Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 3264
Resolución del Director General del Servicio de Salud de las Illes Balears de 2 de abril de 2019 por la que se convoca la provisión, por el sistema de promoción interna temporal, de una plaza vacante de personal estatutario de gestión y servicios de la categoría grupo de gestión de función administrativa de la plantilla orgánica autorizada de la Gerencia de Atención Primaria de Mallorca (PIT GAP 2/2019)
Hechos
1. Se encuentra vacante y dotada presupuestariamente una plaza de personal estatutario de gestión y servicios de la categoría grupo de gestión de función administrativa de la plantilla orgánica autorizada de la Gerencia de Atención Primaria de Mallorca, cuya provisión se considera necesaria.
Fundamentos de derecho
1. Art. 35 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.
2. Pacto de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Administración de la CAIB de 24 de febrero de 2012 por el que se regulan los criterios generales de la promoción interna temporal del personal estatutario del Servicio de Salud de las Illes Balears, corregido por el de 2 de marzo de 2012.
3. Nota interna del Director de Recursos Humanos y de Relaciones Laborales del Servicio de Salud de las Illes Balears de 21 de junio de 2017.
4. Resolución del director general del Servicio de Salud de las Illes Balears de 12 de febrero de 2016 por la que se delega la firma de la convocatoria, tramitación y resolución de la promoción interna temporal del personal estatutario fijo del Servicio de Salud.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Acordar la convocatoria pública para la provisión, por el sistema de promoción interna temporal, de una plaza vacante de personal estatutario de gestión y servicios de la categoría grupo de gestión de función administrativa (grupo A, subgrupo A2) de la plantilla orgánica autorizada de la Gerencia de Atención Primaria de Mallorca (PIT GAP 2/2019), de acuerdo con las especificaciones siguientes:
Lugar, centro de trabajo y adscripción funcional: Unidad administrativa de Recursos Humanos de la Gerencia de Atención Primaria de Mallorca, ubicada en la calle Escuela Graduada, núm. 3 de Palma (07002), sin perjuicio de que la persona seleccionada pueda ser destinada en cualquier momento a otro puesto, centro o servicio del Área de Salud de Mallorca dependiente de esta Gerencia.
Dependencia funcional: Depende funcionalmente del Director de Gestión y Servicios Generales de la Gerencia de Atención Primaria de Mallorca.
Retribuciones y situación administrativa: Durante el tiempo en que la persona seleccionada realice funciones en promoción interna temporal se mantendrá en servicio activo en su categoría de origen, y percibirá las retribuciones correspondientes a las funciones efectivamente desempeñadas, con excepción de los trienios, que serán los correspondientes a su nombramiento original.
Funciones o tareas principales: Las propias de la categoría y, además, las siguientes:
- Gestionar y tramitar, mediante el sistema de liquidación directa (SILTRA), la conciliación de datos de afiliación y cotización de las cuotas de la Seguridad Social del personal dependiente de Atención Primaria de Mallorca, mediante la emisión de los pertinentes borradores y liquidaciones.
- Gestionar las incidencias y transmitir la información pertinente a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) con el fin de corregir los errores observados en las liquidaciones del personal dependiente de Atención Primaria de Mallorca, en relación con el nuevo sistema de liquidación directa (SILTRA).
- Comprobar la correcta emisión de la facturación de la Seguridad Social respecto a las cuotas y, si procede, gestionar las reclamaciones que correspondan.
- Gestionar los procesos de incapacidad temporal y accidentes de trabajo mediante los sistemas de comunicación Acredit@ y DELTA y su correcta incorporación al sistema de liquidación directa (SILTRA).
- Todas aquellas funciones que le sean encomendadas en el ámbito de sus competencias.
Causas de finalización de la promoción interna temporal: Se producirá la terminación de la promoción interna temporal cuando la plaza sea ocupada por personal fijo por medio de un procedimiento establecido legal o reglamentariamente, o cuando la plaza sea amortizada.
2. Los requisitos para participar en la presente convocatoria son los que siguen:
a) Tener la condición de personal estatutario fijo del Servicio de Salud de las Illes Balears y prestar servicios en la Gerencia de Atención Primaria de Mallorca. Si la convocatoria se declara desierta en el caso de que no se haya presentado nadie que cumpla los requisitos, se prevé que no se extienda al personal que cumpla los requisitos del resto de las gerencias del Ib-Salut del Área de Salud de Mallorca.
b) Pertenecer a los subgrupos A2 (siempre que sean categorías diferentes a la que se convoca) C1 o C2 o a otras agrupaciones profesionales.
c) Estar en la situación de servicio activo.
d) Tener el título de ingeniero técnico, diplomado o graduado universitario, arquitecto técnico, formación profesional de tercer grado o equivalente.
En el caso de las titulaciones obtenidas en el extranjero, debe acreditar que están homologadas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
e) No padecer ninguna enfermedad ni estar afectado por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con las funciones inherentes a la categoría que se convoca.
f) Acreditar el conocimiento de la lengua catalana de nivel B2 (nivel avanzado) o equivalente.
Los requisitos exigidos para participar en esta convocatoria se deben cumplir en el término final del plazo para presentar solicitudes y se deben mantener a lo largo de todo el proceso selectivo hasta la toma de posesión de la plaza adjudicada.
3. Las personas interesadas en participar en la convocatoria deben presentar, en el plazo de veinte (20) días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria, la siguiente documentación:
Solicitud de participación en la convocatoria de acuerdo con el modelo que consta en el anexo II de esta resolución.
Documentación original o compulsada que acredite el cumplimiento de los requisitos y los méritos alegados. Respecto al requisito del punto 2.e) anterior, se tendrá por acreditado con una declaración jurada o prometida.
4. La documentación referida en el punto anterior se puede presentar en el registro de la Gerencia de Atención Primaria de Mallorca, ubicado en la calle Escuela Graduada, número 3, de Palma (07002) o en cualquiera de los lugares referidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5. La selección se hará por el procedimiento de concurso de méritos (máximo de 45 puntos) y, en su caso y a criterio de la Comisión de Selección, podría completarse con una prueba teórico-práctica específica de las funciones que hay que desempeñar (máximo de 55 puntos). En este segundo caso, la calificación final se obtendría sumando las puntuaciones obtenidas del concurso de méritos y de la prueba teórico-práctica.
La prueba teórico-práctica específica de las funciones a desempeñar, en caso de que se lleve a cabo, tendrá carácter obligatorio y eliminatorio, y deberá valorarse de 0 a 55 puntos y para superarla se deberá obtener una puntuación mínima de 27,5 puntos. Los que no igualen o superen esta puntuación, no podrán pasar al concurso de méritos.
El concurso de méritos consistirá en la valoración de los méritos que las personas aspirantes acrediten de acuerdo con el baremo de méritos del anexo I. La puntuación máxima que se podrá obtener en el concurso de méritos es de 45 puntos.
El desarrollo del proceso selectivo será el siguiente:
a. Listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos (con la causa de exclusión) para participar en la convocatoria: Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Comisión de Selección verificará que las personas aspirantes han presentado la solicitud dentro del plazo referido en el punto 3 anterior y que cumplen los requisitos exigidos en la convocatoria, y confeccionará y publicará en la página web www.ibsalut.es (Profesionales/Recursos Humanos/Convocatorias específicas/Gerencia de Atención Primari y en el tablón de anuncios de la GAP Mallorca les listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos (con la causa de exclusión) para participar en la convocatoria.
Las personas interesadas dispondrán de un plazo de 5 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de estas listas, para presentar reclamaciones –que no tendrán carácter de recurso- o para enmendar los defectos apreciados.
b. Listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos (con la causa de exclusión) para participar en la convocatoria, y, en su caso, lugar, día y hora de la prueba teórico-práctica: Transcurrido el plazo de los 5 días hábiles referido en el párrafo anterior, y una vez resueltas, en su caso, las reclamaciones o enmiendas que se presenten por la Comisión de Selección, ésta confeccionará y publicará en la página web www.ibsalut.es (Profesionales/Recursos Humanos/Convocatorias específicas/Gerencia de Atención Primaria) y en el tablón de anuncios de la GAP Mallorca las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos (con la causa de exclusión) para participar en la convocatoria, en la que se establecerá también, si a criterio de la Comisión de Selección procede, el lugar, día y hora en que deberán hacer una prueba teórico-práctica, que se valorará hasta un máximo de 55 puntos, con el fin de acreditar ante la Comisión de Selección los conocimientos y la capacidad profesional con relación a las funciones específicas que hay que desempeñar.
Además de las preguntas propias de las funciones definidas, se considerará que forma parte del temario de la prueba, a modo orientativo, la normativa siguiente:
- Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
- Ley 40/2007, de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social.
- Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.
- Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo.
- Real Decreto 84/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social.
- Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social.
En caso de que hubiera una sola persona aspirante admitida en las listas definitivas que cumpliera los requisitos exigidos en la convocatoria y de que la Comisión de Selección considerara que no procede la realización de prueba teórico-práctica, se podrá resolver directamente la convocatoria en los términos previstos en la letra g) siguiente.
c. Listas provisionales de la prueba teórico-práctica: Una vez realizada, en su caso, la prueba teórico-práctica, la Comisión de Selección confeccionará y publicará en la página web www.ibsalut.es (Profesionales/Recursos Humanos/Convocatorias específicas/Gerencia de Atención Primaria) y en el tablón de anuncios de la GAP Mallorca las listas provisionales de las puntuaciones derivadas de la prueba teórico-práctica.
Las personas interesadas dispondrán de un plazo de 5 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de estas listas, para presentar reclamaciones –que no tendrán carácter de recurso- o para enmendar los defectos apreciados.
d. Listas definitivas de la prueba teórico-práctica: Transcurrido el plazo de los 5 días hábiles referido en el párrafo anterior, y una vez resueltas, en su caso, las reclamaciones o enmiendas que se presenten por la Comisión de Selección, ésta confeccionará y publicará en la página web www.ibsalut.es (Profesionales/Recursos Humanos/Convocatorias específicas/Gerencia de Atención Primaria) y en el tablón de anuncios de la GAP Mallorca las listas definitivas de las puntuaciones derivadas de la prueba teórico-práctica.
Solo superan la prueba teórico-práctica los que hayan obtenido una puntuación igual o superior a 27,5 puntos. Los que no igualen o superen esta puntuación, no podrán pasar al concurso de méritos.
En caso de que hubiera una sola persona aspirante que hubiera superado la prueba teórico-práctica, se podrá resolver directamente la convocatoria en los términos previstos en la letra g) siguiente.
e. Listas provisionales de méritos: Una vez publicadas las listas definitivas de las puntuaciones derivadas de la prueba teórico-práctica, si esta se hubiera realizado, o una vez publicadas las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos (con la causa de exclusión) para participar en la convocatoria, si la prueba teórico práctica no se hubiera realizado, la Comisión de Selección baremará los méritos alegados y aportados junto con la solicitud por cada una de las personas aspirantes de acuerdo con el baremo de méritos del anexo I adjunto, y confeccionará y publicará en la página web www.ibsalut.es (Profesionales/Recursos Humanos/Convocatorias específicas/Gerencia de Atención Primaria) y en el tablón de anuncios de la GAP Mallorca las listas provisionales de méritos.
Las personas interesadas dispondrán de un plazo de 5 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de estas listas, para presentar reclamaciones –que no tendrán carácter de recurso- o para enmendar los defectos apreciados.
f. Listas definitivas de méritos y puntuación total del proceso selectivo: Transcurrido el plazo de los 5 días hábiles referido en el párrafo anterior, y una vez resueltas, en su caso, las reclamaciones o enmiendas que se presenten por la Comisión de Selección, ésta confeccionará y publicará en la página web www.ibsalut.es (Profesionales/Recursos Humanos/Convocatorias específicas/Gerencia de Atención Primaria) y en el tablón de anuncios de la GAP Mallorca las listas definitivas de méritos.
Junto con dichas listas definitivas de méritos, se publicarán las listas con las puntuaciones totales del proceso selectivo (suma de las puntuaciones de la prueba teórico-práctica, en su caso, y méritos) con indicación del orden de prelación definitivo.
g. Resolución de la convocatoria: Finalizado el proceso selectivo, la Comisión de Selección elevará al director gerente de Atención Primaria de Mallorca la propuesta de resolución de la convocatoria con el orden de prelación definitivo, para que este órgano resuelva la presente convocatoria por medio de una resolución que debe publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
6. La Comisión de Selección estará formada por:
- Presidente/a: Francesc Planas Martorell, del grupo de gestión de función administrativa.
- Vocal: Joaquina Ripoll Sánchez, del grupo técnico de función administrativa.
- Secretario/a: Miquel Àngel Palou Bestard, del grupo técnico de función administrativa.
En cuanto a la abstención y la recusación de los miembros de la Comisión de Selección debe estarse a lo establecido en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en los artículos 22 y 23 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo.
Las funciones de la Comisión de Selección son las que siguen:
Verificar que las personas aspirantes han presentado la solicitud dentro del plazo referido en el punto 3 anterior y que cumplen los requisitos exigidos en la convocatoria.
Valorar los méritos alegados y aportados junto con la solicitud por cada una de las personas aspirantes participantes en la convocatoria de acuerdo con el baremo de méritos del anexo I adjunto.
Confeccionar y publicar las listas provisionales y definitivas de aspirantes admitidos y excluidos (con la causa de exclusión) para participar en la convocatoria.
Confeccionar y publicar las listas provisionales y definitivas de los méritos de las personas aspirantes admitidas de acuerdo con el baremo de méritos del anexo I adjunto.
Elaborar y valorar la prueba teórico-práctica, previo análisis de la necesidad o no de realización de la misma a la vista del número de participantes en la convocatoria, experiencia de los candidatos en relación con las funciones a desarrollar, o cualquier otro que la Comisión estime oportuno.
Confeccionar y publicar las listas provisionales y definitivas de los resultados de la prueba teórico-práctica, en su caso.
Resolver las reclamaciones o enmiendas que se presenten, así como las dudas que surjan en la aplicación del baremo de méritos y de la prueba teórico-práctica, en su caso.
Elevar al director gerente de Atención Primaria la propuesta de resolución de la convocatoria con el orden de prelación definitivo.
Cualquier otra referida al desarrollo del proceso.
7. La persona seleccionada en primer lugar del orden de prelación definitiva dispondrá de un plazo de un mes, a partir del siguiente al de la publicación de la resolución definitiva en el Boletín Oficial de las Illes Balears, para tomar posesión de la plaza vacante adjudicada en promoción interna temporal. Si no se incorporara en este plazo, se llamará a la persona seleccionada en segundo lugar del orden de prelación definitivo y así sucesivamente.
Efectuada la toma de posesión, se expedirá a la persona seleccionada un documento de promoción interna temporal donde conste la reserva de su plaza de origen y el desempeño temporal, y con carácter voluntario, de funciones correspondientes a un nombramiento de la categoría grupo de gestión de función administrativa.
8. Publicar la presente convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el director gerente de Atención Primaria de Mallorca, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación en el B.O.I.B., de acuerdo con los arts. 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el art. 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Palma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación en el B.O.I.B., de acuerdo con los arts. 8.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Palma, 2 de abril de 2019
La Consejera de Hacienda y Administraciones Públicas
P.D. El Director General del Servicio de Salud de las Illes Balears (B.O.I.B. 148/2015)
P.D. firma El Director Gerente de Atención Primaria de Mallorca (Resolución de 12/02/16)
Miquel Caldentey Tous
ANEXO I
Baremo de méritos de la convocatoria PIT GAP 2/2019
(Grupo de gestión de función administrativa)
1. Experiencia profesional (25 puntos)
1.1. Se computa el tiempo de servicios prestados que las personas aspirantes tengan reconocido hasta la fecha de publicación de la convocatoria en el B.O.I.B., de acuerdo con el baremo siguiente:
a) Por cada mes de servicio prestado en instituciones sanitarias públicas de la Unión Europea como personal estatutario, funcionario o laboral en la misma categoría a la que se opta o en plazas con el mismo contenido funcional: 0,14 puntos.
b) Por cada mes de servicio prestado ocupando un puesto directivo en instituciones sanitarias públicas del Sistema Nacional de Salud (solamente se valoran los servicios prestados si se tiene el título requerido para acceder a la categoría): 0,14 puntos.
c) Por cada mes de servicio prestado en centros públicos no sanitarios de la Unión Europea como personal estatutario, funcionario o laboral en la misma categoría o en plazas con el mismo contenido funcional: 0,105 puntos.
d) Por cada mes de servicio prestado en instituciones sanitarias públicas de la Unión Europea como personal estatutario, funcionario o laboral en la categoría grupo administrativo de la función administrativa o en plazas con el mismo contenido funcional: 0,105 puntos.
e) Por cada mes de servicio prestado en instituciones sanitarias públicas de la Unión Europea en una categoría distinta a la categoría a la cual se opta: 0,07 puntos.
1.2. Para valorar este apartado se tienen en cuenta los aspectos siguientes:
— La puntuación máxima que se puede obtener por la totalidad de los subapartados que lo integran es de 25 puntos.
— El cómputo de servicios prestados se calcula aplicando la fórmula siguiente: se suman todos los días de servicios prestados en cada uno de los subapartados anteriores y el resultado se divide entre 365. El cociente resultante se multiplica por 12, se desprecian los decimales del resultado obtenido y se le aplica el valor asignado al mes completo en el subapartado correspondiente.
— Un mismo período de tiempo no puede ser valorado por más de uno de los subapartados que lo integran.
— Tienen la consideración de instituciones sanitarias públicas los servicios centrales o periféricos de los servicios autonómicos de salud, los del INGESA, los del extinto INSALUD y los de los organismos equivalentes de la Unión Europea.
2. Formación continuada (15 puntos)
2.1. Se valoran los cursos, los seminarios, los talleres, los congresos, las jornadas, las reuniones científicas y otras actividades formativas que estén relacionadas directamente con el contenido de la categoría a la cual se opta, siempre que cumplan alguna de las características siguientes:
— Deben haber sido organizadas o impartidas por alguna administración pública (de acuerdo con el artículo 2 de la Ley 39/2015) o por alguna universidad, lo cual debe constar en el certificado correspondiente. En el caso de que la actividad haya sido organizada por una entidad de derecho público conforme al artículo 2.2 la Ley 39/2015, la persona aspirante debe acreditar esa condición.
— Actividades organizadas por organizaciones sindicales o entidades sin ánimo de lucro y que se hayan impartido en virtud de convenios suscritos con las administraciones públicas o con universidades, o bien que hayan sido acreditadas y/o subvencionadas por aquellas, lo cual ha de constar en el certificado correspondiente.
— Actividades llevadas a cabo en virtud de los acuerdos de formación continuada en las administraciones públicas y que estén organizadas por cualquiera de los promotores de formación continuada que hayan suscrito esos acuerdos.
2.2. Al efecto de lo que disponen los apartados anteriores, se considera que están relacionadas directamente con el contenido de la categoría a la cual se opta las actividades relacionadas con las áreas temáticas siguientes: Jurídico-Administrativa; Personal; Nóminas y Seguridad Social; informática referida a aplicaciones de ofimática de nivel de usuario; así como cualquier otra que a juicio del Tribunal esté relacionada con las funciones de la categoría. También, con un máximo de 150 horas (15 créditos CFC o LRU o 6 créditos ECTS) cada una, las áreas de Prevención de Riesgos Laborales y de Calidad.
2.3. Los diplomas o los certificados se valoran así:
a) Cuando se acredite la asistencia o el aprovechamiento: 0,1 puntos por cada crédito.
b) Cuando se acredite la impartición: 0,2 puntos por cada crédito.
c) En el caso de que en el diploma o en el certificado figure el número de horas en lugar del de créditos, se otorgará un crédito por cada diez horas. En el supuesto de que figuren simultáneamente créditos y horas, la valoración se hará siempre por los créditos certificados. En el caso de que no se especifiquen horas ni créditos, no se valorará esa actividad.
2.4. La puntuación máxima que puede obtenerse en este apartado es de 15 puntos.
3. Conocimientos orales y escritos de catalán (5 puntos)
Se valoran los certificados expedidos por la Escuela Balear de Administración Pública o los expedidos, reconocidos como equivalentes o los homologados por la Dirección General de Política Lingüística que acrediten el conocimiento de la lengua catalana que se indican a continuación, hasta una puntuación máxima de 5 puntos:
a) Certificado de nivel C1 (nivel de dominio funcional efectivo): 3 puntos
b) Certificado de nivel C2 (nivel de dominio): 4 puntos
c) Certificado E de lenguaje administrativo: 1 punto
Se valora solamente un certificado, excepto en el caso del certificado E de lenguaje administrativo, cuya puntuación se acumula a la puntuación del certificado de conocimiento de la lengua catalana más alto que se aporte. En el caso de que haya dudas sobre la validez de algún certificado o sobre la puntuación que debe otorgársele, se puede solicitar un informe a la Dirección General de Política Lingüística.
ANEXO II
Solicitud para participar en la convocatoria PIT GAP 2/2019
(Grupo de gestión de función administrativa)
Nombre y apellidos: ..............................................................................................
D.N.I./N.I.E./pasaporte:........................................................................................
Categoría de origen:..............................................................................................
Puesto de trabajo: ................................................................................................
Teléfono:...............................................................................................................
E-mail: .................................................................................................................
EXPONGO:
Que he tenido conocimiento de la publicación de la convocatoria para la provisión, por el sistema de promoción interna temporal, de una plaza vacante de personal estatutario de gestión y servicios de la categoría grupo de gestión de función administrativa de la plantilla orgánica autorizada de la Gerencia de Atención Primaria de Mallorca (PIT GAP 2/2019).
Que cumplo los requisitos exigidos para participar en la misma y estoy interesado/da en hacerlo.
SOLICITO:
Ser admitido y tomar parte en la convocatoria PIT GAP 2/2019.
[Fecha y firma]