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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 2829
Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros de día 28 de marzo de 2019, por la que se establece el procedimiento de caracterización de plazas docentes con perfil educativo en los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación y Universidad

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Texto

La Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, establece en el apartado 1 del artículo 36 que la comunidad autónoma de las Illes Balears tiene la competencia exclusiva en la organización y el régimen de los centros públicos.

La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo de educación, determina en el apartado 3 del artículo 123 que, para cumplimiento de los proyectos educativos, los centros públicos podrán formular requisitos de titulación y capacitación profesional respecto de determinados puestos de trabajo del centro, de acuerdo con las condiciones que establezcan las administraciones públicas.

El Decreto 67/2008, de 6 de junio, por el cual se establece la ordenación general de las enseñanzas de educación infantil, educación primara y educación secundaria obligatoria en las Illes Balears, dispone en el apartado 3 del artículo 11 que los centros, en el ejercicio de su autonomía, pueden adoptar proyectos de innovación, proyectos de investigación, planes de trabajo o formas de organización que supongan una mejora continua, tanto de los procesos educativos como de su resultado, en los términos que establezca la Consejería de Educación y Universidad.

Finalmente la Resolución del consejero de Educación y Universidad de día 22 de diciembre de 2017 por la cual se establece el procedimiento para elevar propuestas de dotación de personal de plazas docentes de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria obligatoria vinculadas al proyecto educativo de los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación y Universidad que puedan ser cubiertas en régimen de comisión de servicios, establece en el punto tercero, que los centros de educación infantil, primaria, los institutos de educación secundaria y los centros de educación de personas adultas dependientes de la Consejería de Educación y Universidad que cumplan los requisitos, pueden proponer un máximo del 20% de la cuota de los profesores del centro para que sean puestos de trabajo caracterizados con el perfil educativo, con un número no superior a dos perfiles que deben ser los mismos para todas las plazas.

Esta misma resolución determina en la letra a) del punto cuarto, que el director general de Planificación, Ordenación y Centros debe establecer mediante una Resolución, un procedimiento de caracterización de plazas docentes con perfil educativo en los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación y Universidad.

Por todo ello, dicto la siguiente

 

RESOLUCIÓN

Primero

Aprobar el procedimiento de caracterización de plazas docentes con perfil educativo en los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación y Universidad, para el curso 2019-2020 y siguientes, tal como se establece en el anexo 1 de esta resolución.

Segundo

Aprobar el modelo de propuesta de perfiles educativos que figuran en el anexo 2 de esta resolución.

Tercero

Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de les Illes Balears.

Interposición de recurso

Contra esta resolución que no agota la vía la administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar des del día siguiente de su publicación , de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y en el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo de régimen jurídico de la administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

 

Palma, 28 de marzo de 2019

El director general de Planificación, Ordenación y Centros Antonio Morante Millar

 

ANEXO 1 Procedimiento de caracterización de plazas docentes con perfil educativo en los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación y Universidad

Primero

Centros destinatarios y ámbito de aplicación

Los centros de educación infantil, primaria, los institutos de educación secundaria y los centros de educación de personas adultas dependientes de la Consejería de Educación y Universidad  que cumplan los requisitos señalados en el punto tercero del procedimiento aprobado mediante resolución del consejero de Educación y Universidad de día 22 de diciembre de 2017 por la cual se establece el procedimiento para elevar propuestas de dotación de personal de plazas docentes de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria obligatoria vinculadas al proyecto educativo de los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación y Universidad que puedan ser cubiertas en régimen de comisión de servicios, podrán proponer un máximo del 20% de la cuota de los profesores del centro para que sean puestos de trabajo caracterizados con el perfil educativo, con un número no superior a dos perfiles que deben ser los mismos para todas las plazas.

Segundo

Plazos

El procedimiento se iniciará únicamente para el curso escolar 2019-2020, el día 1 de abril de 2019. A partir del curso 2020-2021, el inicio del procedimiento será el 25 de marzo. En el caso que este día sea inhábil a efectos administrativos, es decir, sábado, domingo o festivo, el procedimiento se iniciará el día siguiente hábil.

Tercero

Propuesta de los equipos directivos

Los equipos directivos de los centros educativos que cumplan con los requisitos establecidos y quieran proponer la caracterización señalada en el apartado primero de este anexo, deben presentar una propuesta justificada en el Claustro de profesores y en el Consejo escolar del centro en un plazo de 15 días naturales contados a partir del inicio de este procedimiento.

Cuarto

Aprobación del claustro e informe del consejo escolar

En el caso que el Claustro de profesores apruebe la propuesta y que el informe del Consejo escolar del centro sea favorable, la dirección del centro debe remitir a la Consejería de Educación y Universidad la propuesta definitiva de caracterización de plazas con perfil educativo en un plazo máximo de 30 días naturales a contar a partir del inicio de este procedimiento.

Quinto

Tramitación de la propuesta

El director del centro debe tramitar la propuesta final a través del GestIB con los datos que se establecen en el anexo 2.

Sexto

Relación de centros

La relación del centro con la caracterización de los perfiles que se autoricen, previa comprobación de los requisitos, se aprobará mediante la publicación de una resolución conjunta del director general de Planificación, Ordenación y Centros y de la directora general de Formación Profesional y Formación del Profesorado.

 

Anexo 2 Propuesta de caracterización de plazas con perfil educativo

Datos del centro

Centro                                                                                                                                   Código

Municipio

Nombre y apellidos del Director/a

DNI/NIE/pasaporte

Fecha de nombramiento (último mandato)

Requisitos (el centro cumple los requisitos siguientes)

(  ) El director ha sido seleccionado mediante el procedimiento ordinario de directores y el proyecto de dirección es vigente.

(  ) La propuesta de perfiles se adecua al proyecto educativo del centro.

(  ) La cuota del centre dispone de plazas vacantes que pueden ser cubiertas en régimen de comisión de servicios.

(  ) El centre ha desarrollado en el curso anterior o desarrolla actualmente un proyecto de innovación pedagógica (PIP) o un proyecto de formación del centro (FdC), formación en centro (FeC) o formación inter centros (FiC) relacionado con el proyecto educativo y con las plazas que se describen con perfil educativo.

Tramitación

(  ) El equipo directivo ha presentado una propuesta justificada en el Claustro de profesores y en el Consejo escolar del centro en el plazo de 15 días naturales a contar a partir del inicio de este procedimiento.

(  ) El Claustro de profesores han aprobado la propuesta. Se adjunta una copia del acta.

(  ) La propuesta de perfiles del centro que presenta a continuación se ajusta al acuerdo del Claustro de profesores y el que determina el informe del Consejo escolar.

Perfiles educativos que se proponen (máximo 2 perfiles)

(  ) Metodologías globalizadoras de aprendizaje.

(  ) Convivencia y educación emocional.

(  ) Gestión de equipos y coordinación docente.

(  ) Metodologías de educación inclusiva y interculturalidad.

(  ) Metodologías para la adquisición integrada de les competencias lingüísticas (AICLE).

(  ) Tecnologías de aprendizaje y de comunicación (TAC).

(  ) Comunidad educativa de aprendizaje.

 

(  ) Envío de la propuesta (Director/a, fecha y hora)