de 20.11.2018.
Presentación por la promotora de documentación técnica para subsanar deficiencias (reg. de entrada nº 28, de 03.01.2019).
Informe favorable con condiciones del arquitecto municipal, de 22.01.2019.
Informe jurídico favorable del secretario municipal, de 29.01.2019.
Acuerdo de la junta de gobierno local de 29 de enero de 2019, de aprobación inicial del proyecto, con prescripciones.
Anuncio de información pública del proyecto (publicado en el Butlletí Oficial de les Illes Balears nº 18, de 09.02.2019, y en la página del ayuntamiento en internet, www.ajalaro.net, con la documentación técnica).
Notificaciones individuales a los titulares de fincas colindantes.
Durante la información pública no se han presentado alegaciones.
Normas subsidiarias de planeamiento urbanístico municipal (NNSS), de 17 de octubre de 2003 (BOIB nº 156, de 11.11.2003), y modificación aprobada provisionalmente por acuerdo del pleno del ayuntamiento de 9 de julio de 2015
Ley autonómica 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears: artículo 71 y art. 79,4
Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo, para la isla de Mallorca (BOIB nº 66, de 30.04.2015): arts. 197 a 200.
En ejercicio de la atribución delegada por resolución de alcaldía nº 592-2015, de 5 de agosto (BOIB nº 120, de 08.08.2015), la junta de gobierno local, en sesión de 26 de marzo de 2019, acuerda per unanimidad:
- Aprobar definitivamente, con prescripciones, el proyecto de dotación de servicios en la C/ del Puig de Sa Comuna, nº 69 i 71, promovido por Celler Canyelles i Batle, S.L., según proyecto redactado por el arquitecto APC.
documentación técnica que consta en el expediente y que es objeto de aprobación definitiva:
“Proyecto de Dotación de Servicios”, visado colegial nº 11/08408/17 de 24.10.2017.
“Subsanación de deficiencias de “PROYECTO DE DOTACIÓN DE SERVICIOS C/PUIG DE SA COMUNA Nº 69 Y Nº 71”, visado colegial nº 11/08134/18 de 17/09/2018
Subsanación de deficiencias de “PROYECTO DE DOTACIÓN DE SERVICIOS C/PUIG DE SA COMUNA Nº 69 YI Nº 71”, visado colegial nº 11/11006/18 de 07/12/2018.
Prescripciones:
1a. Las farolas con báculo serán de tipología similar las existentes en la zona.
2a. Han de realizarse dos acometidas individuales, de agua potable y de alcantarillado, para cada una de las dos parcelas.
3a. La tubería de polietileno (punto 3.2 del presupuesto) ha de ser de 16 atmósferas de presión de trabajo.
4a. En las acometidas de agua potable las piezas deben ser de latón.
Lo que hacemos público para general conocimiento.
Recursos.
Contra este acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:
a) Directamente el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la notificación o publicación de la presente resolución.
b) El recurso de reposición potestativo ante la junta de gobierno local, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la notificación o publicación de la presente resolución. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente a la desestimación presunta.
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y de la Ley 30/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Alaró, a 11 de abril de 2019.
El alcalde
Guillermo Claret Balboa Buika