Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE PALMA
Núm. 2734
Departamento de Personal. Servicio de Selección, Provisión y Gestión. Notificación terceros interesados interposición recurso contencioso administrativo, Procedimiento Abreviado 11/19 Juzgado contencioso administrativo núm. 3 contra el decreto de la concejala del Área de Función Pública y Gobierno Interior núm. 21967 del Ayuntamiento de Palma
La Concejala del Área de Función Pública y Gobierno Interior día 26 de marzo de 2019 ha adoptado la siguiente resolución:
Mediante Oficio de los Servicios Jurídicos de fecha 12 de marzo de 2019 nos remite decreto del Juzgado Contencioso Administrativo núm. 3 por el que comunica que por parte de la recurrente con DNI 43.108.303R y otros, se ha interpuesto recurso contencioso administrativo, procedimiento Abreviado núm. 11/19, contra la resolución núm. 21.967, de 2 de noviembre de 2018, por el que se desestima la solicitud de las actoras, funcionarias interinas auxiliares administrativas, mediante la que solicitaban el reconocimiento de la fijeza de su vínculo funcionarial con el Ayuntamiento de Palma.
Visto lo que dispone el artículo 49 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contenciosa administrativa, la Concejala del Área de Función Pública y Gobierno Interior se complace en emitir la siguiente
PROVIDÉNCIA
1º.- Notificar a todos cuantos puedan ser interesados, que por parte de la recurrente con DNI 43.108.303R y otros, se ha interpuesto recurso contencioso administrativo, procedimiento Abreviado núm. 11/19 contra el decreto de la concejala del Área de Función Pública y Gobierno Interior núm. 21957, de fecha 2 de noviembre de 2018 por el que se desestima la solicitud de las actoras, funcionarias interinas auxiliares administrativas, mediante la cual solicitan el reconocimiento de la fijeza de su vínculo funcionarial con el Ayuntamiento de Palma, y de conformidad con el Art. 49 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa, emplazándolos para que, si lo encuentran oportuno, puedan comparecer y personarse como demandados, en el plazo de 9 días; haciéndoles saber, al mismo tiempo, que si se personan ante el Juzgado Contencioso Administrativo 3 con posterioridad al plazo indicado de 9 días, serán tenidos como parte por los trámites no precluidos sin necesidad de retrotraer ni interrumpir el curso del procedimiento, y que si no se personan, el procedimiento continuará con los trámites, sin la necesidad de tener que practicar notificaciones, tal como resulta de lo dispuesto en el artículo 50 de la mencionada Ley.
2º.- Remitir el expediente administrativo al Juzgado Contencioso Administrativo 3, en el plazo de cinco días, de acuerdo con lo establecido en el Art. 48 de la citada Ley 29/98.
Palma, 27 de marzo de 2019
El jefe de Departamento de Personal
pd Decreto de Alcaldía núm. 3000, de 02.26.2014 (BOIB núm. 30, de 03.04.2014)
Antoni Pol Coll