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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 3130
Extracto de la Resolución del consejero de Educación y Universidad de 15 de marzo de 2019 por la que se convocan ayudas de desplazamiento para alumnos de las Illes Balears que cursen estudios universitarios en la Unión Europea (UE-28) durante el año académico 2018-2019

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Código identificación BDNS 445848

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/20013, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos nacional de Subvenciones

(http://pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios:

- Alumnos con domicilio familiar en las Illes Balears que se tienen que desplazar a otra comunidad autónoma de España o a otro país de la Unión Europea (UE-28) para cursar estudios de máster universitario oficial que no se imparten en la Universidad de las Illes Balears. A los efectos de esta convocatoria, no se consideran enseñanzas no impartidas las diferentes especialidades de un mismo título de máster universitario oficial que se imparte en la Universidad de las Illes Balears.

Alumnos con domicilio familiar en las Illes Balears que se tienen que desplazar a otra isla de las Baleares para cursar estudios de máster oficial que se imparten en la Universidad de las Illes Balears.

Alumnos con domicilio familiar en las Illes Balears que se tienen que desplazar a otra comunidad autónoma de España o a otro país de la Unión Europea (UE-28) para cursar estudios de máster universitario oficial que se imparten en la Universidad de las Illes Balears porque no han obtenido plaza en esta Universidad.

- Alumnos con domicilio familiar en las Illes Balears que se tienen que desplazar a otra isla de las Baleares para cursar estudios oficiales de grado que no se imparten en la isla de residencia en cualquier centro de la Universidad de las Illes Balears o para hacer prácticas de laboratorio obligatorias de los estudios de la Universidad Nacional de Educación a distancia.

- Alumnos con domicilio familiar en las Illes Balears que se tienen que desplazar a otra comunidad autónoma de España o a otro país de la Unión Europea (UE-28) para cursar, en centros propios de universidades públicas, estudios oficiales de grado que no se imparten en la Universidad de las Illes Balears ni a los centros adscritos a esta Universidad.

- Alumnos con domicilio familiar en las Illes Balears que se tienen que desplazar a otra comunidad autónoma de España o a otro país de la Unión Europea (UE-28) para cursar, en universidades privadas o en centros adscritos a universidades públicas o privadas, estudios oficiales de grado que no se imparten en la Universidad de las Illes Balears ni en los centros adscritos en esta Universidad.

- Alumnos con domicilio familiar en las Illes Balears que se tienen que desplazar a otra comunidad autónoma de España o a otro país de la Unión Europea (UE-28) para cursar, en centros propios de universidades públicas, estudios oficiales de grado porque no han obtenido plaza en la Universidad de las Illes Balears ni en los centros adscritos a esta Universidad.

- Alumnos con domicilio familiar en las Illes Balears que se tienen que desplazar a otra comunidad autónoma de España o en otro país de la Unión Europea (UE-28) para cursar, en universidades privadas o en centros adscritos a universidades públicas o privadas, estudios oficiales de grado porque no han obtenido plaza en la Universidad de las Illes Balears ni en los centros adscritos a esta Universidad.

- Alumnos con domicilio familiar en las Illes Balears que se tienen que desplazar a otra comunidad autónoma de España o a otro país de la Unión Europea (UE-28) para cursar estudios oficiales de grado que en las Illes Balears sólo se imparten en centros adscritos a la Universidad de las Illes Balears.

 

Segundo. Objeto:

Ayudas para compensar parte del coste del desplazamiento de los alumnos de las Illes Balears que, visto el hecho insular, se tienen que desplazar y tienen que residir fuera de la isla donde se encuentra su domicilio familiar para cursar estudios universitarios en cualquier país de la Unión Europea (UE-28) durante el año académico 2018-2019.

Tercero. Bases reguladoras:

Orden de la consejera de Educación y Cultura, de 1 de julio de 2009, por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura, publicada en el BOIB núm. 100 de 11 de julio de 2009.

Cuarto. Cuantía:

La cuantía máxima de la convocatoria será de 500.000,00 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

Desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears hasta el 14 de junio de 2019.

 

Palma, 22 de marzo de 2019

El consejero de Educación y Universidad Martí X. March Cerdà

Per delegació de competències segons Resolució del conseller d’Educació i Universitat  de 19 d’octubre de 2015 (BOIB núm.156 de 27 d’octubre de 2015) El secretari general rancesc Gálvez Capellà