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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 2869
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 29 de marzo de 2019 por el que se declara inversión de interés autonómico la construcción del edificio interdepartamental de ciencias de la salud en el campus de la Universidad de las Illes Balears

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Texto

La Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de Reforma del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, establece en su artículo 36.4 que, en materia de enseñanza universitaria, la Comunidad Autónoma de las Illes Balears tiene competencia exclusiva, sin perjuicio de la autonomía universitaria, en la programación y la coordinación del sistema universitario, en la financiación propia de las universidades y en la regulación y la gestión del sistema propio de becas y ayudas.

El Real Decreto 2243/1996, de 18 de octubre, aprueba las transferencias de las funciones y los servicios en materia de universidades de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y el Decreto 204/1996, de 28 de noviembre, hace pública la asunción y la distribución de las competencias transferidas por la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de universidades y prevé la perspectiva de la planificación universitaria con respecto a la docencia, la investigación, la implantación de nuevos estudios y la construcción de edificios de docencia e investigación.

La Universidad de las Illes Balears se creó mediante la Ley 18/1978, de 15 de marzo, sobre creación de una universidad con sede en Palma (BOE n.º 66, de 18 de marzo).

De acuerdo con lo que dispone el artículo 1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, la universidad lleva a cabo el servicio público de la educación superior mediante la investigación, la docencia y el estudio, y tiene las siguientes funciones:

  1. La creación, el desarrollo, la transmisión y la crítica de la ciencia, de la técnica y de la cultura.

  2. La preparación para el ejercicio de actividades profesionales que exijan la aplicación de conocimientos y métodos científicos y para la creación artística.

  3. La difusión, la valorización y la transferencia del conocimiento al servicio de la cultura, de la calidad de vida y del desarrollo económico.

  4. La difusión del conocimiento y la cultura a través de la extensión universitaria y la formación a lo largo de toda la vida.

La implantación progresiva del sistema europeo de educación superior ha supuesto la necesidad de disponer de más espacios docentes para poder satisfacer las demandas del conjunto de los estudios implantados en la Universidad de las Illes Balears, tanto de los estudios de grado como de máster.

Además, se tiene que considerar que en los últimos años se han implantado estudios nuevos en la Universidad de las Illes Balears, especialmente de máster, lo cual también supone una contribución significativa al incremento de las necesidades de espacios docentes.

Este aumento de las actividades docentes ha provocado, también, un aumento del número de profesores para cubrir las necesidades docentes derivadas de estas actividades. Por ello, es necesario dotar a la Universidad de espacios de trabajo adecuados para estos nuevos profesores. Adicionalmente, se ha evidenciado también un incremento de la necesidad de espacios docentes para la realización de prácticas: laboratorios, espacios de simulación clínica, aulas de informática, etc.

De acuerdo con lo que se ha expuesto, el día 10 de noviembre de 2017 tuvo entrada en la Consejería de Educación y Universidad un escrito del rector de la Universidad de las Illes Balears (registro n.º L13E63391/2017) en el que ponía de manifiesto la falta de espacio en el campus de la UIB para los estudios de ciencias de la salud (Fisioterapia, Enfermería, Medicina y Psicología), a la vez que solicitaba la tramitación necesaria para la construcción y el equipamiento de un edificio interdepartamental de ciencias de la salud. También solicitaba financiación para la construcción y el equipamiento del edificio mencionado.

El día 8 de noviembre de 2018 el Gobierno de las Illes Balears y la Universidad de las Illes Balears suscribieron un convenio para dar apoyo a este proyecto. Además, se han tramitado los expedientes administrativos correspondientes para aportar la financiación necesaria para construir y equipar este edificio.

Esta acción se desarrollará con el cofinanciamiento del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) correspondiente al período 2014-2020, dado que está recogida en el Programa Operativo del FEDER de las Illes Balears para el período 2014-2020.

De esta actuación se beneficiarán, fundamentalmente, los alumnos de la UIB y, de forma general, toda la población de las Illes Balears.

El planeamiento urbanístico del campus universitario está recogido en su Plan Especial, aprobado el 30 de abril de 1987 (BOCAIB n.º 69, de 2 de junio), el cual se incorporó al PGOU de Palma como sistema general de equipamiento comunitario docente en suelo rústico (SGEC/DO, ficha 43-01-E, del PGOU de Palma).

Los terrenos sobre los que se ubica el campus universitario fueron objeto de un proceso de expropiación. El acta de recepción de las fincas se formalizó mediante una escritura de agrupación de las fincas y la inscripción de la parcela del campus universitario en el Registro de la Propiedad número 2 de Palma con el número de entrada 996 de 1996 (referencia catastral: 9582004-DD6898A-0001-DG).

Se plantea la construcción de un edificio de 6.277,22 m2 repartidos en tres plantas: planta baja, planta primera y planta segunda.

El edificio proyectado se ubicará en la parcela donde actualmente está ubicado el aulario prefabricado, delante del edificio Anselm Turmeda. Se trata de la zona 3, parcela 3.10, del Plan Especial de 1987 de la Universidad de las Illes Balears. La superficie de la parcela es de 24.800 m2 y tiene una edificabilidad de 21.200 m2, 2.847,55 m2 de los cuales ya están construidos, que son los que corresponden al edificio Beatriu de Pinós. La superficie del nuevo edificio interdepartamental será de 6.277,22 m2. Así, la edificabilidad consumida en el total de la parcela será de 9.124,77 m2, muy lejos de la máxima permitida.

El 18 de diciembre de 2018 la Universidad de las Illes Balears adjudicó el proyecto integrado de obra y actividad del edificio interdepartamental de acuerdo con el programa de necesidades establecidas en el pliego de prescripciones técnicas de la licitación.

El plazo previsto para la ejecución de la obra y el equipamiento del edificio es de dieciséis meses, y el presupuesto máximo para la ejecución y el equipamiento del edificio es de 6.900.000 euros.

El día 22 de marzo de 2018 el rector de la Universidad de las Illes Balears solicitó que se declarara inversión de interés autonómico la construcción del edificio interdepartamental de ciencias de la salud en el campus de la Universidad de las Illes Balears, en la parcela con la referencia catastral 9582004-DD6898A-0001-DG, zona 3, parcela 3.10, del Plan Especial de 1987 de la Universidad de las Illes Balears, con una superficie de 24.800 m2 (registro n.º L13E23385/2019).

El Decreto Ley 1/2018, de 19 de enero, de medidas urgentes para la mejora y/o la ampliación de la red de equipamientos públicos de usos educativos, sanitarios o sociales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece la regulación de los efectos de la declaración de inversiones de interés autonómico de las Illes Balears con la finalidad de atender la demanda creciente de servicios y prestaciones en los ámbitos recogidos en el Decreto Ley. En este sentido, la Dirección General de Política Universitaria y de Enseñanza Superior estima plenamente justificado que se considere inversión de interés autonómico la construcción del edificio interdepartamental de ciencias de la salud en el campus de la Universidad de las Illes Balears

Por todo ello, teniendo en cuenta que es un proyecto del máximo interés general para la población y con la finalidad de darle el mayor impulso posible, lo más adecuado es declarar inversión de interés autonómico la construcción del edificio interdepartamental de ciencias de la salud en el campus de la Universidad de las Illes Balears, en la parcela con la referencia catastral 9582004-DD6898A-0001-DG, zona 3, parcela 3.10, del Plan Especial de 1987 de la Universidad de las Illes Balears, con una superficie de 24.800 m2.

El artículo 7 del Decreto Ley 1/2018 establece que un equipamiento público de uso educativo se considera inversión de interés autonómico cuando así lo declare expresamente el Consejo de Gobierno de las Illes Balears, en cumplimiento del artículo 5 de la Ley 4/2010, de 16 de junio, de medidas urgentes para el impulso de la inversión en las Illes Balears, y en las condiciones que el Consejo de Gobierno determine para ejecutarlo.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Educación y Universidad, en la sesión de día 29 de marzo de 2019, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero. Declarar, de conformidad con los artículos 7 y 8 del Decreto Ley 1/2018, de 19 de enero, de medidas urgentes para la mejora y/o la ampliación de la red de equipamientos públicos de usos educativos, sanitarios o sociales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, inversión de interés autonómico la construcción del edificio interdepartamental de ciencias de la salud en el campus de la Universidad de las Illes Balears, en la parcela con la referencia catastral 9582004-DD6898A-0001-DG, zona 3, parcela 3.10, del Plan Especial de 1987 de la Universidad de las Illes Balears, con una superficie de 24.800 m2.

 

Segundo. Notificar este acuerdo al Ayuntamiento de Palma.

Tercero. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.3.

 

Palma, 29 de marzo de 2019

La secretaria del Consejo de Gobierno Pilar costa i Serra