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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 3153
Acuerdo de la Comisión de Gobierno del Consell Insular de Menorca de fecha 18 de marzo de 2019, relativo a la modificación puntual de las Bases Específicas del concurso oposición de la Oferta Pública de Ocupación del Consell Insular de Menorca 2016-2017

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Texto

Visto que mediante Decreto de Presidencia núm. 2018/850 de 31 de octubre de 2018 y publicado en el BOIB núm. 138 de 3 de noviembre de 2018, se aprobaron las Bases específicas de Psicólogo;

Visto que contra las bases específicas de psicólogo se han interpuesto diversos recursos de alzada;

Visto el informe emitido por la responsable del Servicio de Gestión de personas número 35/2018;

Vista la propuesta de la consejera ejecutiva del Departamento de Servicios Generales, Participación Ciudadana y Vivienda, se adopta el siguiente acuerdo:

ACUERDO:

(....) CUARTO.- Modificar el Anexo I de las Bases específicas que rigen las pruebas selectivas, para el ingreso por turno libre y promoción interna, para proveer seis plazas de psicólogo de la Oferta Pública de Ocupación 2017, de manera que:

- Donde dice: Titulación: Grado en Psicología o titulación equiparable.

- Diga: Titulación: Grado en Psicología y Máster en Psicología General Sanitaria, o titulaciones equiparables.

(....)

Lo que se publica para su público conocimiento y a los efectos que correspondan, al mismo tiempo que se hace saber que contra el acuerdo precedente, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a la fecha de publicación de este acuerdo; todo ello sin perjuicio de poder utilizar cualquier otro recurso que se considere procedente en derecho.

Todo lo anterior de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, que regula la jurisdicción contencioso administrativa, y la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Finalmente cabe indicar que la interposición de los recursos pertinentes no suspende la eficacia de la resolución impugnada ni interrumpe los plazos que se puedan derivar, excepto que la autoridad competente lo acuerde expresamente.

 

Mahón a, 26 de marzo de 2019

El SECRETARIO EN FUNCIONES

Octavi Pons Castejón