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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 3339
Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 25 de marzo de 2019 por la que se suprime a efectos administrativos la autonomía de gestión del Archivo y Museo de la Educación de las Illes Balears

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Texto

Hechos

1.  Mediante el Decreto 107/2001, de 3 de agosto, se creó el Archivo y Museo de la Educación de las Illes Balears y se reguló su funcionamiento, de acuerdo con la definición del Consejo Internacional de los Museos (ICOM).

2.  El punto 2 del artículo 1 de este mismo Decreto establece que el Archivo y Museo de la Educación de las Illes Balears queda adscrito a la Consejería de Educación y Universidad, que también lo gestiona.

3.  Mediante una resolución del consejero de Educación y Universidad de 14 de octubre de 2016 (BOIB nº 140, de 5 de noviembre) se reconoció, a efectos administrativos, la autonomía de gestión del Archivo y Museo de la Educación de las Illes Balears y se le otorgó el código administrativo 07509017.

4.  En fecha de 27 de febrero de 2019, el secretario general de la Consejería de Educación y Universidad, mediante una nota interna (NRS119/2019), solicitó al director general de Planificación, Ordenación y Centros la regularización de la gestión económica del Archivo y Museo de la Educación de las Illes Balears, explicando que, vista la peculiaridad de la normativa sobre la autonomía de gestión económica de los centros docentes y la naturaleza del Archivo y Museo de la Educación, en estos momentos la autonomía de gestión del Archivo y Museo se encuentra en un subprograma de la Dirección General de Innovación y Comunidad Educativa, y no como centro docente, por lo que es necesario regularizar su funcionamiento.

5.  El 14 de marzo de 2019 la jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre la supresión de la autonomía de gestión del Archivo y Museo de la Educación de las Illes Balears, dado que actualmente la asignación económica que recibe forma parte de un subprograma de la Dirección General de Innovación y Comunidad Educativa.

Fundamentos de derecho

1.  La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE nº 159, de 4 de julio).

2.  La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE nº 106, de 4 de mayo).

3.  La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 44, de 3 de abril).

4.  La Orden del consejero de Presidencia de 2 de diciembre de 2002, dictada a propuesta del consejero de Hacienda y Presupuestos y del consejero de Educación y Cultura, de desarrollo del Decreto 110/2002, de 2 de agosto, por el que se regula el procedimiento para llevar a cabo la autonomía de gestión económica de los centros docentes públicos no universitarios de la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 148, de 10 de diciembre).

5.  El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE nº 52, de 16 de marzo, y suplemento en catalán nº 9, de 16 de marzo), el cual establece en el artículo 36.2 que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

6.  El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 120, de 8 de agosto), modificado por el Decreto 1/2016, de 16 de febrero (BOIB nº 23, de 18 de febrero), y por el Decreto 11/2016, de 11 de mayo (BOIB nº 60, de 12 de mayo).

Por todo ello, y al amparo del artículo 16 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dicto la siguiente

Resolución

1. Suprimir a efectos administrativos la autonomía de gestión del Archivo y Museo de la Educación de las Illes Balears.

2. Determinar que el centro queda configurado de la siguiente manera:

Código de centro: 07509017

Denominación genérica: archivo y museo de la educación

Denominación específica: Archivo y Museo de la Educación de las Illes Balears

Domicilio: c. del Mestre Torrandell, nº 59

Localidad: Inca

Municipio: Inca

CP: 07300

3.  Comunicar esta Resolución a la Dirección General de Innovación y Comunidad Educativa y al Archivo y Museo de la Educación de las Illes Balears.

4.  Informar de esta Resolución al Departamento de Gestión Económica de la Secretaría General de la Consejería de Educación y Universidad a los efectos oportunos.

5.  Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la fecha en que se publique, de acuerdo con lo que se establece en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

Palma, 25 de marzo de 2019

El director general de Planificación, Ordenación y Centros Antonio Morante Milla