Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE ECONOMIA Y HACIENDA
Núm. 2893
Extracto de la resolución del consejero ejecutivo de Economía i Hacienda de 27 de marzo de 2019 por la cual se aprueba la convocatoria de subvenciones para apoyar a los servicios municipales de información turística, para el año 2019
BDNS (Identif.): 446701
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index)
Primero. Beneficiarios
- Ayuntamientos de Mallorca con una población inferior a 50.000 habitantes.
- Mancomunidades de Mallorca
Segundo. Objeto
Esta convocatoria tiene por objeto apoyar a los servicios municipales de información turística de las entidades locales y mancomunidades de Mallorca, y establecer una imagen corporativa con la aplicación de criterios de homogeneidad, identificación y calidad de los servicios de información turística.
La finalidad de la convocatoria es fomentar la edición de contenidos y material de información turística de forma gratuita, que den a conocer los lugares más emblemáticos y los monumentos locales e insulares, mejorar la señalización para favorecer el acceso a las oficinas de información turística y los recursos locales de interés para los visitantes, así como mejorar la imagen interior y exterior de las oficinas de información turística. Todo ello, debe realizarse según los criterios establecidos en el Manual de la imagen corporativa de información turística del Consell Insular de Mallorca.
Tercero. Bases reguladoras
Ordenanza General de Subvenciones del Consejo Insular de Mallorca (BOIB núm. 21, de 18 de febrero de 2017).
Cuarto. Cuantía
El presupuesto de gastos del Consejo Insular de Mallorca para el año 2018 ha destinado la cantidad de 240.000,00 € (dos cientos cuarenta mil euros) a las subvenciones objeto de esta convocatoria.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes, y toda la documentación anexa a la solicitud, es de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Butlletí Oficial de les Illes Balears, mediante la presentación en el Registro General del Consejo Insular de Mallorca, y también en los lugares establecidos en el apartado 4 del artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sexto. Otros datos
Los proyectos y las actividades subvencionadas tendrán que ser realizadas durante el periodo comprendido entre el día 2 de julio de 2017 y el 31 de julio de 2018 (ambos incluidos) en el caso de la línea 1 y de día 2 de enero de 2018 a día 1 de agosto de 2018 (ambos incluidos) en el caso de la línea 2.
El modelo normalizado de solicitud y la documentación que debe acompañarse, está disponible, igualmente, en la sede electrónica del Consejo Insular de Mallorca (https://seu.conselldemallorca.net/es/fitxa?key=12262)
Palma, 29 de març de 2019
La secretaria técnica de Economía y Hacienda
(Por delegación del consejero ejecutivo de Economía i Hacienda Resolución de 21 de julio de 2015, BOIB núm. 113, de 25 de julio)
M. Carmen Iglesias Manjón