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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE LLOSETA

Núm. 2718
Aprobación inicial modificación puntual núm. 1/2017 NNSS

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Se hace saber que el Pleno del Ayuntamiento reunido en sesión de carácter ordinaria el 25 de marzo de 2019, entre otros, acordó aprobar:

Primero. - Aprobar inicialmente la modificación puntual núm. 1/2017 de las Normas Subsidiarias del planeamiento municipal redactada por los técnicos Antoni Ramis Ramos y José Mayol Comas relativa a implementar el uso turístico en el casco urbano de Lloseta.

Segundo. - Aprobar, asimismo, el documento ambiental redactado por Ángel Pomar y Gomà y Clara Fuertes Salom.

Tercero. - Solicitar al órgano ambiental competente la no sujeción de la modificación a evaluación ambiental estratégica, de acuerdo con lo indicado en el Documento Ambiental Estratégico que acompaña la modificación aprobada.

Cuarto. - Someter a información pública el acuerdo de aprobación inicial de la modificación mencionada, así como el expediente tramitado al efecto, durante un plazo de 45 días mediante publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en uno de los diarios de mayor difusión en la isla de Mallorca y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Lloseta.

Quinto. - Solicitar informe a las administraciones o entes las competencias de las que se puedan ver afectadas por esta modificación y al órgano que ejerce las competencias en materia de Urbanismo del Consejo de Mallorca.

Sexto.- Hacer constar que de acuerdo con el artículo 51 de la referida Ley 12/2017, de 29 de diciembre y el artículo 138 del RLOUSM, con la aprobación inicial queda suspendido por el plazo de dos años, prorrogable un año más si se ha repetido el trámite de información pública, el otorgamiento de licencias en el ámbito de lo que se ha alterado y, con la aprobación provisional, de forma automática otro año más, hasta un total de cuatro años. Esto, sin perjuicio de que puedan concederse las licencias basadas en el régimen urbanístico vigente siempre que se respeten las determinaciones del nuevo planeamiento. En cualquier caso y en este ámbito, las licencias de nueva edificación deberán, hasta la aprobación definitiva de la modificación y durante los plazos señalados, cumplir con el planeamiento vigente y con esta modificación. Sin embargo, las licencias de reforma y demolición no quedan afectadas por esta suspensión.

Lo que se hace público para conocimiento general, y, para que durante el plazo de información pública de cuarenta y cinco días, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOIB, cualquier persona pueda consultar el expediente en el punto de acceso electrónico del Ayuntamiento de Lloseta https://ajlloseta.sedelectronica.es/info.0 o en el Departamento de Urbanismo de este Ayuntamiento (calle Es Pou Nou, 3 de Lloseta) de lunes a viernes - hábiles- de 9 a 14 horas, y presentar las alegaciones, sugerencias, informes o documentos que se consideren oportunos.

   

Lloseta, 27 de mazo de 2019

El alcalde

José María Muñoz Pérez