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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA Y PESCA

Núm. 2846
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares sobre la modificación no sustancial construcción nave utillaje, promovido por Gesa, TM Palma (IPPC M12/2017)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, se publica el Acuerdo del Pleno de la CMAIB, en sesión de 28 de febrero de 2019,

CONSIDERANDO

1. Que GAS Y ELECTRICIDAD GENERACIÓN SAU, ha solicitado una modificación no sustancial de la AAI de Cas Tresorer consistente en la construcción de una nave de utillaje.

2. Que la documentación aportada justifica que se trata de una modificación no sustancial, en cumplimiento del art. 10.4 del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre y del art. 14 del RD 815/2013.

3. Que los informes emitidos por los diferentes departamentos son favorables (el Consell de Mallorca no ha emitido informe), consideran la modificación como no sustancial y proponen una serie de condicionantes.

ACUERDA

Primero.- Conceder la modificación no sustancial de la Autorización Ambiental Integrada de la CCC de Cas Tresorer, promovida por GAS Y ELECTRICIDAD GENERACIÓN SAU, consistente en la construcción de una nave de utillaje, con las condiciones de explotación, capacidad y procesos indicados en el proyecto técnico que acompaña la solicitud y con sujeción a las siguientes condiciones:

-La empresa GAS Y ELECTRICIDAD GENERACIÓN SAU deberá preservar los justificantes de entrega de los residuos a gestor autorizado, al servicio público insular o cantera en función de la tipología de residuo entregada.

-Los residuos peligrosos generados durante la obra se deberán almacenar bajo cubierta y sobre pavimento impermeable.

-En el supuesto de detectar anomalías en la composición del suelo excavado (olor anómalo, tinciones, ...) que puedan sugerir que el suelo se encuentra contaminado, se notificará este hecho al Servicio de Residuos y Suelos Contaminados.

Segundo.- En cumplimiento del artículo 82 de la Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Islas Baleares, para el inicio y ejercicio de la actividad, el titular deberá presentar una declaración responsable de inicio y ejercicio de la actividad ante la consejería competente en materia de medio ambiente, acreditativa de las obras realmente ejecutadas y, si es necesario, las variaciones entre el proyecto presentado en la solicitud y lo realmente ejecutado.

La declaración responsable deberá acompañar el certificado final de obra del técnico director, así como del resto de documentación enumerada en el apartado 2 de este artículo.

 

Palma, 8 de marzo de 2019

El presidente de la CMAIB Antoni Alorda Vilarrubias