Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA
Núm. 3288
Aprobación del plan estratégico de subvenciones para el año 2019 del Consell Insular de Formentera
Se hace público el acuerdo adoptado por el Pleno del Consell Insular de Formentera con fecha 27 de febrero de 2019, del siguiente tenor:
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES 2019 DEL CONSELL INSULAR DE FORMENTERA
Preámbulo
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, supone un paso más en el proceso de perfeccionamiento y racionalización del sistema económico. Uno de los principios que rige la Ley es el de transparencia que, junto con la gran diversidad de instrumentos que articulan a la Ley, redunda de forma directa en un incremento de los niveles de eficiencia en la gestión del gasto público subvencional.
En este sentido, una mayor información en torno a las subvenciones hará posible eliminar las distorsiones e interferencias que pudieran afectar el mercado, además de facilitar la complementariedad y coherencia de las actuaciones de las diferentes Administraciones Públicas y evitar cualquier tipo de solapamiento. Para mejorar su eficacia, se prevé en la legislación que se proceda a elaborar un Plan Estratégico de Subvenciones, de carácter plurianual y con carácter previo al nacimiento de las subvenciones
Visto lo dispuesto en el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones, aplicable a las IIles Balears, y en particular, la disposición adicional segunda, que establece que los consells insulares tienen que adecuar la actividad de concesión de subvenciones a lo dispuesto en esta Ley (balear) cuando aquélla se desarrolle en materias en las que la comunidad autónoma les haya atribuido competencias.
Visto lo establecido en los artículos 175 a 177 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears, dedicados a la Acción de fomento y que respectivamente tratan los Principios generales, de las Subvenciones y de la Acción concertada.
Dado que con fecha 24 de junio de 2016 el Pleno del Consell Insular aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones 2.016-2.019 de este Consell Insular, el cual sale publicado en el BOIB núm. 93, de 23 de julio de 2016.
Dado que, con respecto al año 2019 se debe modificar ese Plan, debiendo ir en sincronía con el Presupuesto General de la Corporación para el año 2019, el cual se ha publicado en el BOIB núm. 6, de 12 de enero de 2019.
Es por ello que este Consell aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para el ejercicio 2019, con el siguiente articulado.
Capítulo I
Disposiciones generales
Artículo 1
El establecimiento de subvenciones por este Consell durante el período 2019 se ajustará a lo previsto en el presente Plan.
Artículo 2
El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este Plan requerirá la inclusión de las consignaciones correspondientes en el Presupuesto General del Consell para el año 2019 (el cual, aprobado debidamente, se ha publicado extractado el BOIB núm. 6, de 12 de enero de 2019) y también requerirá la aprobación, en su caso, de las reglas que contengan las bases reguladoras de su concesión.
Artículo 3
El establecimiento de subvenciones queda supeditado al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, por lo que las consignaciones presupuestarias y las bases reguladoras de su concesión se acomodarán a dichos objetivos.
Artículo 4
La aprobación del Plan estratégico de subvenciones no supone la generación de derechos en favor de las personas físicas o jurídicas potencialmente beneficiarias, que no podrán exigir indemnización o compensación alguna en caso de que el Plan no se lleve a la práctica en sus propios términos.
Capítulo II
Personas beneficiarias y materias para las que se establecerán subvenciones
Artículo 5
El Consell Insular concederá subvenciones a favor de las personas o entidades privadas con el fin de fomentar la realización de actividades de utilidad pública o interés social o para promover la consecución de fines públicos atribuidos a la competencia del Consell Insular.
Artículo 6
El Consell Insular establece subvenciones en las áreas de su competencia, que son las siguientes:
- Acción social: promoción de la mujer, juventud, asociacionismo y participación ciudadana, bienestar social, etc.
-Educación, Cultura y Patrimonio: música, patrimonio, expresiones culturales, áreas educativas, etc.
-Deportes: Deportes: Fomento y promoción del deporte escolar, promoción de actividades deportivas y de ocio.
-Agricultura, Ganadería, Pesca y Caza: fomento a la agricultura ganadería, cotos de caza, asociacionismo en estas materias, etc.
-Movilidad: Mejora de la movilidad a las personas con dificultades.
-Turismo y Comercio.
-Medio Ambiente.
Y, sin perjuicio de las obligaciones taxativas y imperativas que corresponden a otras Administraciones (como son la estatal y la autonómica balear, en virtud del artículo 138.1 in fine de la Constitución y del artículo 3 y de otros del Estatuto de autonomía de las Illes Balears, como la disposición adicional 6ª así como del resto de la normativa vigente) y de la plena responsabilidad que a ellas corresponde, a propósito de la atención especial y efectiva al hecho insular propio y exclusivo de Formentera, el Consell Insular de Formentera tratará de ayudar a paliar, en la medida de lo posible, con su política de subvenciones y fomento, las desventajas que se derivan de la doble y triple insularidad que padece isla y de la realidad inconcusa de lo que esta insularidad supone en buena parte de los órdenes de la vida.
La realidad de esta insularidad obliga a tener en cuenta el hecho indudable que, en muchas ocasiones, no es posible concurrencia de ningún tipo, o resulta muy dificultosa, entre los sujetos beneficiarios (como entidades privadas a las que se fomenta la realización de actividades de utilidad pública o interés social o la consecución de fines públicos atribuidos a la competencia del Consell Insular) por no existir más que una única entidad.
Asimismo, y en cumplimiento de la Ley 11/2016, de igualdad de mujeres y hombres, en todo momento se deberá tener en cuenta lo dispuesto en los artículos 3 y 5 (sobre inclusión de medidas, siempre que sea posible y adecuado, para conseguir una igualdad real entre mujeres y hombres); el artículo 4 (sobre obligación de fomento de una presencia equilibrada de mujeres y hombres en la composición de órganos); el artículo 11 (sobre prohibición de otorgamiento de subvenciones, becas y cualquier otro tipo de ayuda pública a las empresas y entidades solicitantes sancionadas o condenadas en los últimos tres años porque han ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, sancionadas por resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme) y 34 de dicha Ley (sobre participación ciudadana, de cara a futuras convocatorias de subvenciones).
Capítulo III
Subvenciones en materia de acción social
Artículo 7
En materia de acción social, el Consell establecerá, durante el periodo de vigencia del Plan, las siguientes líneas de subvención:
Actuación 1. Mujer: igualdad y prevención de la violencia de género
Objetivos. Incrementar las actividades encaminadas a la promoción, incorporación y permanencia de la mujer en el mundo laboral, tratar de conseguir la igualdad en todos los aspectos de la vida, facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral, perseguir el acoso sexual en el trabajo, conocer los conceptos básicos sobre violencia contra las mujeres y la influencia de las industrias culturales en su percepción social.
Finalidad. Conseguir la equiparación de los derechos y deberes de las mujeres frente a los hombres y aumentar la discriminación social de la violencia de género.
Financiación. Con fondos propios, con cargo al capítulo IV de los presupuestos del Consell Insular de Formentera.
Plan de acción:
• Impartir cursos de formación en los nuevos sectores de empleo, especialmente dirigidos a personas jóvenes, personas mayores de 45 años, mujeres con discapacidad e inmigrantes.
• Apoyar económicamente a las asociaciones de mujeres que tengan entre sus objetivos los propios del Plan.
• Subvencionar jornadas, actos, manifiestos, reuniones, conferencias, etc., que estén destinados a las mujeres ya sea para fomentar la igualdad como para prevenir la violencia de género.
• Apoyo a las mujeres víctimas de violencia.
• Apoyar la puesta en marcha de proyectos empresariales, sociedades laborales y cooperativas de mujeres, priorizando los proyectos innovadores en sectores emergentes.
Actuación 2. Juventud
Objetivos. Fomentar la realización de actividades de tiempo libre para la juventud, realizar cursos de formación de personal monitor y animador, promover el acceso a cursos de formación en el ámbito del tiempo libre, escuela y actividades de verano, programas de información a la juventud en relación con las drogas, fomentar el asociacionismo y el voluntariado entre los jóvenes, fomentar y apoyar a las asociaciones y entidades juveniles que presten servicios a la juventud y que programen o ejecuten actividades de tiempo libre para niños y jóvenes, promover actividades de información, documentación, orientación y asesoramiento juvenil, fomentar la movilidad geográfica de los jóvenes (entre las illes de la Comunidad y resto del Estado) para que puedan participar en viajes organizados, campamentos, colonias, y promover la actividad artística y cultural de los y las jóvenes.
Finalidad. Animar la expresión cultural juvenil, evitar la drogodependencia en los y las jóvenes de la isla, favorecer la constitución de Asociaciones de tiempo libre y generar líneas de fomento de oportunidades de trabajo, estudio y desarrollo para los jóvenes.
Financiación. Con fondos propios, con cargo al capítulo IV de los presupuestos del Consell Insular de Formentera.
Plan de acción:
• Desarrollar cursos de formación de personal monitor y animador.
• Promover la creación de foros de jóvenes en que obtengan información.
• Orientación para la búsqueda de trabajo.
• Desarrollar acciones y actividades del Plan Insular de Drogas.
• Fomento de alternativas de ocio saludable.
Actuación 3. Fomento del asociacionismo y la participación ciudadana
Objetivos. Incrementar el número de asociaciones existentes y proporcionar las herramientas que los ayuden a ser más dinámicas, desarrollo de asociaciones de con fines de carácter social, cultural y educativo, rechazar la violencia y el racismo, exploración de nuevas formas de intervención y planificación social comunitaria.
Finalidad. Creación de asociaciones destinadas a servicios sociales, favoreciendo la inserción de grupos sociales de ayuda al inmigrante, personas con discapacidad, cooperación local e internacional, personas mayores, ayuda a enfermos y atención comunitaria.
Financiación. Con fondos propios, con cargo al capítulo IV de los presupuestos del Consell Insular de Formentera.
Plan de acción
• Ayudas individuales y asociaciones que desarrollen su actividad con el colectivo de personas con discapacidad.
• Ayudas a asociaciones de casas regionales
• Ayudas a asociaciones de inmigrantes.
• Apoyo a la constitución de asociaciones.
• Ayudas a asociaciones de personas con algún tipo de enfermedad.
• Ayudas individuales y asociaciones de personas mayores de 65 años.
• Ayudas al mantenimiento de instalaciones de clubes y hogares de ancianos.
• Ayudas a desplazamientos especiales de los colectivos.
• Apoyo a entidades que desarrollen su actividad en el ámbito de intervención sociocomunitaria.
• Ayudas a familias de acogida de menores en riesgo.
• Ayudas a entidades de apoyo a la cooperación local e internacional.
Actuación 4: Convenio entre el Consell Insular de Formentera y la Asociación de Mayores del Pilar para regular la cesión temporal de espacios del Centro Administrativo y Cultural Polivalente "Casa del Poble de la Mola" para el mantenimiento del centro y para la promoción y sostenimiento de actividades asociativas y comunitarias.
Objetivos: Regular la cesión temporal de espacios del Centro Administrativo y Cultural Polivalente "Casa del Poble de la Mola", titularidad del Consell Insular de Formentera en el marco del Reglamento de funcionamiento del Centro Administrativo y Cultural Polivalente "Casa del Poble de la Mola "(BOIB núm. 89 1/07/2014). Favorecer la dinamización del tejido asociativo y de las actividades culturales y de ocio sin ánimo de lucro en el núcleo del Pilar de la Mola.
Finalidad: Colaborar en el marco de este convenio para la prestación de servicios públicos de carácter cívico, administrativo, social, cultural, comunicativo, informativo y de ocio, a la ciudadanía en general ya las entidades ciudadanas a la "Casa del Poble de la Mola ".
Financiación: Se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo IV de los presupuestos del Consell Insular de Formentera.
Capítulo IV
Subvenciones en materia de educación, cultura y patrimonio
Artículo 8
En materia de educación, cultura y patrimonio el Consell Insular de Formentera establece las siguientes líneas de subvenciones:
Actuación 1. Ayudas económicas para la adquisición de libros de texto, en los centros educativos de primaria y secundaria de Formentera que desarrollen el programa de reutilización de libros de texto, y ayudas individuales destinadas a estudiantes que cursen estudios de primaria o de secundaria que formen parte del programa de reutilización de los libros de texto, sean miembros de familia numerosa y / o monoparental y que sean residentes en la isla de Formentera.
Objetivos. Promover el uso solidario y cooperativo de los libros de texto reutilizables y el material didáctico de los cursos y niveles correspondientes en el nivel obligatorio. Minimizar el coste económico de la escolarización de los niños de las familias de Formentera.
Finalidad. Compensar parte del coste económico para la adquisición de libros y materiales didácticos para los fondos de reutilización de libros de texto en los centros educativos de primaria y secundaria.
Financiación. Se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo IV de los presupuestos del Consell Insular de Formentera
Actuación 2. Ayudas para el desplazamiento a estudiantes que cursen estudios superiores, ciclos formativos o de educación postobligatoria reglada o enseñanzas artísticas fuera de la isla de Formentera.
Objetivos. Favorecer la movilidad y las condiciones de igualdad en el ejercicio de la educación de los alumnos residentes en Formentera.
Finalidad. Compensar parte del coste económico del desplazamiento y residencia fuera de su domicilio familiar para realizar estudios que no se imparten en la isla de Formentera.
Atender, en la medida de lo posible, parte de los gastos derivados del hecho insular específico propio y exclusivo de Formentera, en relación a esta concreta materia, en consonancia con la disposición adicional 6ª del Estatuto de autonomía de las Illes Balears, dada la realidad pluriinsular de la comunidad autónoma.
Financiación. Se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo IV de los presupuestos del Consell Insular de Formentera.
Actuación 3. Becas de estudios superiores para estudiantes de Formentera
Objetivos. Garantizar las condiciones de igualdad en el ejercicio del derecho a la educación de nivel superior del alumnado formenterense que destaca académicamente y presenta mayor dificultad para asumir los costes que implican los estudios.
Finalidad. Contribuir a aumentar el número de formenterenses y fomentar con formación académica de nivel superior.
Atender, en la medida de lo posible, parte de los gastos derivados del hecho insular específico propio y exclusivo de Formentera, en relación a esta concreta materia, en consonancia con la disposición adicional 6ª del Estatuto de autonomía de las Illes Balears, dada la realidad pluriinsular de la comunidad autónoma.
Financiación. Se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo IV de los presupuestos del Consell Insular de Formentera.
Actuación 4. Ayudas económicas a las asociaciones de vecinos, comisiones de fiestas, asociaciones culturales y / o deportivas, sin ánimo de lucro, que tengan domicilio social y fiscal en la isla de Formentera, que estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del CIF, así como en el Registro de Asociaciones del Gobierno de las Illes Balears, para la realización de fiestas.
Objetivos. Impulsar la actividad de las asociaciones de vecinos, comisiones de fiestas y asociaciones culturales sin ánimo de lucro en materia de organización de actividades artísticas y culturales.
Finalidad. Defensa y crecimiento de las expresiones culturales en Formentera y favorecer la acción dinamizadora y la capacidad emprendedora de las asociaciones implicadas.
Financiación. Se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo IV de los presupuestos del Consell Insular de Formentera.
Actuación 5. Rehabilitación de paredes de piedra seca, soterramiento de líneas eléctricas y / o telefónicas existentes y intervenciones en bienes del patrimonio cultural de Formentera
Objetivos: fomentar la restauración, la conservación y el mantenimiento de los bienes que forman parte del patrimonio cultural de Formentera. Contribuir al mantenimiento del patrimonio cultural de la isla para que pueda ser disfrutado por la ciudadanía y transmitido a las generaciones futuras en las mejores condiciones de conservación posibles. Contribuir a la mejora del patrimonio paisajístico de Formentera.
Finalidad: establecer una línea de ayuda económica, como vía de colaboración entre la administración y los propietarios, con el fin de contribuir a sufragar los gastos de restauración, conservación y mantenimiento de paredes de piedra seca (técnica declarada Bien de interés cultural inmaterial), para llevar a cabo intervenciones en elementos del patrimonio cultural y para el soterramiento de líneas eléctricas y / o telefónicas existentes
Financiación: se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo IV de los presupuestos del Consell Insular de Formentera.
Actuación 6. Fomento del uso del catalán en los ámbitos del comercio, la restauración y los servicios de Formentera
Objetivos: Fomentar el uso de la lengua catalana en las actividades comerciales dentro de los ámbitos del comercio, la restauración y los servicios, de forma que la lengua catalana aumente su presencia progresivamente en Formentera.
Finalidad: Incrementar progresivamente la presencia de la lengua catalana en los sectores básicos de Formentera.
Financiación: Se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo IV de los presupuestos del Consell Insular de Formentera.
Actuación 7. Fomento de la cultura y de los medios audiovisuales en Formentera
Objetivos. Fomentar la creatividad y la producción de contenidos culturales en formatos audiovisuales, así como impulsar la actividad de los medios de comunicación locales.
Finalidad. Contribuir a la creación de contenidos audiovisuales en Formentera.
Financiación. Se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo IV de los presupuestos del Consell Insular de Formentera.
Actuación 8. Convenio de colaboración entre el Consell Insular de Formentera y la Fundació Illes Balears en materia de patrimonio cultural para el mantenimiento y apertura del molino Viejo de la Mola
Objetivos: Contribuir al mantenimiento del patrimonio cultural de la isla para que pueda ser disfrutado por la ciudadanía y transmitido a las generaciones futuras en las mejores condiciones de conservación posibles. Promover la conservación, la consolidación y la mejora de los bienes integrados del patrimonio histórico de titularidad pública y privada. Velar por la protección y la conservación del patrimonio paisajístico y arquitectónico de las Illes Balears, divulgar el conocimiento cultural y científico del patrimonio cultural, y fomentar su estudio y su difusión.
Finalidad: Que el molino Viejo de la Mola, que constituye un elemento patrimonial singular y destacado del municipio de Formentera, tenga un horario de visita adecuado para que todos puedan disfrutar de este patrimonio histórico y cultural en las mejores condiciones y que se realicen las tareas periódicas de mantenimiento y reparación del molino, especialmente de todas las partes que componen su mecánica, para que esté en condiciones de desarrollar su función original: la molienda de grano.
Financiación: Se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo IV de los presupuestos del Consell Insular de Formentera.
Actuación 9. Convenio de colaboración entre el Consell Insular de Formentera y el Obispado de Ibiza para dotar de personal vigilando la iglesia de Sant Francesc Xavier y el Fossar Vell
Objetivos: contribuir para que el patrimonio cultural de la isla pueda ser disfrutado por la ciudadanía y transmitido a las generaciones futuras en las mejores condiciones de conservación posibles. Promover la conservación, la consolidación y la mejora de los bienes integrados del patrimonio histórico de titularidad pública y privada. Velar por la protección y la conservación del patrimonio paisajístico y arquitectónico de las Illes Balears, divulgar el conocimiento cultural y científico del patrimonio cultural, y fomentar su estudio y su difusión.
Finalidad: Que la iglesia y el Fossar Vell de Sant Francesc Xavier, que son dos elementos que forman parte de su conjunto histórico (declarado bien de interés cultural por el Pleno del Consell Insular d’Eivissa i Formentera en fecha 29 de marzo de 1996 ) tengan un horario de visita adecuado, para que todos puedan disfrutar de este patrimonio histórico y cultural en las mejores condiciones posibles.
Financiación: se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo IV de los presupuestos del Consell Insular de Formentera.
Actuación 10. Convenio de colaboración entre el Consell Insular de Formentera y la Universitat de les Illes Balears para llevar a cabo la realización de informes sobre la declaración de bienes de interés cultural.
Objetivos: Informar sobre la declaración de bienes de interés cultural. Dado que entre las competencias de patrimonio histórico que ejerce el Consell Insular de Formentera está la tramitación de los procedimientos administrativos para declarar bienes de interés cultural y bienes catalogados en el ámbito territorial de Formentera, de conformidad con la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del patrimonio histórico de las Illes Balears y de acuerdo con el artículo 9 de la citada Ley, para la declaración de Bien de Interés Cultural es necesario informe favorable de al menos una de las instituciones consultivas previstas en el artículo 96, siendo la Universitat de las Illes Balears (UIB) una de estas instituciones consultivas, se establece este convenio de cooperación entre ambas instituciones.
Finalidad: La Universitat de las Illes Balears se compromete a emitir los informes a que se refiere la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del patrimonio histórico de las Illes Balears, solicitados por el área de Cultura y Patrimonio del Consell Insular de Formentera, para hacer posible la adecuada tramitación de los expedientes de declaración de bienes de interés cultural y para dar cumplimiento al plazo que la Ley marca para adoptar el acuerdo de declaración de los bienes de interés cultural, la Universitat de las Illes Balears se compromete a realizar los informes mencionados en un plazo de tres meses desde su solicitud.
Financiación: Se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo IV de los presupuestos del Consell Insular de Formentera.
Actuación 11. Beca de investigación en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad.
Objetivos: concesión de una beca de investigación del Consell Insular de Formentera.
Finalidad: la finalidad de esta beca es el impulso de la investigación científica vinculada por su temática en el ámbito de Formentera.
Financiación: se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo IV de los presupuestos del Consell Insular de Formentera.
Actuación 12. Convenio de colaboración entre el Consell Insular de Formentera y la Obra Cultural Balear de Formentera en materia de cultura y patrimonio
Objetivos: Contribuir a reforzar el abanico de la oferta cultural de Formentera. Fomentar y difundir la cultura y la lengua catalana, propia de las Illes Balears. Defender y promover el patrimonio cultural, histórico y natural de Formentera.
Finalidad: Colaborar en el marco de este convenio en la organización de actividades para que la ciudadanía de la isla pueda disfrutar de eventos diversos y participar, en muchos casos de forma activa, a la vez que se contribuye a dar a conocer el patrimonio cultural de Formentera.
Financiación: Se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo IV de los presupuestos del Consell Insular de Formentera.
Actuación 13. Convenio de colaboración entre el Consell Insular de Formentera y Espacio Frumentaria, en materia de promoción y difusión cultural
Objetivos: contribuir a reforzar el abanico de la oferta cultural de Formentera. Fomentar y difundir la creación y la producción teatral. Dinamizar y divulgar actividades artísticas y culturales.
Finalidad: colaborar en el marco de este convenio en la organización de actividades para que la ciudadanía de la isla pueda disfrutar de eventos diversos y participar, en muchos casos de forma activa, en actividades culturales así como en la parte que hace referencia en el aula de teatro que fomentará la creación y la producción teatral
Financiación: se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo IV de los presupuestos del Consell Insular de Formentera.
Actuación 14. Convenio entre el Consell Insular de Formentera y la Asociación de Mayores del Pilar para regular la cesión temporal de espacios del Centro Administrativo y Cultural Polivalente "Casa del Poble de la Mola" para el mantenimiento del centro y para la promoción y sostenimiento de actividades asociativas y comunitarias.
Objetivos: Regular la cesión temporal de espacios del Centro Administrativo y Cultural Polivalente "Casa del Poble de la Mola", titularidad del Consell Insular de Formentera en el marco del Reglamento de funcionamiento del Centro Administrativo y Cultural Polivalente "Casa del Poble de la Mola "(BOIB núm. 89 1/07/2014). Favorecer la dinamización del tejido asociativo y de las actividades culturales y de ocio sin ánimo de lucro en el núcleo del Pilar de la Mola.
Finalidad: colaborar en el marco de este convenio para la prestación de servicios públicos de carácter cívico, administrativo, social, cultural, comunicativo, informativo y de ocio, a la ciudadanía en general ya las entidades ciudadanas a la "Casa del Poble de la Mola ".
Financiación: Se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo IV de los presupuestos del Consell Insular de Formentera.
Capítulo V
Subvenciones en materia de deportes
Artículo 9
En materia de deportes, el Consell Insular, durante el periodo de vigencia del Plan, tendrá las siguientes líneas de subvención.
Actuación 1. Fomento de las prácticas deportivas mediante la convocatoria de concesión de subvenciones destinadas a clubes, deportistas, árbitros, entrenadores / entrenadoras y asociaciones sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, que colaboren con el Consell Insular de Formentera para fomentar la promoción, desarrollo y práctica deportiva.
Objetivos: promocionar a clubes, deportistas, árbitros, entrenadores y entrenadoras o asociaciones que realicen actividades cuya finalidad sea el fomento y la potenciación de la práctica deportiva en el municipio de Formentera.
Finalidad: aumentar el número de deportistas a los clubes o asociaciones deportivas ya registradas, y consolidar estos dentro del marco deportivo del municipio de Formentera, para el fomento del deporte.
Atender, en la medida de lo posible, parte de los gastos derivados del hecho insular específico propio y exclusivo de Formentera, en relación a esta concreta materia.
Financiación: a través de fondos propios, con cargo al capítulo IV de los presupuestos del Consell Insular de Formentera.
Plan de acción:
· Ayudas a potenciar y fomentar la actividad federada y competitiva, la formación y la proyección de los deportistas de Formentera mediante clubes o asociaciones sin ánimo de lucro.
· Ayudas a desplazamientos y transporte a competiciones y actividades deportivas de carácter oficial durante la temporada en curso.
· Ayudas a las escuelas deportivas y actividades para adultos. Ayudas a proyectos de dinamización y promoción del deporte escolar.
· Ayudas para la realización de proyectos de ámbito Internacional, Nacional o Regional celebrados en Formentera y con repercusión para la isla de Formentera.
Actuación 2. Ayudas económicas "Deporte y Mujer", para el Fomento de la práctica deportiva entre la población femenina destinadas a clubes y asociaciones sin ánimo de lucro, que colaboren con el Consell Insular de Formentera.
Objetivos: promocionar clubes o asociaciones que realicen actividades cuya finalidad sea el fomento y la potenciación de la práctica deportiva de la mujer en el municipio de Formentera.
Finalidad: aumentar el número de deportistas femeninas registradas dentro del marco deportivo del municipio de Formentera, para el fomento del deporte.
Financiación: a través de fondos propios, con cargo al capítulo IV de los presupuestos del Consell Insular de Formentera.
Actuación 3. Ayudas económicas para la gestión del funcionamiento y el mantenimiento de las instalaciones deportivas municipales destinadas a clubes y entidades deportivas registradas en el registro de entidades deportivas del Consell Insular de Formentera y del Gobierno de las Illes Balears que colaboren con el Consell Insular de Formentera.
Objetivos: promocionar el uso y el correcto funcionamiento y mantenimiento de las instalaciones deportivas municipales de la isla de Formentera.
Finalidad: Aumentar el uso de las instalaciones por parte de la población de Formentera para el fomento del deporte en condiciones óptimas de seguridad e higiene.
Financiación: a través de fondos propios, con cargo al capítulo IV de los presupuestos del Consell Insular de Formentera.
Actuación 4. Ayudas económicas para la gestión del funcionamiento de la escuelas deportivas municipales destinadas a federaciones deportivas, clubes y entidades deportivas registradas en el registro de entidades deportivas del Consell Insular de Formentera y del Govern que colaboren con el Consell Insular de Formentera.
Objetivos: promocionar el modelo deportivo de las escuelas municipales, basado en la formación y educación de los niños en edad escolar a través del deporte en la isla de Formentera.
Finalidad: fomentar un modelo de deporte y ocio educativo y de formación a través de los valores éticos que transmite el deporte.
Financiación: a través de fondos propios, con cargo al capítulo IV de los presupuestos del Consell Insular de Formentera.
Actuación 5. Ayudas económicas a deportistas destacados de Formentera que colaboren con el Consell Insular de Formentera en la promoción del deporte y la imagen de la isla de Formentera.
Objetivos: apoyar deportistas de nivel destacado y en proyección que promocionen la imagen y el deporte en la isla de Formentera.
Finalidad: mejorar las condiciones y rendimiento de los deportistas destacados de la isla de Formentera.
Financiación: a través de fondos propios, con cargo al capítulo IV de los presupuestos del Consell Insular de Formentera.
Actuación 6. Ayudas económicas para la organización, gestión y promoción de eventos deportivos en la isla de Formentera que colaboren con el Consell Insular de Formentera.
Objetivos: Organizar, gestionar y promocionar los eventos deportivos en la isla de Formentera.
Finalidad: Mejorar las condiciones de los clubes y entidades deportivas que organizan eventos deportivos en la isla de Formentera.
Financiación: a través de fondos propios, con cargo al capítulo IV de los presupuestos del Consell Insular de Formentera.
Capítulo VI
Subvenciones en materia de agricultura, ganadería, pesca y caza
Artículo 10
Actuación: ayudas dirigidas al sector primario y concretamente al del regadío, dentro del ámbito de la puesta en funcionamiento de la balsa de riego de Formentera.
Objetivos y efectos perseguidos: facilitar a la Comunidad de Regantes de Formentera la implantación del sistema de regadío que se ha puesto en funcionamiento. Mejora de los cultivos y formación en las técnicas de regadío.
Financiación: se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo IV de los presupuestos del Consell Insular de Formentera.
Capítulo VII
Subvenciones en materia de movilidad
Artículo 11
En materia de movilidad, el Consell Insular, durante el periodo de vigencia del Plan, llevará a cabo las siguientes líneas de subvención:
Actuación 1. Transporte a la demanda para personas jubiladas
Objetivos: favorecer la movilidad de las personas mayores de 65 años, personas jubiladas que tengan su domicilio en zonas diseminadas, alejadas de las paradas de línea regular de autobús.
Finalidad: mejorar la movilidad de estas personas, y facilitar la llegada al hospital, a Sant Francesc Xavier, en la Savina, en Sant Ferran y en el resto de núcleos urbanos y / o en los clubes de jubilados.
Financiación: se llevará a cabo mediante fondos propios, con cargo al capítulo IV de los presupuestos del Consell Insular de Formentera.
Actuación 2. Transporte regular para personas jubiladas
Objetivos: favorecer la movilidad de las personas mayores de 65 años, personas jubiladas con transporte regular de autobús.
Finalidad: mejorar la movilidad de estas personas, y evitar la exclusión social, facilitándoles la independencia de familiares, y fomentando este transporte.
Financiación: se llevará a cabo mediante fondos propios, con cargo al capítulo IV de los presupuestos del Consell Insular de Formentera
Capítulo VIII
Subvenciones en materia de turismo y comercio
Actuación: colaboración con la Cámara de Comercio y la PIMEF, entre otros, para apoyar a los comercios de Formentera y, especialmente, proteger el pequeño comercio, mejorar la gestión, aumentar la competitividad, potenciar la innovación , el diseño, la calidad, la promoción y la formación.
Objetivos y efectos perseguidos: ayudar a paliar los obstáculos que se encuentran los comerciantes, y realizar campañas de promoción, difusión, fomento y formación anual.
Financiación: se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo IV de los presupuestos del Consell Insular de Formentera.
Capítulo IX
Subvenciones en materia de medio ambiente
Artículo 12
Actuación: promocionar el turismo sostenible y lanzar un plan de acción para recaudar fondos que irán destinados exclusivamente a la conservación de la planta marina Posidonia oceánica.
Objetivos y efectos perseguidos: concienciar sobre la vital importancia de la posidonia en Formentera en el presente y, sobre todo, para las generaciones futuras.
Capítulo X
Control y evaluación del Plan
Artículo 13
El Conseller de Hacienda efectuará el control del cumplimiento del Plan durante su periodo de vigencia.
Durante el primer trimestre del año 2020, el Conseller de Hacienda presentará ante el Pleno un informe en el que se evalúe la ejecución del Plan presente.
Artículo 14
Finalizada la vigencia del Plan, y antes de la elaboración del siguiente, el Conseller de Economía deberá presentar ante el Pleno una actualización en una Memoria en la que se contemple, al menos, el grado de cumplimiento, el eficacia y la eficiencia de la concesión de subvenciones en la consecución de objetivos y efectos pretendidos y conclusiones, con propuesta de sugerencias para la elaboración del siguiente Plan Estratégico de subvenciones.
Disposición final única
Este plan sustituye a todos los efectos al aprobado el 24 de junio de 2016, publicado en el BOIB número 93, de 23 de julio de 2016, en lo que se refiere al año 2019, y resultará aplicable hasta que se acuerde la modificación o derogación expresa.
Formentera, 4 de abril de 2019.
El Vicepresidente Segundo y Conseller de Presidencia, Hacienda y Medio Rural
Bartomeu Escandell Tur