Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 2686
Notificación de Resolución de aceptación de desistimiento y revocación de la Resolución de concesión, al amparo de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015, por la que se convocan subvenciones para inversiones a las explotaciones agrarias, para los años 2015-2019
El apartado 9.3 de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015, por la que se convocan subvenciones para inversiones a las explotaciones agrarias, correspondientes a los años 2015-2019, especifica que la resolución expresa se notificará a las personas interesadas mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears de acuerdo con los terminos previstos en el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El vicepresidente, en fecha 14 de marzo de 2019, firmó la siguiente resolución:
"Informe / Propuesta de Resolución / Resolución de aceptación de desistimiento y revocación de la Resolución de concesión
Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears 2014-2020
Medida 4.1 – Ayuda a las inversiones a las explotaciones agrarias (INEA)
Convocatoria: INEA2015_2/R21
Antecedentes
1. El 16 de julio de 2015, se publico en el Boletín Oficial de las Illes Balears n.º 106, la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones a las explotaciones agrarias, modificada mediante las resoluciones de 17 de diciembre de 2016 (BOIB núm. 185), de 22 de junio de 2016 (BOIB núm. 81) y de 26 de junio de 2018 (BOIB núm. 80).
2. Conforme con el apartado sexto de la Resolución mencionada, el plazo para presentar las solicitudes se acabó el 30 de setiembre de 2015.
3. El 24 de octubre de 2017, el vicepresidente del FOGAIBA dictó una Resolución de concesión de ayudas para inversiones a las explotaciones agrarias (R21), que se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 133, de 31 de octubre, en la que figuraba una concesión a favor de Miquel Àngel Ferrer Caubet, con NIF 43001317B, con un importe de ayuda de 6.310,20 (seis mil trescientos diez euros con veinte céntimos), de los cuales corresponde el 41 % al FEADER, por un importe de 2.587,18 €; el 10,91 % al MAGRAMA por un importe de 688,44 € y el 48,09 % a la CAIB por un importe de 3.034,58 € y con un plazo de 12 meses, con el número de expediente INEA2015_2/203.
4. El 11 de enero de 2019, con registro de entrada n.º 467, la persona indicada en el apartado anterior presentó su desistimiento de la solicitud de ayuda por motivos personales.
5. Corresponde aceptar por completo el desistimiento y declarar concluso el procedimiento.
6. La aceptación del desistimiento de la solicitud de ayuda ya concedida conlleva la revocación del importe concedido, detallado en el anexo “Importes a revocar”.
Fundamentos de derecho
1. Resolución de 10 de julio de 2015 del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones a las explotaciones agrarias modificada mediante las resoluciones de 17 de diciembre de 2015, 22 de junio de 2016 y 26 de junio de 2018.
2. Orden del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio, de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears 2014-2020.
3. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Propuesta de resolución
Por todo ello, se informa y se propone al vicepresidente del FOGAIBA que dicte una resolución en los términos siguientes:
1. Aceptar el desistimiento de la solicitud de ayuda de Miquel Àngel Ferrer Caubet, con número de expediente INEA2015_2/203.
2. Revocar la ayuda concedida en la Resolución del vicepresidente del FOGAIBA de día 24 de octubre de 2017 (R21), correspondiente al expediente INEA2015_2/203 y por el importe indicado en el anexo de esta Resolución.
3. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recurso
Contra esta resolución —que no agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso de alzada ante el consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Palma, 5 de marzo de 2019
El gestor de la línea La jefa de Sección I El jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural
Jordi Company Salaverria M. Àngels Pérez Ribas Isidre Cañellas Simonet
Conforme con la propuesta, dicto resolución
Palma, 14 de marzo de 2019
El vicepresidente del FOGAIBA
Mateu Ginard i Sampol
ANEXO
IMPORTE A REVOCAR INEA 2015 2 ANUALIDAD 2019
NOMBRE |
NIF |
EXP. |
FECHA RES. CONCESIÓN |
IMPORTE A REVOCAR |
Miquel Àngel Ferrer Caubet |
43001317b |
203 |
24/10/2017 |
6310, 20 € |
Palma, 19 de marzo de 2019
El director gerente del FOGAIBA
Guillem Rosselló Alcina