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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA

Núm. 2884
Bases reguladoras de las ayudas a los particulares afectados por las lluvias intensa del 19 de octubre de 2018 en el municipio de Pollença para paliar y minimizar las pérdidas y los daños producidos

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Texto

El Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria de día 28 de marzo de 2019, ha aprobado las bases reguladoras de las ayudas a los particulares afectados por las lluvias intensa del 19 de octubre de 2018 en el municipio de Pollença para paliar y minimizar las pérdidas y los daños producidos s  (código base datos nacional de subvenciones 446969)

BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS A LOS PARTICULARES AFECTADOS POR LAS LLUVIAS INTENSAS DEL 19 DE OCTUBRE DE 2018 EN EL MUNICIPIO DE POLLENÇA PARA PALIAR Y MINIMITZAR LAS PÉRDIDAS Y LOS DAÑOS PRODUCIDOS

Base primera.- Objeto

El objeto de estas bases reguladoras es establecer las condiciones y el procedimiento para otorgar ayudas para paliar, corregir y minimizar las pérdidas y los daños producidos a particulares afectados por las lluvias intensas del 19 de octubre en el municipio de Pollença, desplegando la cláusula primera y el apartado 2a de la cláusula tercera del convenio de colaboración entre la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y el Ayuntamiento de Pollença de medidas para reparar las pérdidas y los daños producidos por dichas lluvias torrenciales.

El importe máximo que se destina a estas ayudas es de 200.000 euros, con cargo a la partida presupuestaria 151 78001 del vigente presupuesto prorrogado del Ayuntamiento para el ejercicio 2019, puesto que existe crédito adecuado y suficiente para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión de las ayudas.      

Base segunda.- Requisitos de las personas beneficiarias

Las personas beneficiarias de las ayudas deberán cumplir los requisitos siguientes:

  1. Acreditar los daños producidos a la vivienda y/o elementos anexos en los conceptos indicados en la base tercera de esta convocatoria a consecuencia de las lluvias intensas del día 19 de octubre de 2018 y el coste de reparación, restitución o rehabilitación, sin perjuicio de la verificación posterior de los servicios técnicos de la Administración municipal.

  2. No encontrarse incursas en ninguno de los supuestos de prohibición para ser beneficiarias de las subvenciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.      

  3. Ser propietarias o arrendatarias de inmuebles situados en el ámbito de afectación de las lluvias.

Base tercera.- Modalidades de ayudas para paliar y reparar los daños producidos

  1. Para las ayudas para paliar y reparar las pérdidas y los daños materiales sufridos se establecen las modalidades y los importes máximos que contienen los apartados siguientes para cada concepto:

1.1 Ayudas por daños producidos a la vivienda y sus anexos:

CONCEPTOS

     CANTIDAD DE LA AYUDA

Reparación, restitución y/o rehabilitación 

 

Limpieza barro/lluvias

                                                     650,00 €

Pintura

                                                  1.000,00 €

Muro/pared de piedra

€/m3                                   244,60 €/m3

Muro/pared de bloque

€/m2                                     35,00 €/m2

Muro/pared de marés

           €/m2                                   120,00 €/m2

Cerramientos rejilla / Malla electrosoldada

 Altura 2,2 m                             20,39 €/m

Altura 1,0 m                             10,00 €/m

Parqué

                                                 29,00 €/m2

Cristaleras

                                                     146,00 €

Instalaciones eléctricas

                                                  1.600,00 €

Instalaciones de aire acondicionado y calefacción

                                                  1.600,00 €

Maquinaria

 

Motor piscina

                                                     350,00 €

Bomba agua pozos

                                                     180,00 €

Caldera gasoil

                                                     800,00 €

Grupo electrógeno

                                                     800,00 €

Segadora

                                                     180,00 €

Generador

                                                     200,00 €

Hormigonera

                                                                      500,00 €

Motosierra

                                                     200,00 €

Compresor

                                                     250,00 €

Otros motores

                                                     500,00 €

Termo eléctrico

                                                     300,00 €

Electrodomésticos

 

Frigorífico

                                                     300,00 €

Lavadora

                                                     250,00 €

Lavavajillas

                                                     280,00 €

Horno

                                                     180,00 €

Congelador

                                                     292,00 €

Aparatos eléctricos

 

TV

                                                     390,40 €

Ordenador

                                                     703,00 €

Impresora

                                                     131,00 €

Tostador

                                                       67,00 € 

Aspirador

                                                     287,00 €

Mobiliario

 

Cama  (con colchón)

                                                  1.200,00 €

Mesita de noche

                                                     332,00 €

Armario

                                                  1.382,00 €

Cojines

                                                       55,00 €

Muebles de cocina (conjunto)

                                                  1.295,00 €

Sofá (conjunto)

                                                  1.041,00 €

Butaca

                                                     430,00 €

Mesas y sillas (conjunto)

                                                     645,00 €

Muebles de salón TV (conjunto)

                                                  1.084,00 €

1.2 Ayudas por daños producidos a vehículos

Para las ayudas para paliar daños de vehículos se establece la cantidad máxima de 6.000,00 € para los automóviles. Cuando se trate de una motocicleta, la cuantía máxima será de 2.000,00 €, y cuando se trate de un ciclomotor, será de 1.500,00 €. 

Pueden solicitar esta ayuda las personas beneficiarias que hayan sufrido la pérdida y/o daños materiales de su vehículo terrestre a motor.

No se puede solicitar más de una ayuda al Ayuntamiento por este concepto. 

2. En todo caso, cuando se trate de ayudas para cualquiera de las modalidades previstas en los puntos 1.1 y 1.2 de esta base tercera, y la vivienda, la edificación o los elementos maquinaria, enseres/herramientas o vehículos estén cubiertos por un seguro por daños, el importe de la ayuda a conceder, dentro de los importes máximos establecidos en cada supuesto, llegará, si procede, a la cantidad no cubierta por el seguro.

Así mismo, el importe de las ayudas a conceder que son compatibles con cualquier otra que con el mismo objeto puedan conceder otras administraciones públicas, no puede exceder, de forma aislada o en concurrencia con las que puedan otorgar otras administraciones públicas y los seguros privados, el coste total del daño producido.

3. Cuando la vivienda o edificación tenga más de un propietario, usufructuario o titular, el importe de la ayuda que le corresponde será el equivalente al porcentaje de participación.     

Base cuarta.- Presentación de solicitudes

1. Las personas interesadas que cumplen los requisitos que dispone la base segunda anterior pueden presentar las solicitudes de ayudas (anexo I) dirigidas al alcalde del Ayuntamiento de Pollença en el Registro general del Ayuntamiento (calle Calvari, 2, Pollença), en el registro auxiliar del general en la delegación del Port de Pollença (calle Metge Llopis, s/n) o en cualquiera de los lugares que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2. La solicitud de ayuda debe ir acompañada de la documentación acreditativa de los aspectos siguientes:

  1. Acreditación de la personalidad jurídica y datos personales.

  2. Acreditación de los daños producidos a consecuencia de las lluvias intensas del día 19 de octubre de 2018 y el coste de reparación, restitución o rehabilitación.

  3. Acreditación de la condición de propietario o usufructuario, y el porcentaje que corresponda, si procede, así como la de arrendatario o precarista de la vivienda.

  4. En el supuesto de que se soliciten las ayudas a las que se refiere la modalidad correspondiente al apartado 1.1 de la base tercera, que la vivienda afectada constituye el domicilio habitual y permanente del solicitante con anterioridad al episodio de lluvias.

  5. Declaración responsable de que la vivienda o inmueble afectado no tiene seguro o, en el caso de que esté asegurado, una copia de la póliza, y de las subvenciones o ayudas procedentes de otras administraciones públicas por el mismo objeto/concepto (anexo II).   

  6. Autorización al Ayuntamiento de Pollença para que pueda solicitar en su nombre información y vista de los expedientes administrativos que, en su caso, están en tramitación o liquidación ante el Consorcio de Compensación de Seguros, el Govern de las Illes Balears y el Gobierno de España.

  7. En el supuesto de que se soliciten las ayudas a las que se refiere la modalidad correspondiente al apartado 1.2 de la base tercera relativa a daños producidos a vehículos, la solicitud de ayuda deberá ir acompañada de la documentación siguiente: documento acreditativo de la propiedad del vehículo (permiso de circulación) y copia de la póliza de seguro, con el último recibo de pago. Si la ayuda solicitada es por la pérdida de vehículo siniestrado, la solicitud de ayuda tendrá que ir acompañada de la documentación siguiente: documento acreditativo de la propiedad del vehículo (permiso de circulación) y copia de la póliza de seguro, último recibo de pago y baja de la póliza; declaración de baja definitiva de vehículo siniestrado y documentación acreditativa de la adquisición de un nuevo vehículo.

  8. Declaración jurada o prometida de estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Pollença y las otras obligaciones tributarias y de la Seguridad Social que vengan impuestas por la normativa vigente, y de no encontrarse en ninguno de los supuestos de prohibición por ser beneficiario de subvenciones.

  9. Certificación bancaria en la que se hará constar el número de cuenta y su titular, donde se solicita que se efectúe el ingreso de la subvención que se pueda conceder (anexo III).    

  10. La autorización expresa a favor del Ayuntamiento de Pollença y la Administración autonómica para obtener los datos necesarios para la verificación o la comprobación de la concurrencia de los requisitos necesarios para la obtención de las ayudas.

  11. En el supuesto de que se soliciten las ayudas para la demolición y/o reconstrucción de estructuras, fachadas o particiones interiores de edificios afectados por daños producidos por las inundaciones, deberá adjuntarse a la solicitud la cédula de habitabilidad o el certificado de no infracción urbanística.

No será necesario presentar la documentación que ya esté a disposición del Ayuntamiento.

3. El plazo de presentación de solicitudes es de diez (10) días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria y de las bases en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en los tableros de anuncios del Ayuntamiento.   

De acuerdo con previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si la solicitud no cumple los requisitos que se indican o no incluye la documentación que corresponda, se requerirá a la persona interesada para que en el plazo de diez días hábiles subsane su falta o aporte los documentos preceptivos, con la indicación de que, si no lo hace, se considerará que desiste de su solicitud.

Base quinta.- Criterios de otorgamiento de las ayudas

1. El importe total de las ayudas será objeto de reparto entre los afectados, mediante procedimiento de concurrencia, es decir, a través de la comparación en único procedimiento de las solicitudes presentadas, con la finalidad de establecer una prelación entre éstas, con el límite del crédito presupuestario disponible para esta convocatoria.  

El importe de las ayudas a conceder, a efectos del cálculo de la subvención, está constituido por el presupuesto/coste material correspondiente a los daños producidos que afecten a los conceptos definidos en la base tercera.

2. En el supuesto de que se soliciten las ayudas a la que se refiere la modalidad correspondiente al apartado 1.1 de la base tercera y la vivienda afectada constituya el domicilio habitual y permanente del beneficiario con anterioridad al episodio de lluvias, el importe del presupuesto subvencionable objeto de la ayuda se multiplicará por el siguiente coeficiente corrector: 1,2.

Base sexta.- Procedimiento de concesión: inicio, instrucción y resolución

1. La iniciación del procedimiento de otorgamiento de ayudas se produce de oficio, mediante acuerdo del Ayuntamiento Pleno de aprobación de estas bases, que después serán publicadas en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB), en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la web municipal, para que se puedan presentar las solicitudes durante el plazo establecido en la base cuarta una vez aprobada la pertinente convocatoria mediante resolución de alcaldía.

2. La instrucción del procedimiento corresponde a la concejalía delegada del Área de Urbanismo la cual deberá llevar a cabo todas las comprobaciones necesarias para tramitar la solicitud y formular la propuesta de resolución.

3. Una comisión evaluadora, integrada por el alcalde/alcaldesa y dos funcionarios públicos (Área de Intervención y Servicios Técnicos Municipales (STM)), se reunirá para examinar las solicitudes presentadas, y si se cumplen todos los requisitos necesarios para acceder a las ayudas, y evaluar las solicitudes de acuerdo con los criterios de valoración y los requisitos establecidos en estas bases. Se levantará acta de todo lo actuado en esta reunión. Actuará de secretario/a de la comisión, un funcionario/a público adscrito a Secretaría.

La Comisión Evaluadora podrá realizar las actuaciones de comprobación que considere necesarias para determinar, conocer y comprobar los datos en virtud de los cuales tenga que pronunciarse, y solicitar todos los informes y la documentación que considere pertinentes.

4. El órgano instructor, a la vista del expediente y del acta de la reunión de la Comisión Evaluadora, formulará propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, que se publicará en la web del Ayuntamiento, y se abrirá un plazo de cinco (5) días hábiles para presentar alegaciones, a contar desde dicha publicación.  

Si no se presentan alegaciones dentro del plazo concedido, la propuesta de resolución formulada tendrá carácter de definitiva. En otro caso, una vez examinadas las alegaciones presentadas por los interesados, el órgano instructor formulará la propuesta de resolución definitiva, que deberá expresar al solicitante o la relación de solicitantes para los que se propone el otorgamiento de la ayuda y su cuantía, especificando su evaluación y los criterios de valoración seguidos para efectuarla.

La propuesta de resolución definitiva se publicará en la web del Ayuntamiento, y otorgará a las personas beneficiarias un plazo de cinco (5) días hábiles para que comuniquen su aceptación. Se entenderá aceptada si dentro de este plazo no se expresa lo contrario.

5. Corresponde a la Junta de Gobierno resolver el procedimiento y conceder o denegar las ayudas, adoptando este acuerdo una vez dictada la propuesta de resolución definitiva y emitido el informe de fiscalización por la Intervención municipal.  

La resolución se notificará a todos los solicitantes y se publicará en la web del Ayuntamiento, además, comportará el compromiso del gasto correspondiente.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día hábil siguiente al de su notificación. Alternativamente y de forma potestativa, se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo d un mes a contar desde el día hábil siguiente al de su notificación.

Base séptima.- Obligaciones de las personas beneficiarias

Son obligaciones de las personas beneficiarias:

  • Destinar las ayudas económicas a paliar, corregir y minimizar las pérdidas y los daños producidos por las lluvias intensas del 19 de octubre de 2018 en el municipio de Pollença.

  • Aportar las factures justificativas de las ayudas otorgadas, con los documentos que acrediten su pago.

  • Someterse a las actuaciones de comprobación que pueda realizar el Ayuntamiento de Pollença y a las actuaciones de fiscalización y control de la Intervención municipal, y colaborar y facilitar toda la documentación que se les requiera en el ejercicio de estas funciones de control que efectúe.

  • Comunicar al Ayuntamiento de Pollença, en cualquier momento, la petición y/o la obtención de cualquier otra indemnización, subvención o ayuda pública o privada para la misma finalidad que no se haya declarado con la solicitud.

  • Reintegrar los fondos percibidos en los supuestos previstos.

  • Cualquier otra en aplicación de la normativa vigente.

Base octava.- Justificación de gastos y forma de pago   

Las personas beneficiarias/perceptoras quedan obligadas a justificar los gastos efectuados con cargo a la ayuda económica concedida dentro del ejercicio económico en el que se haya concedido. El plazo para justificar la subvención finalizará el día 30 de julio de 2019. 

El pago de las ayudas se hará después de que la persona beneficiaria haya justificado los gastos efectuados. No se podrá realizar ningún pago si no se acredita de manera fehaciente el gasto objeto de ayuda económica, lo que se hará por escrito junto con la presentación de las facturas justificativas, con los documentos que acrediten su pago, de la totalidad del gasto que figure en el presupuesto / coste de gastos adjunto a la solicitud de ayuda económica.

Si el gasto justificado es inferior al importe del presupuesto solicitado y subvencionado, se procederá a la reducción proporcional de la ayuda económica otorgada.

Se rendirá cuenta justificativa, que deberá incluir justificantes de gasto o cualquier documento, válido jurídicamente, que permita acreditar el cumplimento del objeto de ayuda pública. Esta cuenta justificativa tendrá que incluir una declaración de los daños materiales que han sido objeto de subvención y su coste, con el desglose de cada uno de los gastos ocasionados (anexo IV).

Los gastos deberán justificarse con facturas y otros documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, en original y copia para compulsar. Si tienen que devolverse las facturas o justificantes originales, a petición de la persona beneficiaria, deberá reflejarse en la misma con un sello la fecha de concesión de la subvención así como el importe del justificante que se imputa a la subvención.

Las facturas originales, acreditativas del gasto subvencionado, expedidas a nombre de la persona beneficiaria y con su NIF, deberán expresar claramente:

  • Fecha de emisión, que deberá corresponder a una fecha posterior al episodio de las lluvias (19 de octubre de 2018).

  • Datos fiscales (nombre, domicilio, NIF, etc.) de la entidad emisora y de la entidad pagadora.

  • Número de la factura.

  • Concepto detallado por el que se expide, que deberá ser suficientemente claro.

  • Importe, desglosando la parte que corresponde al IVA, si procede. Si la operación está exenta de IVA debe mencionarse en la factura.

En el caso de no haber autorizado al Ayuntamiento de Pollença la verificación o consulta de alguno de los datos recogidos en el apartado 2 de la base cuarta respecto a la solicitud, el Ayuntamiento podrá volver a requerir a la persona solicitante estos documentos actualizados, necesarios para poder hacer los pagos.

 

Base novena.- Reintegro de las ayudas concedidas

El incumplimiento de las obligaciones establecidas para los beneficiarios en esta convocatoria dará lugar a la obligación del reintegro de las cantidades abonadas. Respecto a las causas de reintegro de las ayudas será de aplicación el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

El procedimiento de reintegro se regirá por las disposiciones contenidas en la Ley 30/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

El derecho de reconocer o liquidar el reintegro prescribe a los cuatro años, de conformidad con el artículo 39 de la Ley 30/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Base décima.- Protección de datos de carácter personal  

Las personas beneficiarias facilitarán los datos necesarios para tramitar las ayudas en los términos previstos en esta convocatoria y régimen regulador y harán cesión de los mismos al Ayuntamiento de Pollença para la concesión, seguimiento y control de las ayudas concedidas. En cualquier caso, los datos personales facilitados cumplirán con el principio de calidad de los datos y no serán excesivos para el cumplimento de la finalidad de concesión, seguimiento y control de las ayudas.

Los datos facilitados por las personas beneficiarias o sus representantes al Ayuntamiento de Pollença serán tratados por el Ayuntamiento de Pollença con la finalidad de la gestión y fiscalización.  

 

ANEXO I

Núm. expediente 2019/63/GENERAL 

 

SOLICITUD DE AYUDA ECONÒMICA PARA PALIAR Y MINIMIZAR LAS PÉRDIDAS Y LOS DAÑOS PRODUCIDOS POR LAS LLUVIAS DEL 19 DE OCTUBRE DE 2018

1. DATOS PERSONALES DE LA PERSONA SOLICITANTE

DNI/NIE/pasaporte

 

Nombre

 

Primer apellido

Segundo apellido

Domicilio (vía pública)

 

Código postal

 

             Municipio

 

                               Teléfono (s)

Correo electrónico

 

Medio preferente de notificación

Notificación en papel                        Notificación telemática

 

 

 

 

 

2. REPRESENTANTE

DNI/NIE/pasaporte

 

Nombre

 

Primer apellido

Segundo apellido

3. TITULARIDAD DEL INMUEBLE

 Propietario/a

DNI/NIE/pasaporte

 

Nombre

 

Primer apellido

Segundo apellido

 Arrendatario/a

DNI/NIE/pasaporte

 

Nombre

 

Primer apellido

Segundo apellido

¿Constituye la vivienda afectada el domicilio habitual y permanente de la persona solicitante con anterioridad al episodio de lluvias?  SÍ      NO

Localización del inmueble

Polígono

 

Parcela

Referencia catastral

 4. CONSENTIMIENTO INFORMADO Y DECLARACIÓN DE LA PERSONA SOLICITANTE O REPRESENTANTE 

De acuerdo con lo dispuesto por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (BOE núm. 294/2018, de 6 de diciembre), consiente expresamente que los datos facilitados en esta solicitud sean recogidos y tratados por el Ayuntamiento de Pollença con la finalidad de tramitar el otorgamiento de las ayudas económicas objeto de esta convocatoria. En cualquier momento puede ejercer los derechos que reconoce la normativa en vigor aplicable dirigiendo un escrito al Ayuntamiento de Pollença, calle Calvari, 2 – 07460 de Pollença 

De conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas, el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y la convocatoria del Ayuntamiento de Pollença de ayudas a los afectados por las lluvias intensas del 19 de octubre de 2018, y a efectos de poder tramitar la concesión y el pago de estas ayudas:

  AUTORIZO/  NO AUTORIZO expresamente al Ayuntamiento de Pollença para que pueda comprobar mis datos de empadronamiento.

 AUTORIZO/  NO AUTORIZO expresamente al Ayuntamiento de Pollença para que pueda solicitar en mi nombre información y vista de los expedientes administrativos que, en su caso, están en tramitación o liquidación ante el Consorcio de Seguros, el Govern de las Illes Balears o el Gobierno de España.

DECLARO expresamente estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Pollença y de las otras obligaciones tributarias y de la Seguridad Social impuestas por la normativa vigente, y que no incurro en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Así mismo DECLARO bajo mi responsabilidad que los datos contenidos en esta solicitud son ciertos y comprobables, que acepto las bases de la presente convocatoria y que destinaré la cuantía de la ayuda económica a la finalidad para a la que se ha otorgado.  

5. DOCUMENTACIÓN QUE DEBERÁ ADJUNTARSE (marque la documentación que presente)

 _ Documento acreditativo de la identidad de la persona solicitante (copia DNI, NIE o NIF).

Documento que acredite la representación, si procede, acompañado del documento acreditativo de la identidad del representante (copia DNI, NIE o NIF).

 _ Presupuesto detallado/coste de reparación, restitución o rehabilitación de los daños producidos por cada uno de los conceptos recogidos en el apartado 5 de la presente solicitud por los que se solicita la ayuda económica.

 _ La condición de propietario, usufructuario, y el porcentaje que corresponda, si procede, (escritura de propiedad, certificación registral) y/o la de arrendatario o precarista de la vivienda (contrato de alquiler).

_ Declaración responsable de que la vivienda o inmueble afectado no tiene seguro o, en el caso de que esté asegurado, una copia de la póliza, y de las subvenciones o ayudas procedentes de otras administraciones públicas por el mismo objeto/concepto (anexo II).

_ En el supuesto de que se soliciten las ayudas a las que se refiere la modalidad correspondiente al apartado 1.2 de la base tercera (daños producidos a vehículos) deberá acompañarse: documento acreditativo de la propiedad del vehículo (permiso de circulación) y copia de la póliza de seguro, con el último recibo de pago. Si la ayuda es por la pérdida del vehículo siniestrado, además: baja de la póliza, declaración de baja definitiva del vehículo siniestrado, tramitada en la Dirección Provincial de Tráfico, y documentación acreditativa de la adquisición de un vehículo nuevo.       

_ Certificación bancaria en la que se hará constar el número de cuenta y su titular, en la que se solicita que se efectúe el ingreso de la subvención que se pueda conceder (anexo III).

_ En el caso de no haber autorizado al Ayuntamiento de Pollença la verificación o consulta de alguno de los datos recogidos en el apartado 6 de la presente solicitud, el/la solicitante deberá adjuntar el documento correspondiente que acredite el cumplimiento de los requisitos de esta convocatoria.

 

6. SOLICITUD DE LA AYUDA ECONÒMICA PARA CUBRIR LOS SIGUIENTES DAÑOS CAUSADOS POR LAS LLUVIAS   

CONCEPTOS

     IMPORTE SOLICITADO

Limpieza barro/lluvias

 

Pintura

 

Muro/pared de piedra

 

Muro/pared de bloque

 

Muro/pared de marés

 

Cerramientos rejilla / Malla electrosoldada

 

Parqué

 

Cristaleras

 

Instalaciones eléctricas

 

Instalaciones de aire acondicionado y calefacción

 

Motor piscina

 

Bomba de agua pozos

 

Caldera gasoil

 

Grupo electrógeno

 

Segadora

 

Generador

 

Hormigonera

 

Motosierra

 

Compresor

 

Otros motores

 

Termo eléctrico

 

Frigorífico

 

Lavadora

 

Lavavajillas

 

Horno

 

Congelador

 

TV

 

Ordenador

 

Impresora

 

Tostadora

 

Aspirador

 

Cama (con colchón)

 

Mesita de noche

 

Armario

 

Cojines

 

Muebles de cocina (conjunto)

 

Sofás (conjunto)

 

Butaca

 

Mesas y sillas (conjunto)

 

Muebles de salón TV (conjunto)

 

Automóvil

 

Motocicleta

 

Ciclomotor

 

TOTAL IMPORTE SOLICITADO

 

 

Observaciones:

 

 

 

_____________________   ______ ________________ de 2019

(firma de la persona solicitante o representante legal)

  SR. ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA

 

 

ANEXO II

DECLARACIÓN SOBRE SEGURO U OTRAS AYUDAS O SUBVENCIONES PARA LA MISMA FINALIDAD

Nombre y apellidos: ______________________________________________________

DNI/NIE/passaporte:______________________________________________________  

DECLARO EXPRESAMENTE:

 Que la vivienda o inmueble afectado no está cubierto ni dispone de un seguro por daños. 

 _ Que la vivienda o inmueble afectado está cubierto y dispone de un seguro por daños del cual se adjunta copia de la póliza pertinente con la presente declaración. 

_ Que no he solicitado ninguna ayuda a otras administraciones públicas, ni ninguna compensación o indemnización económica (incluidos los seguros que cubren responsabilidad civil). 

 _ Que he solicitado las ayudas públicas o privadas que se indican a continuación, que están en tramitación y/o pendientes de resolución:

Entidad/Cuantía  ____________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________

 Que he sido beneficiario/a de las ayudas públicas y/o he recibido las siguientes compensaciones o indemnizaciones económicas (seguros privados).    

Entidad/Cuantía ____________________________________________________________________________

_________________________________________________________________________________________

 

_______________________   ______ ________________ de 2019

(firma de la persona solicitante o representante legal)

SR. ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA

 

 

ANEXO III

SOLICITUD DE TRANSFERENCIA BANCARIA PARA PAGOS

DATOS DEL PERCEPTOR

   CIF / NIF:

   NOMBRE / RAZÓN SOCIAL:

   DOMICILIO:

   CÓDIGO POSTAL:

   LOCALIDAD:

   TELÉFONO:

   FAX:

   CORREO ELECTRÓNICO:

DATOS BANCARIOS

   CÓDIGO

   BANCO:

   CÓDIGO

   OFICINA:

   DÍGITO DE

   CONTROL:

   NÚMERO DE CUENTA:

 

 

 

 

Bajo mi responsabilidad declaro que estos datos corresponden a la c/c o a la libreta abierta a mi nombre o, en caso de una entidad jurídica, a nombre de ésta.

(firma de la persona interesada, y en caso de persona jurídica firma del representante y sello)

Pollença, a día____ de ______________ de 2019

CERTIFICADO DE CONFORMIDAD DE LA ENTIDAD BANCARIA                                         

Estos datos coinciden con los que constan en esta oficina.

DIRECTOR/A – DELEGAT/DA:

                                _________________________________________________                           (Firma y sello de la entidad bancaria)

AL SR. ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA

 

 

​​​​​​​ANEXO IV

MODELO DE CUENTA JUSTIFICATIVA

1. RELACIÓN CLASIFICADA DE LOS GASTOS Y PAGOS EFECTUADOS RELACIONADOS CON LA AYUDA ECONÓMICA OTORGADA

[Hay que adjuntar las facturas originales u otros documentos contables acreditativos del pago. Hay que adjuntar los certificados, cargos bancarios o detalles de movimientos de cuenta que acrediten el gasto]

ACREEDOR (CIF)

DESCRIPCIÓN DEL GASTO

IMPORTE

FECHA DE EMISSIÓN

DOCUMENTO ACREDITATIVO DEL GASTO

FECHA DE PAGO

 

 

 

 

 

 

2. RELACIÓN DE OTROS INGRESOS O SUBVENCIONES PÚBLICAS QUE HAN FINANCIADO LOS DAÑOS OBJETO DE AYUDA PÚBLICA

IMPORTE

PROCEDENCIA

 

 

 

 

3. OTROS DOCUMENTOS A APORTAR EN LA CUENTA JUSTIFICATIVA

(Cuando el importe de algunos gastos supere la cuantía de 14.999,99 €, habrá que aportar relación de presupuestos solicitados y justificación escrita del presupuesto escogido)

Mediante la presente, (nombre y apellidos) ___________________________________ _________________________, con DNI/NIE/pasaporte ________________________ y domicilio en la calle ___________________________________________ núm._____ piso ____ población ______________________________ CP _______, que actúa en nombre ___________________________________________________________________ ______________________________________________________________________                                   

DECLARO bajo mi responsabilidad:

1.-Que todos los datos presentados en esta cuenta justificativa son ciertos.

2.-Que se ha ejecutado la totalidad del gasto relacionado y que la ayuda otorgada se ha aplicado a la finalidad para la que se concedió.

3.-Que del daño producido objeto de ayuda se han derivado los ingresos especificados en el apartado 2 y gastos cuyos justificantes se aportan en una relación adjunta, y que se indica, si procede, la desviación.

4.- Que las facturas presentadas para justificar la ayuda otorgada no superan el valor de mercado y que no se recuperará ni se compensará el IVA.

5.- Que todos los gastos presentados en esta cuenta justificativa se han abonado en su totalidad.

A fin de justificar la adecuada ejecución del gasto realizado y el fiel cumplimento de la finalidad para la que fue concedida la ayuda, ante el Ayuntamiento de Pollença, como órgano concedente, se emite la presente declaración justificativa.

Pollença, a _____ de _________ de 20__   

​​​​​​​_______________________   ______ ________________ de 2019

(firma de la persona solicitante o representante legal)

AL SR. ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA