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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE ESTELLENCS

Núm. 3375
Rectificación del error de la base para la convocatoria de una plaza de auxiliar administrativo/va del ayuntamiento de Estellencs, funcionario de carrera

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Detectado el error en el BOIB número 46 publicado el 9 de abril de 2019 en la versión catalana al punto cuarto primero,

donde dice:

CUARTA. SOLICITUDES

1.El anuncio de la convocatoria y las bases se publicarán así mismo en la sede electrónica del Ayuntamiento de Estellencs: http://www.ajestellencs.net/

2. Para ser admitidas, y en su caso, tomar parte en el procedimiento selectivo, será suficiente que las personas aspirantes manifiesten en sus solicitudes que reúnan todos y cada uno de los requisitos exigidos a la base tercera, siempre en referencia a la fecha de expiración del plazo para la presentación de solicitudes, adjuntando a su solicitud:

- Fotocopia del DNI o documento de identificación personal legalmente procedente en caso de personas nacionales de estados diferentes al estado español.

- Fotocopia de la titulación exigida para tomar parte en esta convocatoria.

-· Fotocopia cotejada de la documentación acreditativa del nivel de conocimiento de  lengua catalana exigido.

- Declaración jurada de la autenticidad de los documentos presentados como requisitos

- Documentación acreditativa de los méritos que se aleguen al efecto de valoración en la fase de concurso. No será necesaria la compulsa de los documentos que se presenten fotocopiados, bastando la declaración jurada del interesado sobre la autenticidad de los mismos, así como los datos que figuran en la instancia,  sin perjuicio de que, en cualquier momento, el Tribunal Calificador o los órganos competentes del Ayuntamiento de Estellencs puedan requerir a los aspirantes que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados y que hayan sido objeto de valoración.

Tiene que decir:

CUARTA. SOLICITUDES

1. Las solicitudes para participar al procedimiento selectivo se formalizarán de acuerdo con el modelo que figura en el anexo II de las presentes bases y se presentaran al Registro General del Ayuntamiento de Estellencs, directamente o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE. Si el último día del plazo para la presentación de solicitudes fuera inhábil o sábado, el plazo se entenderá ampliado hasta el primer día hábil siguiente.

El anuncio de la convocatoria y las bases se publicarán así mismo en la sede electrónica del Ayuntamiento de Estellencs: http://www.ajestellencs.net/

2. Para ser admitidas, y en su caso, tomar parte en el procedimiento selectivo, será suficiente que las personas aspirantes manifiesten en sus solicitudes que reúnan todos y cada uno de los requisitos exigidos a la base tercera, siempre en referencia a la fecha de expiración del plazo para la presentación de solicitudes, adjuntando a su solicitud:

- Fotocopia del DNI o documento de identificación personal legalmente procedente en caso de personas nacionales de estados diferentes al estado español.

- Fotocopia de la titulación exigida para tomar parte en esta convocatoria.

- Fotocopia cotejada de la documentación acreditativa del nivel de conocimiento de  lengua catalana exigido.

- Declaración jurada de la autenticidad de los documentos presentados como requisitos

- Documentación acreditativa de los méritos que se aleguen al efecto de valoración en la fase de concurso. No será necesaria la compulsa de los documentos que se presenten fotocopiados, bastando la declaración jurada del interesado sobre la autenticidad de los mismos, así como los datos que figuran en la instancia,  sin perjuicio de que, en cualquier momento, el Tribunal Calificador o los órganos competentes del Ayuntamiento de Estellencs puedan requerir a los aspirantes que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados y que hayan sido objeto de valoración.

 

Estellencs, 10 de abril del 2019

La Alcaldesa en funciones

Catalina Moragues