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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO LOCAL

Núm. 3429
Convocatoria de subvenciones para desarrollar proyectos de actividades en materia de juventud y para el mantenimiento de las entidades juveniles correspondientes a 2019

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Texto

Código de convocatoria BDNS: 447903

El Consell de Mallorca, a través de la Direcció Insular de Juventud, integrada en el Departamento de Desenvolupament Local, en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas y de acuerdo con los objetivos fijados en el Plan Estratégico de Subvenciones del año 2019, ha aprobado esta convocatoria pública de subvenciones de acuerdo con la Ordenanza General de Subvenciones del Consell de Mallorca (BOIB 21, de 18 de febrero de 2017), modificada por Acuerdo del Pleno de 14 de junio de 2018 (BOIB 96, de 4 de agosto de 2018).

La participación activa de las personas jóvenes es un indicador básico de calidad y vitalidad democrática de las sociedades actuales. Es por este motivo que es imperativo que desde las instituciones se fomente y se faciliten los recursos necesarios para la organización juvenil garantizando el apoderamiento juvenil y el pleno ejercicio de la ciudadanía de las personas jóvenes.

Con esta convocatoria se quiere conseguir una doble finalidad. Por una parte, se quiere fomentar el asociacionismo dando apoyo económico en la organización de proyectos y actividades habituales o puntuales que organicen las asociaciones juveniles y que formen parte de su programación anual y, por otra parte, se quiere compensar los gastos que se puedan derivar del proceso asociativo y el mantenimiento de las asociaciones en sí mismas.

1.  Financiación e importe máximo

1.1. Teniendo en cuenta el Plan Estratégico de Subvenciones del Consell Insular de Mallorca para el año 2019 se destina para la línea 1 (L1) un importe de cincuenta mil euros (50.000,00 €), con cargo en la partida presupuestaria 65.33410.48900 del presupuesto de 2019 (RC nº 220190002525); y doscientos mil euros (200.000,00 €), para la línea 2 (L2), con cargo en la partida presupuestaria 65.33410.48900 del presupuesto de 2019 (RC nº 220190002527).

1.2. De acuerdo con el orden de prelación de las solicitudes, y en aplicación del artículo 24.2 de la Ordenanza General mencionada, los proyectos se subvencionarán por importe cierto equivalente a la cuantía solicitada hasta el máximo establecido al punto 1.3. y, por lo tanto, no se aplicará el ajuste a la baja del importe de la subvención en razón del grado de ejecución de la actividad subvencionada, siempre que esto no implique superar el coste de la actividad una vez deducidos los ingresos necesarios u otras subvenciones que han financiado el mismo proyecto de la presente convocatoria, de acuerdo con el artículo 32 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, de aprobación del Reglamento de la Ley 38/2006, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

1.3. Las subvenciones que se otorguen se adjudicarán hasta agotar el límite del crédito presupuestario inicial, siempre que se cumplan los requisitos legales de esta convocatoria y del resto de normas aplicables.

Se prevé que, a cada una de las solicitudes, como máximo, se le concederá un importe cierto, estableciendo las limitaciones siguientes:

o Para la L1 cada entidad solicitante puede pedir hasta un máximo de dos mil euros (2.000,00 €).

o Para la L2 cada entidad solicitante puede pedir hasta un máximo de cinco mil euros (5.000,00 €). Aunque el régimen de concurrencia sea no competitivo, se valorarán las solicitudes presentadas según los criterios de evaluación establecidos en esta convocatoria, con el fin de determinar la cuantía que se concederá:

  • Puntuación entre 1 y 10 puntos: 1.000 euros.
  • Puntuación entre 11 y 21 puntos: 2.500 euros.
  • Puntuación entre 22 a 35 puntos: 3.000 euros.
  • Puntuación entre 36 a 50 puntos: 5.000 euros.

En ambas líneas se tendrá que determinar el importe solicitado que tendrá que ser igual o inferior a los gastos presentados o al coste de la actividad.

1.4. Cuando la cuantía del crédito de la convocatoria no fuera suficiente para cubrir el 100% de los presupuestos presentados y con los límites establecidos a la convocatoria, el último beneficiario, según el orden de entrada derivado del registro, recibirá como máximo el importe remanente.

2. Objeto de la convocatoria y finalidad

2.1. El objeto de esta convocatoria es subvencionar proyectos habituales y/o puntuales en materia de juventud y para el mantenimiento de las entidades juveniles correspondientes al año 2018- 2019.

Por lo tanto, esta convocatoria contará de dos líneas:

L1: Mantenimiento de entidades juveniles

L2: Proyectos de actividades

2.2. L1: Mantenimiento de entidades juveniles:

Con esta línea se quiere dar apoyo al mantenimiento estructural de las entidades juveniles. El mantenimiento incluye la financiación de los gastos corrientes, como pueden ser:

- Alquiler de los locales y oficinas de la entidad.

- Alquiler de bienes muebles (equipamientos informáticos, fotocopiadoras o similares)

- Pequeñas reparaciones, mantenimiento y conservación, siempre y cuando la actividad no se considere inventariable, es decir, que no impliquen incremento del valor patrimonial de los bienes.

- Gastos de suministros (energía, agua, gas y combustible). En los casos de los alquileres o utilización de locales que no comporten un cambio de la titularidad de la persona usuaria (la propietaria) ante el suministrador oficial, las entidades juveniles tendrán que aportar el correspondiente contrato de alquiler o convenio de cesión de uso del espacio, en el que conste que la entidad juvenil se tiene que hacer cargo de estos gastos corrientes.

- Material de oficina.

- Primas de seguros.

- También se incluyen los gastos de las tareas de coordinación, asesoramiento, gestión y administración que desarrolla la entidad; incluyendo los gastos de personal que tengan carácter estructural y no se correspondan con actividades concretas de duración determinada.

Para que estos gastos sean subvencionables es un requisito indispensable que la factura, comprobante o documento análogo que se aporte esté a nombre de la entidad solicitante de la subvención, concepto y fecha, en la excepción hecha en los gastos de suministro.

2.3. L2: Proyectos de actividades

Esta línea de subvención incluye proyectos y actividades destinados a la infancia y la juventud y se ha dividido en sub-líneas. Por lo tanto, únicamente se subvencionarán proyectos o actividades que se enmarquen clara y directamente en una de las líneas de actuación.

En general, únicamente se subvencionarán proyectos dirigidos a jóvenes de entre 14 y 30 años y, tan sólo en las actividades de ocio, se permiten actividades dirigidas a niños y jóvenes de entre 3 y 30 años.

No se considerarán como programas o actividades válidos actuaciones o programas genéricos.

En cualquier caso, quedan excluidas proyectos con carácter lucrativo, comercial, mercantil o similar; actividades docentes, complementarias o ampliación de estudios; actividades deportivas; viajes individuales; actividades turísticas; todo tipo de gastos de comida y bebida que no estén incluidos en una actividad de ocio y gastos por la compra de material inventariable.

- Actividades de ocio: Se incluyen en este apartado el conjunto de actividades de ocio educativo dirigidas a niños y jóvenes con la finalidad que adquieran competencias, habilidades sociales y hábitos saludables.

- Actividades de fomento de información a la juventud en materia de salud, igualdad, derechos de los colectivos LGTBI y protección del medio ambiente.

- Actividades de fomento de inclusión social.

- Actividades de fomento del asociacionismo y de la participación.

- Actividades de fomento de la cultura propia de Mallorca.

Gastos subvencionables de la L2:

- Coste del salario del personal que participa directamente en la actividad.

- Alquiler de las instalaciones donde se desarrolla el proyecto, cuando sea directamente destinado a ese proyecto concreto y no sea la sede de la entidad.

- Materiales necesarios para desarrollar la actividad.

- Gastos de transporte de las personas participantes.

- Los seguros de accidentes y de responsabilidad civil que cubren las contingencias para las personas participantes.

- Gastos de publicidad de la actividad.

- Otros gastos que inequívocamente respondan a la actividad y que estén explicados y justificados.

En ningún caso, el importe del gasto subvencionable puede ser superior al valor de mercado.

2.4. Gastos no subvencionables en ninguna de las dos líneas:

- Adquisición de los bienes inventariables.

- Gastos de amortización de los bienes inventariables.

- Los intereses deudores de las cuentas bancarias.

- Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.

- Los gastos de procedimientos judiciales.

3. Criterios evaluables L2

3.1. La Comisión Evaluadora valorará la documentación presentada de la L2, así como cualquier otra documentación adecuada, que se haya adjuntado a la solicitud de participación en la presente convocatoria de subvención, y dará un punto por cada uno de los criterios que cumpla el conjunto de la documentación presentada de acuerdo con los siguientes criterios enumerados hasta un máximo de cincuenta puntos.

El total de puntos obtenidos servirá de base para aplicar lo establecido en el punto 1.3 de la presente convocatoria en relación a la cuantía a conceder de la L2.

3.2. Criterios

1. Estar dado de alta en el Censo insular de entidades juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud del Consell de Mallorca. Este punto se comprobará de oficio.

2. Entidades que su junta directiva uno órgano de gobierno esté formado, al menos por la mitad o más personas jóvenes de entre 14 y 30 años. Certificado de la entidad indicando DNI y edad de las personas.

3. Entidades con transparencia en su gestión. Publicación de sus presupuestos en internet, trípticos o documentos públicos con amplia difusión.

4. Entidades con un plan anual de trabajo. Se tendrá que aportar copia del plan.

5. Entidades que más del 25% de sus socios tengan entre 14 y 21 años. Certificado de la entidad indicando DNI y edad de la persona.

6. Entidades con conciencia social. La entidad tendrá que aportar documento que demuestre la existencia de unas actividades o proyecto con conciencia social.

7. Entidad con experiencia en la realización de proyectos dirigidos a niños y/o juventud. (Copia de proyectos o actividades desarrollados en años anteriores)

8. Entidades con más de cincuenta socios. Certificado de la entidad.

9. Entidades con paridad entre hombres y mujeres en sus órganos de representación y de decisión (Se valorará el órgano de representación del año 2018). Certificado de la entidad.

10. Participación de la entidad dentro del Consell de Joventud de las Islas Baleares. Certificado del Consell de Joventud de las Islas Baleares

11. Buena estructura del proyecto presentado.

12. Amplia fundamentación del proyecto presentado

13. El proyecto tiene estudios previos por su fundamentación.

14. Concreción y claridad de los objetivos del proyecto.

15. El proyecto detalla su metodología.

16. El proyecto incluye una o varias actividades innovadoras.

17. Proyecto que incide en varias temáticas de la presente convocatoria.

18. El proyecto incluye una previsión de los resultados que se quieren conseguir.

19. El proyecto incluye indicadores para la evaluación de los resultados de la actividad y la consecución de los objetivos que se prevén.

20. El proyecto incluye una o varias actividades previstas por más de cincuenta usuarios directos (se valorará como ½ usuario si son usuarios no presenciales).

21. El proyecto incluye una o varias actividades con más de un monitor.

22. El proyecto incluye una o varias actividades de más de 24 horas de duración.

23. El proyecto incluye una o varias actividades con monitores especializados.

24. El proyecto incluye más de tres acciones.

25. El proyecto incluye una o varias actividades de temáticas de actualidad.

26. Proyecto englobado en un programa plurianual.

27. Proyecto incluido a un plan de difusión para darlo a conocer.

28. El proyecto incluye una o varias actividades que inciden, aunque sea indirectamente, en un número elevado de personas (más de ciento cincuenta).

29. El proyecto incluye una o varias actividades con medidas concretas para fomentar la igualdad de género.

30. El proyecto incluye una o varias actividades con medidas concretas de responsabilidad social.

31. Inclusión en el proyecto o en alguna de sus actividades a colectivos vulnerables.

32. Inclusión en el proyecto o en alguna de sus actividades a personas con diversidad funcional.

33. El proyecto incluye una o varias actividades dirigidas contra la violencia de género en jóvenes.

34. El proyecto incluye una o varias actividades dirigidas a la integración de culturas minoritarias.

35. Participación de varias asociaciones al proyecto.

36. El proyecto fomenta una actitud crítica ante cualquier discriminación.

37. El proyecto tiene como lengua vehicular el catalán.

38. El proyecto incluye una o varias actividades desarrolladas en más de un municipio.

39. El proyecto incluye una o varias actividades cofinanciadas por más de una administración o entidad.

40. El proyecto incluye una o varias actividades que utilizan espacios públicos para su desarrollo.

41. El proyecto incluye una o varias actividades únicamente dirigidas a la juventud.

42. Participación de voluntarios en el desarrollo de alguna de las actividades del proyecto.

43. El proyecto incluye una o varias actividades o estrategias dirigidas a la conservación de espacios naturales y/o a la reducción del impacto ambiental de la actividad.

44. El proyecto incluye una o varias actividades que promueven la gestión sostenible de los residuos.

45. El proyecto incluye una o varias actividades de integración con la población del municipio donde se desarrolle.

46. El proyecto incluye una o varias actividades con objetivos de carácter intergeneracional.

47. El proyecto incluye una o varias actividades financiadas, al menos, en un 30% con los recursos propios de la entidad solicitante.

48. El proyecto incluye una o varias actividades que contengan acciones capaces de generar grupos estables frente a actuaciones puntuales.

49. El proyecto es participativo y prevé la contribución de los usuarios en la creación del proyecto o alguna de las actividades.

50. Acceso gratuito a los usuarios en una o varias actividades del proyecto.

4. Régimen de concurrencia

4.1. El procedimiento para seleccionar las entidades beneficiarias es la concurrencia no competitiva, por lo cual, no se fija un orden de prelación si las solicitudes reúnen los requisitos y si hay crédito suficiente. En caso contrario, la prelación de la concesión vendrá dada por la orden de entrada de la solicitud en el registro, siempre que el expediente sea correcto y aporte los documentos preceptivos, hasta agotar el total del crédito asignado.

4.2. Las solicitudes presentadas pueden perder el número de orden de entrada si se les ha hecho algún requerimiento para subsanar la documentación. Si se da el caso, la entidad beneficiaria pasará a tener el número de orden de entrada obtenido en el momento de presentar la documentación mencionada en el Registro general.

5. Periodo de los gastos subvencionables

El periodo de los gastos subvencionables será del 1 de septiembre de 2018 a 31 de agosto de 2019 (ambos incluidos). Las fechas de las facturas y los justificantes de pagos de los gastos tienen que corresponder a este periodo.

6. Beneficiarios

6.1. Podrán solicitar la participación en esta convocatoria de subvenciones las entidades juveniles/ entidades prestadoras de servicios a la juventud recogidas al artículo 59 de la Ley 10/2006, de 26 de julio integral de la juventud y que cumplan todos los siguientes requisitos:

- Tener la sede de la entidad en la isla de Mallorca.

- Estar constituidas legalmente.

- Ser asociaciones sin ánimo de lucro.

- Dirigir su objeto social a niños y/o jóvenes.

6.2. No podrán acogerse a la ayuda económica las entidades en las cuales concurre alguna de las prohibiciones en el artículo 8 de la Ordenanza de Subvenciones del Consell de Mallorca.

6.3. Cada entidad sólo puede presentar una solicitud de subvención por cada una de las líneas, la cual tiene que incluir el proyecto o los gastos que se quieren subvencionar con la cantidad solicitada en cada modalidad, si es necesario.

No obstante, los grupos, centros de tiempo libre, las agrupaciones o “moviments escoltes y las entidades que formen parte de asociaciones, inscritas en el Censo insular de entidades juveniles del Consell de Mallorca, en relación en la L2, pueden presentar solicitud individualmente, siempre que cumplan las tres condiciones siguientes: (Anexo 8)

- Que la autonomía de estos grupos esté prevista en los estatutos de la entidad principal.

- Que estén reconocidas expresamente como entidades dependientes de la entidad principal en el Censo de Entidades juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud del Consell de Mallorca.

- Que hayan presentado la memoria de actividades del año anterior, de manera individualizada.

Teniendo en cuenta que los grupos, centros de tiempo libre, de las agrupaciones o “movimients escoltes” y las entidades que formen parte de asociaciones comparten el mismo CIF, todas las subvenciones de la misma entidad matriz se abonarán a un único número de cuenta bancaria.

Constituye requisito indispensable para adquirir la condición de beneficiario de esta subvención que tanto la agrupación como la entidad matriz de la cual dependan no incurran, ninguna de los dos, en las prohibiciones que se establecen en el apartado 2 del artículo 8 de la Ordenanza de Subvenciones.

Tanto en la solicitud, como en la resolución se tienen que hacer constar los compromisos de ejecución que asume cada agrupación, así como la entidad matriz, de la misma manera que el importe de la subvención que se tiene que aplicar en cada uno.

7. Obligaciones de los beneficiarios

Los beneficiarios de las subvenciones tienen que cumplir las obligaciones que establece esta convocatoria respecto de los artículos 9 y 15 de la Ordenanza General de Subvenciones del Consell Insular de Mallorca mencionada y en el resto de normativa que sean aplicables.

8. Formalización de las solicitudes y acreditación de los requisitos

8.1. Las solicitudes se tienen que presentar con la siguiente documentación:

Documentación genérica:

a. Instancia de solicitud genérica (Anexo 1)

b. Copia compulsada de los estatutos actualizados de la entidad solicitante, siempre y cuando no estén presentados, actualizados, en el Censo de entidades juveniles del Consell de Mallorca.

c. Documento que acredite que la persona solicitante es la representante legal de la entidad.

d. Fotocopia compulsada del DNI del representante de la entidad y CIF de la entidad.

e. Declaración responsable de la entidad de no incurrir en ninguna de las causas previstas en el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de Igualdad de Mujeres y Hombres (Anexo 2).

f. Declaración responsable relativa al hecho que todo el personal que lleva a cabo actividades y que trabaja a la entidad, incluido el personal voluntario, cumple con los requisitos del artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento civil, y del artículo 8.4 de la Ley de Delincuentes Sexuales, regulado por el Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, y que dispone de los certificados que así lo acreditan (Anexo 2)

g. Declaración responsable de la entidad de no estar sometida a ninguna de las circunstancias que determinan la imposibilidad de obtener la condición de beneficiario de las subvenciones públicas recogidas en el artículo 8 de la Ordenanza General de Subvenciones mencionada. (Anexo 2)

h. De acuerdo con el establecido en el artículo 10.3 de la Ordenanza General de Subvenciones, mencionada, la solicitud de subvención comporta la autorización del solicitante para que el órgano que concede la subvención obtenga de manera directa la acreditación de las circunstancias de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a través de certificados telemáticos y, en este caso, el solicitante no tiene que aportar la certificación correspondiente.  Si el solicitante deniega expresamente el consentimiento para que el órgano instructor pida estos certificados, los tiene que aportar él mismo junto con la solicitud. (Anexo 2)

i. Solicitud de transferencia bancaria para pagos (Anexo 4)

A todo lo que no se diga aquí, se tiene que aplicar con carácter supletorio lo que dispone el artículo 10 de la Ordenanza General mencionada.

Documentación L1:

a. Presupuesto y descripción del proyecto presentado. (Anexo 3)

b. Copia de contrato de alquiler o documento de cesión, si se pide subvención para el abono de mensualidades, suministros o cualquier actividad relacionada con las infraestructuras. 

Documentación L2:

a. Presupuesto y descripción del proyecto presentado. (Anexo 3)

9. Régimen de compatibilidad

Esta subvención es compatible con otras ayudas o subvenciones, siempre que, según lo que prevé el artículo 16 de la Ordenanza mencionada, la cuantía de la subvención no sea superior, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos al coste de la actuación subvencionada.

10. Órgano instructor, procedimiento de concesión de la subvención, fiscalización y resolución

10.1. El órgano instructor es la Secretaria Técnica del Departamento de Desenvolupament Local, que tiene que llevar a cabo las actuaciones establecidas a la Ordenanza General de Subvenciones, y formular la propuesta de resolución. El órgano instructor puede requerir a la entidad solicitante los informes o las aclaraciones que considere convenientes.

10.2. De acuerdo con lo que se dispone en el artículo 18 de la Ordenanza General de Subvenciones, el órgano colegiado, que se denominará Comisión Evaluadora, tiene que emitir un informe en el que se concretará el resultado de la evaluación efectuada. Estará integrada por:

Presidente: Secretari/a Técnica de Desenvolupament Local.

Suplente: Director/en Insular de Cooperación Local y Caza.

Vocal 1: Rosalía Benítez Gil, técnica de Juventud. Suplente: Catalina Pou Llabrés, Técnica de grado medio de Juventud.

Vocal 2: Carlos Sanz Cunill, técnico economista del Servicio de Juventud. Suplente: Andreu Mateu Sastre, técnico de grado medio de Juventud.

Vocal 3: Maria Isabel Crespí Deyà, administrativa del Servicio de Juventud. Suplente: Paquita Company Buenaventura, administrativa del Servicio de Juventud.

Secretario: Consuelo Novo Torres, técnica jurídica del Servicio de Juventud. Suplente: Carmen Ventura Obrador, técnica del Servicio de Juventud.

10.3. La tramitación y gestión de esta convocatoria se sujeta a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad, no discriminación, eficacia y eficiencia establecidos en el artículo 5.4 de la Ordenanza General mencionada.

10.4. El procedimiento de selección de las entidades beneficiarias se lleva a cabo mediante concurrencia no competitiva, según riguroso orden de entrada en el Registro General del Consell de Mallorca, siempre que los interesados reúnan los requisitos y hasta que se agote el crédito presupuestario establecido en esta convocatoria y en los límites que recoge los puntos 1.3. i 3.2.

10.5. Presentar la solicitud equivale a aceptar la subvención, si se concede. La entidad beneficiaria puede desistir de su solicitud en cualquier momento del proceso antes de la resolución de concesión.

10.6. De acuerdo con el artículo 18 de la Ordenanza General mencionada, la Secretaría Técnica del Departamento de Desenvolupament Local tiene que instruir el expediente administrativo de concesión de las subvenciones y tiene que velar por el cumplimiento de los requisitos de la convocatoria, además de ejercer las facultades que prevé dicho artículo en su punto segundo.

10.7. El órgano instructor puede requerir a la persona interesada los informes o las aclaraciones que considere convenientes.

10.8. El consejero ejecutivo del Departamento de Desenvolupament Local es el órgano encargado de aprobar la convocatoria y los actos que se derivan: aprobación de la convocatoria, concesión, justificación de las subvenciones y reconocimiento de obligaciones.

10.9. La Intervención del Consell de Mallorca se encarga de fiscalizar previamente la convocatoria y los actos que se derivan: aprobación de la convocatoria, concesión, justificación de las subvenciones y reconocimiento de obligaciones.

10.10. El órgano instructor tiene que formular la propuesta de resolución de concesión que se tiene que enviar a Intervención para que la fiscalice. El contenido de esta propuesta se tiene que ajustar a lo dispuesto en el artículo 27 de la Ordenanza General mencionada, haciendo constar necesariamente las solicitudes admitidas, las subvenciones concedidas, además de las desestimadas o excluidas, las desistidas por finalización de crédito y, también, los desistimientos y las renuncias de las personas solicitantes.

10.11. Asimismo, también se tiene que adjuntar un informe de la Secretaría Técnica que deje constancia que las personas beneficiarias cumplen los requisitos necesarios para acceder a la subvención.

10.12. Una vez fiscalizada de conformidad, se tiene que elevar al consejero ejecutivo del Departamento de Desenvolupament Local del Consell Insular de Mallorca, para que resuelva la concesión de las subvenciones.

10.13. El Consejo de Mallorca, en cumplimiento de lo que prevén los artículos 14 y 19.2 de la Ordenanza General mencionada, tiene que enviar a la Base Nacional de Subvenciones información sobre la aprobación de esta convocatoria y de las concesiones que deriven.

Igualmente, esta convocatoria se tiene que publicar en el BOIB y en la sede electrónica del Consell Insular de Mallorca (www.conselldemallorca.net).

10.14. El plazo máximo de resolución es de tres (3) meses, contadores desde que finalice el plazo para presentar las solicitudes. Si no se ha dictado resolución transcurridos estos tres meses, se tiene que entender desestimada la solicitud, aunque la Administración tiene que dictar la resolución expresa.

10.15. La resolución de concesión se tiene que notificar oficialmente a las entidades interesadas con la publicación en el BOIB y en la sede electrónica del Consejo Insular de Mallorca (www.conselldemallorca.net).

11. Plazo y lugares de presentación de la solicitud

11.1. El plazo para presentar las solicitudes y toda la documentación es de quince (15) días hábiles, contadores a partir del día siguiente de haber publicado el extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB). Si el último día cae en día inhábil, el plazo se aplaza hasta el día hábil siguiente.

11.2. Las solicitudes se tienen que dirigir a la Dirección Insular de Juventud, del Departamento de Desenvolupament Local (Llar de la Juventud, c/ General Riera, 111), y se tienen que presentar en el plazo establecido en el punto 11.1, en cualquier Registro General del Consell Insular de Mallorca (Centro Cultural la Misericordia, plaza del Hospital, 4; sede del Consell, Palau Reial, 1; Llar de la Joventut: c/ General Riera, 111; y Llar de la Infància: c/ General Riera, 113).

Asimismo, también se pueden presentar en los lugares establecidos en el apartado 4 del artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de que la presentación se realizara por alguna de estas vías se enviará al correo electrónico joventut@conselldemallorca.net copia de la instancia de la solicitud de la subvención donde conste el sello de entrada con fecha y hora visibles. Si no constaran estos datos se entenderá por presentada la solicitud a la última hora del día de entrada del registro.

Si la solicitud se envía por correo, se tiene que presentar en Correos con el sobre abierto para que sellen la primera hoja del documento para acreditar la fecha, la hora y el minuto de presentación, según establece el artículo 31 del RD 1829/1999, de 3 de diciembre, para el cual se aprueba el Reglamento que regula la prestación de los servicios postales.

11.3. Si la solicitud o la documentación presentada no reúne los requisitos exigidos o no la acompañan los documentos necesarios, no se puede valorar y se tiene que aplicar el punto 4.2. de esta convocatoria.

En este caso, el órgano instructor tiene que requerir a las personas interesadas para que subsanen la falta o aporten los documentos necesarios en el plazo de 10 días hábiles, a partir del día siguiente de haber recibido el requerimiento correspondiente. Si subsanan la documentación, se tiene que aplicar lo que dispone el punto 4.2., si no lo hacen, se considerará que han desistido.

12. Pago de la subvención

12.1. Para poder percibir la subvención, las personas beneficiarias tienen que justificar la realización del objeto subvencionado y, tienen que estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social de la Administración del Estado, y de las obligaciones tributarias con el Consell Insular de Mallorca, y los organismos autónomos que dependen, impuestas por las disposiciones vigentes, como prevé el artículo 48.4 de la Ordenanza General mencionada.

12.2. El importe de las subvenciones se tiene que abonar una vez comprobado que se han cumplido los objetivos y la finalidad para la que se concedió y se compruebe la conformidad de los gastos aportados.

12.3. Sólo se abonará el importe concedido y justificado correctamente por la entidad beneficiaria. En el caso de que la cuantía justificada sea inferior a la cuantía concedida se tramitará el correspondiente expediente de pérdida parcial o total del derecho a cobrar la subvención y reducción del importe de la subvención correspondiente.

13. Justificación de la subvención

13.1. Una vez finalizado el periodo subvencionable indicado en el punto 5 de esta convocatoria, la entidad beneficiaria tiene que presentar, de acuerdo con el artículo 39 de la Ordenanza General, mencionada, una cuenta justificativa integrada por los documentos enumerados en el punto 14.

13.2. Se presentará una cuenta justificativa individual por línea concedida.

13.3. Las entidades beneficiarias de las subvenciones convocadas disponen hasta el 15 de septiembre del 2019 para enviar al Consell de Mallorca la justificación de las actuaciones subvencionables.

En el caso de que la concesión de las subvención fuese en fecha posterior a la indicada en el anterior párrafo el plazo para presentar la justificación será de diez (10) días, contadores desde el día siguiente de la notificación de la concesión de las subvención objeto de la presente convocatoria.

13.4. Si no se presenta la justificación delante del órgano administrativo competente en el plazo establecido, se deberá requerir a la persona beneficiaria para que la presente, en el plazo improrrogable de quince (15) días hábiles, contadores desde el día siguiente de recibir la notificación.

13.5. Si la documentación que se presenta como justificación, es incompleta o incorrecta, se tiene que requerir a la entidad beneficiaria para que rectifique o aporte los documentos necesarios en el plazo de diez (10) días hábiles improrrogables, de acuerdo con lo que establece el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No hacerlo supone perder el derecho a cobrar la subvención que corresponda total o parcialmente.

14. Contenido de la cuenta justificativa

14.1. En general, para cada una de las dos líneas:

· Memoria técnica del proyecto (Anexo 5)

· Declaración responsable de la entidad beneficiaria de la subvención, mediante la cual acredita que los gastos relacionados en la memoria económica corresponden, sin duda, a la actividad subvencionada. (Anexo 6)

· Declaración responsable de otros apoyos, subvenciones o ayudas recibidas (Anexo 6)

· Declaración expresa sobre si el impuesto indirecto IVA, se recuperará y si lo compensará o no. (Anexo 6)

· Relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, en que se tienen que identificar la persona acreedora y el documento, el importe, la fecha de emisión y la fecha de pago. (Anexo 7)

· Declaración expresa sobre que los gastos realizados se ajustan al valor de mercado. (Anexo 6)

· Los justificantes del gasto (original o copia compulsada) con la acreditación de haber sido pagada a los acreedores.

14.2. La documentación acreditativa del pago se tiene que hacer de acuerdo con el artículo 48 de Ordenanza General de Subvenciones. Esta documentación se tiene que presentar en papel y en soporte electrónico (USB, lápiz de memoria, memoria flash...).

En soporte electrónico se tiene que presentar la relación de facturas en formato Excel y el resto de documentos en PDF.

Se tiene que presentar una cuenta justificativa para cada línea de subvención concedida.

14.3. En relación con la subvención de la L2 cuando diferentes agrupaciones de una misma entidad matriz hayan pedido subvención de manera independiente, a la hora de presentar la justificación de la subvención también lo tendrán que hacer  de manera individualizada, estando obligado a presentar toda la documentación requerida cada uno de ellos.

No obstante, los justificantes de pago de las facturas presentadas tendrán que estar hechos a través de una cuenta corriente de la entidad matriz.

Es más, se tendrá que presentar una declaración responsable de la entidad matriz que acredite de manera fehaciente que las facturas presentadas de fecha anterior a la fecha de la publicación de esta convocatoria en el BOIB, individualizándolas, corresponden a este agrupamiento (Anexo 9).

En cambio, todas las facturas con fecha posterior a la publicación de la convocatoria, además de hacer constar el nombre y CIF de la entidad matriz tendrán que incluir el nombre de la agrupación o entidad dependiente, de manera tal que quede totalmente acreditado a qué agrupación corresponde el gasto.

15. Infracciones, sanciones y pérdida de derecho al cobro

15.1. El régimen de infracciones y de sanciones administrativas aplicables es el que establece el título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº. 276, de 18 de noviembre de 2003), y el resto de la normativa aplicable y, en concreto, los artículos 63 y 64 de Ordenanza General de Subvenciones del Consell Insular de Mallorca.

15.2. El artículo 58 de la Ordenanza, antes mencionada, regula la pérdida del derecho de cobrar la subvención.

16. Publicidad

16.1. El Consell Insular de Mallorca, en cumplimiento de lo que prevén los artículos 17, 18 y 20 de la Ley 38/2003 mencionada, y de acuerdo con el artículo 14 y 19.2 de la Ordenanza General de Subvenciones mencionada, tiene que enviar la información sobre la convocatoria y sobre las resoluciones de concesión a la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

16.2. El extracto de la convocatoria de subvenciones y la resolución se tienen que publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, y se tienen que publicar en la sede electrónica del Consell Insular de Mallorca (www.conselldemallorca.net).

17. Normativa aplicable

Las subvenciones de esta convocatoria se rigen por lo que aquí se expone; por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, General de Subvenciones (BOE nº 176, de 25 de julio de 2006); por la Ordenanza General de Subvenciones del Consell Insular de Mallorca, mencionada; por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; por la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de Consejos Insulares; por el Reglamento Orgánico del Consell Insular de Mallorca, aprobado por el Pleno del Consell de Mallorca, de día 8 de marzo de 2004 y modificado por acuerdo del Pleno de 13 de octubre de 2011(BOIB nº 158, de 20 de octubre de 2011); por el Decreto de la Presidencia del Consell de día 9 de junio de 2017 (BOIB nº 73, de 15 de julio de 2017) por el cual se determina la organización del Consell insular de Mallorca, modificado por los Decretos de la Presidencia de 20 de junio de 2017, de 24 de julio de 2017, de 16 de enero de 2018, de 7 de febrero de 2018 y de 27 de marzo de 2018; la ordenanza vigente de procedimiento administrativo del Consell Insular de Mallorca, aprobada por el Pleno del Consell de Mallorca de 2 de mayo de 1995 (BOIB nº 100, de 10 de agosto de 1995), modificada por la Ley 4/99: Ley 11/2016, de 28 de julio, de Igualdad de Mujeres y Hombres, y el resto de la normativa que sea de aplicación.

18. Recursos

Las entidades pueden interponer un recurso de alzada contra la resolución de concesión de las subvenciones, que no pone fin a la vía administrativa, ante> el consejero ejecutivo del Departamento de Desenvolupament Local, en el plazo de un (1) mes contador a partir del día siguiente de publicarse la resolución.

Contra la desestimación expresa del recurso de alzada, se puede interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, contadores a partir del día siguiente de la notificación de la desestimación del recurso de alzada.

Si han transcurrido tres (3) meses desde la interposición del recurso de alzada y no se recibe ninguna notificación de resolución expresa, se tiene que entender desestimado por silencio y se puede interponer un recurso contencioso administrativo en el plazo de seis (6) meses, contadores desde el día siguiente de la desestimación presunta.

Todo esto de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Palma, 3 de abril de 2019

La Secretaria Técnica de Desarrollo local

(Por delegación del consejero  de Desarrollo Local.

Resolución de 21/9/2015. BOIB nº. 141, de 26 de septiembre de 2015)

Antònia Malagrava Cantallops

 

 

ANEXO 1

SOLICITUD DE LA CONVOCATORIA SUBVENCIONES PARA DESARROLLAR PROYECTOS DE ACTIVIDADES EN MATERIA DE JUVENTUD Y PARA EL MANTENIMIENTO DE LAS ENTIDADES JUVENILES CORRESPONDIENTES A 2019

DATOS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE

Entidad:

NIF:

Nombre de la agrupación (si se presenta solicitud por<A[por|para]> la L2 por varias agrupaciones de una misma entidad matriz):

 

Domicilio (a los efectos de notificaciones) 

Calle o plaza:

 

Localidad:

 

CP:

 

Teléfono:

 

Fax:

 

Correo electrónico:

 

Web:

 

Fecha fundación de la entidad:

 

Número de socios totales:

 

Número de socios entre 8 y 30 años:

 

Inscrita en el Censo insular de entidades juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud del Consell de Mallorca: SI   /   NO

 

Entidad dependiendo de una entidad matriz SI // NO

DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL/PERSONA AUTORIZADA

Nombre y apellidos:

 

Fecha nacimiento:                                                           NIF/NIE:

 

Teléfono:

 

Represente la entidad solicitante en calidad de:

 

EXPONE:

I.- Que hemos tenido conocimiento de la convocatoria subvenciones para desarrollar proyectos de actividades en materia de juventud y para el mantenimiento de las entidades juveniles correspondientes a 2019.

II.- Que la entidad que represento se quiere acoger a esta convocatoria dado que cumple todos y cada uno de los requisitos establecidos y, por ello, acompaña la documentación prevista en la convocatoria.

III.- Que de conformidad con las normas de la convocatoria de subvenciones 2019, que aceptamos íntegramente

Y por ello

 

SOLICITAMOS SUBVENCIÓN:

                                               L1: _______________________________CUANTÍA*

                                               L2:________________________________CUANTÍA

 

*  Las entidades dependientes no pueden solicitar L1, que únicamente la puede solicitar la entidad matriz

____________________, ______ de ________________________de 201____

El representante legal o persona   autorizada de la entidad solicitante    

(firma)    

HONORABLE SR. PRESIDENTE DEL CONSELL DE MALLORCA

 

 ANEXO 2

DECLARACIONES

___________________________________________________, como representante de la entidad____________________________________________________________, con NIF/NIE__________________________, en relación con la subvención concedida por el Departamento de Desenvolupament Local del Consell de Mallorca para llevar a cabo el proyecto _________________________________________________________,

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD:

1) Que acepto las bases y normas que rigen esta convocatoria

2) Que adjunto la documentación exigida

3) Que en relación con el IVA soportado en el gasto subvencionable de la ejecución del proyecto, de acuerdo con el artículo 8 de la Ordenanza General de Subvenciones del Consell de Mallorca

(   )  No recuperará ni compensará el IVA soportado del gasto subvencionable

(   ) Sí recuperará y/o compensará el IVA soportado del gasto subvencionable

4) Que la entidad que represento no incurre en ninguna de las prohibiciones que establecen los apartados 2, 3 y 4 del artículo 8 de la Ordenanza General de Subvenciones del Consell de Mallorca (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017)

5) En cumplimiento del artículo 11 de la Ley 11/2016 de 28 de julio (BOE de día 22 de agosto de 2016) de Igualdad de Mujeres y Hombres, declaro que la entidad que represento NO ha estado sancionada o condenada, en los últimos tres años, por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, sancionadas por resolución administrativa firme o por sentencia judicial firme.

6) En cumplimiento a los requisitos del artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y del artículo 8.4 de la Ley de Delincuentes Sexuales, regulado por el Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, declaro que todo el personal que lleva a cabo actividades y que trabaja a la entidad, incluido el personal voluntario dispone de certificado negativo de delitos sexuales.

7) Que la presentación de la solicitud de subvención conlleva la autorización del solicitante para que<A[porque|para que]> el órgano que concede la subvención obtenga de manera directa la acreditación de las circunstancias de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a través de certificados telemáticos y, en este caso, el solicitante no tiene que aportar la certificación correspondiente.

DENEGACIÓN EXPRESA DE LA AUTORIZACIÓN PARA SOLICITAR CERTIFICADOS TELEMÁTICOS DE LA AGENCIA TRIBUTARIA Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL

(   )  Deniego expresamente la autorización que prevé el arte. 10.3 de la Ordenanza General de Subvenciones del que el Consell Insular de Mallorca (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017, modificada por Acuerdo del Pleno de 14 de junio de 2018 BOIB nº. 96, de 4 de agosto de 2018), para que éste solicite y obtenga, ante<A[ante|delante de]> la Agencia Tributaria de la Administración del Estado y la Tesorería General de la Seguridad Social, la información relevante necesaria para comprobar que la entidad que represento está al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Nota: En el caso de denegar la mencionada autorización, el solicitante tendrá que aportar las correspondientes certificaciones junto con la solicitud.

____________________, ______ de ________________________de 201____

El representante legal o persona   

autorizada de la entidad solicitante    

(firma)    

 

CLÁUSULA INFORMATIVA SOBRE LOS DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

En cumplimiento de lo que establece la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, os informamos que:

1. Los datos que contenga la solicitud de admisión, la documentación que se adjunte o la documentación que se genere a partir de esta convocatoria, únicamente se tratarán dentro de este expediente. Y estos datos sirven, por una parte, para conceder las subvenciones previstas en esta convocatoria con el fin de alcanzar los objetivos y las finalidades recogidos en la base tercera y, por otra parte, si es el caso, para llevar a cabo la tramitación de los expedientes sancionadores por haberse cometido las infracciones recogidas en la normativa de subvenciones.

2. Cesiones de los datos previstos: en las publicaciones previstas en la convocatoria (BOIB, página web del Consell de Mallorca, Error! Referència d'enllaç no vàlida., según lo que prevé el artículo 14 de la Ordenanza General de Subvenciones del Consell de Mallorca y el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; a las personas interesadas en los términos previstos en la mencionada ley; y a la Intervención General del Estado en los términos previstos en el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Básica de Subvenciones.

3. El órgano administrativo delante del cual podéis ejercitar, si procede, los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y los otros que reconozca la ley orgánica mencionada es la Secretaría Técnica del Departamento de Desenvolupament Local del Consell de Mallorca (Llar de la Juventud, c/ del General Riera, 111. 07010 Palma).

 

 

ANEXO 3

PROYECTO-PRESUPUESTO DEL PROYECTO L1//L2

(De este documento se tiene que presentar uno por cada una de las líneas solicitadas de manera independiente)

___________________________________________________, como representante de la entidad__________________________________________________________, con NIF/NIE__________________________, en relación con la subvención concedida por el Departamento de Desarrollo Local del Consell de Mallorca para llevar a cabo el proyecto ____________________________________________________________________,

Declaro

Descripción breve de la entidad solicitante:

 

 

 

 

 

Proyecto y/o actividad que se presenta:

 

 

 

 

 

Objetivos a alcanzar:

 

 

 

 

 

Detalle de cada acción, que incluya:

i. Descripción

ii. Número y tipología de los destinatarios (si son presenciales o no).

iii. Fechas, horario, lugarde realización y otros datos de interés.

iv. Recursos humanos y materiales que se destinarán.

 

 

 

 

 

Metodología de trabajo:

i.      Programación de actividades

ii.     Colaboración con otras entidades.

iii.    Seguimiento y evaluación de las actividades.

iv.    Datos relevantes que se han tenido en cuenta para la programación de las actividades

 

 

 

 

 

Presupuesto que tiene que servir de base. El presupuesto total de lo solicitado tiene que estar formado por el conjunto de partidas o conceptos subvencionables:

 

 

 

 

 

(   ) Importe total del presupuesto con IVA:

(   ) Importe total del presupuesto sin IVA:

CANTIDAD QUE SOLICITO: _______________________€

Nota: * Si no cabe la descripción del proyecto en este apartado se puede presentar documento adjunto.

_____________________, ______ de ________________________de 201__

El representante legal o persona  autorizada de la entidad solicitante    

(firma)    

 

 

ANEXO 4

SOLICITUD DE TRANSFERENCIA BANCARIA PARA PAGOS

DATOS DEL PERCEPTOR

NIF PERCEPTOR

 

APELLIDOS Y NOMBRE / RAZÓN SOCIAL

 

DIRECCIÓN

 

LOCALIDAD

C. POSTAL

PROVINCIA

 

 

 

TELÉFONO

FAX

 

 

 

 

DATOS BANCARIOS

ENTIDAD BANCARIA/SUCURSAL

BIC

 

 

IBAN

BANCO

OFICINA

CUENTA NÚM

 

 

 

 

 

 

Bajo mi responsabilidad, declaro que estos datos corresponden en la cuenta corriente o la libreta abierta a nombre mío.

 CERTIFICADO DE CONFORMIDAD __________. __ de ___________de 201__

DE LA ENTIDAD BANCARIA:  

(Estos datos coinciden con las que constan en esta oficina):  

El perceptor,

El director / el delegado,  

Firma:_____________________   Firma

(sello de la entidad bancaria)

En cumplimiento de lo que dispone la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, la persona interesada da el consentimiento en el tratamiento de sus datos personales incluidos en la solicitud con la finalidad de gestionarlas. Os informamos de que los datos recogidos serán guardados en unos o más ficheros gestionados por la Dirección insular de Juventud. Os comunicamos que tenéis derecho a acceder a la información que os afecta, rectificarla, si es errónea, cancelarla u oponeros en el tratamiento en cuanto a los datos facilitados. Para ejercer estos derechos, os tenéis que dirigir por escrito a la Dirección Insular de Juventud del Consell de Mallorca (Llar de la Juventut, c/ del General Riera, 111. 07010 Palma).

 

 ANEXO 5

MEMORIA TÉCNICA DEL PROYECTO L1//L2

(De este documento se tiene que presentar uno por cada una de las líneas solicitadas de manera independiente)

___________________________________________________, como representante de la entidad__________________________________________________________, con NIF/NIE__________________________, en relación con la subvención concedida por el Departamento de Desenvolupament Local del Consell de Mallorca para llevar a cabo el proyecto _______________________________________________________,

Declaro bajo mi responsabilidad:

1. Que el proyecto se ha realizado

2. Que la evaluación de los resultados obtenidos por la ejecución del proyecto mencionado son los siguientes:

* Grado de consecución de los objetivos planteados:

 

 

 

 

 

 

* Explicación detallada de la actividad:

 

 

 

 

 

 

* Grado de cumplimiento del plan de trabajo de la actividad:

 

 

 

 

 

 

* Evaluación del proyecto:

 

 

 

 

 

 

* Valoración de los recursos utilizados:

 

 

 

 

 

 

​​​​​​​

* Asistentes a la actividad del proyecto, así como participantes o colaboradores en el proyecto:

 

 

 

 

 

 

* Valoración de la difusión realizada de la actividad (alcance territorial, medios de comunicación, apoyos utilizados, etc.):

 

 

 

 

 

 

* Explicación relativa a la organización de actividades relacionadas con el proyecto (acto de presentación, conferencias, exposiciones ....), si procede:

 

 

 

 

 

 

* Explicación relativa a la trayectoria, continuidad y consolidación del proyecto ejecutado, si procede:

 

 

 

 

 

 

* Valoración de la innovación, originalidad y creatividad del proyecto:

 

 

 

 

 

 

* Comparativa entre el gasto presupuestado y el realizado:

 

 

 

 

 

 

* Fecha de finalización de ejecución del proyecto (de acuerdo con el punto tercero de la convocatoria):

 

 

 

 

 

(Si el espacio establecido para alguno de los apartados no fuera suficiente se puede presentar la información a través de una hoja aparte y presentarlo como hoja adjunta de este documento)

_____________________, ______ de ________________________de 201__

El representante legal o persona   autorizada de la entidad solicitante    

(firma)    

 

 

​​​​​​​ANEXO 6

(Este anexo sólo se tiene que cumplimentar y presentar si se tiene que justificar la subvención que se haya concedido en esta convocatoria. Se tiene que presentar de manera individualizada por cada una de las líneas si se ha pedido subvención por la L1 y/o L2)

DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE LA REALIZACIÓN DEL PROYECTO SUBVENCIONADO Y DE SU PRESUPUESTO

___________________________________________________, como representante de la entidad__________________________________________________________, con NIF/NIE__________________________, en relación con la subvención concedida por el Departamento de Desenvolupament Local del Consell de Mallorca para llevar a cabo el proyecto _______________________________________________________,

Declaro bajo mi responsabilidad:

1. Que el mencionado proyecto se ha realizado.

2. Que la relación detallada y equilibrada de gastos y de ingresos que integran el presupuesto ejecutado del proyecto señalado ha sido la que se adjunta.

3. Que el importe total de los gastos relacionados, corresponden sin lugar a dudas al presupuesto del proyecto subvencionado, y que no tienen un valor superior al de mercado.

4. Que el beneficiario/entidad beneficiaria en relación con el IVA soportado en el gasto subvencionable de la ejecución del proyecto y, de acuerdo con el artículo 39.1.2 g) de la Ordenanza General de Subvenciones del Consell de Mallorca:

(   ) No recupera ni compensa el IVA soportado del gasto subvencionable

(   ) Sí recupera y/o compensa el IVA soportado del gasto subvencionable

5. Que los gastos realizados se ajustan al valor de mercado.

6. Que el beneficiario/entidad beneficiaria con respecto al proyecto objeto de la solicitud:

(   )  No ha pedido ningún otro apoyo, ayuda o subvención.

(   ) Ha pedido para el proyecto siguiente los apoyos, las ayudas o las subvenciones que se detallan a continuación:

Proyecto de la solicitud: ________________________________________________

Entidad subvencionadora: ________________________________________________

Cuantía de la ayuda o subvención: ____________________________________________

Marcad con una “X” la casilla correspondiente

 

No resuelta

 

Denegada

 

Concedida y no recibida

 

Recibida

7. Que la subvención otorgada por el Consell de Mallorca se ha aplicado a la finalidad para la cual se concedió y que no supera -con las subvenciones y otros ingresos concurrentes- el presupuesto de ejecución del proyecto subvencionado

8. Que se adjuntan la totalidad de los justificantes compulsados u originales del presupuesto de ejecución del proyecto subvencionado.

_____________________, ______ de ________________________de 201__

El representante legal o persona   autorizada de la entidad solicitante    

(firma)    

 

ANEXO 7

_________________________________________________________________________________________________________________________________, como representante de la entidad____________________________________________________________________________, con NIF/NIE__________________________, en relación con la subvención concedida por el Departamento de Desvolupament Local del Consell de Mallorca para llevar a cabo el proyecto ________________________________________________________________________,

RELACIÓN DE GASTOS DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO SUBVENCIONADO L1//L2

N. ORDEN

N. FACTURA

FECHA EMISIÓN

PROVEEDOR

NIF

CONCEPTO

BASE IMPONIBLE

IVA

FECHA PAGO

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL GASTOS DE EJECUCIÓN

 €

Las facturas relacionadas antes no podrán utilizarse, en la cuantía imputada a la subvención, como justificantes para el cobro de otra ayuda y cumplen, sin lugar a dudas, el objeto de la subvención

_____________________, ______ de ________________________de 201__

El representante legal o persona   

autorizada de la entidad solicitante    

(firma)    

ANEXO 8

(Este anexo sólo se tiene que llenar y presentar si en la L2 los grupos, centros de tiempo libre, las agrupaciones o “moviments escoltes” y las entidades que formen parte de asociaciones han presentado varias solicitudes de subvención de manera individual)

DECLARACIÓN RESPONSABLE EN RELACIÓN AL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN EL APARTADO 6.3 DE LA CONVOCATORIA DE LA SUBVENCIÓN

__________________________________________________, como representante de la entidad______________________________________________________________________________, con NIF/NIE______________________, en relación con la subvención concedida por el Departamento de Desenvolupament Local del Consell de Mallorca para llevar a cabo el proyecto ____________________________________________________________________,

Declaro bajo mi responsabilidad:

1. Que los estatutos de la entidad matriz prevén la autonomía funcionarial de los grupos que la conforman.

2. Que en el Censo Insular de entidades Juveniles estambre reconocidos expresamente como entidades dependientes de la entidad principal.

3. Que el año pasado presentamos memoria de actividades de manera individualizada de la entidad matriz.

_____________________, ______ de ________________________de 201__

El representante legal de la entidad solicitante

(firma)

 

ANEXO 9

(Este anexo sólo se tiene que cumplimentar y presentar si en la L2 los grupos, centros de tiempo libre, las agrupaciones o “moviments escoltes” y las entidades que formen parte de asociaciones presentan varias solicitudes de subvención de manera individual)

_____________________________________________________________________________________________________________________, como representante de la entidad matriz_______________________________________________________________________________, con NIF/NIE__________________________, de la cual depende el agrupamiento _______________________________en relación con la subvención concedida por el Departamento de Desenvolupament Local del Consell de Mallorca para llevar a cabo el proyecto ________________________________________________________________________, de la L2 de la convocatoria subvenciones para desarrollar proyectos de actividades en materia de juventud y para el mantenimiento de las entidades juveniles correspondientes a 2019.

RELACIÓN DE GASTOS DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO SUBVENCIONADO L2

N. ORDEN

N. FACTURA

FECHA EMISIÓN

PROVEEDOR

NIF

CONCEPTO

BASE IMPONIBLE

IVA

FECHA PAGO

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL GASTOS DE EJECUCIÓN

 

 €

Declaro que las facturas relacionadas antes corresponden únicamente al agrupamiento determinado en el encabezamiento de este documento, que depende de la entidad matriz.

_____________________, ______ de ________________________de 201__

El representante legal o persona   

autorizada de la entidad solicitante    

(firma)