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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE MANACOR

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 3 DE MANACOR

Núm. 3420
Procedimiento ordinario 111/2015

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Texto

Doña. MARIA DOLORES ANDRES GARCIA, Letrado d la Administración de Justica de JDO 1ª INSTANCIA 3 DE MANACOR,

ANUNCIO:

Por la presente se tramita Procedimiento Juicio Ordinario 111/2015 instancia de BBVA, frente a CELSO TURRADO SANTOS Y CARMEN CRISTINA HEIN RODRIGUEZ, se ha dictado sentencia cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA: 00113/2018

JUEZ QUE LA DICTA: JUAN MANUEL GOMEZ FORKER

Lugar: MANACOR.

Fecha: tres de octubre de dos mil dieciocho.

DON JUAN MANUEL GÓMEZ FORKER, Juez del Juzgado de Primera Instancia número  3 de Manacor, ha visto los presentes autos de JUICIO ORDINARIO núm. 111/2015, sobre reclamación de cantidad, siendo partes intervinientes, como demandante, la entidad BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA SA (en adelante, BBVA), representada por la Procuradora Doña Pilar Perelló Amengual y asistida por el Abogado Don Josep Masot Tejedor; como demandados, Don CELSO TURRADO SANTOS y Doña CARMEN CRISTINA HEINEN RODRÍGUEZ, en situación de rebeldía procesal.

FALLO

Que ESTIMANDO SUSTANCIALMENTE la demanda formulada por BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA SA (en adelante, BBVA), representada por la Procuradora Doña Pilar Perelló Amengual y asistida por el Abogado Don Josep Masot Tejedor; contra Don CELSO TURRADO SANTOS y Doña CARMEN CRISTINA HEINEN RODRÍGUEZ, en situación de rebeldía procesal, DECLARO abusiva y por tanto nula y sin efecto, la cláusula contractual que fija el interés moratorio en el 29%; y en consecuencia, CONDENO a los demandados, con carácter solidario, a abonar a la demandante la suma de 20.093,87 € en concepto de principal e intereses remuneratorios vencidos el 21 de enero de 2015, con más el interés legal desde la fecha de interpelación judicial, incrementado en dos puntos desde la fecha de esta resolución, hasta el completo pago; haciendo además expresa imposición de las costas causadas a dichos demandados.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma CABE RECURSO DE APELACIÓN en un plazo de 20 días, debiendo interponerse ante este mismo Juzgado para ante la Ilma. Audiencia Provincial (arts. 455 y siguientes LEC). Junto con el escrito de interposición se deberá presentar el documento acreditativo de haberse constituido depósito por importe de CINCUENTA EUROS (50.- €) en la cuenta de este Juzgado (D. A. 15ª LOPJ, en la redacción dada por la LO 1/2009, de 3 de noviembre), sin el cual no se admitirá a trámite el recurso. Asimismo y en su caso, deberá adjuntarse el modelo 696 de autoliquidación de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional debidamente validado.

Así por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo. Doy fe.

Manacor, a 2 de abril de 2019

LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA