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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 2660
Extracto del acuerdo de Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca de fecha 18.2.2019, relativo a la aprobación de la convocatoria del año 2019 de ayudas a la formación y el asesoramiento del sector agrario (Exp. 3244-2019-000001)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS 445396

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios

Podrán solicitar la subvención las asociaciones que trabajen con el sector agrario de Menorca, las entidades agrarias, las cooperativas agrarias de 1º y 2º grado y las asociaciones y organizaciones profesionales agrarias, legalmente constituidas con un funcionamiento interno real y democrático.

El ámbito de trabajo de los proyectos presentados debe ser exclusivamente la isla de Menorca.

Segundo. Objeto

El objeto de estas ayudas es participar en los gastos originados por las entidades relacionadas con la actividad agraria para la realización de acciones de formación y capacitación en el sector agrario de la isla de Menorca desde día 1 de enero del año de la convocatoria hasta el día 30 de noviembre del año de la convocatoria

Tercero. Bases reguladoras

Esta convocatoria se rige por las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca día 23 de julio de 2018, publicadas en el BOIB número 95, de 2 de agosto de 2018.

Cuarto. Cuantía

El importe global máximo de la convocatoria es de 60.000 € (sesenta mil euros), desglosado en los apartados siguientes:

Para la línea 1, de cursos de formación, se destina un presupuesto de 30.000 €. Si no se agota este presupuesto puede revertir en la línea 2. La subvención máxima destinada a estas acciones de formación es de 4.000 €.

Para la línea 2, de jornadas técnicas, se destina un máximo de 20.000 €. Si no se agota este presupuesto puede revertir en la línea 1. La subvención máxima destinada a las acciones de jornadas técnicas es de 5.000€ por acción.

Para la línea 3, de asesoramiento, se destina un máximo de 10.000 €. La subvención máxima destinada a las acciones de asesoramiento es de 4.000 € por acción.

En cualquier caso, el importe máximo subvencionable de cada acción formativa, jornada técnica o asesoramiento es de 18 € por hora y por alumno, ya sea por hora de docencia de la acción formativa, jornada técnica o asesoramiento.

 

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes es de 30 días naturales contados a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).

  

Mahón, (Fecha firma electrónica: 22/03/19)

El secretario del Consejo Ejecutivo

Octavi Pons Castejón